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ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL CONCEJO DE QUEVEDO DE SEPTIEMBRE 28 DEL 2017.

Ing Jorge Domínguez López Dr Marcelo Guerrero Montesdeoca

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL CONCEJO DE QUEVEDO DE SEPTIEMBRE 28 DEL 2017.

En el salón de actos Simón Bolívar de la Ciudadela Municipal, a los veintiocho días del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete, a las 09h15`, previa convocatoria efectuada por el señor Alcalde, conforme lo determina el Art. 318, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, y una vez constatado el quórum reglamentario, con la presencia de los señores concejales:   Arq. Humberto Alvarado Espinel, Vicealcalde; Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Lic. Rosa Checa Burgos; Ab. Marcos

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Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Ing. Irene Massuh Fernández; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado. Se instala en sesión ordinaria el Concejo de Quevedo, presidido por el señor Alcalde del Cantón, Ing. Jorge Domínguez López. Además, asiste el Abg. Nelson Álava León, Procurador Síndico Municipal Encargado. Actúa el Dr. Marcelo Guerrero Montesdeoca, Secretario del Concejo.- El señor Alcalde saluda a los presentes y les agradece por la asistencia a esta sesión ordinaria e inmediatamente solicita se proceda con la lectura del orden del día que es el siguiente: 1.- Conocimiento y aprobación del acta de la sesión ordinaria del Concejo Municipal, de 14 de Septiembre del 2017; 2.- Conocimiento de la solicitud de licencia presentada por el Abg. Ángel Mora Salinas, Concejal Principal del Cantón; 3.- Informes de Comisiones; 4.- Conocimiento de los traspasos de partidas realizados, al amparo de lo estipulado en el literal o) del Art. 60 del COOTAD, de conformidad al Memorándum No.1180- DFM-2017, de septiembre 19 del 2017, del Director Financiero Municipal; 5.- Conocimiento y aprobación en segunda instancia de la Ordenanza de Constitución de la Empresa Pública Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y Terminal Terrestre del Cantón Quevedo; 6.- Asuntos Varios. El señor Alcalde pone en consideración de los presentes el orden del día. Al respecto interviene el señor Concejal Ab. Marcos Chiang Villanueva, quien solicita que se incorpore un punto más en el orden del día esto es: Conocimiento de la solicitud de licencia presentada por la Dra. Olga Gray Gómez, Concejal Principal del Cantón, desde el 29 de septiembre hasta el 3 de octubre del presente año. Esta moción es debidamente por el señor concejal Farid Burgos Mayorga. No existiendo ninguna observación y nadie en contra se aprueba por unanimidad de los señores concejales presentes incrementar un punto más al orden del día. El señor Alcalde pone en consideración el orden del día con la modificación respectiva. Al respecto interviene el señor Concejal Farid Burgos Mayorga y mociona que se apruebe el orden del día para la sesión ordinaria del Concejo de Quevedo a realizarse el día jueves 28 de Septiembre del 2017 a las 09h00, en el Salón Simón Bolívar, con la modificación respectiva. Esta moción es debidamente respaldada por la señora concejal Dra. Olga Gray Gómez. No existiendo ninguna objeción al planteamiento realizado por el concejal Farid Burgos, se aprueba incorporar un punto más al orden del día, el mismo que quedó así: ORDEN DEL DIA REFORMADO: 1.- Conocimiento y aprobación del acta de la sesión ordinaria del Concejo Municipal, de 14 de Septiembre del 2017; 2.- Conocimiento de la solicitud de licencia presentada por el Abg. Ángel Mora Salinas, Concejal Principal del Cantón; 3.- Conocimiento de la solicitud de licencia presentada por la Dra. Olga Gray Gómez, Concejal Principal del Cantón; 4.- Informes de Comisiones; 5.- Conocimiento de los traspasos de partidas realizados, al amparo de lo estipulado en el literal o) del Art. 60 del COOTAD, de conformidad al Memorándum No. 1180-DFM-2017, de septiembre 19 del 2017, del Director Financiero Municipal; 6.- Conocimiento y aprobación en segunda instancia de la Ordenanza de Constitución de la Empresa Pública Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y Terminal Terrestre del Cantón Quevedo; 7.- Asuntos Varios.

