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Revista de Derecho - Universidad de Montevideo

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Academic year: 2023

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Sobre la tutela jurídica efectiva en procesos administrativos en la provincia de Buenos Aires. Máster en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en América Latina por la Universidad de Alcalá (España).

Contrato Colectivo Sindical 1. Concepto

  • Características
  • Objetivos del Contrato Colectivo Sindical
  • Naturaleza del Contrato Colectivo Sindical
    • Duración del Contrato Individual de Trabajo
    • La Revisión del Contrato Individual de Trabajo
    • Extinción del Contrato Individual de Trabajo
  • Reglamento del Contrato Colectivo Sindical
    • No existe relación laboral
    • Existe Relación Laboral

La terminación del contrato individual de trabajo está regulada en el Código Sustancial del Trabajo, de la siguiente manera: El porcentaje del excedente del contrato colectivo sindical que se destinará a la educación, capacitación y vivienda de los afiliados participantes.

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

PRIMERAS LECTURAS DE LA REFORMA DEL CGP

MAXIMILIANO CAL LAGGIARD 1

INTRODUCCION

APLICACIÓN y VIGENCIA

La disposición regula un plazo diferente al previsto en el título preliminar de las leyes del Código Civil para la validez de la ley - art. 3º establece que la vigencia del nuevo reglamento no cambiará la competencia del Tribunal - reitera lo dispuesto en el inc.

REFORMAS INTRODUCIDAS A. PRINCIPIOS PROCESALES

La disposición prevé el "principio de presentación", que, en resumen, más allá de diferentes interpretaciones, determina que se debe seguir el resultado de la información del registro.

SUJETOS PROCESALES 1. El Tribunal

  • Partes
  • i. Parte plurisubjetiva
  • Intervención de terceros
  • Conducta procesal de las partes

34 del CGP sobre cambios de capacidad durante el proceso, que establece que si el partido actúa por representante, el proceso no se suspenderá; 51 del CGP - intervención necesaria en la citación - se añade un párrafo donde se establece que la intervención de terceros debe cumplir los requisitos de la acumulación inicial de pretensiones en el proceso.

ACTOS y FUNCIONES PROCESALES

  • Plazos procesales
  • Audiencias y Expediente Judicial
  • Nulidad de los actos procesales
  • Actos de proposición
  • Prueba
  • Resoluciones judiciales
  • Modos extraordinarios de conclusión del proceso
  • Medios impugnativos
  • i. Recurso de reposición
  • ii. Recurso de apelación
  • iii. Recurso de queja
  • iv. Recurso de casación
  • v. Recurso de revisión

145 del CGP –pruebas transferidas– en la nueva redacción prevé específicamente la facultad de la parte contraria de aportar pruebas en contra. 262 del CGP –origen de la fuente de las denuncias– amplía el alcance de la fuente en relación con los distintos efectos del recurso.

ESTRUCTURAS PROCESALES 1. Procesos preliminares

  • i. Conciliación previa
  • ii. Proceso provocativo o de jactancia
  • iii. Diligencias preparatorias
  • Proceso cautelar
  • Proceso incidental
  • i. Incidente innominado
  • Proceso ordinario
  • Proceso Extraordinario
  • Pretensiones especiales
  • Proceso Monitorio
  • i. Proceso Ejecutivo
  • ii. Otros monitorios
  • Proceso de Ejecución
    • DEROGACIONES EXPRESAS
    • CONCLUSIONES
    • BIBLIOGRAFIA

En el punto 3 se varía la norma en cuanto a las medidas a notificar. La carga de comparecer en el proceso ordinario del conocimiento” en VIII Congreso Nacional de Derecho Procesal, Editorial Universidad, Montevideo, 1995, págs.

ACERCA DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA EN EL ÁMBITO DEL PROCESO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LUCIANA SOLEDAD CAÑETE.*

INTRODUCCIÓN

ÉRASE UNA VEZ…

Vale recordar que la Reforma Constitucional porteña de 1994 introdujo cambios sustanciales al sistema de lo contencioso administrativo (artículos 166, último párrafo y 215), que amplió la competencia original de la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires en lo contencioso administrativo fuese levantado. casos (art. 161) y la delegación al Poder Legislativo de la sanción del Código y la ejecución de la competencia respectiva antes del 1 de octubre de 1997 (art. 215); Este mandato constitucional fue prorrogado legalmente hasta el 1 de junio de 1999 (ley 12.162); Una vez transcurrido este período, tampoco se observaron las artes. En la capital de cada departamento judicial habrá un tribunal de lo contencioso administrativo, con excepción de los juzgados correspondientes a los departamentos judiciales de La Plata, en cuya cabecera habrá cuatro sedes.

