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TAREA -DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO-1

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Marcela García Martínez

Academic year: 2023

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“AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO”

DOCENTE

Dr. Angel Fernando La Torre Guerrero TEMA

Tarea Académica 1 - Exequátur

Actividad como parte del curso de DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO presentan las alumnas:

INTEGRANTES CÓDIGOS

1. Garcia Martinez Ana Marcela U19211790

2. Gonzales Toribio, Leslie Isabel U19205505

3. Sulca Siuce Jennifer Melany U19219253

LIMA-PERÚ MAYO, 2023

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Índice

1.Introducción……….02

2.Origen………...03

3.Definición……….04

4.Marco normativo………..04

5.Importancia………...06

6.Finalidad………06

7.Jurisprudencia………06

8, Conclusión………07

9.Recomendación……….07

10. Referencias bibliográficas………..08

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Exequátur

Introducción

El presente informe monográfico, servirá como modelo para tratar el tema de exequátur, su origen, su definición, marco normativo, importancia y finalidad, todo esto para ampliar los conocimientos sobre el exequátur, considerando al exequátur como un procedimiento judicial en el que se busca homologar una sentencia extranjera.

No será extraño advertir que poco se ha escrito desde el Derecho Procesal acerca del exequátur. Basta con mirar cualquier acuerdo jurídico procesal para comprender que el desarrollo científico de la materia es significativamente menor del que podría tener, por ejemplo, el número de experimentos conjuntos. El Derecho Internacional Privado (DIP), por el contrario, trató de analizar más a fondo el tema, pero, al estar “separado” de la doctrina procesal, no pudo tratarlo en su real dimensión.

Así, uno de los temas pendientes relacionados con los procesos de sentencias extranjeras, que viene a ser la exequátur, es la efectividad de aquellas sentencias extranjeras en el Perú que no fueron reconocidas previamente a través del procedimiento de reconocimiento del exequátur.

Asimismo, en los artículos 21091 y 21102 del Código Civil en realidad parece decirnos que nada está sin terminar. Sin embargo, como desarrollaremos a lo largo de este artículo, las consecuencias jurídicas internas de una sentencia extranjera son mayores de lo que se pensaba en un principio.

En ese sentido, el presente artículo tiene por objeto describir y analizar las consecuencias jurídicas de las sentencias extranjeras que no están sujetas al procedimiento de reconocimiento de sentencias extranjeras en el Perú, a la luz de lo dispuesto en el Código Civil y el Código Internacional por Bustamante

Asimismo, se plantea impulsar a estudiantes para que no sólo se limiten a estudiar el área legal sino también que lo relacionen con otras ramas de las ciencias sociales como forma de buscar mejores. Cabe indicar que la información que se brindará es importante para aquellos que deseen tener un panorama amplio acerca del exequátur como tal se ha explicado.

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Origen

El exequátur es una palabra latina que significa "ejecutar", que se usa muy a menudo en forma ejecutor, en el cual vendría a ser un conjunto de reglas según a las cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un tribunal de otro Estado cumple o no cumple con los requisitos para el reconocimiento de otro país o que permitan la homologación.

La figura jurídica de la sentencia ha evolucionado en el mundo jurídico, empezando por el derecho romano, en el cual se reconocen tres períodos en los cuales se identifican los cambios trascendentales que se han presentado.Al respecto el autor Valverde señala: ius Civile, donde las sentencias sólo tenían valor en el país que se dictaban. Asimismo, también está el ius Gentium, se desarrollaba una relación entre los extranjeros y los romanos, debido a que el comercio extranjero crecía y generaba las distintas relaciones mercantiles. Por último, está el derecho heleno – romano, en donde en el derecho privado se llevó a cabo la división de los imperios de Oriente y Occidente. La razón por la cual la legislación y su aplicación es diferente en cada departamento (p.2), ya que el emperador tiene poder absoluto, lo que significa que la elaboración de leyes se convierte en casi la única descentralización del emperador. :

Para ello, en los antecedentes sobre el desarrollo de la legislación y las relaciones recíprocas entre las sociedades. La Edad Media se considera la era del surgimiento de la cooperación internacional. Al menos en lo que se refiere al reconocimiento de sentencias extranjeras. El primer conflicto conocido sobre la aplicación de una sentencia extranjera en otro territorio fue entre Inglaterra y Francia en 1607. El artículo 121 del Código Michaud rige la disputa, en la cual prohíbe la ejecución de sentencias extranjeras contra ciudadanos franceses.