PRIMER PUNTO: El señor Alcalde pone a consideración el texto del acta de la sesión ordinaria del 14 de Septiembre del 2017. Al respecto el concejal Sr. Farid Burgos Mayorga, mociona que se apruebe el acta de la Sesión Ordinaria del Concejo de Quevedo de Septiembre 14 del 2017, hasta ahí la moción si hay el respaldo de los señores concejales. Esta moción es debidamente respaldada por el señor Concejal Ab. Marcos Chiang Villanueva. No existiendo ninguna observación y nadie en contra es aprobada por los señores concejales:   Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Lic. Rosa Checa Burgos; Ab. Marcos Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado y los votos salvados del Arq. Humberto Alvarado Espinel, Vicealcalde y de la Srta. Concejal Ing. Irene Massuh Fernández, por no haber estado presentes en dicha sesión de concejo. Se resuelve en consecuencia: Aprobar sin modificación el Acta de la Sesión Ordinaria del Concejo del 14 de Septiembre del 2017.

SEGUNDO PUNTO: Se da lectura a la solicitud de licencia presentada por el Ab. Ángel Mora Salinas, Concejal Principal del Cantón, contenido en oficio No.206-AMS-2017, de Septiembre

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25 del 2017, en el que solicita se le conceda licencia con cargo a vacaciones desde el 6 hasta el 12 de Octubre del 2017. El señor Alcalde pone en consideración la solicitud presentada por el concejal Mora, para lo cual interviene la señora concejal Lic. Rosa Checa Burgos y mociona que se autorice el pedido de licencia solicitada por el concejal Ángel Mora Salinas con cargo a vacaciones, en el periodo del 6 al 12 de octubre del presente año, hasta ahí mi moción. Esta moción es debidamente respaldada por el señor concejal Ab. Marcos Chiang Villanueva. No existiendo ninguna observación y nadie en contra se aprueba por unanimidad de los señores Concejales presentes: Arq. Humberto Alvarado Espinel, Vicealcalde; Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Lic. Rosa Checa Burgos; Ab. Marcos Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Ing. Irene Massuh Fernández; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado. Se resuelve en consecuencia: Conceder licencia con cargo a vacaciones solicitada en oficio No.206-AMS-2017, de Septiembre 25 del 2017, por el Ab. Ángel Mora Salinas, Concejal Principal del Cantón, las mismas que rigen desde el 06 al 12 de Octubre del 2017.

TERCER PUNTO: Se da lectura a la solicitud de licencia presentada por la Dra. Olga Gray Gómez, Concejal Principal del Cantón, contenido en oficio No.085, de Septiembre 26 del 2017, en el que solicita se le conceda licencia con cargo a vacaciones desde el día viernes 29 de septiembre hasta el martes 3 de Octubre del 2017. El señor Alcalde pone en consideración la solicitud presentada por la concejal Olga Gray, para lo cual interviene el señor concejal Ab. Marcos Chiang Villanueva y mociona que se autorice el pedido de licencia solicitada por la Dra. Olga Gray con cargo a vacaciones, desde el 29 de septiembre hasta el 3 de octubre del presente año, hasta ahí la moción. Esta moción es debidamente respaldada por el señor concejal Farid Burgos Mayorga. No existiendo ninguna observación y nadie en contra se aprueba por unanimidad de los señores Concejales presentes: Arq. Humberto Alvarado Espinel, Vicealcalde; Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Lic. Rosa Checa Burgos; Ab. Marcos Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Ing. Irene Massuh Fernández; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado. Se resuelve en consecuencia: Conceder licencia con cargo a vacaciones solicitada en oficio No.085, de Septiembre 26 del 2017, por la Dra. Olga Gray Gómez, Concejal Principal del Cantón, las mismas que rigen desde el 29 de Septiembre hasta el 03 de Octubre del 2017.

