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RESOLUCIÓN N.° 217/AGIP/15

Buenos Aires, 6 de abril de 2015

VISTO:

La Ley Nº 471, su reglamentación, la Ley Nº 2603 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 745/08, la Resolución Nº 604/AGIP/13, la Resolución Nº 697/AGIP/13, la Resolución Nº 894/AGIP/13, la Disposición N° 312/DGESyC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.909.302 / DGESYC / 2015, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires establece, en su artículo 15, el régimen remuneratorio, garantizando el principio de igual remuneración por igual tarea para todos los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley Nº 2603 confirió a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos autarquía administrativa y financiera;

Que el Decreto Nº 745/2008 ha reglamentado la precitada Ley;

Que por Resolución Nº 604/AGIP/13 se resolvió establecer un régimen de Complemento Salarial Temporario, con carácter no remunerativo, para agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme las pautas indicadas en el Anexo I de la precitada Resolución;

Que por Resolución N° 604/AGIP/13 en su artículo 3, se dispone que los agentes que se determinen por el presente régimen tendrán operativo el derecho aquí consagrado desde el primer día del mes siguiente a la fecha de emisión de la Resolución respectiva;

Que por la norma citada precedentemente, será considerado como suplemento provisorio, vigente en tanto los agentes desempeñen las funciones de conducción; Que por Resolución Nº 697/AGIP/13 y Resolución N° 894/AGIP/13 se estableció la equiparación salarial a percibir por los agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que la Dirección Desarrollo Humano y Carrera ha tomado conocimiento y prestado conformidad a los distintos Informes de Gestión presentados por los agentes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mediante los Expedientes citados precedentemente;

Que resulta oportuno el dictado del acto administrativo indicando los agentes habilitados a percibir el Complemento Salarial Temporario;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase el Complemento Salarial Temporario conforme las pautas indicadas en el Anexo I de la Resolución Nº 604/AGIP/13, la Resolución Nº 697/AGIP/13, y la Resolución Nº 894/AGIP/13 a los agentes que ocupan cargos de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, según lo

enunciado en el Anexo I de la presente, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la misma.

Artículo 2.- La percepción del Complemento Salarial Temporario establecido por la Resolución Nº 604/AGIP/13 por parte de los agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no implica cambio alguno en la situación escalafonaria que los mismos ostentan al momento del dictado de la presente, conforme se establece en el artículo 4° de la Resolución Nº 697/AGIP/13. Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y al Departamento Recursos Humanos dependiente de la Dirección Gestión Operativa y de Personal de la Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.° 218/AGIP/15

Buenos Aires, 6 de abril de 2015

VISTO:

La Ley Nº 471, su reglamentación, la Ley Nº 2603 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario Nº 745/2008, la Resolución Nº 604/AGIP/13, la Resolución Nº 697/AGIP/13, la Resolución Nº 894/AGIP/13, los Expedientes Nº 2 .977.920/15; 353.404/15; 2.896.700/15; 18.662.926/14; 27.219/15; 2.041.073/15; 3.155.804/15; 3.848.519/15; 3.158.688/15; 3.156.899/15; 3.847.958/15; 3.848.282/15, 4.876.651/15, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires establece, en su artículo 15, el régimen remuneratorio, garantizando el principio de igual remuneración por igual tarea para todos los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley Nº 2603 confirió a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos autarquía administrativa y financiera;

Que el Decreto Nº 745/2008 ha reglamentado la precitada Ley;

Que por Resolución Nº 604/AGIP/13 se resolvió establecer un régimen de Complemento Salarial Temporario, con carácter no remunerativo, para agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme las pautas indicadas en el Anexo I de la pecitada Resolución;

Que por Resolución N° 604/AGIP/13 en su artículo 3, se establece que los agentes que se determinen por el presente régimen tendrán operativo el derecho aquí consagrado desde el primer día del mes siguiente a la fecha de emisión de la Resolución respectiva;

Que por la norma citada precedentemente, será considerado como suplemento provisorio, vigente en tanto los agentes desempeñen las funciones de conducción;

Que por Resolución Nº 697/AGIP/13 y Resolución N° 894/AGIP/13 se estableció la equiparación salarial a percibir por los agentes de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que la Dirección Desarrollo Humano y Carrera ha tomado conocimiento y prestado conformidad a los distintos Informes de Gestión presentados por los agentes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mediante los Expedientes citados precedentemente;

Que resulta oportuno el dictado del acto administrativo indicando los agentes habilitados a percibir el Complemento Salarial Temporario.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase el Complemento Salarial Temporario conforme las pautas indicadas en el Anexo I de la Resolución Nº 604/AGIP/13, la Resolución Nº 697/AGIP/13, y la Resolución Nº 894/AGIP/13 al agente que ocupa cargo de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, según lo enunciado en el Anexo I de la presente, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la misma.

