Esta temática, aunque no es nueva en la lucha del movimiento feminista, sí lo es –de manera explícita– en el escenario político nacional actual. El acontecimiento legisla- tivo logró unir décadas de lucha, tramas de alianzas y aspiraciones de cambio. El aborto, como tema y problema legitimado para el debate por el presidente Macri, fue impul- sado por el feminismo a la agenda pública, conformó la agenda parlamentaria y se dis- putó en la agenda de gobierno. Interpela las desigualdades políticas de libertad, que arrastran otras tantas desigualdades, como las económicas y sociales de clase, y que sostiene la institucionalidad democrática vi- gente. Razones objetivas, de justicia política y de justicia social, avalan las transformacio- nes feministas promovidas en un Estado de derecho constitucionalmente laico, y buscan desplazar las creencias que aún gobiernan el interés público, aunque pertenecen al go- bierno de lo privado.
Como señale al inicio, y a diferencia de otros países, en Argentina el aborto se ha mantenido fuera del grupo de aquellos temas determinantes en la discusión pública. Y cuando ingresó, transitoriamente, lo hizo con rasgos absolutos, desinformado y en términos antagónicos. Esto contribuyó a que los abortos no punibles, queden marginados y se demore en el avance sobre su tratamiento a nivel de políticas estatales. El Estado brinda una insuficiente atención destinada al fortalecimiento y protección de la libertad y capacidades de las mujeres a decidir. Esto se manifiesta en muchos terrenos, entre los que se destaca la saludsexual y reproductiva. Pese al avance que la legislación sobre saludsexual y reproductiva, ha significado, aún se observan programas endebles, y derechos que todavía son “sombras de derecho” (Jaramillo Sierra 2004, 36). Como sucede en muchos otros procesos de adjudicación jurídica, estos derechos carecen de las condiciones habilitantes para su funcionamiento.
SaludSexual y Reproductiva es definida por el Fondo de Población de Naciones Unidas como un “Enfoque integral para analizar y responder a las necesidades de hombres y mujeres respecto a la sexualidad y la reproducción”. Desglosando sus dos componentes podemos definir la SaludReproductiva como un “Estado general de bienestar físico, mental y social y no de mera ausencia de enfermedad o dolencia, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos. Entraña además la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cuándo y con qué frecuencia”. Además establece como objetivo de la Saludsexual “el desarrollo de la vida y de las relaciones personales y no meramente el asesoramiento en materia de reproducción y enfermedades de transmisión sexual”. (Lucía Mazarrasa Alvear).
chos sexuales, distinguiéndolos de la reproducción y los derechos re- productivos. Incorpora, además, la necesidad de información, educa- ción y acceso a los servicios, explicita la equidad entre sexos y grupos etarios y establece el derecho a la confidencialidad. El segundo pro- yecto –inserto dentro de las propuestas del actual proyecto de refor- ma– apunta a un cambio en la noción de usuario, modificando el én- fasis de “paciente” a “persona sujeto de atención” y está orientado a consagrar el derecho a la confidencialidad y la autonomía de las per- sonas en salud. Ambos proyectos fueron presentados por parlamen- tarios sin intervención del gobierno. El proyecto de modificación en el Código Penal del delito al aborto ha sido iniciativa de un grupo de di- putados de derecha (Unión Demócrata Independiente-UDI) y busca cambiar su actual ubicación entre los delitos contra la moralidad pú- blica y el orden de las familias al capítulo de los delitos contra las per- sonas. Esto conllevaría un significativo aumento de las penas, tanto para las mujeres que se practican o someten a abortos como para los terceros que intervienen; además este proyecto propone introducir la figura de arrepentimiento eficaz y, por último, faculta al juez a con- mutar la pena privativa de libertad que se impone a la mujer por la realización de trabajos determinados en favor de la comunidad, espe- cialmente en organizaciones de tipo “pro vida”. El último proyecto fue presentado por diputados de los partidos de gobierno (Concerta- ción) y una diputada de derecha, y apunta a reestablecer el aborto te- rapéutico en el Código Sanitario, y con ello, la situación vigente hasta 1989. Hasta marzo de 2004 los proyectos no se habían debatido y el gobierno no se había pronunciado al respecto.
con mujeres sometidas a tratamientos de fertilidad que tras estimulación ovárica y hasta tres ciclos de fecundación in vitro no consiguen embarazo, lo que se viene llamando fallo de implantación. Cuando no hay una respuesta satisfactoria, ¿quién garantiza la procreación como supuesto derecho? ¿Nos encontramos realmente ante un derecho? Si así fuera, la mujer tendría la facultad de exigir judicialmente su cumplimiento. Pero evi- dentemente no es posible satisfacer tal pretensión. Ninguna norma internacio- nal ni constitucional recoge la procrea- ción como derecho. Por otro lado, debe- mos tener en cuenta que la equivocada consideración de la libertad de procrea- ción como un derecho a la procreación efectiva, crea en la mujer unas expecta- tivas que cuando el embarazo no se con- sigue ni poniéndose en manos de técni- cos expertos, conduce a un elevado nivel de ansiedad al no ver satisfecho su deseo de concebir un hijo. La salud reproducti- va en su aspecto positivo consiste en la libertad de procreación, la capacidad de decidir procrear, pero no constituye un derecho subjetivo a tener descendencia. “El contenido de este derecho no podrá
Los Derechos Sexuales y Reproductivos son derechos, tanto de las mujeres como de los hombres, a tener control respecto de su sexualidad, a decidir libre y responsablemente sin verse sujetos/as a la coerción, la discriminación ni a la violencia. Hacen referencia al derecho de todas las parejas e individuos a decidir de manera libre y responsable el número y espaciamiento de sus hijos/as y a disponer de la información, la educación y los medios para ello, así como a alcanzar el nivel más elevado de saludsexual y reproductiva (Naciones Unidas. Conferencia sobre Población y Desarrollo, El Cairo, 1994. Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 1995). El Aborto o Interrupción Voluntaria del Embarazo, desde un posicionamiento feminista, se concibe como una medida estratégica que, a través de su práctica, pueda garantizar el derecho a la libertad y al autocontrol de las mujeres en su disfrute de la sexualidad y de la reproducción. El derecho a la interrupción voluntaria del embarazo o aborto debe ser una opción a la que una mujer debe poder acogerse, de manera libre y responsable, en caso de que así lo estime importante y/o necesite. En lo que sigue vamos a presentar el estado de la cuestión respecto al aborto eugenésico en España. Para ello
atravesando las legislaciones nacionales sobre aborto. Así, Colombia obtuvo la reglamentación, casi de manera inmediata al dictado de la sentencia c-555, posteriormente sometida a impugnaciones. Es decir, la norma reglamentaria fue consecuencia inmediata y directa de un hecho institucional jurídico previo (la sentencia c-555), mientras que en Argentina, Brasil, Perú, Costa Rica y Bolivia, el reclamo por la regulación de los abortos es una estrategia relativamente reciente, promovida desde sectores de la sociedad civil y en algunos casos de organismos gubernamentales, que apunta a terminar con la erosión de las normas de abortos no punibles (sancionadas hace 50- 100 años) y a desarmar los esquemas de inaccesibilidad imperantes. Incluso el reclamo por protocolos es visto por ciertos grupos como un dispositivo instrumental con capacidad para instar a la discusión pública sobre el aborto, en general. Los grados de aplicación de los protocolos dependen de una serie de factores: facultades del órgano emisor, in/consistencias con la red de normas administrativas del ámbito de la saludsexual y reproductiva, adecuación a la organización de los servicios, modalidades e intensidad de la regulación en aspectos críticos, identificación de responsabilidades y su definición como parte de una política pública, entre otros, que pueden surgir contextualmente en el proceso de implementación.
“La satisfacción del derecho fundamental, por lo tanto, comporta que no cabe exigir del profesional sanitario que por razones de conciencia objeta al aborto que en el proceso de interrupción del embarazo tenga la intervención que corresponda a la esfera de sus competencias propias; intervención que por hipótesis se endereza casualmente a conseguir, sea con actos de eficacia directa, sea de colaboración finalista, según el come- tido asignado a cada cual, el resultado que la conciencia del objetor rechaza, cual es la expulsión del feto sin vida. Las funciones que la Dirección del Hospital pretende encargar a los hoy recurrentes –instauración de vía venosa y analgesia, control de dosis de oxitocina, control de dilatación del cuello del útero, y control de las constantes vitales durante todo el proceso– entrañan todas actos de asistencia que contribuyen de manera positiva y eficiente a que la gestación se interrumpa sin daño para la salud de la embarazada, y aún cabría de catalogarlos de impres- cindibles para que la operación culmine, pues de no ser así es de presumir que el conflicto ni siquiera se hubiera planteado”.