CUARTO PUNTO: Se da lectura a un Informe de la Comisión de Legislación y Jurídica, Descentralización, Veedurías Ciudadana y Créditos Internacionales, contenido en oficio No.110-CL-17, de Septiembre 11 del 2017. Concluida la lectura del mismo interviene la señora concejal Lic. Rosa Checa y manifiesta lo siguiente, quisiera solicitar al Procurador Síndico encargado me dé una explicación respecto de cuál es la partición judicial. Al respecto interviene el señor Procurador Sindico y manifiesta lo siguiente, las particiones judiciales se dan dentro justamente como su palabra lo dice dentro de la función judicial, un Juez va a dictaminar como deben partirse los derechos y acciones que se heredan por causa de la muerte de un padre o una madre, en este caso el señor López Salazar Juan Marcos ha planteado un juicio de partición judicial en contra de Flor María Vera Salvatierra, es un predio que tiene 20 metros por 10, es decir 200 metros cuadrados, pero que se da, se da porque este es un terreno adquirido por ambos y ambos tienen una unión de hecho que tiene los mismos derechos y obligaciones que si tuviesen un matrimonio, están dentro de la jueza de familia para que la jueza resuelva que la mitad de ese terreno o de esos derechos y acciones y esos gananciales le pertenecen a la señora y la otra mitad al señor, porque lo dicen que lo hacen en forma judicial, porque no han podido llegar a un acuerdo, porque normalmente y lo que muchas veces aconsejamos a los contribuyentes que llegan con este tipo de trámites es hacerlo por la vía amigable, en donde no es oneroso en cuestiones de dinero para ellos mismos y que lo pueden hacer extrajudicialmente, pero como no ha habido dentro de este caso un acuerdo entre las partes el señor demanda para que una jueza dictamine que la mitad de ese terreno le corresponde a él y es por eso que la jueza en este caso cuando se trata de particiones judiciales aplicando el Art. 473 del COOTAD, que dice que deben citar con la demanda al municipio y por ende que el concejo debe emitir un informe favorable para ver si procede o no procede la partición, porque sin ese informe del

