En el expediente número 73/2007, que se siguió en este Juzgado, en contra de LORENZA CORTEZ AVILA, como penalmente responsable del delito de ROBO, denunciado LANDY GUADALUPE BRACAMONTES MADERA, en su carácter de Apoderada Legal de la empresa denominada “Tiendas Chedraui” Sociedad Anónima De Capital Variable, a efecto de hacer de su conocimiento el siguiente acuerdo: --- JUZGADO PRIMERO DE DEFENSA SOCIAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.- Mérida, Yucatán a 2 dos de octubre del 2007 dos mil siete. ---
VISTOS: Se tiene por recibido del C. Director de la Policía Judicial del Estado, su atento oficio número PJE-1523/2007 de fecha 15 quince de agosto del presente año, por medio del cual da respuesta al oficio que le fuera girado para el efecto de búsqueda y localización del domicilio de la Ciudadana LORENZA CORTEZ AVILA, al que adjunta el informe rendido el informe rendido por la C. GUADALUPE BERNON SUZA, Jefe de grupo de la Policía Judicial del Estado, del que se aprecia que no fue localizado el domicilio actual de la citada CORTEZ AVILA, agréguese el oficio y anexo que lo acompaña a los autos en que se actúa para los efectos legales correspondientes, en tales circunstancias se provee: por cuanto de autos se advierte que la sentenciada LORENZA CORTEZ AVILA es de domicilio ignorado y no se ha podio localizar su domicilio actual, en tales circunstancias, con fundamento en el artículo 65 sesenta y cinco del Código Adjetivo vigente, procédase a notificar a la sentenciada antes mencionada la Sentencia Definitiva de Primera Instancia de fecha 13 trece de abril del presente año, por medio edictos por tres dias consecutivos en el diario oficial del Estado. NOTIFIQUESE en la forma ordenada y CUMPLASE. Así lo ordenó y firma el Juez Primero de Defensa Social del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogado Luis Felipe Santana Sandoval, asistido de la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciada en Derecho Elisa Teresa Ortiz Cauich. LO CERTIFICO.---DOS FIRMAS ILGIBLES---L.F. SANTANA S.---E.T. ORTIZ C.---RUBRICAS.---
Y POR CUANTO DE AUTOS, APARECE QUE USTED, ES DE DOMICILIO IGONORADO, PROCEDO A NOTIFICARLE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARAN POR TRES DIAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO, FUNDAMENTO DE DERECHO ARTICULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL VIGENTE EN EL ESTADO. DOY FE.-
Mérida, Yucatán, a 26 de Noviembre de 2007
EL ACTUARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE DEFENSA SOCIAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.
LIC. ESTEBAN CASTILLO COCOM. Publíquese los días 29, 30 de noviembre y 3 de diciembre de 2007.
JUZGADO PRIMERO DE DEFENSA SOCIAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL
DEL ESTADO.
A QUIEN ACREDITE TENER DERECHO.
DOMICILIO IGNORADO.-
En el expediente número 167/2004, que en este Juzgado, se intruyo en contra de LUIS FELIPE DOMINGUEZ MUGARTE, como probable responsable del delito de: PORTACION DE ARMA E INSTRUMENOTSPROHIBIDOS, denunciado por MAGDALENO OSORIO NUÑEZ, Comandante del Cuartel en Turno en ausencia incidental del Jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
de Protección y Vialidad del Estado, e imputado por la Representación Social, a efecto de hacer de su conocimiento el siguiente acuerdo: -
JUZGADO PRIMERO DE DEFENSA SOCIAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO. Mérida, Yucatán a 1 uno de octubre del año 2007 dos mil siete.---
VISTOS: En atención al oficio número 1534 de fecha 13 trece de abril del año 2004 dos mil cuatro, en la que se advierte que fueron remitidod al Encargado del Almacén de los Juzgados de Defensa Social, para su debido resguardo los objetos consistentes en: “Una bicicleta de color azul con negro, tipo montañesa, sin marca y un cuchillo tipo de cocina, con mango de madera”, toda vez que las características del segundo objeto, ponen de manifiesto que se trata de un arma blanca, la cual constituye un peligro para la seguridad pública, ya que este tipo de armas son utilizadas para delinquir, este tribunal en amplitud de sus facultades jurisdiccionales, determina procedente decomisar dicho instrumento, y ante su peligrosidad, se ordena la destrucción del mismo. Fundamento Legal: artículo 28 veintiocho fracción X décima y el numeral 60 sesenta ambos del Código Sustantivo de la Materia en vigor. En mérito de lo anterior remítase atento oficio a la Coordinadora de la Administración Adscrita a los Juzgados de Defensa Social, haciendo de su conocimiento lo anterior, igualmente gírese atento oficio al Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, comunicándole que a partir de esta fecha, queda a disposición de la Superioridad en el almacén de los Juzgados de Defensa Social, para lo que legalmente determine en relación a la destrucción del cuchillo en comento.---
En relación al primer objeto, es decir, la bicicleta de color azul con negro, tipo montañesa, sin marca y un cuchillo tipo de cocina, con mango de madera, toda vez que de autos se aprecia que con fecha 25 veinticinco de junio del año 2004 dos mil cuatro, se absolvió del delito de PORTACION DE ARMAS E INSTRUMENTOS PROHIBIDOS, al ciudadano LUIS FELIPE DOMÍNGUEZ MUGARTE; en consecuencia con fundamento en lo dispuesto en el artículo 480 B cuatrocientos ochenta letra “B” del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, en vigor, que a la letra dice: “ARTÍCULO 480 B.- Los objetos o valores que se encuentren a disposición de las autoridades judiciales que no hayan sido decomisados y que no sean recogidos por quien tenga derecho a ello en un lapso de noventa días naturales, contados a partir de la notificación al interesado, se enajenarán en subasta pública, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán y el producto de la venta se aplicará a quien tenga derecho a recibirlo. Si el notificado no se presenta dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la notificación, el producto de la venta se destinará al Estado”, hágase del conocimiento a quien acredite ser el legítimo propietario de la bicicleta de color azul con negro, tipo montañesa sin marca, que se le concede el término de 90 noventa días naturales contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, a fin de que solicite a esta Autoridad la entrega del objeto, en la inteligencia de que en caso de fenecer dicho término, sin haber solicitado la entrega en comento, el objeto de referencia se enajenará en subasta pública; en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles del Estado, en vigor, tal y como lo dispone el numeral transcrito en líneas que anteceden. A fin de dar cumplimiento a lo ordenado, toda vez que en autos de la presente causa no se acredita quien es el legítimo propietario del objeto en cuestión, proceda la ciudadana Actuaria de este Juzgado a notificar a quien acredite tener derecho para solicitar la devolución, por medio deEdictos publicados por tres días consecutivos en el Diario Oficial del Estado, esto con apoyo en lo previsto en el artículo 65 sesenta y cinco del Código Adjetivo de la Materia en vigor. Apercibido, de que de no comparecer dentro del tiempo especificado, el objeto de referencia se enajenará en subasta pública, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán.--- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-Así lo decretó y firma el Ciudadano Juez Primero de Defensa Social del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogado Luis Felipe Santana Sandoval, asistido de la Secretaria de Acuerdos que autoriza, Licenciada en Derecho Elisa Teresa Ortiz Cauich. Lo Certifico. --- DOS FIRMAS ILEGIBLES---L.F.SANTANA S.---E.T.ORTIZ C.---RUBRICAS.---
Y POR CUANTO DE AUTOS, APARECE QUE USTED, ES DE DOMICILIO IGONORADO, PROCEDO A NOTIFICARLE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARAN
POR TRES DIAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO,
FUNDAMENTO DE DERECHO ARTICULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CODlGO DE
PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL VIGENTE EN ESTADO. DOY FE.-
Mérida, Yucatán, a 26 de Noviembre de 2007
EL ACTUARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE DEFENSA SOCIAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.
LIC. ESTEBAN CASTILLO COCOM. Publíquese los días 29, 30 de noviembre y 3 de diciembre de 2007.