Se ha sabido desde hace mucho tiempo que los miembros de numerosas tribus de la Hoya Amazónica limitan deliberadamente el número de sus descendientes. Sus motivos para esto lo han mencionado muchos investigadores, pero los métodos que emplean han sido dados a conocer escasamente. Sin embargo, existen unas cuantas narraciones publicadas de tribus cuyas mujeres beben preparaciones "secretas" de plantas con el propósito de provocar el aborto o evitar el embarazo; ellas suelen ser muy reservadas en cuanto al consumo de las plantas; en efecto, cualquier planta está rodeadas de tabús poderosos que impiden su revelación. Esto no es solamente cierto de las plantas que utilizan para evitar la concepción, sino también de aquellas que usan para aumentar la fertilidad de las mujeres, para facilitar el parto y provocar el aborto (9).
Respecto a las ITS, aumentaron entre 2016-2017, principalmente en gonorrea (se triplica), y VIH (se duplica), coincidiendo con la disminución del uso de preservativos. A nivel nacional, aumentó la sífilis, principalmente en hombres de 15-19 años (29). En gonorrea, las tasas se duplicaron durante 2012-2016 para ambos sexos en el mismo grupo (30). Los casos de VIH aumentaron un 96% durante 2010-2017 para todas las edades, especialmente entre 15-25 años (31). También aumentaron las denuncias por violencia sexual, con un incremento sostenido durante 2010- 2017, específicamente en abuso sexual. Esta situación podría explicarse por un incremento de los casos como por un aumento de las denuncias. Esto concuerda con datos nacionales, ya que los casos de abuso sexual/violación aumentaron de 18 a 21% entre 2010-2015 para adolescentes de 14-17 años (32).
turales importantes que dependen del país de origen, de la zona geográfi ca de procedencia, de la religión que practiquen y de la etnia a la que pertenezcan. La cultura tiene una gran infl uencia sobre la concepción de la salud y la enfermedad de la población inmigrante, ya que ambas son construcciones sociales y, como tales, tienen diferentes signifi cados e in- terpretaciones para cada grupo cultural. Cada cultura se enfrenta a las enfermedades de di- ferente manera, y construye su propio sistema de salud, más o menos elaborado, para abor- darlas. Por lo tanto, en el caso de las mujeres inmigrantes, debemos considerar las creencias que tienen sobre la salud, la enfermedad, la cu- ración, la muerte y las implicaciones familiares y sociales de la enfermedad (Roca 2001).
En el mundo ocurren anualmente 15 millones de partos en adolescentes, de los cuales el 80% son pertenecientes a países en vías de desarrollo. En Colombia la población adolescente conformada por el grupo de 10 a 19 años, constituyen el 21,5% del total de la población, de los cuales el 50% son mujeres. La adolescencia y sus cambios puberales involucran el inicio de una intensa sexualidad y de sentimientos relacionados; que al ser expresados, generan disgusto y rechazo por parte de los adultos, así como temor por parte del adolescente. Esta situación dificulta la comunicación y el desarrollo de una sexualidad bien orientada favoreciendo el aumento de una actividad sexual temprana, con riesgo de abortos y de embarazos sucesivos en adolescentes en la edad media de 14 a 16 años. El inicio de la actividad sexual ante de los 18 años es una decisión sobre la cual influyen o interactúan una serie de factores.
“Los y las abajo firmantes hemos infringido la Ley 9.763 de 1938 haciéndonos un aborto, financiándolo, acompañando a una mujer a practicárselo, conociendo la identidad de muchas y callándonos. Todas y todos somos la mujer de 20 años procesada. O todas y todos somos delincuentes o esa ley es injusta”.
En América Latina, la OIT estará presente en la feria internacional del libro de Buenos Aires, donde promoverá la importancia de la seguridad y la salud ocupacional, mientras que en México participará de la exposición más importante sobre este tema que se haya realizado hasta el momento en el país. Por su parte, en África se llevarán a cabo varios eventos de carácter tripartito, incluyendo una obra de teatro en Addis- Ababa, Etiopía, en la cual actores de renombre local interpretarán escenas relacionadas con la seguridad ocupacional.
El cáncer de cuello de útero o cáncer cervical es una enfermedad en la que crecen células cancerosas en el cuello del útero (parte del aparato reproductor femenino que conecta al útero con la vagina). Esta enfermedad está causada principalmente por la infección por el Virus del Papiloma Humano, más conocido como HPV. El HPV se contagia principalmente por medio de las relaciones sexuales. La infección por HPV no produce molestias y las mujeres pueden tenerlo sin darse cuenta. En algunas mujeres este virus produce lesiones en el cuello del útero que si no son detectadas y tratadas pueden convertirse en cáncer. Muy recientemente se ha desarrollado una vacuna contra el virus del HPV que es eficaz si se administra a las mujeres antes de que tengan su primera relación sexual. Si bien su uso está aprobado en la Argentina, su utilización es aún limitada.
En la Estrategia de la Cooperación Española en Salud, el apartado sobre “Situaciones de emergencia y catástrofes” cita la necesidad de abordar “el conti- nuum ayuda humanitaria-rehabilitación-desarrollo, incluyendo las intervenciones en situaciones de emergencia en el sector de la salud” (AECI, 2003a: 49). Igualmente, se subraya el impacto de las catástrofes humanitarias sobre la mortalidad materna e infantil, la transmisión de enfermedades infecciosas y la vulnerabilidad de las mujeres. No obstante, no señala ninguna línea de actuación a seguir en salud en caso de intervención humanitaria. En este campo, las actuaciones de la coopera- ción española se centran en “la prestación de servicios sanitarios (...), la ejecución de campañas de inmunización y la puesta en funcionamiento de sistemas de aten- ción sanitaria que protejan de una manera especial a las mujeres y los niños” (AECI, 2003a: 49). Por otro lado, se señala que las actividades relacionadas con la preven- ción deberían fijarse en aspectos relacionados con la atención y rehabilitación de los servicios de salud.
Programa de Salud Ocupacional: en lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Manpower: servicios temporales y personal permanente, con perfiles XX Experis: personal especializado y ejecutivo, con énfasis en tecnologías de la información y la comunicación y en ingenierías, finanzas y salud. Right Management: gestión de carrera y outplacement (retiro asistido). ManpowerGroup Solutions: soluciones basadas en talento humano, confeccionadas y adaptadas a las necesidades puntuales de las empresas, tomando las fortalezas de acceso al talento, conocimiento, infraestructura y capacidad de gestión dadas por las otras marcas.
1. Cuando exista peligro para la vida o para la salud de la mujer deberá efectuarse previa constatación de el/ la médico/a tratante de acuerdo a los conocimientos científicos de la medicina y sobre los estándares vigentes. Los estándares en materia de salud establecen que la salud debe ser entendida como el “completo estado de bienestar físico, psíquico y social y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones”.(OMS)
Enfermedades catastróficas o cuarto nivel de atención. Como política de estado está la atención de las enfermedades consideradas como catastróficas, que para su tratamiento tienen financiamiento del Estado para permitir la gratuidad de su atención. Este programa, denominado Programa de Protección Social en Salud (PPS), está manejado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social e incluye hasta el momento, sin descartar su progresividad: malformaciones congénitas del corazón, cáncer, tumores cerebrales, insuficiencia renal crónica, trasplantes de riñón, hígado, médula ósea, malformaciones vasculares, secuelas de quemaduras, prótesis externas, implantes cocleares y órtesis. Los servicios prestados por los Programas Especiales de Protección Social en Salud (PPS) se han incrementado, generando al año 2010 un ahorro de bolsillo en la población que asciende a los USD 25 millones. Estos han cubierto sobre todo atención a problemas oculares, diabetes, implantes y cardiopatías, entre otros. ISAGS, (2012).