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concejo cualquier partición realizada es totalmente nula, entonces es por eso que estas particiones llegan al seno de este pleno del concejo a efectos de que se autorice por parte de este cuerpo colegiado la partición, la jueza dirimirá cuál de las dos partes corresponde a cada quien en ese sentido, en el informe de planeamiento ellos nos dicen que no pueden brindarnos más información porque la información que nosotros les pedimos si usted ve en el oficio No. 013P, en el que le solicitamos que nos de la información si los predios están a nombre o se encuentran afectados por alguna disposición municipal, si está ubicado en el área urbana o rural, si es área verde o zona de riesgo, calle publica debiendo también verificar su ubicación, medidas, linderos, áreas o a su vez notificar alguna novedad al respecto, ellos nos dicen que no poseen información relacionada si los usuarios tienen bienes o no, en cuanto a los demás requisitos como si encuentran o no afectados no es posible brindar información debido a que en su oficio no se indica ni que solar ni ubicación ni más datos que se requieren, pese a que en el oficio nosotros enviamos copia de la notificación y copia de la demanda en donde dice que es un terreno que esta signado con el No. 21 en el sector de La Esperanza, en donde le están identificando los linderos y medidas específicamente. Seguidamente hace uso de la palabra el señor Concejal Ab. Marcos Chiang Villanueva y mociona que se conceda la autorización para que se realice la partición judicial solicitada en la demanda del juicio de partición tal como se ha establecido en el informe que se ha dado lectura ya que lo ha solicitado la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, no obstante hay que recomendar que la partición no contemple fraccionamiento de terreno, sino autorización para la partición judicial, como figura judicial para repartir derechos hereditarios basados en lo que estipula el Art. 55 de la Ordenanza que reglamenta la aprobación de desmembraciones, lotizaciones, urbanizaciones, contribuciones comunitarias, reestructuraciones parcelarias, equipamiento comunal en el perímetro urbano del Cantón Quevedo, hasta ahí la moción no obstante a eso señor Alcalde, compañeros miembros de este concejo, Procurador Sindico, es menester que hay que en esta situación hay que distinguir dos momentos, el primer momento es a donde se cuenta con el municipio que prácticamente viene a ser una citación que es obligatoria porque la ley le dice que al Municipio hay que citarlo en estos trámites cuando se trata de fraccionamientos y que tienen que ver con bienes que están dentro del perímetro urbano y rural del Cantón Quevedo, pero debería de existir otro momento cuando ya el Juez declara que se vaya a partir de determinada manera el bien a efectos de que le tomen en consideración otra vez al concejo a ver si es que constan con todas las regularizaciones que establece la ley para hacer la partición respectiva, yo creo que en los posteriores tramites habría que hacer esa precisión porque una vez presentada la demanda dice que se cuente con el Municipio exactamente en bien porque la ley lo permite, pero debería haber otro segundo momento a fin de establecer la forma como el Juez ha dispuesto que se parta y guardan con todas las condiciones técnicas de urbanidad que rige en la ordenanza municipal, eso lo digo como sugerencia para los próximos tramites mandar una comunicación. El señor Procurador Síndico expresa lo siguiente, eso ya por parte del Municipio se ofició al Consejo de la Judicatura el año pasado porque llegaban muchas ocasiones incluso sentencias de prescripciones extraordinarias adquisitivas de dominio incluso en este tipo de juicios en donde otorgan muchas veces hasta la propiedad de terreno y nosotros pusimos esa alerta al Consejo de la Judicatura de que antes de pronunciar la sentencia los jueces comuniquen al Municipio para determinar si ese terreno está o no esta en áreas verdes, áreas comunales, retiros de rio y todo, porque teníamos el antecedente de que habían otorgado una prescripción sobre un terreno que estaba parte de aquel en un retiro de un estero, siendo parte incluso de situación de riesgos, entonces cuando llego la sentencia nosotros hicimos la impugnación correspondiente pese a que estaba ejecutoriada el mismo busco la forma de que en el superior haga una revisión de esa sentencia por situación del mismo juez tuvieron que rever porque no podían haber aprobado porque estaba en un sitio de riesgo, ahora en la actualidad antes de pronunciar la sentencia ofician al municipio para esa determinación. Esta moción es debidamente respaldada por el señor concejal Farid Burgos Mayorga. No existiendo más observaciones este informe es aprobado por los señores concejales: Arq. Humberto Alvarado

