A lo largo de la historia universal, la sociedad ha experimentado naturalmente (1) conflictos de carácter económico, político y social, estando de alguna manera vinculados a estos los de origen laboral (2). "Podemos citar ejemplos del antiguo Egipto con la huelga de los judíos, los ladrilleros, en 1490 y la de los trabajadores de la construcción, en 1283 a.C.
Definición
Éste es, pues, el acto preparatorio de la huelga; Esta es la consecuencia habitual pero no necesaria”. (18) De la misma manera, no debemos confundir la huelga con una simple expresión de disconformidad por parte de los trabajadores.
Naturaleza Jurídica
Excepcionalmente, la huelga también podrá tener como objetivo exigir el cumplimiento de obligaciones legales en materia de participación de los trabajadores en las ganancias de la empresa.” (43). El autor Mario de la Cueva hace una clasificación de los requisitos que se deben cumplir para la huelga. Creemos que esta es una diferencia fundamental, ya que en nuestro régimen jurídico la huelga debe necesariamente ser rompida por la mayoría de los trabajadores sindicalizados de la empresa en cuestión. (infra).
Este requisito se refiere a que el objeto de la huelga debe ser lícito, es decir, debe perseguir uno de los fines previstos en la ley. Momento en el que los trabajadores se reúnen para definir sus objetivos, correspondiente a la gestación de la huelga en el derecho mexicano. El Código Federal del Trabajo de México fija las reglas para el desarrollo de la audiencia de conciliación.
El mediador tiene las más amplias facultades para conocer la situación económica de las empresas y la situación de los trabajadores implicados en el conflicto. El arbitraje, se ocupa de casos cuyo objeto es modificar esencialmente lo que se refiere a la situación económica de los trabajadores dentro de la empresa. Finalmente, en audiencia con el Presidente del Consejo de Conciliación y Arbitraje se llevará a cabo la decisión final (63).
Lo que se apruebe en la citada audiencia tendrá carácter de sentencia y será firmado por los miembros de la Junta. La resolución del Consejo de Estado, denominada "Dehane" (71), fija los criterios que deben seguirse en materia de huelgas de funcionarios.
Formas
Huelgas llícitas
Objeto
obtener del empleador o empleadores la ejecución del contrato colectivo y solicitar su revisión al finalizar su vigencia de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 111 del Título Séptimo (39); Apoyar un recordatorio dirigido a cualquiera de los enumerados en los apartados anteriores; En relación a los objetivos mencionados, creemos que el autor Néstor de Buen (42) hace una afirmación importante respecto a que puede ser infundado hablar de que uno de los objetivos de la huelga es el logro de la armonía de los factores de producción. . de orden metodológico, considerando que al revisar, firmar o eliminar una violación en el convenio colectivo, se coordinan de alguna manera los factores de producción.
Respecto a la huelga solidaria, cabe señalar que en México está casi obsoleta, ya que no se gestiona de esta manera el apoyo político entre un sindicato y otro. 34; La obligación de los huelguistas de perseguir un objetivo profesional en el marco de su contrato de trabajo explica por qué algunos paros de trabajo no constituyen huelga." (44). Pero no existe ninguna regulación que indique qué debe entenderse como objetivo profesional sino por el contrario, ésta se define luego de presentados los casos de huelgas, donde se analiza su legalidad y se determina si cualquier huelga obedece a un objeto profesional o es de otra naturaleza.
11La solicitud debe, por tanto, limitarse a los límites del interés profesional, es decir intereses que tienen su origen en una relación de trabajo.~~.
Requisi tos
De mayoría obrera
Por el contrario, es la mayoría que se manifiesta contra la huelga la que determina su inadmisibilidad y su pérdida de eficacia. Sin embargo, creemos que aunque se tramite el llamado a la huelga, aunque no haya voluntad. Por otro lado, el Tribunal Superior de Arbitraje (52) en Francia reconoce la huelga desde el momento en que uno de los trabajadores de la empresa deja de ir a trabajar, lo que consideramos excesivo, dado que en nuestra legislación se regula exclusivamente por el derecho individual a trabajar.
Esto para someter la huelga a arbitraje, aquí es donde los trabajadores solicitan a las autoridades que resuelvan su situación jurídica. Cabe señalar que, como se verá más adelante, se incluye aquí el procedimiento de conciliación, y no sólo el arbitraje, como parte de la voluntad de los trabajadores de resolver el conflicto colectivo de trabajo. Por el contrario, en Francia no es necesario en el sector privado avisar con antelación de la voluntad de los trabajadores de ir a la huelga, ya que ésta estalla desde el momento en que los trabajadores deciden, y no al sexto día contado desde la notificación al empresario. , como sucede en México.
