Por una parte, la comunicación da visibilidad externa a las buenas prácticas empresariales e institucionales, lo que implica difundir metodologías acertadas, compromisos empresariales fuertes e implicaciones de los equipos directivos de las plantillas de trabajadores en general, en suma, casos de éxito, que tiene una repercusión positiva en la imagen de la empresa ante clientes, proveedores y sociedad en general, así como un efecto fagocitador hacia el conjunto del tejido productivo. Incluso comunicar fracasos puede ser positivo si se hace en foros adecuados y con criterios técnicos, profesionales y constructivos, porque su conocimiento puede evitar a otras empresas repetir los mismos errores, así como dedicar esfuerzos y recursos a estrategias que ya se han demostrado ineficaces cuando pueden ser mucho más rentables desde la perspectiva de la prevención. Al igual que en otros aspectos de la gestión empresarial, desde la innovación a la internacionalización pasando por los recursos humanos y un largo etcétera, son las empresas líderes en cada área las que marcan tendencias, aspiraciones y objetivos. Pero esto solo es posible si sus actuaciones, logros y errores son difundidos de forma adecuada y con un enfoque positivo a través de estrategias de ComunicaciónOrganizacional, que pivotará reconocimientos públicos sobre lo bien que pueda estar haciendo la empresa o institución. Por tanto, es necesario desarrollar la comunicación externa; pero, prioritariamente, la comunicación debe ser interna, porque serán los trabajadores quienes de una forma u otra ejercerán de elementos positivadores de las organizaciones.
En cumplimiento del Real Decreto 171/2004, EMASESA, dentro de su Sistema de Gestión de la Prevención de RiesgosLaborales, está implantando un Procedimiento para la Coordinación de Actividades Empresariales (GE 018.11), cuya aplicación es el medio de coordinación prioritario para las contrataciones de servicios. Su cumplimiento se considerará obligatorio para la empresa adjudicataria. En los casos en que se estime conveniente, EMASESA y la empresa adjudicataria podrán establecer otros medios de coordinación complementarios. En estos casos, la empresa adjudicataria acreditará por escrito que ha informado a los trabajadores asignados para la realización de los trabajos objeto del presente Pliego, sobre los medios de coordinación establecidos en los términos previstos en el artículo 18.1 de la Ley 31/1995.
• Incentivar y apoyar todas aquellas acciones destinadas a promover el cumplimiento de la Ley de Prevención de RiesgosLaborales y sus normas de desarrollo, así como fomentar la incorporación de disposiciones en materia de prevención en los sistemas de gestión de las empresas.
En todo caso, cuando la empresa no disponga de servicio de prevención propio, es muy conveniente que en la empresa se designe una persona próxima a dirección que coordine estos temas, para agilizar vías de comunicación y promover una prevención integrada en toda la línea jerárquica. Esta persona, además de una formación básica en prevención de riesgoslaborales, de acuerdo a lo que establece el Reglamento de Servicios de Prevención, debería tener unas buenas capacidades de relaciones humanas y conocimientos de gestión. Su voluntariedad y sensibilidad por las condiciones de trabajo son también aspectos esenciales a tener en cuenta.
Hoy en día podemos ver que la formación del nivel intermedio va desapareciendo quedando solamente el nivel básico y el nivel superior. De los niveles que hemos explicado, el que puede realizar todas las actividades relativas a la prevención son los del nivel superior y también son los que pueden impartir cualquier curso de formación en materia preventiva. Lo cual hace que se quede en el nivel básico los aspectos más elementales, como por ejemplo colaborar y acompañar en las visitas al técnico superior de prevención. El temario que se da en estos cursos de los diferentes niveles viene establecido en el Reglamento de los Servicios de prevención. El nivel superior tiene una parte común que explica una visión básica de toso los aspectos en prevención de riesgoslaborales y una parte especifica que se puede elegir una de ellas o hacer varias o todas ellas. Estas son la seguridad en el trabajo, la higiene industrial y la ergonomía y Psicosociologia aplicad.
Asignatura 1 – Técnicas de Prevención de RiesgosLaborales (6 ECTS) Marco Básico de las Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo Técnicas y Metodologías de Evaluación y Reducción de RiesgosLaborales Contaminantes Físicos, Químicos y Biológicos en el Ámbito Laboral Fundamentos de la Higiene Industrial
esencialmente como declaración de intenciones para la prevención de dichas situaciones. En la primera fase que contemplaba dicho protocolo, una vez establecida la queja por parte del trabajador, el Área de Prevención de RiesgosLaborales del CSIC (Área PRL) asumía actuaciones encaminadas hacia la mediación y resolución de conflictos.
• Resolución de 15 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se actualiza y dispone la publicación del Sistema de Gestión de la Prevención de RiesgosLaborales en la Administración General del Estado (BOE núm. 294, de 9 de diciembre) .
UGT-Euskadi ha elaborado reciente- mente un tríptico informativo para las y los delegados de prevención de riesgoslaborales. De esta manera, nuestro sindicato ha querido dar a conocer cuáles son los derechos y obligaciones de los delegados/as de prevención, así como el proceso que deben seguir para ser elegidos/as en las empresas. Para informar al máximo número de trabajadores y trabajadoras sobre esta materia de vital importancia recogemos a conti- nuación parte de la información de dicho tríptico.