CONCLUSIONES

Los avances han sido y son muy significativos y se han dado varios pasos hacia el pleno ejercicio de los derechos en los conflictos administrativos.

LA NOCIÓN JURÍDICA DE EMPRESA Y SU IMPACTO SOBRE LAS DECISIONES EMPRESARIALES

MIGUEL CASANOVA

  • INTRODUCCIÓN
  • LA PERSPECTIVA DOGMÁTICA DEL CONCEPTO DE EMPRESA
  • ANÁLISIS ECONÓMICO DEL FENÓMENO EMPRESARIAL
    • La naturaleza de la empresa según C OASE
    • A LCHIAN Y D EMSETZ : la empresa como nexo de contratos
    • E ASTERBROOK Y F ISCHEL : Implicaciones jurídicas de la teoría contractual-económica
  • APRECIACIÓN CRÍTICA
    • Carencias de la aproximación económica al fenómeno empresarial
    • Integración de posiciones: El Empresario como elemento esencial de la noción jurídica de empresa

Röhrscheid, Bonn, 1953 – según referencias en GONDRA ROMERO, J.M., “La estructura jurídica de la empresa”, cit., pp. En este sentido, la forma de operar de la empresa sería similar a la del mercado.

LA LLAMADA VÍA DE EXCEPCIÓN DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE RIVERA. UN CASO

DE DESAPLICACIÓN SINGULAR DE ACTOS LEGISLATIVOS GENERALES

DR. DANIEL GARCÍA REYES*

1.1.- ¿Qué es la vía de excepción?

Excepcionalmente se les concedió protección, a pesar de que el plazo legal había expirado fácilmente. También aquí, como excepción, se habilitó la defensa a pesar de que el plazo legal había vencido anticipadamente.

1.2.- ¿Cómo opera la vía de excepción?

Si los informes técnicos son favorables, se recomienda que "excepcionalmente" se conceda al alcalde el acceso a la solicitud, siempre con el consentimiento previo de la junta de barrio. En sesión plenaria, el consejo da su consentimiento, siendo suficiente la mayoría simple de los presentes. f) Cuando el caso regresa a la alcaldía, éste dicta el acto administrativo concediendo la solicitud "en circunstancias excepcionales" y deja constancia del consentimiento previo otorgado por la junta de barrio.

2.-Las fuentes del derecho administrativo (con especial referencia a los gobiernos departamentales)

Pasando al tema de las fuentes del derecho administrativo, en el ámbito de los gobiernos departamentales, podemos, sin perjuicio de la importancia (como fuentes adicionales) de la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho, identificar las fuentes más importantes de derecho administrativo. Derecho administrativo en las decisiones de convocatoria. de las juntas de facultad con fuerza de ley en su jurisdicción (como dijimos, en Rivera también llamadas ordenanzas) y las ordenanzas y resoluciones que expida el alcalde. El Reglamento de Alcaldía es un acto administrativo unilateral que tiene origen en un órgano que cumple preeminentemente tareas ejecutivas y administrativas, pero su funcionamiento equivale al de las decisiones de la junta de facultad.

3.-Ubicación de la vía de excepción dentro del sistema de fuentes

A nivel de doctrina nacional, SAYAGUÉS LASO2 incluye la constitución, la ley, los reglamentos - leyes de los actuales gobiernos, los reglamentos, el acto administrativo, la jurisprudencia, la doctrina, los principios jurídicos generales y los contratos como fuentes del derecho administrativo. Los decretos de las comisiones departamentales tienen las mismas características de ley, es decir, generalidad, obligación y coerción.

4.- Algunos problemas que plantea la aplicación de la vía de excepción

El hecho de que el consejo departamental haya participado en el procedimiento que finalizó con la expedición de esta ley y haya coincidido con ella cambia nuestra respuesta. Y el hecho de que el consejo sectorial haya manifestado previamente que da "consentimiento" para dictar el acto en cuestión no modifica esta decisión.

