4. IDENTIFICACIÓN DE LOS DETERMINANTES
4.3. Análisis y valoración de los determinantes
Como ya se ha explicado en el segundo apartado del presente estudio, el objeto de la modificación es incorporar a la ciudad un espacio portuario en desuso, regularizar las dotaciones y equipamientos existentes, mejorar el sistema viario y dotar de nuevos usos residenciales y hoteleros a la zona.
Para evaluar el impacto sobre la salud de la modificación es preciso identificar, previamente, las determinaciones que pueden provocar dichos impactos. Se toma como base para dicho análisis para ello las determinaciones tipo del Estudio Ambiental Estratégico.
A partir de lo expuesto anteriormente, la interacción de la Modificación con los aspectos identificados en la lista chequeo (tabla 21) queda limitada a algunas determinaciones indirectas relativas con el acceso a servicios, el diseño urbano y la convivencia social.
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Tabla 21 Criterios para definir las acciones tipo susceptibles de generar impactos2
ACCION IMPACTO
Acciones que modifican el uso del suelo Por nuevas ocupaciones
Por desplazamiento de la población Implican emisión de contaminantes A la atmósfera
A las aguas continentales o marinas
Al suelo
En forma de residuos sólidos Derivadas del almacenamiento de residuos Dentro del núcleo de la actividad
Transporte
Vertedero
Almacenes especiales Implican sobreexplotación de recursos Materias primas
Consumos energéticos
Consumos del agua Actúan sobre el medio biótico Emigración
Disminución
Aniquilación Dan lugar al deterioro del paisaje Topografía y suelo
Vegetación
Agua
Naturalidad
Singularidad Repercuten sobre las infraestructuras
Modifican el medio socio-económico y cultural Provocan el incumplimiento de la normativa vigente
Zonas verdes/Espacios vacíos/Espacio de uso público
En relación a este factor, la modificación mantiene califica como zona verde de sistema general el suelo del Pinar de Las Dunas perteneciente al ámbito y se mantiene el uso dotacional del Polideportivo, que se adscribe en su mayor parte a Sistema General. Asimismo, se califica como dotacional el suelo situado junto a la entrada del camping de Las Dunas. El resto de los suelos dotacionales se disponen integrados en el parque y enfrentados con el Polideportivo actual, formándose un gran conjunto dotacional que puede funcionar de forma conjunta o separada. Esta propuesta de intervención contribuye a la práctica de actividades deportivas y a la realización de ejercicio, el esparcimiento y el ocio, factores determinantes clave para la salud en el núcleo urbano de El Puerto de Santa María. Igualmente, la protección de la zona verde mejora las condiciones ambientales del entorno y reduce el impacto de los posibles riesgos costeros (atenuados ya de por si por las obras defensa marítimas existentes en la zona).
Por todo lo anterior, se considera que el resultado global es NO SIGNIFICATIVO.
Movilidad sostenible/Acceso a servicios
En relación a los servicios y equipamientos públicos, la ordenación destina un 63,70% del suelo a dotaciones, sin contar el dedicado a viario o aparcamiento, por lo que se satisfacen sobradamente los estándares de obligado cumplimiento.
2 Conesa Fernández, Vicente (1997). Auditorias medioambientales, guía metodológica. Pág. 172-173 Mundiprensa. Madrid.
3 La modificación plantea una importante reordenación del sistema viario en la zona, orientado a mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida, ampliar el acerado y la superficie de suelo peatonal, la dotación de plazas de aparcamiento para cubrir la demanda asociada a los equipamientos existentes en la zona y la extensión de carriles bicis, dándole continuidad a la red existen en el ámbito.
En lo que respecta a la dotación de aparcamiento en vía pública total de 632 plazas, que supera el estándar de la LOUA y permite atender la demanda de la playa y del Polideportivo, y ampliar la oferta de la que disponen en la actualidad las viviendas de las calles Boya y Faro.
Igualmente, la Modificación tiene una incidencia nula en la propuesta de movilidad del PGOU, ya que no afecta ni a la estructura viaria, ni a la jerarquía, ni al modelo de transporte previstos en el planeamiento municipal. Todo el viario de nuevo trazado pertenece al nivel más bajo de la jerarquía viaria y se diseña como calles de tráfico calmado.
El diseño integrado
En base a lo anterior, el resultado global es NO SIGNIFICATIVO.
