Profesor investigador del Centro de Investigaciones Sociojurídicas de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás Tunja. Profesor Investigador del Grupo de Investigación Jurídica y Socio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás, Departamento de Tunja.
CONTENIDO
La determinación judicial de la pena privativa de libertad en la Ley 599 de 2000: un examen dogmático de los postulados jurídicos contenidos. Por otro lado, logramos proyección social a través de proyectos explícitos de carácter social, lo cual se evidencia en un claro compromiso con el bienestar de la sociedad, pero no sólo a través del activismo es un efecto social de la investigación lograda, sino el resultado real en la Ciencia Forense. es un aporte a la comunidad cuando al fin y al cabo, la comunidad que se beneficia de un sistema jurídico sólido está destinada a prosperar, por eso el aporte de los procesos de investigación se hace evidente a través de estas diversas vías, y sobre todo porque el proceso educativo nos permite brindar espacio para que nuestros estudiantes mejoren constantemente, ellos son el impacto social más importante de nuestros proyectos y líneas.
EDITORIAL
A la comunidad académica, jurídica e intelectual presentamos el número 16 de la revista institucional Principia Iuris del Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociojurídicas de la Universidad de Santo Tomás, Facultad de Derecho, Departamento de Tunja, correspondiente al segundo semestre. de 2011, en el que se presentan los resultados definitivos de la investigación desarrollados por los autores, aprobados por los revisores, el consejo editorial y el editor. La investigación como función sustantiva de la universidad se justifica sólo cuando conecta el proceso de aprendizaje y la proyección social, la docencia, lo que significa dominar varias competencias que se desarrollan, fortalecen y perfeccionan cuando el estudiante es capaz de desarrollar investigaciones, al fin y al cabo, desarrollo de proyectos significa Dominando la materia y demostrando capacidad para el tratamiento riguroso del tema, para lo cual las habilidades cognitivas, lecto-escrituras y de argumentación deben provenir de la capacidad de investigación, los abogados en la vida moderna no podrán acceder a maestrías ni a doctorados, ni a publicaciones reconocidas. sin posibilidad de investigación, precisamente por eso, quienes no han accedido a estos espacios de publicación y tesis, que cuestionan mal la formación investigativa, rechazan las exigencias modernas y están destinados, como quienes no se adaptan, a la extinción.
EL ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL EN LA POLÍTICA PÚBLICA DE DESPLAZADOS, CON RESPECTO
A LOS DERECHOS DE ATENCIÓN HUMANITARIA DE EMERGENCIA Y VIVIENDA Y SU CORRELACIÓN CON
TERRITORIALES
1.- En cuanto a la falta de diseño y desarrollo de la política en el ámbito regulatorio, se evidencian las siguientes falencias: En el año 2010 se elaboró el documento “Resultados y desafíos de la política pública de atención humanitaria a la población desplazada en Colombia”. Según el informe del Comité de Seguimiento, sólo el 5% de los hogares tiene acceso a la vivienda.
Por esta razón, se requiere regulación e intervención estatal dentro de la política para superar las fallas del mercado. Para la población desplazada es fundamental poner fin a la marginación y exclusión de las políticas de vivienda. Sin embargo, ante el reiterado incumplimiento de la violación de los derechos de la población desplazada, la Corte exploró la posibilidad de redefinir la política de manera integral.
Por lo anterior se puede pensar en reducir el campo de protección previamente establecido. Por ello, la cooperación de la nación y las entidades territoriales es fundamental en la materialización de los derechos de la población desplazada en el desarrollo del principio de cooperación armoniosa de los poderes públicos.
COMPETENCIAS DENTRO DE LA FORMULACIÓN DE PRESUPUESTOS
Esta acción afirmativa, cuando apunta a satisfacer las necesidades de muchas personas, puede desarrollarse gradualmente para garantizar la efectividad de la faceta programática y beneficiosa de un derecho constitucional, siempre que se garantice la satisfacción mínima para todos. El Gobierno Nacional presentará a la consideración del Congreso, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, durante los primeros diez días de cada sesión legislativa, el Proyecto de Presupuesto General de la Nación, el cual incluirá el Proyecto de Ingresos, Gastos y Resultado Fiscal. Examinar el proyecto de presupuesto general de la nación presentado por el gobierno en cada una de las comisiones del Senado y de la Cámara de Representantes durante el debate.
