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4. ANEJOS A LA MEMORIA

4.2. ANEJO 2 DB-SI SEGURIDAD CONTRA-INCENDIOS

4.2.1.1.

COMPARTIMENTACIÓN EN SECTORES DE INCENDIO

Los edificios se deben compartimentar en sectores de incendio según las condiciones que se establecen en la tabla 1.1 de esta Sección. Las superficies máximas indicadas en dicha tabla para los sectores de incendio pueden duplicarse cuando estén protegidos con una instalación automática de extinción.

Como la superficie construida de la vivienda objeto de este proyecto no sobrepasa los 2.500 m2 podemos considerar la edificación de la vivienda como un único sector de incendio. La edificación anexa, en la que se encuentra el garaje, tendrá consideración de otro sector de incendio independiente.

La resistencia al fuego de los elementos separadores de los sectores de incendio debe satisfacer las condiciones que se establecen en la tabla 1.2 de esta Sección. Como alternativa, cuando, conforme a lo establecido en la Sección SI 6, se

Autor:Bruno Ferreiro López 81

haya adoptado el tiempo equivalente de exposición al fuego para los elementos estructurales, podrá adoptarse ese mismo tiempo para la resistencia al fuego que deben aportar los elementos separadores de los sectores de incendio.

Considerando el uso residencial privado al que va estar destinada la vivienda, y teniendo en cuenta que la altura máxima de la vivienda es inferior a 15 metros, la resistencia de los elementos separadores en paredes y techos queda establecida en EI 60.

4.2.1.2.

LOCALES Y ZONAS DE RIESGO ESPECIAL

No existen en la vivienda objeto del proyecto ni locales ni zonas de riesgo especial a los cuales les sea de aplicación este apartado de la normativa.

4.2.1.3.

ESPACIOS OCULTOS

La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables debe tener continuidad en los espacios ocultos, tales como patinillos, cámaras, falsos techos, suelos elevados, etc., salvo cuando éstos estén compartimentados respecto de los primeros al menos con la misma resistencia al fuego, pudiendo reducirse ésta a la mitad en los registros para mantenimiento.

4.2.1.4.

REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS, DECORATIVOS Y

DE MOBILIARIO

Autor:Bruno Ferreiro López 82

regletas, armarios, etc.) se regulan en su reglamentación específica.

4.2.2.SI 2 - PROPAGACIÓN EXTERIOR

Se establecen los ángulos y las distancias mínimas a tener en cuenta con las fachadas colindantes, así como la clase de reacción al fuego de los materiales que forman la fachada y la cubierta.

Se trata de una vivienda unifamiliar aislada en todo su perímetro, excluyendo parte de la fachada nordeste, la cual se ve afectada por una medianería entre dos edificaciones. Dicha medianera debe de cumplir una resistencia al fuego de al menos EI 120.

Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta, ya sea entre dos edificios colindantes, ya sea en un mismo edificio, esta tendrá una resistencia al fuego EI 60, como mínimo, en una franja de 0,50 m de anchura medida desde el edificio colindante, así como en una franja de 1,00 m de anchura situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto. Como alternativa a la condición anterior puede optarse por prolongar la medianería o el elemento compartimentador 0,60 m por encima del acabado de la cubierta.

4.2.3.SI 3 EVACUACIÓN DE OCUPANTES

4.2.3.1.

COMPATIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS DE EVACUACIÓN

Los elementos de evacuación de la edificación objeto del proyecto no deben de cumplir ninguna condición especial de este apartado por tratarse de una vivienda destinada a uso residencial privado.

4.2.3.2.

CÁLCULO DE LA OCUPACIÓN

Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, etc. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la tabla se deben aplicar los valores correspondientes a los que sean más asimilables.

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Sabiendo que la superficie útil de la vivienda es de 204.30 m2 repartidos en dos plantas, aplicando un porcentaje de

ocupación de 20m2/personas en cada planta obtenemos una ocupación de 5 personas.

4.2.3.3.

NÚMERO DE SALIDAS Y LONGITUD DE LOS RECORRIDOS DE EVACUACIÓN

En la tabla 3.1 se indica el número de salidas que debe haber en cada caso, como mínimo, así como la longitud de los recorridos de evacuación hasta ellas.

