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Armonizado Global (GHS)

Este proyecto se encuentra detenido a la espera de que la Comisión adopte la implementación del Sistema Armonizado Global (Global Harmonised System).

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5.3.7

RIP 3.7: Guia para la preparación del Dossier de Solicitud

de Autorización (Application Dossier for Authorisation)

Este documento pretende ofrecer a la industria toda la información necesaria en el proceso que debe seguir para solicitar la autorización y cómo se debe preparar esta misma. En particular, en los siguientes puntos se prestará especial atención dentro de la guía: · Identificación y análisis de sustancias o tecnologías alternativas, incluyendo los

requerimientos mínimos y como valorar técnica y económicamente la viabilidad de estas alternativas.

· Preparación de planes de sustitución.

Además incluirá recomendaciones sobre como terceras partes deben preparar la información relativa a estas alternativas y notificársela a la Agencia.

5.3.8

RIP 3.8: Guía sobre cómo cumplimentar los Requisitos para Artículos

El objetivo es proporcionar directrices a los productores e importadores de artículos sobre si tienen o no obligaciones, de acuerdo con el artículo 7 y 33 de REACH. Este proyecto se finalizó en mayo de 2006 y está disponible en la página web de ECB. El borrador de la guía 3.8 estuvo disponible para los miembros de REACH en mayo 2006. Como se indicaba claramente en la página inicial de la guía, y fue comunicado a los integrantes de los grupos de trabajo durante el proyecto 3.8, esta no era la guía final. El borrador fue remitido, como otras guías de REACH, al Comité Técnico sobre Nuevas y Existentes Sustancias (TC NES) para que dieran sus comentarios por escrito y también se debatiera en una sesión del Grupo de Trabajo sobre Estrategia de Reducción de Riesgos (RRSM/LWG). También se hizo una consulta más amplia a través de la página web de ECB. Los comentarios recibidos fueron analizados por la Comisión y, los más relevantes, fueron incluidos en el borrador que se presentó en el Grupo de Trabajo de la Comisión sobre la preparación de REACH (CWG) en noviembre 2006. El CWG tuvo dos objeciones principales al texto:

· Si el 0,1% del contenido SVHC33para artículos producidos o importados se refiere a

todo el artículo o aplica también a cada parte homogénea.

· Si alguno de los casos discutidos en la guía que están en la frontera no deberían estar dentro del Artículo 6 en lugar de en el 7.

Para aclararlo el CWG creó una subcomisión para trabajar en ello, compuesta por participantes de los Estados Miembros, Organizaciones No Gubernamentales,

organizaciones industriales y Servicios de la Comisión. La primera reunión se realizó en febrero 2007 y sus resultados se presentaron a CWG en marzo, en Bruselas. Respecto a la interpretación legal del límite del 0,1% de SVHC, la Comisión ha buscado ayuda internamente en su Servicio Legal (CLS) para que lo analice.

Algunos de estos casos que se trataron y que pueden estar en el límite de lo considerables son los siguientes:

· Los aerosoles contenidos en las latas de spray. · La tinta de los cartuchos de impresora.

· La pólvora contenida en pequeños cartuchos (petardos). · Los líquidos de los termómetros.

· Los ácidos de las baterías de los automóviles. · Los aromatizadores de gomas de borrar. · Los pañuelos húmedos.

· La tinta incluida en cintas. · El papel carbón.

· Las cintas adhesivas.

Para estos casos la Comisión ha previsto el siguiente procedimiento:

· Basado en los principios generales y en las discusiones del subgrupo de CWG se ha decidido tratar individualmente cada uno de estos casos.

· Esto será comunicado a un amplio número de implicados, para que puedan alegar comentarios técnicos sobre estas materias. Por razones de trabajo la industria ha sido invitada a coordinar los comentarios internamente antes de discutirlo con la Comisión. · Basado en los comentarios recibidos la comisión hará una recomendación final para

saber cómo se tratan estos casos en la guía RIP 3.8.

