- Opción A: La subvención para la contratación de agente de igualdad o consultora de género, para que elabore el diagnóstico y/o el posterior Plan de Igualdad, bien sea organizacional de la plantilla interna, o bien de ámbito municipal dirigido a la población.
Los Planes de Igualdad organizacionales o de plantilla se desarrollarán según el concepto y contenido definidos en el art. 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Las materias que, como mínimo, contemplará el Plan de Igualdad son: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo (art. 46.2).
Estos particulares lagos en miniatura, considerados co- mo hábitats inestables y temporales (Williams & Feltmate 1992), albergan una fauna muy diversa y especializada por darse allí las condiciones especiales para su supervi- vencia. Dentro de cada espacio interfoliar ocupado por agua y materia orgánica podemos reconocer una estrati- ficación característica de sus componentes. En la parte basal de las hojas más externas se localizan detritos muy finos entre los que podemos encontrar otras especies de animales incluyendo insectos de hábito terrestre. Encon- tramos coleópteros (Carabidae, Curculionidae, Staphyli- nidae), Dermaptera, Pseudoescorpiones, Scorpionidae, Miriapoda, Orthoptera y larvas de algunos dípteros como Stratiomyidae. También Anfibios, Reptiles y Anélidos.
UNIDAD IV
CONSUMO DE AGUA
4.1 Generalidades:
Para determinar las cantidades de agua que se requiere para satisfacer las condiciones inmediatas y futuras de las ciudades o poblaciones proyectadas, se recomienda realizar un estudio exhaustivo de la comunidad a estudiar. La dotación es el consumo de agua utilizado por una persona por día y se expresa por lo general en litros por habitante y por día (litros /habitante-día).
El importe concedido a cada proyecto, en la línea de subvenciones de Cooperación para el Desarrollo, en ningún caso, será superior al 85% del coste total del proyecto, incluidos los co[r]
El proveedor estará obligado a informar al momento de la facturación, el régimen de Impuesto sobre las Ventas e Industria y Comercio al cual pertenece (común o simplificado) o si los servicios que ofrece se encuentran excluidos de IVA, si es declarante o no del Impuesto sobre la Renta, si es gran contribuyente o autorretenedor de Renta e ICA y las disposiciones que lo autoriza. Si el objeto del contrato comprende la adquisición de bienes, para mayor claridad en la liquidación de los impuestos el contratista deberá facturar por separado los bienes (factura para bienes y factura para servicios), sin que se afecten por este requisito, los períodos de pago establecidos en la forma de pago.
5.1.3 Para una actividad en concreto, documentos, expedientes y series comparten una misma categoría de clasificación, lo que proporciona la necesaria coherencia en el actuar de la administración universitaria.
5.1.4 La definición y normalización de categorías y las formas de ordenación de los documentos, así como el establecimiento, gestión, mantenimiento y actualización del cuadro de clasificación, son competencia del responsable del Archivo General.
4.1.3 Otros bienes preexistentes
Otros bienes de capital preexistentes no incluidos en algunas de las partidas parciales precedentes.
4.2 Construcciones
Comprende la realización de obras que permanecen con carácter de adherencia al suelo formando parte de un todo indivisible, como así también las ampliaciones mejoradoras de construcciones ya existentes. Se consideran como tales caminos, diques, puentes, edificios, canales de riego, desagües o navegación, sistema de balizamiento, redes de comunicaciones, distribución de energía, de agua, fábricas, usinas, etc. No incluye el valor de la tierra, el que se preverá en la partida parcial Tierras y Terrenos.
Los informes, que sobre los animales recogidos por este servicio, sean necesario realizar, no tendrán coste alguno para este Ayuntamiento.
Dentro de los servicios del veterinario colegiado se encontrarán entre otros y como mínimo diagnosticar y tratar a los animales en cualquier fase del itinerario desde el ingreso, mantenimiento o permanencia en el centro, y/o salida en cualquiera de sus modalidades, atendiendo siempre a los principios de defensa y protección de la dignidad vital del animal y determinando en su caso, la necesidad de sacrificar a aquellos que no estén en condiciones sanitarias adecuadas o posean fatales pronósticos vitales, siempre previa consulta y visto bueno del servicio municipal correspondiente, así como responsabilizándose también de las eutanasias que pudieran ser realizadas
Los informes, que sobre los animales recogidos por este servicio, sean necesario realizar, no tendrán coste alguno para este Ayuntamiento.
