La oferta económicamente más ventajosa se realizará en base a los criterios de adjudicación establecidos en el apartado K del Cuadro I del Anexo. La presentación del número de sobres será la indicada expresamente en el apartado K del Cuadro I del Anexo. Este requisito será sustituido por la clasificación indicada en el apartado F) de la Tabla de Características en los casos previstos en el artículo 54 de la LCSP.
Los criterios y su ponderación se indican en el apartado K de la tabla de características.
ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
La entidad contratante no podrá declarar inválida la oferta si la oferta o propuesta es admisible según los criterios establecidos en el pliego de condiciones. El aumento definitivo de la tarifa temporal no podrá producirse antes del vencimiento de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el diario oficial o en el perfil de contratista del cliente. Durante este plazo, el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social, así como cualquier otro documento que acredite su capacidad para celebrar contratos o la disponibilidad efectiva de los fondos a los que se ha comprometido. ejecución del contrato de conformidad con el artículo 53.2 de la LCSP, que sea solicitada por el cliente, y representen una garantía que, en su caso, sea adecuada.
Los certificados correspondientes podrán expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, cuando así se especifique en la Tabla de Características. La solicitud deberá adjuntarse en todo caso si el título de la actividad no figura en el certificado adjunto. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social se realizará mediante certificado expedido por la autoridad administrativa competente.
En el caso de que deba considerarse una excepción, deberá acreditarse esta circunstancia mediante declaración responsable. Una vez anunciada la adjudicación provisional del contrato, el adjudicatario provisional estará obligado a presentar, en el plazo de quince días hábiles, una garantía definitiva del 5 por ciento (cinco por ciento) del monto de la adjudicación según el apartado D) del cuadro. . de Características (sin IVA) o el impuesto legalmente responsable). Cuando la naturaleza del contrato lo requiera, podrá exigirse la presentación o constitución de un seguro de responsabilidad civil, en la medida y en la forma indicada en el apartado N del cuadro de características.
ADJUDICACIÓN DEFINITIVA
Las propuestas presentadas, tanto las declaradas aceptadas como las rechazadas sin abrir o las rechazadas una vez abiertas, quedarán archivadas en su expediente. Una vez adjudicado definitivamente el contrato y transcurridos los plazos para la presentación de recursos sin que se hayan presentado, la documentación que acompaña a las propuestas quedará a disposición de los interesados. Los derechos y obligaciones derivados del contrato pueden transmitirse a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el 209 LCSP.
En estos casos, la garantía prestada por el cedente no será devuelta ni cancelada hasta que la garantía del cedente sea formalmente creada y puesta a disposición del cliente. La celebración por parte del adjudicatario del contrato para el cumplimiento parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos del artículo 210 LCSP y del Cuadro de Características, apartado P. En los contratos de servicios que tengan por objeto la limpieza, seguridad y vigilancia, mantenimiento , jardinería, hostelería, comedores y cocina, servicio de telefonía, servicios de conserjería e información, gestión de lavanderías en los centros del servicio de salud de Castilla - La Mancha, cuando se trata del servicio de lavandería del propio centro, auxiliares sanitarios y sociales. La asistencia sanitaria, así como otros sectores de similar e idéntica naturaleza a los descritos, no podrán subcontratarse a terceros la ejecución de los servicios aquí contemplados, así como no podrán utilizarse empresas de trabajo temporal para resolver necesidades de mano de obra en relación con la parte cedida, salvo casos excepcionales que deberán ser aprobados previamente por el órgano de contratación.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
En estos casos, la garantía del cliente no será devuelta ni cancelada hasta que la garantía del cesionario sea formalizada y puesta a disposición del cliente. VI.4. La pérdida de la garantía o los importes de las penalizaciones no excluyen la indemnización por los daños a que pueda tener derecho la Administración, causados por el retraso del contratista, según el art. 198 LCSP. La implicación del contratista en el retraso no requiere previa interpelación o notificación a la administración.
El contratista será responsable de los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación, y de los de formalización del contrato y cualesquiera otros legalmente establecidos en estas materias. En el caso de que resulten varios adjudicatarios, los gastos por este concepto se dividirán en proporción al importe de la adjudicación. VII.4. No obstante, será de aplicación la disposición adicional trigésima primera de la Ley de Contratos del Sector Público en materia de protección de datos de carácter personal.