De la misma forma, el autor Velarde nos detalla que la autorización dada por el jefe de Estado a los agentes extranjeros para que así en su territorio, ellos puedan ejercer aquellas funciones propias de sus cargos mismos y asimismo, en el contexto que se da de las relaciones entre la Iglesia y el Estado propias del Antiguo Régimen, era el término utilizado para designar el pase que daba la autoridad civil de un Estado a las bulas y otras disposiciones pontificias para que fueran observadas dentro de su territorio. Por otro lado, en el Perú se podría decir que es un proceso que apunta a lograr el reconocimiento de la decisión de los tribunales peruanos en el extranjero.

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Definición

El exequátur en el Perú, se le considera como el proceso judicial por el cual se reconoce y se da fuerza ejecutiva a una sentencia extranjera. Este proceso en el Perú es no contencioso, no revisa el fondo de dicha sentencia, tiene como objetivo principal tener los mismos efectos que cualquier sentencia nacional. Al respecto el autor Ugaz (2020) señala que:

El exequátur se entiende como el conjunto de reglas que permitirá constatar la validez y eficacia de las resoluciones judiciales, pues a través de este procedimiento lo que se quiere lograr es la autorización para proceder con la ejecución. (p.11).

Ante lo mencionado en el párrafo anterior se tiene este esta figura jurídica es importante, aunque de igual forma tiene varias interpretaciones por diversos autores, como lo mencionado por el autor Cuba (2016), que señala:

Este procedimiento tiene por objeto determinar si es posible brindarle a una sentencia extranjera (entendiendo esta como aquella resolución pronunciada por un tribunal que escapa a la soberanía del Estado en que se desea ejecutarla), reconocimiento y permitir su cumplimiento en un Estado distinto a aquel que la pronunció. (p.63) Ante ello, es necesario considerar que el exequátur es de gran importancia para el Perú así como para otros estados, ya que este permite tener la capacidad más amplia en cuanto a la aplicación de sus leyes, teniendo en cuenta el principio de reciprocidad.

Marco Normativo

Está figura jurídica se encuentra dentro del siguiente marco normativo:

Código Procesal Civil

Se encuentran comprendidos desde los artículos 837° hasta el 847° del Código Procesal Civil.

Con respecto a la competencia nos indica que se interpone ante la Sala Civil de turno de la Corte Superior en el que tiene competencia de territorio respecto a su domicilio de la persona con la cual tiene una pretensión. Además, en referencia a su trámite establece que tanto las solicitudes de apoyos como los salvaguardias se deberán de tramitar frente al juez correspondiente o un notario.

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Código Civil.

En el código civil lo encontramos desde los artículos 2102° al 2111° del Código Civil. En estos artículos se menciona acerca del principio de reciprocidad, la reciprocidad negativa, sentencia extranjera en materia de quiebra, entre otros puntos que son relevantes para la aplicación de esta figura jurídica, dentro de todos ellos resaltaré lo que considera más importante, que es respecto a sus requisitos, entre los cuales encontramos:

No se deben resolver temas en el que solo se base en la competencia del Perú

El tribunal extranjero deberá tener competencia para conocer acerca del tema en cuestión ello acorde a las normas de Derecho Internacional Privado y a los principios generales de competencia procesal internacional.

La sentencia debe tener calidad de cosa juzgada

No debe existir en el Perú juicio que se encuentre pendiente entre las mismas partes y respecto al objeto.

Estos son solo algunos de los requisitos que son necesarios ser cumplidos para que se lleve a cabo la aplicación del exequátur.

Regulación del exequátur en el sistema americano respecto al tratado de Montevideo de 1889:

Este tratado fue dado entre los países de Argentina, Bolivia, Colombia, Paraguay, Perú y Uruguay. Se encuentra incluido en los sistemas judiciales de los Estados que están involucrados dentro del sistema procesal de Exequátur, para la aceptación y ejecución de sentencias extranjeras dentro de su territorio con la finalidad de beneficiar a la población. Así también, se regulan algunas directrices o principios que deben ser incorporados dentro del sistema procesal de Exequátur en sus territorios.

Importancia del exequátur

El exequátur es el proceso que tiene como propósito el reconocimiento por Tribunales peruanos de una Resolución judicial expedida en el extranjero. Sobre la importancia de dicha figura jurídica el autor Torres (2006) en su ponencia sobre “Reconocimiento de decisiones judiciales extranjeras en Perú señala lo siguiente:

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“Exequátur establece que dicha figura es muy importante, por cuanto es una de las formas que existen en el derecho peruano para reconocer una decisión judicial emitida en el extranjero.”(p.12)

En ese sentido, la importancia radica, en que el Exequátur, es el proceso reconocido a nivel internacional para ejecución de cada Estado en su territorio a efectos de reconocer y ejecutar las sentencias entre Estados internacionales, este a su vez, es utilizado en beneficio de los ciudadanos que por su naturaleza interactúan entre estos, con la diferencia de que a la actualidad y con el incremento de la tecnología, los hombres interactúan de forma más extensa e internacional por lo que los problemas y conflictos internacionales siempre existirán.