Dado que este tipo de casos irán apareciendo constantemente, la Comisión recomienda que, en este momento, se le comuniquen al responsable34de la DG ENTR. La forma de

resolverlos de forma general no está clara todavía. Una opción puede ser crear un “anexo dinámico” dentro de la guía 3.8 que cubra estos casos.

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La guía final se actualizará con los siguientes contenidos: · El texto legal definitivo de REACH.

· Los comentarios escritos recibidos en septiembre 2006 y los comentarios que sobre ellos se realizaron.

· Las discusiones y resultados obtenidos de la reunión de CWG en noviembre 2006. · Los resultados del subgrupo de CWG en la reunión de febrero 2007.

· Los casos descritos anteriormente que está en la frontera.

·Los resultados de los reuniones de la Comisión y CWG sobre el contenido del 0,1% de SVHC

5.3.9

RIP 3.9: Guía para llevar a cabo Análisis Socio-Económicos (SEA)

Su objetivo es desarrollar una guía para aquellas organizaciones que realice SEA o que provean de información para ellos durantes la creación de procedimientos de Autorización o Restricción dentro de REACH.

El proyecto se ha dividido de dos áreas:

· Estudio preliminar (RIP 3.9-1): marzo 2005-febrero 2006. Este estudio está disponible en la página web de ECB.

· Estudio principal (3.9-2): Esta parte se comenzó en noviembre de 2006 y tiene previsto una duración de doce meses.

El resultado que se esperan del proyecto RIP 3.9-1 es la creación de un marco para desarrollar los SEA dentro de REACH (parte A) y un documento de información general (parte B) poniendo de relieve el estado del arte de las metodología para hacer estos informes en el área química.

Algunas de las cuestiones que se han abordado son las siguientes: · Necesidad de una guía específica para cada tipo de organización. · Alcance del análisis y condiciones de contorno.

· Cómo abordar incertidumbres. · Presentación de los resultados.

RIP 3.9-2 tiene como objetivo desarrollar el borrador final del documento para distribuirlo entre las organizaciones involucradas en preparar estos informes o proporcionar información para ellos. Una tarea muy importante es proporcionar casos de análisis tanto de la industria

como de los Estados Miembros a partir de los resultados de 3.9-1. Una parte importante de las empresas y Estados Miembros que han participado en la primera parte están interesado proporcionarlos. Otras partes interesadas en proporcionarlos pueden hacerlo en estos momentos enviándolos por correo electrónico35.

Se espera que estos casos proporcionen un conocimiento empírico del proceso y ayuden a redactar ejemplos para la guía final. Esta guía final incluirá recomendaciones específicas para cada tipo de organización.

5.3.10

RIP 3.10: Guía para Identificar y Nombrar sustancias en REACH

La guía para identificar y nombrar sustancias en REACH fue objeto de un concurso y finalmente se contrató en diciembre de 2004 a Royal Haskoning (Haskoning Nederlands BV). Durante el año 2005 se realizaron tres reuniones con expertos de las Autoridades Competentes (AT, CZ, DE, FR, NL, PL, UK y RO) y de la industria (CEFIC, COCAWE y la Alianza REACH). Para obtener información adicional el coordinador organizó dos reuniones más con el Grupo de Expertos Industriales (IEG) en el que había 10 representantes de agrupaciones industriales.

El informe final se envió en diciembre 2005. No obstante el documento se completó posteriormente con información de JRC/ECB. El documento final se envió en julio de 2006 a TC NES y simultáneamente se hizo público en la web de ECB. Los comentarios recibidos por las asociaciones industriales y Autoridades Competentes se discutieron en una reunión en septiembre de 2005. Las discusiones se centraron en cinco puntos: · Recomendaciones sobre sustancias multi-constituyente.

· Borrado de algunos de los ejemplos. · Identificación de enzimas.

· Si se deberían incluir recomendaciones sobre nanomateriales. · La regla 80/20

El documento se presentó al CWG en noviembre de 2006 en Helsinki. Debido a algunas puntualizaciones que allí se hicieron, ECB consideró estos comentarios para su inclusión en el documento final.

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5.4

RIP 4 – Guías: