Distribución de causas indirectas para cada accidente
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
En el siguiente capítulo se muestran y analizan las diferentes causas obtenidas por la metodología Dream 3.0, en comparación con las hipótesis determinadas en los 40 Informes Policiales de Accidentes de Tránsito recuperados. Es común encontrar que en algunos de los accidentes el oficial de tránsito haya determinado solo una causa o en su defecto ninguna, aquí se demuestra la importancia del método pues al contrario de los IPAT, permite identificar todas las causas que desataron el accidente y que no fueron percibidas o tenidas en cuenta por el personal de tránsito en el momento de realizar dicho informe. (Véase en Anexo E) El Manual para el Diligenciamiento del Formato del Informe Policial de Accidentes de Tránsito dice que, “El formulario IPAT, fue diseñado por el Ministerio de Transporte, con el objetivo de registrar la información técnica y legal indispensable, para que mediante su análisis y el que se desprende de la posible investigación posterior, los Organismos de Tránsito y el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Transporte precisen las causas de la accidentalidad estableciendo así correctivos que permitan reducir el número de accidentes y/o disminuir su gravedad tanto en las zonas urbanas como en el área rural. Además para que las autoridades judiciales posean pruebas para determinar responsabilidades de carácter civil o penal.” (Ministerio de Transporte, 2005)
Conociendo cual debe ser la función principal de los IPAT, se evidencia que este se ha distorsionado en la medida en que estos últimamente se concentran en otros temas tales como la determinación de la responsabilidad en el suceso y como evidencia para las compañías de seguro, por esta razón existen algunos accidentes de tránsito en donde no se registró el informe anteriormente nombrado, para el caso de los accidentes analizados en la ciudad de Cúcuta. Lo anterior indica que el organismo encargado, no está ejerciendo su responsabilidad en la mitigación de los accidentes de tránsito debido a que el procedimiento no se estaría realizando como el manual lo exige.
En el manual para el diligenciamiento del formato del Informe Policial de Accidentes de Tránsito, se mencionan las acciones a seguir en caso que un accidente de tránsito ocurra, entre las que se incluyen la elaboración de un bosquejo preliminar que muestre la correcta ubicación de los vehículos, víctimas involucradas y demás elementos que sirvan de material probatorio, seguido del diligenciamiento del IPAT en el sitio del accidente. (Ministerio de Transporte, 2005)
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Durante la investigación realizada, se encontró que el procedimiento que se debería realizar de acuerdo al manual no fue el adecuado y que en gran parte de los accidentes atendidos, el oficial de tránsito dejó a un lado pasos esenciales de dicho procedimiento como el llenado en sitio o peor aún la no realización del IPAT, cuando el oficial consideraba que el accidente no tenía la gravedad suficiente. Durante este estudio se observó que cada oficial de tránsito llevaba consigo una libreta en la que realizaba un croquis preliminar del accidente y consignaba información con la que pudiese llenar posteriormente el IPAT, como los datos de los implicados y una breve descripción del accidente, pero en muchos de los casos este croquis solo se realizaba si los implicados en el accidente lo exigían como prueba para el seguro.
Todo lo anterior demuestra que la finalidad de los IPAT, la cual es generar una hipótesis a partir de los hechos observados y analizados en sitio, se está generando de forma errónea en algunos de los casos (véase en gráfica 21), por lo cual si se quisieran establecer medidas de intervención o realizar una serie de recomendaciones para reducir la accidentalidad, la información que se tendría sería insuficiente para hacerlo.
Otras de las consecuencias que se podrían generar por el inadecuado procedimiento y diligenciamiento de los IPAT, sería un sub registro en las estadísticas, lo cual oculta la realidad en materia de accidentalidad en la ciudad. A continuación se muestran las hipótesis consignadas por los oficiales de tránsito en la ciudad de Cúcuta y que están clasificadas con el respectivo código del Manual para el diligenciamiento del formato del IPAT8.
No mantener distancia de seguridad (121): conducir muy cerca del vehículo de adelante, sin guardar las distancias previstas por el Código Nacional de Tránsito para las diferentes velocidades.
Otra (157): se debe especificar cualquier causa diferente de las anteriores.
Arrancar sin precaución (145): poner un vehículo en movimiento sin observar las debidas precauciones.
No respetar prelación (132): no detener el vehículo o ceder el paso cuando se ingresa a una vía de mayor prelación en donde no existe señalización.
Cruzar sin observar (409): no mirar a lado y lado de la vía para atravesarla.
8 Ministerio de Transporte (2005), Manual para el diligenciamiento del formato del informe policial
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Cambio de carril sin indicación e inadecuado (107): no utilizar las luces direcciones o señales de mano, con la debida antelación y precaución para cambiar de carril.
Poner en marcha un vehículo sin precauciones (143): cuando se arranca sin respetar la prelación de los vehículos que se encuentran en marcha.
Desobedecer señales de tránsito (112): no acatar las indicaciones de las señales existentes en el momento del accidente. No confundir con carencia de señales.
Exceso de velocidad (116): conducir a velocidad mayor de la permitida, según el servicio y el sitio del accidente.
Adelantar cerrando (103): cuando se obstruye el paso al vehículo que va a pasar o al que sobre pasó.
Dejar o recoger pasajeros en sitios no demarcados (152): no utilizar las zonas demarcadas para recoger o dejar pasajeros.
Cruzar en estado de embriaguez (410): peatón que por su estado de embriaguez no cruza la vía en forma correcta.
Reverso imprudente (133): dar marcha atrás en forma rápida y excesiva sin fijarse o sin utilizar luces de prevención.
Embriaguez o droga (115): cuando se ha llevado a cabo la prueba y se constata el estado de embriaguez o droga.
Vehículo mal estacionado (141): parquear un vehículo parcial o totalmente paralelo o atravesado sobre la calzada.
Las hipótesis nombradas anteriormente, son acciones específicas que pueden ser agrupadas en causas consideradas por el método Dream 3.0, como lo muestra la siguiente tabla.
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Tabla 17. Equivalencias entre hipótesis registradas en los IPAT y las causas contempladas por el método Dream 3.0