Finalidad

En base a la sentencia de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema en la Apelación Nº1332-2019/LIMA menciona lo siguiente:

EI exequátur tiene por finalidad darle fuerza ejecutiva en el Perú al fallo pronunciado en el extranjero con el objeto de evitar la duplicidad judicial, en aras del principio internacional de la reciprocidad; que se refiere a las garantías, beneficios y sanciones que un estado otorga a los ciudadanos o personas jurídicas de otro estado.

Jurisprudencia

A modo jurisprudencial se trae a colación la sentencia APELACIÓN NRO. 4395-2018 LIMA NORTE

En dicha jurisprudencia se observa el recurso de apelación interpuesto por la demandada Gloria Dorys Alcocer Salazar, en contra de la primera instancia, , la cual declaró fundada, es decir procedió la demanda de reconocimiento de resolución judicial extranjera; por lo tanto, se otorgó fuerza legal de sentencia peruana. Ello debido a que la demandada alega no haber sido debidamente notificada por lo que no pudo formular contradicción, debido a que la sentencia que se declaró procedente no ha considerado los bienes conyugales adquiridos durante el matrimonio por ambas partes, así como también se corroboró que el demandante esté al día en la pensión alimenticia, tampoco hubo un pronunciamiento sobre el cónyuge.

Sin embargo, pues se declaró fundada la demanda de reconocimiento judicial expedida en el

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extranjero debido a que la sala consideró que si se encontraba dentro del marco normativo constitucional peruano y no infringía con las leyes, por lo que se dio por consentida la resolución que confirmaba la disolución de matrimonio.

Conclusiones

El Exequátur es un proceso esencial para el Estado ya que este proceso coadyuva a la ejecución de sentencias extranjeras en nuestro territorio, siendo así fundamental para los sujetos nacionales que tienen conflicto con sujetos internacionales el cual buscan la ejecución de la sentencia de algún proceso realizado en el exterior dentro del territorio nacional, está regulado dentro del libro X del Código Civil peruano.

Asimismo, esta figura jurídica es de gran utilidad ya que permite darnos a conocer ciertos temas desde la visión internacional, aunque siempre debe ir acorde a nuestro marco normativo, es decir no debe de infringir con las normas peruanas, anteponiendo la Constitución Política del Perú.

Recomendación

Se debe recomendar el desarrollo de una adecuada enseñanza en las diferentes universidades sobre el tema del exequátur, esto a efectos de que los profesionales de derecho tengan mayor conocimiento sobre este proceso y puedan aplicarlo efectivamente y de manera correcta.

Se recomienda analizar las jurisprudencias que enmarca la figura jurídica del exequátur, con la finalidad de asemejar a nuestro marco normativo peruano, y darle una valoración importante, así como la relación que guarda con los tratados internacionales.

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BIBLIOGRAFÍA

Código Civil Peruano (1984)https://lpderecho.pe/codigo-civil-peruano-realmente- actualizado/

Corte Suprema de Justicia de la República Sala Civil Permanente. Apelación N° 4395-2018-

Reconocimiento de sentencia extranjera

file:///C:/Users/Leslie/Downloads/EXEQUATUR.pdf

Corte Suprema de Justicia de la República Sala Civil Permanente. Apelación N°

1332-2019/LIMA.https://cdn.gacetajuridica.com.pe/laley/APELACI%C3%93N%20N

%C2%BA1332-2019-LIMA_LALEY.pdf

Cuba, E. (2016). Principio de reciprocidad positiva y negativa como una medida que favorece la correcta interpretación y aplicación del proceso de exequátur en el derecho internacional privado peruano. [Tesis de pregrado, Universidad Andina del Cusco]

https://repositorio.uandina.edu.pe/handle/20.500.12557/362

TORRES, E. (2006)“Red Iberoamericana de Magistrados por la Justicia Comercial”.

http://www.rimjc.org/w/content/view/209/18/ (Consulta 2009: Febrero 2) Ugaz, K. (2020). El principio de reciprocidad negativa y la afectación de derechos en el

proceso de Exequátur. [Tesis de pregrado, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo]https://tesis.usat.edu.pe/handle/20.500.12423/2853

Velarde, L. (2012) Exequater (Ejecutese). Revista Horizonte Empresarial. Recuperado de:

https://revistas.urp.edu.pe/index.php/Horizonte_empresarial/article/view/249

Referencias

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