II. 2.4.1.12.12 Plan de cortas por unidad mínima de manejo
III.2. Análisis de los instrumentos de planeación
Sobre la base de las características del proyecto, se identifican y analizan los diferentes instrumentos de planeación que ordenan la zona en donde se ubica el proyecto, y establecen su concordancia de acuerdo con:
III.2.1. Plan o Programa parcial de desarrollo urbano estatal o de centro de población:
No existe un Plan o Programa parcial de desarrollo Urbano para el Predio Maalo Che.
III-2.2. Programas Sectoriales:
Como parte de las actividades de la CONAFOR, se ha elaborado una iniciativa para el apoyo a todos los predios en el estado sean beneficiados a través del Programa de Desarrollo forestal (PRODEFOR), actualmente llamado PROARBOL, siempre y cuando cumplan con las Reglas de Operación del Propio Programa.
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III.2.3. Ordenamientos Ecológicos
Por su ubicación, el conjunto predial se encuentra regulado por el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Benito Juárez (POEL BJ), Publicado en el Periódico Oficial del Estado los días 21 y 22 de julio del 2005
De acuerdo a dicho instrumento, el predio se ubica en la Unidad de Gestión Ambiental 01, denominada Zona Centro de Benito Juárez, con política de protección y usos compatibles Forestal y UMA’s, por lo que los objetivos de manejo del presente programa son congruentes con la planeación ambiental para la zona en la que se encuentra el predio.
Maalo Che, SPR de RL de CV Página 64 Cuadro 23, Lineamientos y Estrategias Ecológicas
TABLA #.
UNIDAD DE GESTIÓN AMBIENTAL (UGA) 1 ZONA CENTRO DE BENITO JUAREZ POLÍTICA AMBIENTAL PROTECCION
USO PREDOMINANTE
AREA NATURAL
USOS COMPATIBLES Forestal y UMA
USOS CONDICIONADOS Acuacultura, Meliponicultura, Horticultura, Ecoturismo
USOS INCOMPATIBLES
, Minería Agropecuario, Agroforestal, Golf, Embarcasdero y Muelles y Marinas, Actividad Acuatica, y Sub acuatica Urbana Suburbana, Turistico,
Comercial, Industrial, Funerario, Centro recreativo, Equipamiento
CRITEROS DE REGULACIÓN ECOLOGICA
USO CRITERIOS ESPECÍFICOS APLICABLE A LAS ÁREAS URBANAS
AA 1, 4, 5, 6, 11 AF 1 AH 23 CO 9, 10, 11, 15, DT 9, 10, 13, 15 EQ 1, 5, 6, 16 EQ 1, 5, 6, 16 FF 3, 6, 7, 8, 9, 10 ME 1, 9, 10, 16, 25, 35
El predio esta dentro de una categoría de Area Natural y un uso del suelo Forestal, en cual de acuerdo a dicho ordenamiento correponde a la extracción de los recursos forestales, es decir la vegetación forestal, natural, artificial o inducida, sus productos y residuos, asi como los suelos de los terrenos forestales o de aptitud preferentemente forestal, del medio en que se encuentren, de acuerdo con la Ley general de Desarrollo Forestal Sustentable.
Que en base a la vincukacion de los criterios de las actividades agropecuarias y
acuícolas, es necesario mencionar que no se realizaran actividades agrícolas(AA1), en ninguna actividad se utilizara el fuego, pero en caso de requerirse se realizara con todas las medidas preventivas y atendiendo la NOM.014 (AA4), solo se asignara un area para mantenimiento de las plantas a reforestar, sin embargo es necesario establecer que en el predio ya se cuenta con una UMA, que aunque no es para especies de flora, en caso de requerirse se solicitara la ampliación y no se utilizaran especies invasoras, (AA5 y 6)), No se realizara acuacultura (AA11).
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El Programa de manejo y la presente MIA es para cumplir estrictamente con el
criterio sobre Actividades Forestales (AF1)
El proyecto no pretende nuevos centros de población solo el aprovechamiento
forestal.
En el predio no se dispondrán desechos, y en caso de requerise alguna
infraestructura esta se realizara con materiales de la región y de tipo rustico, y en la rehabilitación de la brecha se colocaran topes para permitir el paso de la fauna en forma segura.(CO 9, 10, 11, 15).
En lo que corresponde a los criterios de aprovechamientos turísticos se atenderá
en caso de requerirse se realizaran las cabañas o obras de apoyo, siempre cumpliendo con la normatividad pertinente.
En lo que corresponde al equipamiento e infraestructura, por ser un area forestal
los caminos están protegidos por arbolado ( EQ 1), no se realizaran rellenos o tiraderos de residuos, (EQ 5 y 6), no se almacenaran hidrocarburos para venta, en caso de requerirse solo se almacenaran para el uso pero con las medidas necesarias, (EQ 16).
En los criterios de Flora y Fauna, el proyecto no corresponde a un desarrollo
turístico o habitacional (FF3), encaso de requerirse control de malezas esto se realizara en forma manual, no se cercara internamente el predio, (FF 6, 7, 8), el predio ya cuenta con una UMA para el manejo de fauna (FF 9, 10)
En los criterios de Manejo de Ecosistemas, no existe zonas de extracción de agua
cercana al predio (ME1), No existen, Cenotes, petenes (ME9), el predio es para el aprovechamiento y se pretende con base al programa las actividades de saneamiento y restauración,(ME 10, 16), no se ralizara desmonte ya que las areas se restauraran tanto en forma natural, como una reforestación de enriquecimiento (ME 25 y 35)
Por todo lo anterior es que podemos determinar que el proyecto no se contrapone a lo establecidop por el Ordenamiento Ordenamiento Ecológico Local del Municipio Benito
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II.2.4. Programas de manejo de Áreas Naturales Protegidas:
El predio no se encuentra dentro de un área natural protegida.
III.2.5. Programas de recuperación y restablecimiento de las zonas de restauración ecológica:
El predio no se encuentra dentro del Programa de Recuperación y restablecimiento de las zonas de restauración ecológica o dentro de las áreas críticas dañadas por incendios e intemperismos naturales severos.
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III.2.6. Regiones Prioritarias:
A nivel nacional se han establecido áreas de importancia ecológica, y en donde no necesariamente se cuenten tanto ANP’s como áreas forestales debidamente declaradas, sino que en un concepto regional, estos sitios deben ser protegidos bajo otros diferentes esquemas. Para el estado de Quintana Roo, las regiones prioritarias se localizan en la parte central del estado, cubriendo básicamente las masas forestales del Corredor Sian Ka’an-Calakmul, éste último en el estado de Campeche, sin embargo en la zona norte es importante esta zona como punto de reserva del municipio, por lo que es indispensable la autorización del presente.Estudio