Diseño y ocupación del territorio
En cuanto a los factores relacionados con el diseño urbano y la ocupación del espacio la modificación plantea, entre otras cuestiones, mejorar las dotaciones de la ciudad mediante la obtención de espacios libres y suelo para equipamiento, rematar la trama urbana mediante una actuación singular que marque la unión de la avenida de Bajamar y el paseo marítimo de La Puntilla, mejorar la integración en su entorno de los bloques de vivienda situados en el borde de la avenida de Menesteo, mejorar el acceso a las dotaciones deportivas existentes desde el borde del río, integrar funcional y paisajísticamente el ámbito tanto en el futuro paseo fluvial como en el paseo marítimo, incrementando con ello su atractivo funcional y visual e incrementar la oferta de vivienda protegida del municipio.
Se trata, en su conjunto, de una intervención integrada e integradora que aspira a consolidar los equipamientos existentes y los espacios libres del ámbito, resolviendo la conexión del núcleo urbano de El Puerto entre la margen derecha del Guadalete y la playa de la Puntilla.
Hay que reseñar la propuesta de diseño de los accesos al parque que constituye el centro de la ordenación. Dada la conveniencia de mantener la superficie arbolada existente y la disposición del arbolado, el acceso al parque debe producirse a lo largo de su perímetro sin que se establezcan uno o varios puntos de acceso unidos por sendas peatonales, como es común en los jardines. Por ello el parque está rodeado en tres de sus frentes por acerado continúo. El parque dispone así de acceso directo continúo en tres de sus bordes, conectándose con la avenida de Menesteo mediante dos espacios libres laterales, en los que podrán instalarse áreas estanciales de apoyo al parque.
En otro orden, la propuesta de usos residenciales está orientada exclusivamente a la promoción de vivienda pública, satisfaciendo la demanda y ubicando este tipo de inmuebles en una zona de inmejorables condiciones ambientales y paisajísticas por la proximidad del litoral. Esto contribuye a la mejora de las condiciones de vida de las personas que vayan a habitar la zona y, por ende, son un factor determinante de salud.
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Metabolismo urbano
El ámbito dispone de conexión a redes de servicios con capacidad suficiente para la demanda previsible, por lo que no es preciso la construcción o refuerzo de las redes generales de abastecimiento, saneamiento de pluviales y residuales, energía o telecomunicaciones con que han de conectar las redes interiores del ámbito.
Se ha considerado una incidencia media relacionada con la cercanía a fuentes de contaminantes del aire, asociada a la estación de servicio o las actividades portuarias, y fuentes de contaminación acústica vinculadas esencialmente al tráfico en la zona y la afluencia de visitantes a la playa de la Puntilla y los equipamientos deportivos de la zona.
En general se considera que resulta razonable esperar que, debido a la modificación, se pueda producir una alteración en los determinantes relacionados con las condiciones ambientales del entorno, pero que desde luego no serán significativos. Por ello se ha considerado que el resultado global es NO SIGNIFICATIVO.
Convivencia social
En cuanto a las determinaciones relacionadas con la convivencia social, la modificación contribuye positivamente a ofrecer respuestas de alojamiento a personas en riesgo de exclusión o desarraigo social, con el establecimiento del uso residencial destinado a viviendas de promoción pública. Esto a su vez, de forma sinérgica, es un elemento que contribuya a mejorar la relación de viviendas con suficiente calidad y variedad que promuevan la heterogeneidad social en el término municipal.
Tal como se ha especificado en el documento urbanístico, el suelo delimitado por la Rotonda de La Puntilla, el Paseo Poeta José Luis Tejada y la calle Boya se destina a uso residencial vivienda colectiva, en su variante de vivienda sujeta a algún régimen de protección, por considerarlo el tipo más adecuado para suelos que han pertenecido al dominio público. La tipología asignada es bloque abierto marcando alineación, que permite configurar frentes de calle continuos y resolver viviendas con ventilación cruzada.
La propuesta de reordenación del sistema viario y ampliación del acerado está destinada, entre otras cuestiones, a facilitar el acceso a personas con movilidad reducida.
En cuanto al empleo local y el desarrollo económico, la parcela meridional, rodeada de viario en todo su perímetro y con frente a la playa de La Puntilla y al paseo fluvial se destina a actividades económicas, en su categoría de establecimiento hotelero, buscando mejorar la oferta turística del municipio y, con ello, contribuir a la mejora del empleo.
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