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Se admite una única salida de planta al no exceder la ocupación del recinto en más de 100 personas. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede 50 metros si se trata de una planta, incluso de uso Aparcamiento, que tiene una salida directa al espacio exterior seguro al no exceder la ocupación en más de 25 personas.

4.2.3.4.

DIMENSIONADO DE LOS MEDIOS DE EVACUACIÓN

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Quedan dimensionados los elementos de evacuación de la siguiente manera:

DIMENSIONADO ELEMENTOS EVACUACIÓN

PUERTAS Y PASOS A ≥ P / 200 ≥ 0,80 m

PASILLOS Y RAMPAS A ≥ P / 200 ≥ 1,00 m

ESCALERA NO PROT.

Ascendente A ≥ P / 160

Descendente A ≥ P / (160-10h)

4.2.3.5.

PROTECCIÓN DE LAS ESCALERAS

En la tabla 5.1 se indican las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras previstas para evacuación.

El recorrido de evacuación en altura al ser inferior a 14 metros la única escalera que se compone en la vivienda de uso residencial vivienda será de carácter no protegida.

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No se tendrán en cuenta ninguno de los criterios de este apartada porque el numero de ocupación de personas de la vivienda (5) es menor de las 50 personas de ocupación que imponen los criterios de este documento.

4.2.3.7.

SEÑALIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE EVACUACIÓN

Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio.

No es necesaria la colocación de ningún tipo de señalización por tratarse de una edificación destina a uso residencial de vivienda, destacado en el apartado anterior.

4.2.3.8.

CONTROL DE HUMO DE INCENDIO

No se prevee la instalación de ningún sistema de control de humo de incendio al no encontrarse la vivienda objeto del proyecto en ninguno de los casos supuestos de la normativa aplicable.

4.2.4.SI 4 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

4.2.4.1.

DOTACIÓN DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

Los edificios deben disponer de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en la tabla 1.1. El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales,

componentes y equipos, deben cumplir lo establecido, tanto en el artículo 3.1 de este CTE, como en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le sea de aplicación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado reglamento.

Autor:Bruno Ferreiro López 87

Al tratarse de un edificio de uso residencial vivienda con una superficie inferior a 2000 m2, y una altura inferior a 24 m, únicamente le es de aplicación la instalación de extintores portátiles, a razón de uno a 15 metros del recorrido desde todo origen de evacuación.

4.2.4.2.

SEÑALIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES MANUALES DE PROTECCIÓN CONTRA

INCENDIOS

Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, hidrantes exteriores, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se deben señalizar mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño sea: a) 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m; b) 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m; c) 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.

Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean

fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa debe cumplir lo establecido en la norma UNE 23035-4:2003.

4.2.5.SI 5 INTERVENCIÓN DE LOS BOMBEROS

4.2.5.1.

CONDICIONES DE APROXIMACIÓN Y ENTORNO

Aproximación a los edificios

Como la altura de evacuación descendente es inferior a 9 metros no es necesaria la justificación del apartado de aproximación a los edificios del DB SI5.

Entorno de los edificios

Como la altura de evacuación descendente es inferior a 9 metros no es necesaria la justificación del apartado de entorno de los edificios del DB SI5.

4.2.5.2.

ACCESIBILIDAD POR FACHADA

Como la altura de evacuación descendente es inferior a 9 metros no es necesaria la justificación del apartado de accesibilidad por fachada del DB SI5.

4.2.6.SI 6 RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA

La elevación de la temperatura que se produce como consecuencia de un incendio en un edificio afecta a su estructura de dos formas diferentes. Por un lado, los materiales ven afectadas sus propiedades, modificándose de forma importante su capacidad mecánica. Por otro, aparecen acciones indirectas como consecuencia de las deformaciones de los elementos, que generalmente dan lugar a tensiones que se suman a las debidas a otras acciones.

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soportes), es suficiente si alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura.

Se considera, para cumplimiento de esta normativa y para la de seguridad estructural, una resistencia de la estructura R 30.

En Negreira, a 27 de Julio de 2018

Autor:Bruno Ferreiro López 89

4.3.

ANEJO 3. DB-SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y