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1. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD

1.3. CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA

1.3.2. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA

1.3.2.2. INTERFERENCIAS Y SERVICIOS AFECTADOS

1.3.2.2.1. Afecciones a líneas de ferrocarril

Normas de comportamiento y equipo de los trabajadores (NRV.7.0.1.0):

Cada equipo de trabajadores que intervengan en los trabajos quedará bajo la autoridad de un responsable de su seguridad.

Los operarios estarán instruidos de los riesgos que implica su trabajo, de la forma de proceder para realizarlo y de la obligación que tienen de cumplir las indicaciones referentes a la seguridad que comunique el piloto y el propio responsable de seguridad.

Todos ellos tienen obligación ineludible de dejar la vía libre en el momento de percibir la señal de aviso de llegada de circulaciones, retirar los útiles y herramientas que les hayan sido encomendados y dejar las vías sin obstáculos a la circulación de los trenes.

Deben ponerse a resguardo en los lugares que se les designe y no reanudar el trabajo hasta percibir la orden del responsable de seguridad.

Los regímenes de trabajo en la vía e instalaciones y las correspondientes necesidades de piloto de seguridad en la circulación, según las prescripciones del Reglamento General de Circulación y las zonas de trabajo se desarrollan a continuación (según N.R.V. 7.0.1.0.):

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Figura 1.3.2.2.1.1 Distancias de seguridad a la vía ZONA A. Trabajos fuera de Riesgo.

ZONA B. Trabajos comprendidos entre la Zona de Peligro y la Zona de Seguridad para las circulaciones.

ZONA C. Trabajos dentro de la Zona de Peligro en vía.

DENTRO DE LA ZONA A, los trabajos que en ella se ejecuten estarán sometidos a las siguientes normas genéricas:

Vía única con circulación normal de trenes:

No se precisan funciones de pilotaje, salvo que circunstancias excepcionales de la obra aconsejen su necesidad, a criterio del Director de obra y del Encargado de Trabajos.

Se advertirá a todos los trabajadores la prohibición de rebasar la Zona de Seguridad para las circulaciones, instalándose la señalización que corresponda. Via doble o múltiple con circulación normal de trenes:

Si los trabajos se efectúan en la zona más externa de las vías, o en la zona interna existiendo entre ambas una separación mayor de 6,00 metros se aplicará lo descrito en el apartado de vía única.

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Si los trabajos se efectúan en la zona interior del conjunto de vías, existiendo entre ambas una separación menor de 6,00 metros, se aplicarán las prescripciones correspondientes a la zona de peligro o riesgo, según la distancia existente entre ambas.

EN LA ZONA B, se distingue:

Vía única con circulación normal de trenes

Para V> 160 km/h o cuando las circunstancias de la obra aconsejen su necesidad, o en su defecto cuando lo exija el Director de Obra o el Encargado de los Trabajos, será obligatoria la existencia de Piloto, salvo en los trabajos de colocación de señales de limitación de velocidad y de mantenimiento y reparación en los postes de electrificación y de señales, debiendo preverse por parte del responsable de los trabajos, un agente del propio equipo que se encargará de avisar de cualquier llegada de las circulaciones, estando previamente informado de la situación de las mismas.

Para V< 60 km/h no se precisan funciones de pilotaje, salvo cuando las circunstancias de la obra aconsejen su necesidad o, en su defecto, cuando lo exija el Director de Obra o el encargado de los trabajos.

Se advertirá a todos los trabajadores la prohibición de rebasar la zona de peligro o riesgo (según la velocidad de las circulaciones), instalándose la señalización o protección correspondiente.

Vía doble o múltiple con circulación normal de trenes

Si los trabajos se efectúan en la zona externa al conjunto de las vías, o en la zona interna, existiendo entre ambas una separación mayor de 4,00 metros se aplicará el punto anterior.

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Si los trabajos se efectúan en la zona interior del conjunto de las vías, existiendo entre ambas una separación menos de 4,00 metros se aplicarán las prescripciones correspondientes a la zona de peligro.

EN LA ZONA C, cabe distinguir los siguientes casos: 1. Trabajos en vía doble.

Queda terminantemente prohibido una vez dada la señal de aviso de llegada de un tren PERMANECER O CRUZAR LA ENTREVÍA.

En caso de ser necesario, y que lo solicite la Administración ferroviaria, en las tareas en vía doble se solicitará permiso a dicha Administración para marcar el gálibo de la entrevía, mediante varillas de acero con banderines u otro procedimiento similar.

En los trabajos con maquinaria pesada en doble vía o en estaciones con alguna vía en servicio, se bloquearán las puertas de la cabina del lado de la vía con circulaciones.

2. Trabajos con dos o más vías.

Paradas de máquinas en zonas de escasa entrevía. Gálibo a respetar.

Cuando se trabaje en una vía fuera de servicio con cualquier tipo de maquinaria y las de los lados estén en circulación será obligatorio localizar y señalizar visiblemente para el personal las zonas de escasa entrevía, al objeto de que la maquinaria al paso de cualquier tren no este parada en esos puntos y pueda interceptar el gálibo de carga.

Obligaciones del jefe de tajo (encargado o capataz).

El jefe de tajo informará a los trabajadores a su cargo de los riesgos que implica su trabajo y de la forma más segura de ejecutarlo.

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El encargado de ejecutar los trabajos dispondrá de un vehículo para el traslado de personal, teléfono móvil, extintor de incendios portátil y botiquín de primeros auxilios.

En aquellos casos en que sea necesario, se encargará de que se delimite la zona de trabajo mediante cinta de balizamiento situada en la entrevía o marcando el gálibo de vía.

Previamente al inicio de los trabajos, el responsable de los mismos establecerá los lugares de tránsito del personal en la obra y los estacionamientos que mejores condiciones ofrezcan

3. Vía doble o en estaciones:

Se procurará apartarse siempre a la cuneta de la vía de trabajo, nunca en la entrevía o en la cuneta de la vía con circulaciones.

Las herramientas se depositaran en la cuneta, nunca en la entrevía.

Los motores y en consecuencia todos los órganos móviles de la pequeña maquinaria se encontrarán parados cuando se proceda a su retirada de la vía o transporte.

Si no es posible dejar libre de obstáculos la zona de vía, se respetará como mínimo el gálibo de Obra

Si por necesidades del trabajo las brigadas han de subdividirse, el Jefe de tajo designará la persona más idónea al mando del nuevo grupo, que ejercerá las mismas funciones que el jefe de tajo sobre la seguridad del personal y la maquinaria.

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Será obligatoria la existencia de piloto de seguridad en la circulación. En el caso de compatibilidad, el Encargado de los trabajos podrá sumir las funciones de piloto de seguridad en la circulación.

Se instalarán los cartelones de "Silbar obreros" a las distancias reglamentarias Previamente al inicio de las obras, se estudiará la correspondiente el establecimiento de las limitaciones de velocidad.

Se incluirán los trabajos en las Actas de Trabajos o peticiones extraordinarias de trabajos.

5. Vía única con interrupción de la circulación: No se precisan funciones de pilotaje.

En materia de tiempos de reacción, debe tenerse siempre en cuenta la reducción de los mismos en la zona de peligro, por causa de la velocidad de los trenes, siendo creciente la reducción con el incremento de la velocidad.

1.3.2.3. IMPLANTATACIÓN E INSTALACIONES DE OBRA

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