4.1.-El principio de legalidad

En lo que respecta a la vía de excepción, ninguna de las técnicas mencionadas permite su aplicación por parte de la Administración. De hecho, sostienen que “La explicación más correcta de la regla de inderogabilidad singular de las normas se encuentra en la construcción técnica (que se explicará con detalle más adelante) del principio de legalidad de la Administración.

4.2.-Los principios de igualdad y seguridad o certeza jurídica

Es más, el comportamiento reiterado de la administración en el uso de la práctica en cuestión genera en quienes son administrados la legítima creencia de que los medios de exclusión se ajustan plenamente a derecho. Por otro lado, si la administración decide abandonar el uso repetido del mecanismo de emergencia, puede incurrir en una conducta que entre en conflicto con la teoría de los actos apropiados y la noción de precedente administrativo.

La teoría de las acciones propias no está expresamente establecida en nuestro Derecho Público, pero es aplicable a través de la jurisprudencia. Es en estos casos, cada vez más frecuentes, donde la vía de excepción se muestra como un mecanismo para que la Administración pueda dar respuesta a situaciones que en principio parecen injustas, si se les aplica la legislación vigente.

6.-Posibles alternativas

Muchos otros, que no tienen acceso a la información y se encuentran en una situación similar, desistirán de sus proyectos o los llevarán a cabo de manera inadecuada, "en secreto" del organismo departamental, que no tiene ningún beneficio. a nadie, ya que fomenta el desprecio sistemático de las ordenanzas que afecta negativamente la motivación futura de los individuos de la comunidad para actuar de acuerdo con las reglas dictadas por su órgano representativo. Además, las vías excepcionales brindarían garantías que le permitirían tener un control adecuado en las vías administrativas y jurisdiccionales, eliminando así el riesgo de arbitrariedad en la conducta de la administración.

7.-Conclusiones

BIBILOGRAFÍA

ALCANCE DE LAS COMPETENCIAS DEL BANCO

CENTRAL EN MATERIA DE DERECHO DEL CONSUMO

EL CASO DE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS SUFRIDOS POR EL CONSUMIDOR

VIVIANA PÉREZ

  • INTRODUCCIÓN: CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DEL CONSUMO COMO PARTE DE UN “SISTEMA JURÍDICO DE TUTELA DE CONSUMIDOR”
  • EL BANCO CENTRAL COMO ÓRGANO ADMINISTRATIVO DE APLICACIÓN: ¿PUEDE DISPONER LA REPARACIÓN DE DAÑOS
  • A) DERECHO POSITIVO
  • B) LA APLICACIÓN ANALÓGICA DE LAS NORMAS QUE CONFORMAN EL “SISTEMA DE PROTECCIÓN JURÍDICA
  • C) EL CASO DE LA LEGISLACIÓN SOBRE USURA
  • D) CONCLUSIÓN - RESPETO DE LAS GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO
  • LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL Y LA REPARACIÓN DEL DAÑO – DELIMITACIÓN DE COMPETENCIAS
  • A) APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE SEPARACIÓN DE PODERES
  • B) LA REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO Y EL VALOR Y FUERZA
  • CONCLUSIONES
    • El Banco Central, en su calidad de órgano administrativo sectorial de aplicación de la normativa de consumo, puede ordenar a una entidad supervisada, infractora de la normativa de relaciones de consumo,
    • La potestad de ordenar dicha reparación se desprende de la normativa legal (ley Nº 17.250 y Carta Orgánica del Banco Central) y se recoge en la normativa reglamentaria que el Banco Central dicta en ejerci-
    • Ese pronunciamiento administrativo refiere a un daño o varios daños concretos y no implica un pronunciamiento definitivo sobre la reparación integral del daño, que corresponderá al Poder Judicial y no

Por tanto, la defensa de la competencia se considera una herramienta con el objetivo final de beneficiar al consumidor. En el caso de la entidad controlada, si entiende que la autoridad administrativa le ha ordenado reparar un daño inexistente o por montos superiores a los generados.

CONFERENCIAS Y CLASES MAGISTRALES

En defensa de la radiodifusión PÉREZ DEL CASTILLO, Santiago

EN DEFENSA DE LA RADIODIFUSION (*)

  • PRECISIONES DE BASE
  • DIEZ CUESTIONES QUE INVALIDAN EL PROYECTO
  • Es un proyecto de ley a contramano del progreso
  • Es un proyecto de ley parcial
  • Es un proyecto de ley técnicamente defectuoso
  • Es un proyecto de ley estatista e intervencionista
  • Es un proyecto de ley limitativo de la actividad privada
  • Es un proyecto de ley autoritario
  • Es un proyecto de ley discriminatorio
  • Es un proyecto de ley generador de responsabilidad estatal
    • Es un proyecto de ley mayoritariamente inconstitucional
  • Es un proyecto de ley peligroso
    • COLOFON

101 y siguientes; Zolá DÍAZ PELUFFO - “El problema de la responsabilidad del Estado por un acto legislativo”, en Rev. BRITO - “Los derechos obtenidos en la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia”, en Anales del Foro, Nº 88-89, pág.

VALORES PARA EL CAMBIO

SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO

PALABRAS PRONUNCIADAS EN LA COLACIÓN DE GRADOS EL DÍA 8 DE OCTUBRE DE 2013 A JÓVENES EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD DE

La mentalidad de innovación, de descubrir cosas nuevas y ponerlas en práctica, está en la raíz de los grandes cambios en la vida de los hombres. Hablamos de siete valores: la libertad, el trabajo, el espíritu emprendedor, la mentalidad innovadora, el autoconocimiento, la solidaridad, la búsqueda de la trascendencia.

JURISPRUDENCIA COMENTADA

Medidas cautelares en el proceso de inconstitucionalidad

El derecho de suscripción preferente del accionista

MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD

ANÁLISIS DE LA SENTENCIA 1897/2012 DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

VISTOS

RESULTANDO

CONSIDERANDO

258 de la Constitución y 514 de la C.G.P. es posible concluir, como lo ha hecho reiteradamente la Corporación, que nada impide la adopción de medidas cautelares en el marco de un proceso de inconstitucionalidad fomentado por acciones como la presente. Pues bien, la situación presentada constituye una amenaza actual de la posible ocurrencia de un evento nocivo.

SE RESUELVE

258 de la Constitución y 514 del CGP, el principio de igualdad y la Teoría de los Poderes Implícitos. Sin embargo, no creemos que la Teoría de los Poderes Implícitos sea la justificación para la admisibilidad de medidas cautelares en el proceso de inconstitucionalidad.

COMENTARIOS A LAS SENTENCIAS NÚMEROS 51/2012 TRIBUNAL DE APELACIONES CIVIL 1º TURNO Y 215/2013

DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE

DRA. MARÍA FLORENCIA CHÍRICO

  • HECHOS. PRIMERA INSTANCIA
  • SEGUNDA INSTANCIA
  • APELANTES
  • TRIBUNAL (Castro Rivera, Alicia - Salvo López De Alda, Nilza - Sosa Aguirre, Tabaré Gregorio)
  • DISCORDIA
    • CASACIÓN

En este último caso, el derecho de preferencia de los accionistas puede dar paso al interés prioritario de la sociedad para librarse de esa obligación. 326 de la Ley de Sociedades Mercantiles, por lo que no participarán en el aumento de capital y renunciarán a la acción prevista en el art.

INFORMACIONES

NOTICIAS DE LAS CARRERAS DE GRADO

CURSOS DE DERECHO ANGLOSAJÓN

Legal Writing and Analysis

Litigation and ADR

Resolving International Business Disputes by Arbitration

Raising Capital in the World Financial Markets: Introduction to Financial and Legal Considerations

UNA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DE NUESTRA FACULTAD

PARTICIPÓ EN LA VI EDICIÓN DE LA COMPETENCIA INTERNACIONAL DE ARBITRAJE COMERCIAL

GRADUACIÓN 2013

LOS GRADUADOS DE DOCTORES EN DERECHO FUERON

LOS GRADUADOS DE ESCRIBANO PÚBLICO FUERON

NOTICIAS DEL DEPARTAMENTO DE MAESTRÍAS Y POSTGRADO

SEGUNDO SEMESTRE 2013

MAESTRÍAS

POSTGRADOS

Ante esta realidad, la Universidad de Montevideo ofrece el Curso de Postgrado, donde un equipo de expertos nacionales y extranjeros presenta los conceptos básicos de la tributación internacional y sus diversas áreas de aplicación, entre los que se destacan: los Dres. Acreedores antes de la herencia, concurrencia del derecho de herencia, propiedad y acreedores del ausente.

CURSOS DE POSTGRADO

Los temas tratados son: Aspectos prácticos de la contratación de inmuebles rurales, problemas en la aplicación y análisis de la información registral. Asimismo, se llevó a cabo un curso sobre el Estudio en Profundidad de la Reforma, todo impartido por el Dr.

Pablo Schiavi impartió el curso E-Salud, Protección de Datos Personales en Salud, que contó con la participación del Centro de Ciencias Biomédicas, donde participaron profesionales del ámbito jurídico y de la salud. Cristina Vázquez, se realizaron dos cursos sobre Derecho Energético, con la participación del Director General de la UTE, Cr.

En concreto, se brindará un enfoque integral que permita comprender la estructuración de los proyectos, independientemente de la etapa en la que se encuentre o el rol del participante. 30 Septiembre/2013- Presentador de la conferencia temática: Información ambiental en Uruguay junto a los profesores José Sciandro y Marcelo Cousillas.

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VIAJE A ALEMANIA DEL DECANO DE LA FACULTAD. - OSNABRUCK Y BERLÍN 2013

DOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE MONTEVIDEO FUERON ADMITIDOS PARA REALIZAR EL PROGRAMA DE DOCTORADO EN

CERTAMEN ABOGADO Y ESCRIBANO POR UN DÍA 2013

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EVOLUCIÓN DEL SECRETO BANCARIO EN URUGUAY”

INTRODUCCIÓN: MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL

CONTEXTO DEL NEGOCIO BANCARIO EN URUGUAY

177 del Código Penal: “El juez competente que, teniendo conocimiento de la ejecución de un delito, no interviene o retarda su intervención, y el que por no ser competente omite o retarda su denuncia, serán reprimidos con una pena de tres a dieciocho meses de prisión. Se exceptúan de la regla los delitos que sólo pueden ser perseguidos mediante denuncia de la persona ofendida.

CONTEXTO DEL NEGOCIO BANCARIO: RÉGIMEN ANTERIOR A LA LEY DE INTERMEDIACIÓN

Los fondos pertenecientes a estas cuentas invertidos o depositados en el exterior, pero administrados por bancos nacionales, pagarán el impuesto definido en el artículo 7 de la Ley no. 11.073, de 24 de junio de 1948, que regula las sociedades de inversión. Asimismo, la costumbre en materia bancaria era mantener secreto respecto de las obligaciones entre el banco y el cliente, debido a las especiales características de la actividad como mencionamos antes.

EL RÉGIMEN DEL DECRETO-LEY Nº 15.322 DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

En primer lugar, el artículo 25 se refiere a las empresas incluidas en los artículos 1 y 2 de la Ley. La decisión del tribunal competente si se trata de la obligación de alimentar, con decisión motivada;

MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DEL SECRETO BANCARIO, POSTERIOR A LA LEY DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

En el caso del párrafo anterior, el proceso judicial de levantamiento del secreto bancario se seguirá con la persona natural o jurídica titular de la información. La solicitud deberá ser realizada por el Director General de Ingresos en el ejercicio de las facultades de supervisión de la DGI.

ÁMBITO INTERNACIONAL - LA OCDE-

En un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de recibida la autorización, el Banco Central del Uruguay, de manera fehaciente y de acuerdo con la naturaleza de la información requerida, notificará la solicitud de la Dirección General. Impuesto sobre las entidades incluidas en el artículo segundo de este decreto. Vencido el plazo fijado sin que el contribuyente haya otorgado autorización expresa, la Dirección General Impositiva podrá realizar la solicitud de levantamiento del secreto bancario ante la Sede Judicial, en las disposiciones que determinan los párrafos tercero y siguientes del artículo 54 del Ley No. 18.083., de 27 de diciembre de 2006, con la redacción dada por el artículo 15 de la Ley Núm. 18.718, de 24 de diciembre de 2010.

Referencias

Documento similar

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26 y 28 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se