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Análisis e interpretación de datos, a la encuesta aplicada a la población del

CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA

2.2. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la

2.2.5. Análisis e interpretación de datos, a la encuesta aplicada a la población del

PREGUNTA 1

¿Conoce usted que es el derecho a la resistencia, determinado en el artículo 98 de la Constitución de la República del Ecuador?

Tabla 1 Derecho a la resistencia

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 275 99%

NO 2 1%

Total 277 100%

Análisis e interpretación de resultados

El 99% de la población contesto que SI; y, El 1%, señaló que NO, se concluye que el derecho a la resistencia es conocido por ser una nueva novedad jurídica determinada en la Constitución de la República del Ecuador, pero que al no tener un procedimiento, es poco aplicable en el campo del derecho.

99% 1%

SI

Figura 1 Derecho a la resistencia Elaborado por: Mayra Anrrango

PREGUNTA 2

¿Considera usted que el derecho a la resistencia consagrado en la Constitución de la República del Ecuador es un derecho inaplicable?

Tabla 2 Inaplicabilidad del de derecho a la resistencia.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 240 87%

NO 37 13%

Total 277 100%

Figura 2 Inaplicabilidad del de derecho a la resistencia. Elaborado por: Mayra Anrrango

Análisis e interpretación de resultados

El 87%, contesto que SI; y, El 13%, señaló que NO, se concluye que el derecho a la resistencia es un derecho inaplicable, porque no ofrece la seguridad jurídica para solicitarlo, ya que es un derecho que debe ser aplicado de forma inmediata sin demora en las personas pero sin embargo esta se ha vulnerado.

87% 13%

PREGUNTA 3

¿Está de acuerdo usted como se ha manifestado el derecho a la resistencia en el Ecuador?

Tabla 3 Manifestado el derecho a la resistencia en el Ecuador.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 222 80%

NO 55 20%

Total 277 100%

Figura 3 Manifestado el derecho a la resistencia en el Ecuador. Elaborado por: Mayra Anrrango

Análisis e interpretación de resultados

El 80% de las encuestas realizadas están de acuerdo en cómo se ha manifestado derecho a la resistencia en el Ecuador y el otro 20% no se encuentra de acuerdo ya que manifiestan que el derecho a la resistencia no se realiza de una forma pacífica.

80% 20%

PREGUNTA 4

¿Cree usted que el derecho a la resistencia permite garantizar los derechos de las personas cuando estos son vulnerados por el Estado ecuatoriano o por terceras personas?

Tabla 4 El derecho a la resistencia permite garantizar los derechos de las personas.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 220 79%

NO 57 21%

Total 277 100%

Figura 4 El derecho a la resistencia permite garantizar los derechos de las personas. Elaborado por: Mayra Anrrango

Análisis e interpretación de resultados

El 79% consideran que la el derecho a la resistencia permite defender los derechos de las personas porque existen garantías constitucionales que pueden ser efectivas para reparar los derechos vulnerados y el 21% sostienen que no permite defender los derechos

79% 21%

PREGUNTA 5

¿Considera usted que se debe acudir al derecho a la resistencia en consideración de cualquier reclamo?

Tabla 5 Derecho a la resistencia en consideración de cualquier reclamo.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 244 88%

NO 33 12%

Total 277 100%

Análisis e interpretación de resultados

En 88% de los abogados encuestados considera que sí se debe acudir al derecho a la resistencia ante cualquier reclamo, el 12% considera que no. Se debe acudir al derecho a la resistencia solo en casos en que se compruebe violación a los derechos humanos. PREGUNTA 6

88% 12%

SI NO

Figura 5 Derecho a la resistencia en consideración de cualquier reclamo. Elaborado por: Mayra Anrrango

¿Cree usted que el derecho a la resistencia constituye un paso fundamental hacia el respeto de los derechos humanos?

Tabla 6 Un paso fundamental hacia el respeto de los derechos humanos.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 253 91%

NO 24 9%

Total 277 100%

Figura 6 Un paso fundamental hacia el respeto de los derechos humanos. Elaborado por: Mayra Anrrango

Análisis e interpretación de resultados

En 91% de los abogados encuestados considera que el derecho a la resistencia sí constituye un paso fundamental para el respeto a los derechos Humanos, el 9% considera que no. La Constitución determina el derecho a la resistencia el cual se debe adoptar en situaciones de vulneración de los derechos humanos.

91% 9%

PREGUNTA 7

¿Cree usted que se debe capacitar a los operadores de justicia respecto de la aplicabilidad del derecho a la resistencia?

Tabla 7 Capacitación a la los operadores de justicia.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 272 98%

NO 5 2%

Total 277 100%

Análisis e interpretación de resultados

En 98% de los abogados encuestados considera que sí se debe capacitar a los operadores de justicia respecto de la aplicabilidad del derecho a la resistencia, el 2% considera que no. La capacitación es fundamental en ésta área a fin de que no se vulnere los derechos de las personas naturales o jurídicas.

98% 2%

SI NO

Figura 7 capacitación a la los operadores de justicia Elaborado por: Mayra Anrrango

PREGUNTA 8

¿Considera usted que para la aplicabilidad del derecho a la resistencia se deberían dictar una normativa para regular su procedimiento?

Tabla 8 Normativa para regular el derecho a la resistencia.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 277 100%

NO 0 0%

Total 277 100%

Análisis e interpretación de resultados

El 100% de encuestados manifiestan para que la aplicabilidad del derecho a la resistencia se debería dictar una norma para que regule este procedimiento y no sea vulnerado.

100% 0%

SI NO

Figura 8 Normativa para regular el derecho a la resistencia.

PREGUNTA 9

¿Cree usted que el Art. 98 de la Constitución de la República contiene vacíos legales que impiden que los individuos y colectivos sociales puedan demandar el reconocimientos de nuevos derechos ante las autoridades constitucionales o judiciales del Ecuador?

Tabla 9 El Art. 98 de la Constitución de la República contiene vacíos legales.

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 277 100%

NO 0 0%

Total 277 100%

Figura 9 El Art. 98 de la Constitución de la República contiene vacíos legales. Elaborado por: Mayra Anrrango

Análisis e interpretación de resultados

El 100% manifiesta la existencia de un vacío legal en el Art. 98 de constitución es evidente que la falta de aplicación y respeto al derecho a la resistencia se da por la falta de señalamiento del trámite judicial respectivo que permita que el gobierno y terceras personas dejen de ejercer acciones antidemocráticas en contra de los sectores vulnerables del Ecuador

100% 0%

PREGUNTA 10

¿Estaría usted de acuerdo en agregar un artículo innumerado en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en la cual se indique el trámite judicial que debe tener el derecho a la resistencia?

Tabla 10 Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional

Análisis e interpretación de resultados

El 100% de los encuestados están de acuerdo en que se agregue un artículo innumerado para establecer el trámite judicial que debe aplicarse para hacer efectivo el Derecho a la Resistencia para frenar el poder ilegítimo del estado y garantizar la creación de nuevos derechos humanos que puedan ser alegados por los colectivos humanos en el Ecuador.

100% 0%

SI NO

Alternativa Respuesta Porcentaje

SI 277 100%

NO 0 0%

Total 277 100%

Figura 10 Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Elaborado por: Mayra Anrrango