En México existe la modalidad de contratos colectivos que regulan ramas de la industria, llamados contratos legales.
Conciliación
El presidente del consejo de administración puede utilizar medios coercitivos para obligar al empleador a asistir a la audiencia. Los efectos de la notificación a que se refiere el artículo 920, apartado 11 de esta Ley no serán revocados temporalmente. Si una de las partes legalmente invitadas no concurriere o no estuviere representada en las condiciones de los dos párrafos anteriores, el Presidente la convocará a una nueva reunión, que se celebrará a más tardar ocho días después de la primera.
A continuación, el derecho laboral francés, al final de la audiencia, establece un escenario en el que las partes se someterán a un proceso verbal. Al finalizar las reuniones de la comisión de conciliación, el presidente establecerá un proceso oral que confirme el acuerdo, o el desacuerdo total o parcial de las partes y en ese momento será notificado. ". Consejo que la inexistencia de la huelga, ya que si no se solicita dentro de las setenta y dos horas, se declarará existente.
Los trabajadores y patrones del establecimiento o empresa afectada, o terceros interesados, podrán solicitar a la Junta de Conciliación y Arbitraje que declare, dentro de las 72 horas siguientes a la suspensión de trabajos, que la huelga no existe por las causas expuestas. artículo 459 (ibid.) o por no haber cumplido los requisitos establecidos en el artículo 920 (ibid.) de esta ley.
Mediación
El mediador puede ser el Ministro de Trabajo, el Presidente de la Comisión de Conciliación, la persona designada por las partes en el contrato, si así lo han hecho, o quien éstas designen. Las conclusiones de la recomendación del mediador y la no aceptación de las partes así como sus motivaciones serán dadas a conocer en el plazo de tres meses por el ministro responsable de los trabajos. La relación entre el costo de vida de las familias y los salarios recibidos por los trabajadores;
Por otra parte, la legislación laboral mexicana determina los casos en los que el arbitraje de huelga se tramitará mediante el procedimiento ordinario. Finalmente, otra similitud importante es que en el derecho francés las decisiones de la Comisión de Arbitraje pueden ser impugnadas ante un tribunal superior. Fue promovido por una mutua formada por jefes de taller para exigir a los comerciantes que aumentaran el salario de su trabajo.
Los trabajadores de la zona textil de Orizaba, en el estado de Veracruz, se negaron a aceptar los dictados del presidente. En los servicios públicos, será obligatorio que los empleados notifiquen al Consejo de Conciliación y Arbitraje con diez días de anticipación la fecha fijada para la suspensión de labores. Precedentes que no constituyen jurisprudencia Artículo L. 525-5. El Tribunal Superior de Arbitraje conoce de los recursos de fuerza mayor o violación de derecho interpuestos por las partes contra los laudos arbitrales.”
Arbitraje
Terminación
Recursos
Respecto a la huelga en el sector público, la presentamos en este capítulo dividiéndola en dos partes. El primero analiza el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos, mientras que el segundo trata de la regulación de las huelgas de los empleados públicos sindicalizados (66). A) HUELGAS EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS.
La Huelga en los Servicios Públicos
Concepto de servicio público
A los efectos de este capítulo (67), se entiende por servicios públicos los de comunicación y transporte, los de luz y energía eléctrica, los de limpieza, los de uso y distribución de agua destinados al servicio de la población, los de gas. , de atención de salud, hospitales, cementerios y alimentación, cuando se refieran a artículos de primera necesidad, siempre que en este último caso se afecte una rama completa del servicio." Lo dispuesto en este artículo se aplica al personal del Estado, de las regiones, de los departamentos y de las comunas (68) que tengan más de 10.000 habitantes, así como el personal de empresas, organismos e instituciones públicas o privadas cuando dichas empresas, organismos e instituciones tengan a su cargo la gestión de un servicio público. la notificación provenga de la organización o de una organización sindical que sea una de las más representativas a nivel nacional, en la categoría profesional o en la empresa, organismo o servicio de que se trate.
El aviso deberá presentarse cinco días naturales (69) antes del inicio de la huelga ante la autoridad jerárquica o dirección de la empresa, empresa u organización correspondiente. Se determinará el lugar, fecha y hora de inicio, así como la duración, limitada o no, de la huelga propuesta." Existe una excepción al derecho de huelga para los empleados que prestan un servicio público, siendo ésta en el en primer lugar satisfacer el interés general, por encima de cualquier interés que puedan tener los trabajadores.
Acción unilateral de la administración pública consistente en tomar posesión de bienes privados o exigirles la realización de alguna obra para asegurar el cumplimiento de un servicio público, en casos excepcionales y urgentes. B) HUELGA DE EMPLEADOS PÚBLICOS.
La Huelga de los Empleados Públicos
Tribunales competentes