RESOLUCIÓN N.° 672/AGIP/11
Buenos Aires, 31 de octubre de 2011
VISTO:
el Exp. Nº 710.287/11, la Ley N° 2.603 promulgada por Decreto Nº 2.140/GCABA/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.846) y reglamentada mediante el Decreto Nº 745/GCBA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.961), la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/06 (B.O.C.B.A. Nº 2.557), su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 (B.O.C.B.A. Nº 2.960), la Resolución Nº 2.366/MHGC/07 (B.O.C.B.A. Nº 2.758), la Resolución Nº 180-MHGC-08 (B.O.C.B.A. N° 2.875) y Disposición Nº 171/DGCyC/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.968), y
CONSIDERANDO:
Que, por el presente actuado la Subdirección General de Sistemas dependiente de esta Administración Gubernamental, solicita la renovación del uso de las Licencias y
Mantenimiento de los productos de software que son utilizados por esta Administración para el procesamiento del Sistema de Recaudación Tributaria SIAC y el desarrollo del nuevo aplicativo GIT;
Que, el requerimiento aludido se vincula en forma directa con las funciones constitutivas de este organismo establecidas por el Artículo 5º de la Ley Nº 2.603; Que, tratándose de programas que han sido diseñados por IBM Corporation cuya comercialización recae en su representante local IBM Argentina S.R.L., corresponde efectuar la adquisición en la modalidad de Contratación Directa en los términos del Art. 28°, inciso 4) de la Ley Nº 2.095;
Que, corre agregado el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por el Disposición Nº 171/DGCyC/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.968), el Pliego de Cláusulas Particulares que regirán en esta contratación;
Que, se ha solicitado a la firma IBM ARGENTINA S.R.L. la presentación de su oferta por el conjunto de licencias de software solicitadas, la que ha sido presentada en un todo de acuerdo a lo requerido, por un importe total de PESOS CINCO MILLONES TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($ 5.038.236,00);
Que, obra la solicitud de gastos Nº 32459 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria por la suma de mencionada;
Que, según lo establece el Decreto Nº 745/GCBA/08 reglamentario del Artículo 14º de la Ley 2603/07, esta Administración Gubernamental está excluida de las disposiciones del Decreto Nº 1023/MCBA/93 (B.M. Nº 19.600), así como de cualquier otra normativa vigente o que se dicte en la que se restrinja de alguna manera la autarquía administrativa y financiera de la Administración en este aspecto, a excepción de aquellas que la citen expresamente, por lo que el área solicitante brindó su asesoramiento técnico respecto de la propuesta recibida con motivo de la presente contratación;
Que, la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete, en los términos del Artículo 10º, inc. a) de la Ley 1218 (BO Nº 1.850) y ha emitido su dictamen PG Nº 86163;
Que, tomando en consideración las observaciones dictaminadas por la Procuración General y habiéndose dado cumplimiento al proceso de contratación, se procedió a efectuar la registración presupuestaria emitida por el SIGAF en su etapa de compromiso definitivo sobre el presupuesto 2011 y ad referéndum 2012 por el importe de PESOS CINCO MILLONES TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($ 5.038.236,00);
Que, siendo que esta Administración Gubernamental posee el carácter de un ente autárquico, el cual ha sido otorgado por la Ley Nº 2603 en sus Artículos 1° y 2° y le atribuye a su titular en el Artículo 14° incisos a), n) y o) la representación legal en la suscripción de actos administrativos requeridos para su funcionamiento, como es el caso de la presente contratación;
Que, en uso de las facultades otorgadas por la Resolución Nº 180-MHGC-08 (B.O.C.B.A. N° 2.875) la cual constituye esta Unidad Operativa de Adquisiciones y conforme lo establecido en el Artículo 2º de la misma, se autoriza al titular de esta repartición a realizar la aprobación de la presente Contratación Directa al amparo de lo establecido en el Artículo 13° del Decreto Nº 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. Nº 2.960) y modificado por Decreto Nº 232/GCBA/10.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU CARÁCTER DE TITULAR
DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento de Contratación Directa N° 8971/SIGAF/2011, por la suma de PESOS CINCO MILLONES TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($ 5.038.236,00).
Artículo 2°.- Contrátese a la empresa IBM Argentina S.R.L. al amparo de la Ley N° 2095, artículo 28 inciso 4° para la provisión de Licencias y Mantenimiento de los productos de software que son utilizados por esta Administración para el procesamiento del Sistema de Recaudación Tributaria, emitiéndose en consecuencia la correspondiente Orden de Compra.
Artículo 3°.- Notifíquese fehacientemente los términos de la presente a la firma IBM Argentina S.R.L. de acuerdo a las previsiones establecidas en los Artículos Nº 60 y 61 de la Ley de Procedimiento Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510-GCBA-97, ratificado por Resolución Nº 41-LCABA-98.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección de Administración (Departamento Compras y Contrataciones) para la prosecución de su trámite y publicación en la cartelera del Departamento Compras y Contrataciones y en Internet, página Web: www.buenosaires.gov.ar – hacienda – licitaciones y compras – consultas de compras. Walter
RESOLUCIÓN N.° 983/AGIP/11
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2011
VISTO:
La Ley 2603 (B.O. N° 2846), la Resolución Nº 500/AGIP/2008 (B.O. N° 3091) y la Resolución N° 737/AGIP/2010 (B. O. Nº 3.563 - 14/12/2010), y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura de la referida Administración;
Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que por medio de la Resolución Nº 737/AGIP/2011 se crea la Dirección Asistencia y Coordinación Integral y sus correspondientes Niveles de Departamentos y Divisiones, con dependencia directa de la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Rentas.
Que siendo la estructura organizativa una herramienta funcional para la implementación de las políticas públicas, debe tener la flexibilidad necesaria para permitir su reordenamiento en procura de obtener los objetivos que se persigue conseguir;
Que resulta imprescindible readecuar las funciones y dependencias de los Departamentos dependientes de la Dirección de Asistencia y Coordinación Integral. Por ello en uso de las facultades que le son propias.
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE
Artículo 1°.- Modifícase la Estructura Orgánico Funcional de la Dirección de Asistencia y Coordinación Integral de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme se indica en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Articulo 2°.- Créase la División Control Administrativo, dependiente del Departamento Asistencia Administrativa, cuyas funciones se detallan en el anexo II.
Articulo 3°.- Créase la División Mesa de Entradas, dependiente del Departamento Asistencia Administrativa, cuyas funciones se detallan en el anexo II.
Articulo 4°.- Créase la División Protocolización, dependiente del Departamento Análisis Técnico y de Gestión, cuyas funciones se detallan en el anexo II
Articulo 5º.- Créase la División I de Análisis, Revisión y Control de Actuaciones, dependiente del Departamento Análisis Técnico y de Gestión, cuyas funciones se detallan en el anexo II.
Articulo 6º.- Créase la División II de Análisis, Revisión y Control de Actuaciones, dependiente del Departamento Análisis Técnico y de Gestión, cuyas funciones se detallan en el anexo II.
Artículo 7°.- Créase la División Digitalización, Publicación y Citación, dependiente del Departamento Análisis Técnico y de Gestión, cuyas funciones se detallan en el anexo II.
Articulo 8º.- Desígnanse provisoriamente por un plazo de ciento veinte (120) días, a los agentes que se detallan en el Anexo III que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Walter
ANEXO