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SEBASTIÁN MORENO ORTIZ Dr. Miguel Moreno Plata

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Academic year: 2023

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Para ello, partiremos de una perspectiva cualitativa y sostendremos que cuanto mayor sea la autonomía –las autoridades locales–1, mayores serán las oportunidades de incidir en el fortalecimiento de la democracia en la unidad. La intención de las reformas políticas que se han implementado en el Distrito Federal centran su fundamento en la democratización de la entidad.

Marco teórico

Autonomía y Federalismo

Su esencia radica en la creación y rediseño de instituciones y procesos, que permitan alcanzar una unidad política que se adapte y potencie la diversidad al tiempo que resuelve los problemas de la vida cotidiana. 17 Ver artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 18 José María Serna de la Garza.

Autogobierno y autonomía

Sin embargo, un acuerdo sobre el citado planteamiento sólo será posible si se concilia la existencia del territorio como cuartel general de las fuerzas de la Unión y el disfrute simultáneo de autonomía en todo lo que atañe a su organización interna. En este contexto, una decisión legítima no surge necesariamente de la "voluntad de todos", sino de la consideración de todos en el proceso político.

La democracia como la mejor forma de gobierno

Esto da lugar a la existencia de razones que explican por qué es importante evaluar críticamente la democracia y buscar posiciones alternativas a la concepción tradicional. 32 La vía institucional para el desarrollo de la democracia es una posición que ha convencido a más teóricos; para una visión más amplia de esta posición véase Josep Colomer.

La democratización del Distrito Federal

La participación ciudadana en el proceso democratizador

47 Lucía Álvarez, “Historia de la ciudadanía en la Ciudad de México”, En Ana Helena Treviño y José Javier de la Rosa (coordinador). A partir de esta experiencia, el espacio de inclusión ciudadana se expresó y desarrolló fuera de los órganos estatales.

Las reformas al gobierno del Distrito Federal

Como parte de las reformas políticas impulsadas por el presidente López Portillo, se abordaron los temas del Distrito Federal. 2 La transformación del Distrito Federal en el estado número 32 de la federación con un gobierno elegido popularmente. El surgimiento de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal (ARDF) en 1987 fue un logro de la ciudadanía en su insistencia en la inclusión para cambiar la estructura tradicional de gobierno.

Así, como organismo consultivo y gestor de la ciudadanía, el RDF fue un experimento que contuvo las crecientes demandas de los capitalinos. Asimismo, el Presidente de la República mantuvo intacta la competencia para gobernar la entidad a través del regente y la delegación, a quienes designó y destituyó libremente. Esto aceleró la discusión de una nueva reforma política en la estructura de gobierno de la capital.

Congreso de la Unión: Hace la carta de gobierno y las leyes relativas al Distrito Federal, salvo en las materias reservadas a la Asamblea de Representantes. Poder Ejecutivo: Enviar anualmente al Congreso de la Unión, la propuesta de los montos de deuda necesarios para financiar el presupuesto de gastos del Distrito Federal. Además de comandar la fuerza pública del Distrito Federal y nombrar al servidor público al frente de la misma.

El fortalecimiento del régimen del Distrito Federal en el marco federalista

Un gobierno local autónomo desde el marco del sistema federal

Por otro lado, junto con los desafíos que limitan la autonomía de la Ciudad de México, encontramos que la forma federal de gobierno adoptada en México sigue arraigada en un centralismo que impide el fortalecimiento del régimen local. Tanto la centralización como la concentración en esta área tienen profundas raíces históricas, dada la concentración inicial de la población y la centralización del poder político y económico en este espacio específico. 79 La existencia de autoridades federales y locales en una misma entidad no equivale a restricción y convergencia entre ellas, ya que esta experiencia no es exclusiva de la Ciudad de México, ya que autoridades federales y locales en otras ciudades conviven pacíficamente, cumpliendo cada una con sus competencias.

Así, una vez que dispongan de un conjunto de competencias y recursos, podrán gestionar de forma autónoma en el marco de la legalidad. 34; delega algunas de sus funciones a niveles inferiores de la pirámide burocrática, pero dentro de las mismas agencias gubernamentales o ministerios. En otros casos, se crean organizaciones especiales que están fuera de la estructura burocrática central81, pero en cuya organización el gobierno sigue influyendo en las decisiones.

En Brasil, en cambio, la capital se trasladó a finales de los años 1950 de la ciudad de Río de Janeiro a Brasilia, una nueva ciudad que es la sede del gobierno federal y cuya máxima autoridad, el gobernador, es elegida por los ciudadanos84 . La Ciudad de México se encuentra actualmente en una situación muy similar a la de la capital de Argentina, pero parece que en el caso de la primera ciudad la decisión final de otorgar la autonomía ha cobrado tal importancia que los debates al respecto se han polarizado sin lograr resultados. . un acuerdo común. Por lo tanto, esta decisión depende de la voluntad de las fuerzas políticas –en el Distrito Federal, el Congreso de la Unión y los Congresos Estatales- de reconocer la autenticidad de la ciudad como entidad federativa, ya que de quienes forman parte de la federación únicamente existe el Distrito Federal. Carece de autonomía en su organización.