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Espinel, Vicealcalde; Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Ab. Marcos Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Ing. Irene Massuh Fernández; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado y el voto en contra de la señora concejal Lic. Rosa Checa Burgos. Se resuelve en consecuencia: Acoger favorablemente el informe de la Comisión de Legislación y Jurídica, Descentralización, Veedurías Ciudadana y Créditos Internacionales, contenido en oficio No.110-CL-17, de Septiembre 11 del 2017, y autorizar se realice la partición judicial de los bienes constantes en el Juicio de Participación de Bienes Sucesorios No.12203-2016-01705, que sigue el señor Juan Marcos López Salazar, en contra de: Flor María Vera Salvatierra, solicitada por la Dra. Gloria del Rocío Segovia Vinza, Jueza de la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo. A continuación se da lectura a un Informe de la Comisión de Legislación y Jurídica, Descentralización, Veedurías Ciudadana y Créditos Internacionales, contenido en oficio No.111-CL-17, de Septiembre 11 del 2017. Concluida la lectura del mismo, el señor Concejal, Ab. Marcos Chiang Villanueva mociona que sea aprobado el informe presentado por la Comisión de Legislación en lo que tiene que ver a la autorización favorable para que se realice la partición judicial solicitada en la demanda del juicio de partición que se lleva a efecto en la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo, recomendando que la partición no contempla fraccionamiento de terreno, sino autorización para la partición judicial, como figura judicial para repartir derechos hereditarios basados en lo que estipula el Art. 55 de la Ordenanza que reglamenta la aprobación de desmembraciones, lotizaciones, urbanizaciones, contribuciones comunitarias, reestructuraciones parcelarias, equipamiento comunal en el perímetro urbano rural del Cantón Quevedo, hasta ahí la moción señor Alcalde. Esta moción es debidamente respaldada por el señor concejal Farid Burgos Mayorga. No existiendo ninguna observación y nadie en contra este informe es aprobado por unanimidad de los señores concejales: Arq. Humberto Alvarado Espinel, Vicealcalde; Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Lic. Rosa Checa Burgos; Ab. Marcos Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Ing. Irene Massuh Fernández; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado. Se resuelve en consecuencia: Acoger favorablemente el informe de la Comisión de Legislación y Jurídica, Descentralización, Veedurías Ciudadana y Créditos Internacionales, contenido en oficio No.111-CL-17, de Septiembre 11 del 2017, y autorizar se realice la partición judicial de los bienes constantes en el Juicio de Participación de Bienes Sucesorios No. 12203-2017-00400, que sigue la señora Maricela Olivia Coello Onofre, en contra de: José Guillermo Coello Sion y Félix Paul Coello Sion, solicitada mediante oficio No.1232-2017-U.J.P.F.M.NA, junio 14 del 2017, por la Dra. Gloria del Rocío Segovia Vinza, Jueza de la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo. Se lee a continuación un Informe de la Comisión de Legislación y Jurídica, Descentralización, Veedurías Ciudadana y Créditos Internacionales, contenido en oficio No.115-CL-17, de Septiembre 18 del 2017. Concluida la lectura del mismo, el señor Concejal, Ab. Marcos Chiang Villanueva mociona que sea aprobado el informe presentado por la Comisión de Legislación esto es que se realice la modificación de la resolución tomada en sesión ordinaria celebrada el 9 de diciembre del 2013 en la parte pertinente, es decir en lo que tiene que ver con la nómina de las personas beneficiarias de la legalización dejando como beneficiaria a la señora Yela Cadena Doris Maritza, el solar No. 03, de la manzana 14 del sector indicado, hasta ahí la moción señor Alcalde.  Esta moción es debidamente respaldada por el señor concejal Farid Burgos Mayorga. No existiendo ninguna observación y nadie en contra este informe es aprobado por unanimidad de los señores concejales: Arq. Humberto Alvarado Espinel, Vicealcalde; Sr. Orlando Barros Rivera; Sr. Farid Burgos Mayorga; Lic. Rosa Checa Burgos; Ab. Marcos Chiang Villanueva; Dra. Olga Gray Gómez; Ing. Irene Massuh Fernández; Lic. Marcia Quiñonez Hurtado. Se resuelve en consecuencia: Acoger favorablemente el informe de la Comisión de Legislación y Jurídica, Descentralización, Veeduría Ciudadanas y Créditos Internacionales, contenido en oficio No.115-CL-17, de Septiembre 18 del 2017, y modificar la parte pertinente de la resolución del Concejo tomada en la sesión ordinaria celebrada el 09 de Diciembre del 2013, en la que se aprobó el listado de posesionarios y legalización de terrenos mediante venta del sector

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denominado “Gritos de la Libertad”, ubicado en la jurisdicción de la Parroquia Venus del Río Quevedo, de este Cantón Quevedo, donde consta como beneficiaria del solar No. 03 de la manzana 14 el señor Manuel Antonio Macías Yela, quien cedió los derechos posesorios de dicho solar a la señora DORIS MARITZA YELA CADENA.