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reglamentación concurso docente

2006-2009*

Año Acto

Administrativo

Observaciones

2006 Resolución 391 - Reglamentación inicial

2006 Resolución 813 - Deroga Resolución 391 de 2006.

- Autorización a los Consejos de Centro o Institutos para convocar a concurso.

- Los grupos de investigación tipo A, deben participar en la definición de perfiles.

- Precisión de duración de etapas y reclamaciones.

- Si en cualquier etapa del concurso se verifica que el aspirante no cumple los requisitos, se excluirá del concurso.

- Verificación de la Vicerrectoría General para que los puntajes de hoja de vida, en situaciones similares o iguales áreas del conocimiento, se dé el mismo tratamiento.

- Constancia escrita de la evaluación realizada durante la entrevista por parte de los jurados.

2007 Resolución 311 - Deroga Resolución 813 de 2006.

- Garantizar mayor eficiencia en la gestión académico-administrativa. - Coordinador en cada Sede de Presencia Nacional, Facultad o

Instituto.

- Aspirante no puede conocer el nombre de los jurados de las pruebas, excepto cuando la condición de la prueba así lo amerite (entrevista).

- Certificado de disponibilidad presupuestal de la unidad convocante, que garantice los recursos para gastos operativos del concurso. - Gerencia Nacional Financiera y Administrativa debe certificar

disponibilidad presupuestal para los cargos objeto del concurso. - Se suprime participación de grupos de investigación tipo A en la

definición de perfiles.

idioma, al igual que certificado de conocimiento del idioma español para extranjeros, hasta antes de la posesión.

- Aspirantes en el exterior pueden enviar documentación por medios electrónicos.

- Valoración de conceptos académicos.

- Presentación pública sobre temas propuestos por la facultad, no por el aspirante.

2007 Resolución 1531

- Deroga Resolución 311 de 2007.

- Apoyo especial de la Coordinación Nacional del Concurso y la División de Personal Académico.

- Se suprime certificación presupuestal de la Gerencia.

- Unidades que convocan deben presentar constancia de que los nuevos docentes contarán con la infraestructura necesaria para desempeñar sus funciones.

- Se establece apoyo permanente de la Coordinación del concurso docente y la Dirección Nacional de Personal a las unidades convocantes, en la etapa de verificación de la documentación. - Se diferencia la presentación pública de la entrevista (esta última

puede contar con el apoyo técnico de expertos)

- Aspirantes serán excluidos del proceso si el anteproyecto de investigación o la propuesta del programa docente no son de autoría.

- Posesiones se deben efectuar al inicio del periodo académico siguiente a la finalización del concurso.

2008 Resolución 932 - Deroga Resolución 1531 de 2007.

- Comité de apoyo y seguimiento al concurso coordinado por la Vicerrectoría Académica

- Conceptos académicos sólo evaluados en caso de empate. La no presentación de conceptos no es causal de exclusión del concurso. - En el área de interpretación en música, presentación pública y

entrevista tienen puntaje mayor.

2009 Resolución 842 - Deroga Resolución 932 de 2008.

- Al finalizar el concurso se debe evaluar y como consecuencia se plantean modificaciones a la reglamentación.

- Comité de apoyo y seguimiento pasa a ser coordinado por la Vicerrectoría General.

- Los Directores deben presentar constancia de compromiso para recibir y dar acompañamiento a los docentes nuevos.

- Justificación de convocatorias que permitan la vinculación de docentes en la categoría de Profesor Auxiliar.

- Establecimiento de perfiles de acuerdo con el Plan de Desarrollo Institucional y las proyecciones del mismo en la instancia convocante.

- Experiencia profesional contada a partir de la expedición de la matrícula profesional, cuando la Ley así lo exija.

- Asignación de puntaje al conocimiento del segundo idioma.

- La presentación pública vuelve a ser sobre un tema propuesto por el aspirante.

- En caso de concesión de prórroga a un ganador, la calidad del elegible se conservará hasta el término del segundo mes posterior

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al vencimiento de la prórroga.

- Coordinación del concurso de la unidad convocante se encarga del archivo de la información del concurso y por lo tanto de las solicitudes de información.

*Fuente: Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos – Universidad Nacional de Colombia: http://www.legal.unal.edu.co/sisjurun/portal/home.jsp, Coordinación Nacional del Concurso Docente

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