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Análisis de las consecuencias del procedimiento y de las resoluciones de la

Previo a adentrar al tema, y para obtener una mejor comprensión, es indispensable dividir las resoluciones en dos tipos:

 Resoluciones vinculantes; y  Resoluciones no vinculantes

Las resoluciones vinculantes son aquellas que tienen fuerza obligatoria y que deben cumplirse por su carácter coercitivo. Éstas no dan la facultad de cumplirlas o no, sino más bien, tienen que obedecerse. La falta de su cumplimiento amerita una consecuencia jurídica. Ejemplo de ellas son las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales, las cuales su cumplimiento es obligatorio.

Las resoluciones no vinculantes son aquellas que no conllevan la obligación del cumplimiento de lo resuelto, es decir, su cumplimiento es facultativo. Lo resuelto se puede considerar como una sugerencia, más no una obligación, ya que no tiene ninguna consecuencia jurídica su falta de cumplimiento.

Las resoluciones que emite la Institución del Procurador de los Derechos Humanos son de carácter no vinculante, ya que no obliga a las partes al cumplimiento de lo resuelto por dicha Institución, sino más bien, emite recomendaciones o sugerencias en su mayoría de casos.

En el capítulo anterior se dejó establecido el procedimiento que se lleva a cabo dentro de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos al recibir una denuncia, y sus consecuencias.

Al momento de comprobarse la responsabilidad del infractor de los Derechos Humanos, lo ideal debe ser, además de las consecuencias establecidas, imponer una sanción pecuniaria dependiendo la gravedad del asunto; y a la vez dictar las medidas de seguridad necesarias para evitar que continúe el infractor cometiendo actos en contra de los Derechos Humanos. Las medidas de seguridad deben ser solicitadas por el Procurador, para lograr una eficacia en las resoluciones que emita.

Una de las consecuencias al responsable de violentar los Derechos Humanos que establece el Decreto 54 – 86 del Congreso de la República, es la de ordenar

inmediatamente la cesación de la violación, y la restitución de los Derechos Humanos conculcados. Pero no es de gran ayuda que se ordene tal circunstancia si no tiene una sanción por su incumplimiento, por ello es indispensable que la Institución del Procurador de los Derechos Humanos cuente con un poder coercitivo de mayor influencia. En este caso lo ideal es que, si se incumple la orden dictada por el Procurador, reciba la queja de la transgresión a lo resuelto, para proceder a imponer una sanción pecuniaria al infractor, y tomar las acciones necesarias, si fuere el caso, para presentar las denuncias a los órganos respectivos.

En el caso de violación de Derechos Humanos por parte de funcionarios o empleados públicos, además de iniciar el procedimiento disciplinario o la destitución del mismo, es recomendable imponer un castigo económico según la gravedad de la infracción, y prohibir la repetición del acto; y en caso de reiteración promover los actos necesarios por desobedecer las órdenes del Procurador.

Cuando se trata de la comisión de un delito o falta, el Procurador formulará la denuncia o querella al órgano jurisdiccional competente. Además de ello, el Procurador debe de brindar el acompañamiento de oficio al caso correspondiente por la vulneración de los derechos de las personas, y emitir su respectiva resolución, y en su caso, solicitar las medidas de seguridad correspondientes. En este caso, la Institución no debe sancionar pecuniariamente al infractor, ya que, si el acto constituye delito o falta, la sanción la impondrá el órgano jurisdiccional según la pena que proceda al delito o falta cometidos, y con esto evitar que exista una doble pena para el infractor.

Para tener un poder coercitivo influyente, la Institución del Procurador de los Derechos Humanos necesita poseer la facultad de que sus resoluciones sean obligatorias, y en caso de incumplimiento de las mismas, la imposición de una sanción administrativa, y se certifique lo conducente a un órgano judicial por desobediencia a las órdenes del Procurador. Esto brinda una gran ayuda al qué

hacer de la Institución, y a la credibilidad del pueblo en la misma, obteniendo una mayor importancia en la sociedad.

Al tener conocimiento la población que una denuncia ante la Institución del Procurador de los Derechos Humanos, le puede afectar al infractor de gran manera por las consecuencias que se pueden tener por violar los Derechos Humanos, y saber que el Procurador no emitiría simplemente una recomendación del caso o una leve consecuencia, se logra infundir un mayor respeto por los Derechos Humanos y se reduce el número de violaciones de los mismos.

4.7. Situación actual de los Derechos Humanos

En el municipio y departamento de Guatemala, los Derechos Humanos son violentados constantemente en diversos sectores y derechos tutelados. Esto debido al incremento en la violencia que asecha nuestro país, dándole cada vez menos valor a los derechos fundamentales de las personas.

Para algunos delincuentes y pandilleros, ya la vida de las personas no tiene valor alguno, los privan de su vida sin ningún remordimiento ni temor a la consecuencia o dejar a familias enlutadas. De forma progresiva han ido perdiendo valor los derechos fundamentales por los que tanto se ha luchado a lo largo de la historia.

El índice de criminalidad es alto en la ciudad de Guatemala, llegando al grado de que la mayoría de ciudadanos temen por su vida o por ser víctimas de alguna violación a sus Derechos Humanos en su diario vivir.

Es por ello que la Institución del Procurador de los Derechos Humanos tiene un complicado trabajo en este ámbito, en el cual día con día hace lo que puede, recibiendo denuncias, realizando las investigaciones y emitiendo las resoluciones respectivas, con la desventaja que no tienen fuerza coercitiva para sancionar a los infractores.

La necesidad es más que clara de otorgar poder coercitivo al Procurador de los Derechos Humanos para que pueda sancionar administrativamente a los infractores, con la finalidad de luchar con mayor fuerza contra las arbitrariedades que se cometen en nuestra sociedad por la vulneración a los Derechos Humanos.

La situación actual de los Derechos Humanos en el municipio y departamento de Guatemala es muy crítica y complicada, y cada vez se encuentra en peor situación debido a la inseguridad que se vive.

4.8. Análisis de la función social y jurídica de la Institución del Procurador