En ningún caso la subrogación empresarial implica que los trabajadores puedan incorporarse a la plantilla de la Junta Comunitaria de Castilla-La Mancha. Declaración de principios y compromisos de la dirección, esquema de la estructura organizativa de la organización en relación con la prevención de riesgos laborales identificando al máximo responsable de la seguridad y salud y su formación. Investigación y control de accidentes: Se podrán solicitar datos de accidentes para verificar la eficacia de la organización y los procedimientos establecidos.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El incumplimiento de lo dispuesto en esta cláusula considerado esencial será motivo de resolución del contrato siempre que implique la existencia de riesgos graves o muy graves, sin perjuicio de la notificación a la autoridad laboral a los efectos de proceder a los oportunos procedimientos sancionadores. y la iniciación, en su caso, del procedimiento para anunciar la prohibición de contratar, de conformidad con la normativa vigente en materia de contratación del sector público. La fecha de inicio de la obra será el día siguiente a la firma del documento de formalización del contrato, salvo que se especifique otra fecha. El plazo de ejecución y los plazos parciales, en su caso, se determinarán con referencia a la fecha de inicio de la obra.
El adjudicatario estará obligado a asignar, para la realización de los trabajos a que se refiere el presente Pliego, los profesionales cuyo nombre figure en su oferta, con el compromiso allí definido. Asimismo, el adjudicatario no podrá sustituir el personal facultativo establecido en su oferta sin autorización expresa del Director de la obra. La ejecución del contrato será realizada por el contratista con las responsabilidades determinadas en el artículo 281 de la LCSP.
El cliente determinará si el servicio realizado por el contratista cumple con los requisitos establecidos para su ejecución y cumplimiento, y para ello cuenta con las facultades del artículo 283 de la ZPVP. La admisión se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 205 del Código Civil y demás normas aplicables. A estos efectos se tendrá en cuenta el valor relativo de los costes salariales en la ejecución del contrato.
VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS
PLAZO DE GARANTÍA
MODIFICACIONES DEL CONTRATO
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN
Los acuerdos dictados por el órgano de contratación, previo informe legal, en el ejercicio de sus facultades de interpretación, modificación y resolución, pondrán fin a la vía administrativa y pasarán a ser inmediatamente ejecutivos.
RECURSOS
El tribunal administrativo será competente para resolver las controversias que surjan entre las partes de los contratos administrativos. CONTRATISTA: Director General del Complejo Hospitalario Universitario de Albacete, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 291 y 292 de la Ley 30/2007 de Contratación Pública y en uso de las facultades otorgadas en la Resolución del SESCAM de 27/10/2008, publicada en el D.O.C.M. No. 229 del 6.11.08.
OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER POR LA ADMINISTRACIÓN (NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO)
SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO Y RÉGIMEN DE PAGO
La fecha de emisión de la factura no deberá ser anterior al último día del mes al que correspondan los servicios realizados, salvo que se refiera a un período inferior a un mes por haber expirado la obligación de prestar el servicio durante el mismo. En este caso, no puede ser antes del fin de la relación contractual. La factura, que se extenderá mensualmente, deberá contener toda la documentación que considere conforme a la normativa aplicable en materia de visión.
PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
GARANTÍAS
GARANTÍA DEFINITIVA
REVISIÓN DE PRECIOS
Organismo y NIF al que se va a otorgar la garantía: SESCAM Q4500146H. Plazo de validez: De conformidad con lo dispuesto en el art.
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico de que se dispondrá para la realización de las obras o servicios, a la que se acompañará la documentación justificativa adecuada.
ADMISIÓN DE VARIANTES
LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES
LUGAR DE CELEBRACIÓN
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
K.3.- En su caso, número de etapas de evaluación en las que funcionarán los criterios y umbral mínimo de puntuación: No aplicable. K.4.- Los parámetros para valorar, en su caso, que las propuestas no pueden cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados (audiencia al contratista y asesoramiento del servicio técnico): No aplicable.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGAS
PLAZO DE GARANTÍA
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
K.4.- Parámetros de evaluación, cuando proceda que las propuestas no puedan cumplirse por la inclusión de valores inusuales o desproporcionados (examen del contratista y asesoramiento del servicio técnico):.
OTRAS OBSERVACIONES ESPECIFICAS SOBRE EL EXPEDIENTE
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN EMITIDA ANTE EL ÓRDEN DE CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA. Que se encuentra al corriente de obligaciones tributarias con el fisco estatal y autonómico, con la seguridad social y registrado y al corriente de pago del impuesto de actividad económica (si corresponde) de acuerdo con las condiciones especificadas en el legislación. vigentes.. c) Que en la administración u órganos de gobierno de los mismos no exista ninguna persona incluida en alguno de los supuestos mencionados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Consejo Consultivo y de Gobierno de Castilla-La Mancha.