Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 27 de septiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 802/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 62835-SG-2012.-
VISTO, el expediente Nº 62835-SG-2012 perteneciente al Sr.
RODRIGUEZ VICTORINO y,
CONSIDERANDO
QUE, mediante Resolución Nº 1164/2014, la Dirección General de
Habilitaciones ha certificado el cese de actividad comercial del local, dedicado al rubro: VENTA DE ARTESANIAS DE MADERA, ubicado en CASEROS N° 434 de esta ciudad.-
QUE, a fojas 52 rola dictamen N° 2625 emitido por la Dirección Legal
de Habilitaciones donde manifiesta que se proceda a la rectificación.-
QUE, por un error involuntario se consignó como N° DE EXPEDIENTE
62835-SG-2013 cuando en realidad correspondía 62835-SG-2012.-
QUE, a efectos de subsanar tal error, es necesaria la emisión del
correspondiente instrumento legal.-
POR ELLO:
LA DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR la Resolución Nº 1164/2014 de fecha
13/11/2014 de la Dirección General de Habilitaciones.
ARTICULO 2º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro VENTA DE ARTESANIAS DE MADERA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 79.738 del Sr. RODRIGUEZ VICTORINO, con DNI Nº 12.430.643, ubicado en ubicado en CASEROS N°434 de esta ciudad.- , con fecha 30/09/2012, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 27 de septiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 803/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 34135-SG-2010.-
VISTO, el expediente Nº 34135-SG-2010 perteneciente a la Sra.
SCHEJ CAROLINA y,
CONSIDERANDO
QUE, mediante Resolución Nº 1299/2014, la Dirección General de
Habilitaciones ha certificado el cese de actividad comercial del local, dedicado al rubro: VENTA DE ROPA NUEVA (LENCERIA), ubicado en GRAL. ALVARADO N° 724 de esta ciudad.-
QUE, a fojas 61 rola dictamen N° 2623 emitido por la Dirección Legal
de Habilitaciones donde manifiesta que se proceda a la rectificación.-
QUE, por un error involuntario se consignó como Dirección, GRAL
ALVARADO N° 726 cuando en realidad correspondía GRAL. ALVARADO N° 724
QUE, a efectos de subsanar tal error, es necesaria la emisión del
correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
LA DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR la Resolución Nº 1299/2014 de fecha
04/12/2014 de la Dirección General de Habilitaciones.
ARTICULO 2º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro VENTA DE ROPA NUEVA (LENCERIA), Inscripto en el Padrón Comercial Nº 74866 de la Sra. SCHEJ CAROLINA, con DNI Nº 25.801.649, ubicado en ubicado en GRAL. ALVARADO N° 724 de esta ciudad.- , con fecha 30/06/2010, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 27 de septiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 804/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 194664-SG-2008.-
VISTO, el expediente Nº 194664-SG-2008 perteneciente a la Firma. LA
TIA LETI SRL y,
CONSIDERANDO
QUE, mediante Resolución Nº 1408/2014, la Dirección General de
Habilitaciones ha certificado el cese de actividad comercial del local, dedicado al rubro: SERVICIO DE SERIGRAFIA, ubicado en ESPANA N° 204 de esta ciudad.-
QUE, a fojas 40 rola dictamen N° 2624 emitido por la Dirección Legal
de Habilitaciones donde manifiesta que se proceda a la rectificación.-
QUE, por un error involuntario se consignó como Nombre del titular, LA
QUE, a efectos de subsanar tal error, es necesaria la emisión del
correspondiente instrumento legal.-
POR ELLO:
LA DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR la Resolución Nº 1408/2014 de fecha
19/12/2014 de la Dirección General de Habilitaciones.-
ARTICULO 2º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro SERVICCIO DE SERIGRAFIA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 74312 de la Firma, LA TIA LETI SRL, con CUIL Nº 30-71013466-5, ubicado en GRAL ESPANA N° 204 de esta ciudad.- , con fecha 28/11/2008, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar.- Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 27 de septiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 805/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº X2007011671.-
VISTO, el expediente Nº X2007011671. Perteneciente a la Sra.