Un régimen democrático incluyente

Sobre este tema -derivado de la reforma al estatuto de gobierno de 1998- nos remitimos a la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal (LPCDF), que introdujo cambios innovadores en esta materia.88 Los cambios posteriores en cuanto a la participación de la sociedad en el gobierno aún no han finalizado, dado que están en línea con su funcionamiento y mejoramiento, y para efectos de este capítulo recurrimos a los más recientes, que abordan las siguientes formas de cooperación y representación a nivel local . El plebiscito se realiza según el artículo 12, que figura en el título tercero de la ZZPDF, a. En el mismo campo de trabajo, los consejos ciudadanos aparecen como "un ejemplo de coordinación de los comités ciudadanos con los órganos de demarcación territorial y con los órganos de gobierno del distrito federal".

¿Por qué hablamos ahora de las formas de participación y representación en el Distrito Federal, si el propósito de esta investigación es analizar la mayor autonomía posible de las autoridades de los gobiernos locales para que puedan incidir en la consolidación de la democracia? El problema con esta última solución es precisamente que los cambios en la ley electoral son una expresión de los intereses actuales de la facción legislativa dominante en el Distrito Federal. En resumen, la más reciente elección e integración de comités vecinales y consejos municipales no ha conducido a una inclusión real de la ciudadanía en la formulación y desarrollo de políticas públicas, ya que la participación se ha realizado de manera antidemocrática y subordinada desde su surgimiento. intereses partidistas de los grupos de poder.

En cuanto al análisis de los instrumentos de participación ciudadana desarrollados y aplicados en la Ciudad de México, cabe señalar: ¿cuáles de estos instrumentos han logrado los objetivos propuestos teniendo como referencia la inclusión efectiva de la ciudadanía en el éxito? usado. Esto requiere una nueva cultura política que fomente la inclusión de los ciudadanos en la toma de decisiones. La plena vigencia de los derechos de los capitalinos y una definición precisa de la autonomía en el régimen local son disposiciones que fortalecerán el desarrollo de la democracia en la entidad.

Aspectos de la representación que impiden el fortalecimiento de la democracia

  • Representación política local

Son los órganos de gobierno encargados de la administración del municipio, el cual es la base de la división territorial y la organización política y administrativa de los estados de la República Mexicana. Como era de esperar, el principal objetivo de la iniciativa es reducir la autonomía lograda como resultado de las sucesivas reformas encaminadas a mejorar el desarrollo político del Distrito Federal. La relación entre el jefe de gobierno y el presidente de la República fue tensa al punto de llegar a la controversia constitucional.

Dicta disposiciones generales que garantizan el funcionamiento adecuado, oportuno y eficiente de las competencias de la Unión. Y lamentablemente, en este último, especialmente en el Senado, donde se frenaron las últimas iniciativas de reforma encaminadas a fortalecer el gobierno de la ciudad.116. Lo que nos lleva a revisar sus contribuciones, en términos de un mayor fortalecimiento del gobierno de la ciudad.

Con este porcentaje de votos y el apoyo de la mayoría de los asambleístas a su favor, recibió el apoyo suficiente para impulsar y aprobar los proyectos de iniciativa de reformas en la legislatura local. Suprimió la facultad del Presidente de la República de iniciar leyes y decretos ante la ADF. En la segunda elección para Primer Ministro, con el 38.5% de los votos emitidos, ganó el candidato de la Alianza por México123, Andrés Manuel López Obrador (ver cuadro 3).

Cuadro 2. Elecciones de 1997. Distrito Federal
Cuadro 2. Elecciones de 1997. Distrito Federal

Retos y perspectivas de un gobierno autónomo y democrático en el

La consolidación del gobierno local

139 La creación de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal (ARDF) tuvo inicialmente la tarea de gestionar y responder a las demandas ciudadanas. Su formación fue una concesión del poder presidencial frente a las crecientes demandas de la oposición para democratizar la ciudad. En lo que respecta a la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados, se trata de un órgano integrado por el Pleno de la Cámara, que, mediante la elaboración de dictámenes, informes, dictámenes o resoluciones, contribuye a que la propia Cámara cumpla con sus funciones constitucionales. potestades.

Ahora bien, cuando tocamos el tema de la constitución, nos referimos a los temas relevantes que afectan la vida de una sociedad política, en nuestro caso la del Distrito Federal. A menudo se oye decir o afirmar, especialmente a quienes propugnan la conversión del Distrito Federal en estado, que nunca ha sido libre y soberano como cualquier otro de la república. El artículo 44 de la Constitución, referido al Distrito Federal, indica que es sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que no puede ser un Estado, sin embargo.

El espacio de la sociedad civil en la Ciudad de México a finales del siglo XX: marco institucional, nuevos actores y esfera pública, México, Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades, UNAM-Plaza y Valdés, 2004. Álvarez Enríquez, Lucía “Historia de Educación Ciudadana en la Ciudad de México”, En Ana Helena Treviño y José Javier de la Rosa (coord.) Ciudadanía, Espacio Público y Ciudad. Bolos, Silvia “Movimientos sociales, actores de la democratización en la ciudad”, en Lucía Álvarez, Carlos San Juan y Cristina Sánchez Mejorada (coord.) Democracia y exclusión.

Máiz, Ramón “XI Tesis para una Teoría Política de la Autonomía”, en Natividad Gutiérrez Chong (coordinación) Estados y autonomía en las democracias modernas. Pzerworski, Adam, “Algunos problemas en el estudio de la transición a la democracia”, en Guillermo O`Donnell, Philippe C.

Referencias

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