Dentro de los servicios del veterinario colegiado se encontrarán entre otros y como mínimo diagnosticar y tratar a los animales en cualquier fase del itinerario desde el ingreso, mantenimiento o permanencia en el centro, y/o salida en cualquiera de sus modalidades, atendiendo siempre a los principios de defensa y protección de la dignidad vital del animal y determinando en su caso, la necesidad de sacrificar a aquellos que no estén en condiciones sanitarias adecuadas o posean fatales pronósticos vitales, siempre previa consulta y visto bueno del servicio municipal correspondiente, así como responsabilizándose también de las eutanasias que pudieran ser realizadas
Dicho veterinario deberá encontrarse habilitado, tanto para la identificación de los animales mediante la implantación del correspondiente microchip, como para la expedición de certificaciones oficiales sanitarias, y para la realización de informes de todo tipo, incluidos los que valoren la peligrosidad de los animales, que permitan su catalogación como potencialmente peligrosos, así como para la elaboración de informes que establezcan cuando un animal debe ser sometido a las condiciones especiales y otros extremos relacionados para lo cual adjuntarán antes de la adjudicación del contrato la documentación acreditativa de su inscripción en el correspondiente Colegio Oficial de Veterinario/as y de la habilitación otorgada por la Diputación Foral de Bizkaia mediante Decreto 144/2005, de 25 de octubre que regula la calificación de veterinario para la identificación de perros, entre otras, o documento equivalente en otras Comunidades Autónomas y/o provincias.
El objeto del presente pliego de condiciones es el servir como base para la contratación mediante concurso público de los trabajos de mantenimiento de las zonas ajardinadas, campos de hierba artificial y el campo de hierba natural de la Instalación Deportiva Municipal de Sarriena, regulando los aspectos técnicos básicos de la forma de realización del servicio. El ámbito de actuación de este pliego se circunscribe a la instalación deportiva municipal de Sarriena y más concretamente al campo de hierba natural, los campos de hierba artificial, las zonas ajardinadas, taludes, jardineras y árboles comprendidos en estas instalaciones.
No obstante lo anterior, le informamos de que podremos retener el reembolso hasta haber recibido los productos devueltos correctamente o hasta que recibamos prueba inequívoca de la devolución de los mismos, según qué condición se cumpla primero.
En el caso de que el Usuario hubiera realizado el pago contra reembolso, deberá facilitar los datos de una cuenta bancaria así como la autorización necesaria en el momento de ejercitar su derecho para que Grupo MASMOVIL pueda hacer efectivo el abono en cuenta. En caso de activar el Servicio con carácter previo a la finalización del mencionado plazo de 14 días y ejercitar el derecho de desistimiento, Grupo MASMOVIL tendrá derecho a cobrar el consumo realizado hasta el momento y de forma proporcional las cuotas y otros gastos previstos en las Condiciones Generales y Particulares de cada tarifa en los que hubiere incurrido el Usuario.
En el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), se registran los volúmenes concesionados (o asignados, en el caso de volúmenes destinados al uso público urbano o doméstico) a los usuarios de aguas nacionales. En dicho registro se tienen clasificados los usos del agua en 12 ru- bros, mismos que para fines prácticos se han agrupado en cinco grandes grupos; cuatro de ellos corresponden a usos consuntivos, a saber, el agrícola, el abastecimiento público, la industria autoabastecida y la generación de energía eléctrica excluyendo hidroelectricidad, y por úl- timo el hidroeléctrico, que se contabiliza aparte por co- rresponder a un uso no consuntivo. En este capítulo se empleará el término uso agrupado, para distinguir a esos cinco grandes grupos.
Para ello, la Comarca Campo de Borja, a efectos de cumplir lo expuesto con anterioridad, se apoyará en el sector privado para el cumplimiento de esta necesidad, toda vez que carece de [r]
1.2. El presente Convenio es accesorio al Convenio de Interconexión de Redes celebrado entre las PARTES con fecha 18/12/2002 (en adelante el “Convenio de Interconexión”), que tiene por objeto fijar los términos y condiciones de interconexión entre COOPERATIVA ORDOÑEZ y TELECOM para la prestación del servicio de telefonía fija local y de larga distancia nacional e internacional.
1.- La entidad adjudicataria nombrará y dará las órdenes oportunas a su personal al objeto de cubrir las prestaciones que se determinen.
2.- Para una correcta coordinación del Servicio, la entidad deberá contar con los siguientes medios personales: un/a Coordinador/a con la titulación de Diplomado/a Universitario en Trabajo Social. Las funciones de ésta serán:
- Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso para la prestación de servicios así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren cometido.
- No comunicar o ceder los datos del fichero a otra persona, ni siquiera para su conservación, debiendo destruir los datos personales a los que haya tenido acceso, así como los resultados derivados de su tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento, salvo que la ACCyL requiera que le sean devueltos.
3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional.
4. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando por vencimiento del plazo de la autorización se produzca la finalización de la misma, quedarán extinguidos automáticamente, sin necesidad de declaración expresa, los derechos reales o personales que pudieran ostentar terceras personas sobre la explotación autorizada y las instalaciones objeto de la misma. Tampoco asumirá Patrimonio Nacional los contratos de trabajo, o de cualquier otro tipo, que pudiera haber concertado el adjudicatario para el ejercicio de su actividad empresarial.
Se detallan en el Cap.9, numeral 9.1 Anexo 1 – Descripción y Condiciones del servicio requeridas y forman parte del objeto de contratación.
2. CONSIDERACIONES GENERALES
La presentación de la propuesta implica, por parte del oferente, el conocimiento total de los requisitos y Condiciones Generales establecidas para Compras