CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO
2.3 Análisis e interpretación de datos
Encuesta aplicadas a funcionarios judiciales, abogados en libre ejercicio profesional y comunidad en general.
1.- ¿Conoce usted sobre la acción de protección que señala la Constitución de la República?
GRÁFICO # 1
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
En base a la presente interrogante se ha logrado determinar que el tema objeto de la presente investigación es desconocido, lo que provoca que las personas no hagan efectivo el derecho constitucional de la reparación económica en una acción de protección, teniendo como consecuencia que aquellas personas que han seguido una acción de protección se conformen únicamente con la reparación integral a fin de evitar el arduo y tedioso trámite para la reparación económica.
45%
55%
Porcentaje
SI
NO
2.- ¿Indique si conoce sobre la vulneración de derechos constitucionales?
GRÁFICO # 2
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
En cuanto a esta interrogante se logra establecer que en la ciudad de Tulcán se ignora sobre los derechos emanados por la Constitución de la República del Ecuador, motivo por el cual la ciudadanía no hace efectivos los mismos, es decir por el desconocimiento de la norma es mínimo el número de personas que acuden a estas instancias judiciales a fin de ser reparados tanto integral como económicamente dentro de una acción de protección.
42%
58%
Porcentaje
SI 42% NO 58%
3.- ¿Conoce usted que para la reparación integral y económica cuando se ha vulnerado un derecho constitucional, se puede iniciar una acción de protección?
GRÁFICO # 3
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
De la pregunta realizada se deduce que existe gran índice de desconocimiento en cuanto a esta garantía constitucional como lo es la acción de protección, motivo por el cual existe déficit de causas tramitadas en la ciudad de Tulcán por los jueces constitucionales, de esta manera aquellas personas víctimas de vulneración de derechos constitucionales no concurren a las instancias judiciales correspondientes por el simple desconocimiento de sus derechos.
36%
64%
Porcentaje
SI 36% NO 64%
4.- ¿Conoce usted hasta cuándo y ante quién se propone una acción de protección?
GRÁFICO # 4
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
En lo que tiene que ver a esta interrogante se verifica que las causas tramitadas dentro de las acciones de protección son reducidas y esto se da únicamente por el desconocimiento de la Ley, lo que significa que en la ciudad de Tulcán deberían existir capacitaciones paulatinas en cuanto al tema de acción de protección.
40%
60%
Porcentaje
SI 40% NO 60%
5.- ¿Conoce usted como se da el procedimiento de una acción de protección?
GRÁFICO # 5
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
En lo que respecta a esta pregunta se deduce que las personas encuestadas no han prestado atención para el conocimiento de la garantía constitucional como lo es la acción de protección, es decir no es habitual entablar acciones de protección y mucho menos cuando existe motivo para la reparación económica, ya que al existir dos procesos diferentes en una sola acción hace que las personas objeto de violaciones de derechos constitucionales no efectúen nada al respecto.
30%
70%
Porcentaje
SI 30% NO 70%6.- ¿Considera usted necesario que en la misma sentencia que se disponga la reparación integral de un derecho se resuelva sobre la reparación económica, a fin de garantizar la economía procesal y celeridad?
GRÁFICO # 6
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
En base a la presente interrogante se desprende que en el juicio de acción de protección es fundamental que exista un solo procedimiento, esto es que para la reparación integral y la reparación económica de la persona afectada el Juez que tramite la misma, ejecute su sentencia tomando en cuenta los dos tipos de reparaciones y así resolver en la sentencia de primera instancia tanto integral como económicamente a la persona víctima de la violación de sus derechos.
60%
40%
Porcentaje
SI 60% NO 40%7.- ¿Conoce usted que el artículo 19 de la LOGJCC señala que en el caso de reparación económica se deberá entablar una acción verbal sumaria ante el mismo juez para que calcule el monto de la indemnización económica?
GRÁFICO # 7
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
En base a la presente interrogante se desprende que la Constitución de la República es la Ley Suprema dentro del Estado, esto es que la misma debe ser respetada sobre todo en lo que respecta a derechos, y de la misma manera tomar en cuenta en todos los procesos judiciales los principios consagrados en esta carta fundamental, en este caso aplicar el principio de celeridad y economía procesal y así dar agilidad al proceso de la acción de protección.
25%
75%
Porcentaje
SI 25% NO 75%
8.- ¿Considera usted adecuado que los principios de celeridad y economía procesal deban ser tomados en cuenta en todo proceso judicial y constitucional?
GRÁFICO # 8
Fuente: encuestas aplicadas a personas particulares y funcionarios judiciales
Elaborado por: Santiago Rodríguez
ANÁLISIS DE RESULTADOS
De la interrogante realizada se desprende que los principios constitucionales son de suma importancia en los procesos judiciales, es por este motivo que deben ser tomados en cuenta y así garantizar a los usuarios procesos agiles y eficaces a fin de ser reparados tanto integral como económicamente en un solo proceso, tal como menciona la Constitución de la República de que los procesos de Garantías Jurisdiccionales deben ser resueltos con la mayor rapidez posible.