La normativa sobre Prevención de RiesgosLaborales está constituida por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de RiesgosLaborales (modifi cada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de RiesgosLaborales), y demás disposiciones legales o reglamen- tarias que desarrollan y complementan los principios contenidos en dicha Ley, como por ejemplo organización técnica en prevención, relativas a lugares de tra- bajo, utilización de equipos de trabajo-máquinas, herramientas e instalaciones, utilización de equipos de protección individual, manejo manual de cargas, puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos, exposición a agentes químicos cancerígenos, exposición a agentes biológicos, señalización de seguridad, obras de construcción, etc.
Para no volver a caer en los errores del pasado tal vez necesitemos prio- rizar la fonnación, con la nueva cultura preventiva, de las personas que toman decisiones en las empresas, incluso de muchos de los que las toman en los sindicatos u organizaciones empresariales. Si algún dirigente o técnico, con muchos años de experiencia, considera una ofensa recibir dicha formacion sólo demostrará que no ha entendido el nuevo enfoque de la prevención de riesgoslaborales ~ por tanto, no está capacitado para planificar, organizar ni gestionar la prevención de riesgos en su empresa.
Técnicos en PRL, profesionales del ámbito de Recursos Humanos, Empresarios, líderes sindicales, y en general todos aquellos profesionales que deseen llevar a cabo el plan de prevención de riesgoslaborales de una empresa, así como acometer las Funciones Oficiales del Delegado en Prevención de RiesgosLaborales que establece el Ministerio de Industria (mínimo 1 delegado en empresas de menos de 50 trabajadores, 2 de 50 a 100, etc.).
vención de riesgoslaborales es renta- ble para las organizaciones. Por ejem- plo, un estudio realizado en España (1) halló que la gestión de la seguridad tiene efectos positivos sobre la seguri- dad laboral (reduce la tasa de acciden- tes y, por tanto, los daños personales y materiales, y mejora las condiciones de trabajo, lo que aumenta la motivación de los empleados y reduce el absentis- mo), los indicadores de competitividad (mejora la imagen y la reputación de la empresa, la productividad y la inno- vación) y el desempeño económico- financiero de la empresa (aumenta las ventas, los beneficios y la rentabilidad). Otro estudio, financiado por la Asocia- ción Internacional de la Seguridad So- cial (2), halló que por cada euro por empleado invertido en prevención, las empresas pueden esperar un retorno de 2,2 euros.
La prevención de riesgoslaborales en la empresa debe incluirse en un programa organizativo, superando de esta forma un concepto ya anclado en el pasado que entendía la prevención como un conjunto de acciones aisladas e independientes orientadas tan sólo al cumplimiento de una norma con el simple fin de evitar las consecuencias de su incumplimiento. De ahí, que la organización y/o gestión de la prevención es el marco de referencia de toda acción preventiva.
- Documento relativo al estudio de la situación de la prevención de riesgoslaborales en el Sector Agrario en materia de vigilancia de la salud, maquinaria agrícola, utilización de productos fitosanitarios, trabajos en invernaderos, y propuestas de medidas para su mejora. El documento, aprobado en 2005, está formado por tres partes, de manera que, además de constar los trabajos relativos a las cuatro materias indicadas, incorpora una introducción y un resumen de los mismos, así como tres propuestas que el Grupo ha entresacado de los trabajos, no porque las restantes medidas que propone carezcan de importancia, sino por entender que al desarrollo y puesta en marcha de estas tres, ha de dársele un carácter urgente y prioritario 34
El Art. 29.1 de la Ley de Prevención de RiesgosLaborales establece el deber que cada trabajador, y este caso también los autónomos dentro del ámbito de las obras de construcción, de velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.
48A00-IG-00006-15 Informe de Gestión de Prevención de RiesgosLaborales 122 de 227 El color de la luz y los colores sólidos existentes facilitan el reconocimiento de cuanto nos rodea. El uso de los colores puede tener diversos fines: la informativa en la señalización; la clarificadora en la demarcación de diferentes zonas, por ejemplo las vías de circulación o las zonas de almacenamiento; la creadora de ambientes cromáticos confortables, mediante la combinación de colores y sus propiedades psicofísicas. También se utiliza como ayuda y complemento de la iluminación, por ejemplo, mejorando el contraste al resaltar los elementos móviles de las máquinas.
a) El incumplimiento del deber de acreditar, en la forma establecida legal o reglamentariamente, que dispone de recursos humanos, tanto en su nivel directivo como productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgoslaborales, y que dispone de una organización preventiva adecuada, y la inscripción en el registro correspondiente, o del deber de verificar dicha acreditación y registro por los subcontratistas con los que contrate, salvo que proceda su calificación como infracción muy grave, de acuerdo con el artículo siguiente. b) No comunicar los datos que permitan al contratista llevar en orden y al día el Libro de Subcontratación exigido en la Ley Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
Nuestra Ley de Prevención de RiesgosLaborales establece en su artículo 3 1 su ámbito de aplicación, detallando las relaciones jurídicas incluidas, las excluidas y las parcialmente afectadas. A pesar de que esta ley tiene un carácter eminentemente laboral, se extiende a otras relaciones jurídicas, comprendiendo sectores no laborales o no directamente vin- culados por una relación laboral, como funcionarios, fabricantes, importadores y suminis- tradores, trabajadores autónomos y socios trabajadores de cooperativas. Se incluye, entonces, a los trabajadores autónomos en el ámbito de aplicación de la LPRL, pero de forma matizada.