POSADA ANA MARIA y,
CONSIDERANDO
QUE, mediante Resolución Nº 211/2014, la Dirección General de
Habilitaciones ha certificado el cese de actividad comercial del local, dedicado al rubro: DESPENSA, ubicado en ZUVIRIA N° 2097 de esta ciudad.-
QUE, a fojas 42 rola dictamen N° 2622 emitido por la Dirección Legal
de Habilitaciones donde manifiesta que se proceda a la rectificación.-
QUE, por un error involuntario se consignó como Nombre del titular,
POSADAS ANA MARIA cuando en realidad correspondía POSADA ANA MARIA.-
QUE, a efectos de subsanar tal error, es necesaria la emisión del
correspondiente instrumento legal.
POR ELLO:
LA DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR la Resolución Nº 211/2014 de fecha
27/01/2014 de la Dirección General de Habilitaciones.-
ARTICULO 2º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro DESPENSA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 64317 de la Sra. POSADA ANA MAARIA, con DNI Nº 13.578.888, ubicado en ZUVIRIA N° 2097 de esta ciudad, con fecha 30/03/2008, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 27 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 806/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 32401-SH-2009.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra.,
SARMIENTO MARTA MERCEDES, con DNI Nº 11.944.662, tramita la Baja a partir del 29/05/2009, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 40.297, bajo el Rubro: VENTA DE DIARIOS - REVISTAS - CIGARRILLOS - SUB AGENCIA DE TOMBOLA- QUINI 6- BEBIDAS ENVASADAS, ubicado en AV SAN MARTIN Nº 992 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 66 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 67 existe Orden de Inspección Nº 053478 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro VENTA DE DIARIOS - REVISTAS - CIGARRILLOS - SUB AGENCIA DE TOMBOLA- QUINI 6- BEBIDAS ENVASADAS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 40.297 de propiedad de la Sra. SARMIENTO MARIA MERCEDES, con DNI Nº 11.944.662, ubicado en AV SAN MARTIN Nº 992, de esta ciudad, con fecha 29/05/2009, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar.
Campo
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 807/16
SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 26557-SG-2014.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma,
PINTURERIA AMERICA SRL, con CUIT Nº 30-6812374-8, tramita la Baja a partir del 28/02/2014, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 81.765, bajo el Rubro: PINTURERIA - PREPARADOS, ubicado en AV VIRREY TOLEDO Nº 1025 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 53 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 61 existe Orden de Inspección Nº 054794 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro PINTURERIA - PREPARADOS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 81.765 de propiedad de la Firma PINTURERIA AMERICA SRL, con CUIT Nº 30- 6812374-8, ubicado en AV VIRREY TOLEDO Nº 1025, de esta ciudad, con fecha 28/02/2014, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 808/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 84519-SG-2015.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., BRIZUELA
NORA MYRIAM, con DNI Nº 13.845.508, tramita la Baja a partir del 10/02/2001, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 62.209, bajo el Rubro: VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS, ubicado en SAN PABLO ESQ SAN PEDRO Bº SAN FRANCISCO de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 31 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 32 existe Orden de Inspección Nº 054794 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
.
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 62.209 de propiedad de la Sra. BRIZUELA NORA MYRIAM, con DNI Nº 13.845.508, ubicado en SAN PABLO ESQ SAN PEDRO Bº SAN FRANCISCO, de esta ciudad, con fecha 10/02/2001, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 809/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 67239-SG-2010.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., TRIGO
MARIA ELISA, con DNI Nº 25.885.407, tramita la Baja a partir del 29/12/2010, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 69.590, bajo el Rubro: ALMACEN, ubicado en MITRE Nº 1376 Bº EL PILAR de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 44 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 45 existe Orden de Inspección Nº 055061 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529,
por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro ALMACEN, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 69.590 de propiedad de la Sra. TRIGO MARIA ELISA, con DNI Nº 25.885.407, ubicado en MITRE Nº 1376 Bº EL PILAR, de esta ciudad, con fecha 29/12/2010, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 810/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 43942-SG-2011.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., CARRIZO
MARCELA DEL MILAGRO, con DNI Nº 20.707.144, tramita la Baja a partir del 15/06/2010, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 74.424, bajo el Rubro: OFICINA ADMINISTRATIVA, INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA, ubicado en AV BELGRANO Nº 1427 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 40 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 41 existe Orden de Inspección Nº 055061 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
.
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro OFICINA ADMINISTRATIVA, INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 74.424 de propiedad de la Sra. CARRIZO MARCELA DEL MILAGRO, con DNI Nº 20.707.144, ubicado en AV BELGRANO Nº 1427, de esta
ciudad, con fecha 15/06/2010, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar.- