RiPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE HACIENDA
Reg.234/FF *
29.07.96
37
INFORME FINANCIERO
INDICACIONES AL PROYECTO DE LEY QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA,
SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS, EL CODlGO TRIBUTARIO Y OTRAS NORMAS LEGALES
Boletín N° 1.687-05 Mensaje N° 139-333
La indicación del citado Mensaje incluye la creación en la Planta de Personal del Servicio de Impuestos Internos de dos cargos, de Jefe de Departamento de la Dirección Nacional Grado 4
0de la Escala de Remuneraciones de las Instituciones Fiscalizadoras, que representan un costo anual, de $ 31.466 miles por el año 1996, el que será financiado con incremento del aporte fiscal al Servicio de Impuestos Internos mediante transferencia de recursos desde el ítem 50-01-03-25-33.104 del presupuesto aprobado para dicho año, para la Partida Tesoro Público.
Santiago, Julio 29 de 1996.
REPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCION DE PRESUPUESTOS
INFORME FINANCIERO
MODIFICA LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA, SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS, EL CODIGO TRIBUTARIO y OTRAS NORMAS LEGALES.
Boletín 1687-05
En general, el impacto recaudatorio de las modificaciones contempladas en el Proyecto de Leyes de poca significación, puesto que en su mayoría se trata de simplificaciones administrativas y de introducir ajustes a determinados procedimientos para mejorar la gestión de la administración tributaria.
Dentro de las modificaciones que tendrían un impacto negativo en la recaudación, se encuentran las siguientes:
MODIFICACION LEGAL MENOR
RECAUDACION ANUAL rmillones
$1
Artículo 1, N° 1: Modifica el artículo 14 bis de la Ley de la Renta 120 Aproximadamente 36 contribuyentes se cambiaron de régimen durante 1993. Se supuso que cada uno
tuvo ventas por 3.000 UTM anuales, un margen de utilidad del 30% Y utilidades no distribuidas del 60%
durante 3 afios. A esta última cantidad se le aplicó una tasa media del 10%.
Artículo 1, N° 2: Modifica el artículo 34 bis de la Ley de la Renta, sobre Tributación del transporte 80 terrestre de pasajeros
Se supuso que un 5% de los contribuyentes que hoy tributan en renta presunta se cambiarian a renta efectiva, pagando $0 en este sistema en comparación a lo pagado bajo el régimen de presunción. Esta última cantidad se estimó como el 5% de la recaudación actual.
Artículo 2, N° 1: Modifica el artículo 36 de la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios, sobre el O sistema de devolución de impuestos a exportadores
En la práctica hoy en día esta situación es de baja ocurrencia, tratándose más bien de una armonización legal, por lo cual su impacto recaudatorio es marginal.
Artículo 6: Deroga el inciso final del artículo 23 del D.L. 3.501, de 1980 (impuesto de $10 por 30 trabajador)
Se supuso que todas las empresas retienen este impuesto sobre las remuneraciones imponibles de los aproximadamente 3 millones de trabajadores dependientes que existen en el país.
TOTAL 230
Respecto de aquellas que modifican el Código Tributario (artículo 3 del Proyecto de Ley), así como la derogación de la Ley N° 18 .320 (artículo 5 del Proyecto de Ley), debieran tener un impacto positivo sobre la recaudación, puesto que casi todas apuntan a facilitar la labor fiscalizadora. Sin embargo, no existen antecedentes suficientes como para estimar una cifra.
El resto de las modificaciones a la Ley de Impuesto a la Renta y a la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios, así como aquellas que afectan a la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, son de carácter administrativo, por lo cual no tienen impacto recaudatorio.
Santiago, Agosto 6 de 1996.
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Admin. Subtotal1 Subtotal2
Central Poder Administ. Salud Educación Cargo Sector
~ Salud Judicial Defensa Central Municip. Subvenc. Fiscal Municipal Total 361,393 301,748 42,073 485,440 1,190,654 56,687 582,569 1,810,832 116,294 1,920,029
9,000 9,000 9,000 9,000
Empleados Municipales O O 7,500 7,500
Aduanas 5,219 O O O 5,219 O 5,219 5,219
Bonos Enfermeras y Matronas O 824 O O 824 O 824 824
Profesores O O O O O O 30,000 30,000 30,000
Gendarmería: Sist. Turnos 1,099 O O O 1,099 O 1,099 1,0'9
Gendarmería: L 15.076 27 O O O 27 O 27 27
Servo Médico LegaLL. 15.076 24 O O O 24 O 24 24
Bienes Nacionales 143 O O O 143 O 143 143
Mejoramiento Sueldos FF.AA. O O O 15,700 15,700 O 15,700 15,700
Sistema de Salud FF.AA. O O O 7,253 7,253 O 7,253 7,253
Obras Públicas 2,418 O O O 2,418 O 2,418 2,418
Estatuto Capac. y Empleo SENCE 55 O O O 55 O 55 55
Asignación de MériJo Atención Prima O O O O O 1,391 1,391 1,391
Carrera Clin. Asistencial L. 15.076 O 2,542 O O 2,542 O 2,542 2,542
Relaciones Exteriores 231 O O O 231 O 231 231
Poder Judicial O O 4,000 O 4,000 O 4,000 4,000
Coml!.romisos 9,216 12,366 4,000 22,953 48,536 1,391 30,000 79,927 7,500 87,427
!pto. 1997 actualizado 370,609 314,114 46,073 508,394 1,239,190 58,078 612,569 1,890,760 123,794 2,007,456
+ Reajuste Dic'97 ((1 mes) 2,625 2,225 326 3,601 8,778 411 4,339 13,393 877 14~9
+ Aguinaldos 3,174 3,523 155 6,540 13,391 916 6,680 20,987 1,320 22,307
Gasto estimado 1997 376,408 319,862 46,555 518,535 1,261,359 59,405 623,588 1,925,139 125,991 2,043,982
Varo nominal Gasto estimado 1997/96 12.5% 14.1% 20.1% 14.7% 14.1% 12.3% 15.2% 14.4% 16.7% 14.6%
Varo [PC promedio 1997/96 5.8% 5.8% 5.8% 5.8% 5.8% 5.8% 5.8% 5.8% 5.8% 5.8%
Varo real Gasto Estimado 1997/96 6.3% 7.9% 13.6% 8.5% 7.9% 6.1% 9.0% 8.2% 10.4% 8.4%
Supuestos:
Inflación 1996 6.5%
Inflación 1997 5.5%
Reajuste Dic'96 9.9%
Reajuste Dic'97 8.5%