Si el Congreso de la República considera que es necesario cambiar el punto, deberá remitirlo al Ministerio de Hacienda y Crédito, expresando los motivos pertinentes, para que valore lo pertinente. En caso de incumplimiento de los deberes establecidos para cada rama de la autoridad pública, se establecen sanciones, tales como: a) emisión del proyecto de presupuesto, incluyendo las modificaciones aprobadas en el primer debate de las comisiones presentadas por el gobierno, si el El Congreso de la República no lo emite antes de la media noche del día 20 de octubre del año de que se trate y b) repetir el presupuesto del año anterior, si no se presentó el proyecto de presupuesto general del Estado - hecho en los primeros diez días de sesiones ordinarias. , por decreto. El artículo 342 de la Carta Política estipula la sujeción de los presupuestos oficiales a los planes de desarrollo.
PAPEL DEL JUEZ CONSTITUCIO- NAL EN CUANTO AL PRESUPUESTO
344 dispone que los órganos de los departamentos de planificación participarán en la elaboración de los presupuestos municipales, en los términos que establezca la ley. 346 impone al gobierno nacional la adecuada correspondencia del presupuesto anual con el plan nacional de desarrollo. 352, finalmente, encomienda a la Ley Orgánica de Presupuesto lo relacionado con la coordinación de los presupuestos nacionales, territoriales y descentralizados de las entidades de servicios con el plan nacional de desarrollo.
De lo anterior se puede concluir que es un hecho que las dos funciones tienen una correlación innegable: el presupuesto como expresión financiera de la función económica del Estado; y los planes y programas como lineamientos de políticas, como estrategias para desarrollar metas de acción gubernamental, de manera coherente.
ELEMENTOS CRÍTICOS QUE SE DESPRENDEN DEL CON-
La situación de inconstitucionalidad en la política pública de personas desplazadas, respecto de los derechos de atención humanitaria de emergencia y albergue y su correlación con el presupuesto nacional y el de las entidades territoriales. Los derechos fundamentales son una herramienta necesaria para el logro de la democracia, ya que son los bienes mínimos que constituyen la dignidad de la persona para alcanzar sus dimensiones de manera integral. Por lo tanto, si bien el Tribunal Constitucional no tiene legitimidad democrática formal, ya que sus miembros no son elegidos directamente por el pueblo soberano, goza de una legitimidad esencial, porque asegura la materialización de los derechos fundamentales.
Se trata, por tanto, de satisfacer las necesidades de todos basándose en el principio de la mayoría, ya que el consenso para todos es imposible. En el Auto 008 de 2009, la Corte Constitucional establece la posibilidad de utilizar la excepción de inconstitucionalidad. finalidad en los casos en que la aplicación de una norma legal viole los derechos fundamentales de la población desplazada o específicamente resulte inevitablemente en un obstáculo para la protección efectiva de las personas desplazadas. En este escenario se debe aplicar la prevalencia de la Constitución y la primacía de los derechos fundamentales.
PRESUPUESTO Y ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN DESPLAZADA
La Corte examina si una decisión contenida en la Ley de Presupuesto Anual representa una modificación a la Ley 387 de 1997 en cuanto introduce una condición financiera a todas las normas legales sobre los derechos de la población desplazada. Sin embargo, esto no significa que las leyes de presupuesto constituyan una modificación del alcance de la Ley 387 de 1997. Primero, si bien la ley de presupuesto anual generalmente incluye todas las partidas y asignaciones que se planea gastar en una vigencia fiscal, la Ley 387 de 1997 establece normas jurídicas específicas en materia de política pública.
En esta secuencia de ideas, una norma jurídica que reforme las disposiciones de la Ley 387 de 1997 debe referirse expresa y específicamente a ese caso. En segundo lugar, la jurisprudencia constitucional (C-360) determinó que la ley de presupuesto anual contiene autorizaciones, y no órdenes, para la realización de determinados gastos. A su vez, la Ley 387 de 1997 contiene una orden dirigida a determinadas autoridades para que "garanticen" la obtención de los recursos necesarios para cumplir con su mandato en materia de atención a la población desplazada.
RELACIÓN DEL PRESUPUESTO ENTIDADES TERRITORIALES: OR-
2.- En el Noveno Informe de la Comisión de Seguimiento se establece que para superar el estado de inconstitucionalidad de la política pública de personas desplazadas es necesario “des-”. 7.- El trabajo de la Corte Constitucional basado en la revisión de las penas privativas de libertad ha logrado avances en el desarrollo de los derechos fundamentales de la población desplazada, tanto a nivel estructural como en la determinación de un presupuesto determinado al efecto. 8.- La falta de un sistema de registro capaz de establecer las condiciones reales de la población desplazada dificulta la construcción de una política real para abordar los problemas presentados.
Protección y reserva y restablecimiento del ejercicio integral de los derechos de la niñez y de las familias a nivel nacional. Avances en la construcción de lineamientos de política habitacional para la población desplazada. Lineamientos para la formulación de la Política Pública de Vivienda para la Población Desplazada.
DERECHO