60.101,21 (sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos) euros de conformidad con lo establecido en el art 45.5 de la citada Ley. --- Imponer a la entidad DATASUN 2, S.L, por u[r]
Además de hacer referencia a aspectos fundamentales de la LOPD, como son el concepto de consentimiento inequívoco, y a otros que han generado varias dudas, como el uso de los listados profesionales públicos, el interés de esta resolución reside también en que se ve que la empresa está asesorada por algún gabinete jurídico de buen nivel y literalmente se defiende con uñas y dientes apelando a todo lo apelable posible... pero la Agencia desmonta todas las alegaciones y el resultado son 60.101,21 € de sanción.
--- Imponer a la entidad GATES MARKETING S.L ., por una infracción del artículo 4.7 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tipifi[r]
Imponer a la entidad AMD MARKETING RELACIONAL S.L. por una infracción del artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tipif[r]
Además de hacer referencia a aspectos fundamentales de la LOPD, como son el concepto de consentimiento inequívoco, y a otros que han generado varias dudas, como el uso de los listados profesionales públicos, el interés de esta resolución reside también en que se ve que la empresa está asesorada por algún gabinete jurídico de buen nivel y literalmente se defiende con uñas y dientes apelando a todo lo apelable posible... pero la Agencia desmonta todas las alegaciones y el resultado son 60.101,21 € de sanción.
Imponer a la entidad DATASUN 2, S.L, por una infracción del artículo 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tipificada como gr[r]
Un vecino denuncia a su comunidad de vecinos y al administrador de la finca al publicar estos en un tablón de anuncios en el portal del inmueble que el vecino mantiene un[r]
Además de hacer referencia a aspectos fundamentales de la LOPD, como son el concepto de consentimiento inequívoco, y a otros que han generado varias dudas, como el uso de los listados profesionales públicos, el interés de esta resolución reside también en que se ve que la empresa está asesorada por algún gabinete jurídico de buen nivel y literalmente se defiende con uñas y dientes apelando a todo lo apelable posible... pero la Agencia desmonta todas las alegaciones y el resultado son 60.101,21 € de sanción.
Un vecino denuncia a su comunidad de vecinos y al administrador de la finca al publicar estos en un tablón de anuncios en el portal del inmueble que el vecino mantiene un[r]
Esta noticia fue muy comentada en los medios de comunicación, y corresponde a una costumbre que se ve con cierta frecuencia, en especial en las llamadas “cadenas” de correos en Internet. Evidentemente lo que hay que hacer cuando se envían correos masivos es utilizar siempre la casilla “CCO” o “BCC”, de forma que quienes reciben ese mail no puedan conocer las direcciones del resto. También es importante aclarar que si se multa a A.G.S. y no a “LA CREMALLERA” es por que la primera era una agente autónoma que actuaba por su cuenta, aunque fuera en representación de la última.
Esta noticia fue muy comentada en los medios de comunicación, y corresponde a una costumbre que se ve con cierta frecuencia, en especial en las llamadas “cadenas” de correos en Internet. Evidentemente lo que hay que hacer cuando se envían correos masivos es utilizar siempre la casilla “CCO” o “BCC”, de forma que quienes reciben ese mail no puedan conocer las direcciones del resto. También es importante aclarar que si se multa a A.G.S. y no a “LA CREMALLERA” es por que la primera era una agente autónoma que actuaba por su cuenta, aunque fuera en representación de la última.
Un vecino denuncia a su comunidad de vecinos y al administrador de la finca al publicar estos en un tablón de anuncios en el portal del inmueble que el vecino mantiene un[r]
norma, una multa de 60.101,21 € (sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos) de conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 de la citada Ley.. Imponer a la entidad TEL[r]
Un vecino denuncia a su comunidad de vecinos y al administrador de la finca al publicar estos en un tablón de anuncios en el portal del inmueble que el vecino mantiene un[r]
norma, una multa de 60.101,21 € (sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos) de conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 de la citada Ley. --- Imponer a la entidad [r]
Imponer a la entidad AMD MARKETING RELACIONAL S.L. por una infracción del artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tipi[r]
Un vecino denuncia a su comunidad de vecinos y al administrador de la finca al publicar estos en un tablón de anuncios en el portal del inmueble que el vecino mantiene un[r]
Esta noticia fue muy comentada en los medios de comunicación, y corresponde a una costumbre que se ve con cierta frecuencia, en especial en las llamadas “cadenas” de correos en Internet. Evidentemente lo que hay que hacer cuando se envían correos masivos es utilizar siempre la casilla “CCO” o “BCC”, de forma que quienes reciben ese mail no puedan conocer las direcciones del resto. También es importante aclarar que si se multa a A.G.S. y no a “LA CREMALLERA” es por que la primera era una agente autónoma que actuaba por su cuenta, aunque fuera en representación de la última.
60.101,21 (sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos) euros de conformidad con lo establecido en el art 45.5 de la citada Ley.. Imponer a la entidad GATES MARKETING S.L ., por[r]
Instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a DOÑA A.G.S., vista la denuncia presentada por DON E.N.V., contra la entidad “LA CREMALLERA-B.L.L.” por la comu[r]