Artículo 2.- La percepción del Complemento Salarial Temporario establecido por la Resolución Nº 604/AGIP/13 por parte del agente de conducción de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no implica cambio alguno en la situación escalafonaria que los mismos ostentan al momento del dictado de la presente, conforme se establece en el artículo 4° de la Resolución Nº 697/AGIP/13.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y al Departamento Recursos Humanos dependiente de la Dirección Gestión Operativa y de Personal de la Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.° 224/AGIP/15

Buenos Aires, 6 de abril de 2015

VISTO:

LEY Nº 471 y 2.603, EL DECRETO Nº 745/GCABA/08, LAS RESOLUCIONES Nº 500/AGIP/08, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS Y N° 570/AGIP/2013, EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GCABA-SUTECBA VIGENTE, EL EXPEDIENTE N° 1368792/2013 Y EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 13040175/MGEYA/AGIP/2014, Y

Que por medio de la Ley Nº 2.603 se creó la Administración Gubernamental de Ingresos públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AGIP), facultando al Administrador Gubernamental a establecer la estructura organizativa interna de la misma;

Que a través de la Resolución N° 570/AGIP/2013 se creó la Unidad Ejecutiva Comisión Subparitaria, a efectos de entender ante la Comisión Subparitaria Sectorial, conformada mediante la actuación citada en el Visto, respecto al alcance general del Convenio Colectivo de Condiciones Laborales y en referencia a las particularidades propias del sector y la actividad, formulando propuestas de creación, modificación y/o aprobación del reglamento de trabajo, conforme la Ley N° 471 de Empleo Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 56 del Capítulo VIII (Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo) del Convenio Colectivo vigente, establece la creación de la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO;

Que en ese marco, resulta apropiado la creación de una Comisión Sectorial de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, integrada por representantes gremiales y de esta Administración Gubernamental, a fin de dar cumplimiento a las funciones definidas en el artículo 58 del mencionado Convenio Colectivo, reportando su gestión a la Comisión Subparitaria Sectorial;

Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración Gubernamental, ha tomado la debida intervención.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Crear la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo que actuará en el ámbito de la Comisión Subparitaria Sectorial de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

Artículo 2.- Establecer los integrantes de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, conforme el Anexo adjunto, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental y a la Comisión Subparitaria Sectorial. Cumplido archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.° 225/AGIP/15

Buenos Aires, 6 de abril de 2015

VISTO:

LAS LEYES N° 471 Y N° 2.603 Y SUS REGLAMENTACIONES. LA RESOLUCIÓN N° 500/AGIP/08 Y SUS MODIFICATORIAS, LA RESOLUCION N°570/AGIP/2013, y

ANEXO

Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura organizativa interna de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/08 y sus modificatorias se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la referida Administración;

Que por Resolución N° 570/AGIP/2013 se modificó la Estructura de la Dirección General de Relaciones Institucionales de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que el Art° 3 de dicha Resolución crea el Área de Apoyo Técnico dependiente de la Unidad Ejecutiva Comisión Subparitaria, el que estará integrado por un coordinador, con nivel equivalente a Jefe de Departamento y un equipo de asesores profesionales y/o técnicos, con niveles equivalentes a Jefe de División;

Que, en el Anexo de la Resolución N° 570/AGIP/2013 se describe las funciones del Área de Apoyo Técnico;

Que es menester designar a los funcionarios que, por su idoneidad y experiencia, serán responsables de desempeñar los cargos de la estructura funcional de la Administración.

Por ello y en virtud de las facultades que son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE

Artículo 1°.- Desígnese asesor del Área de Apoyo Técnico dependiente de la Unidad Ejecutiva Comisión Subparitaria al Dr. César Gabriel Alberto VALENTI, Ficha N° 437.190, CUIT N° 23-26116527-9, con nivel equivalente a Jefe de División, a partir del 1 de abril de 2014.-

Artículo 2°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General de Relaciones Laborales del Ministerio de Modernización. Cumplido archívese. Walter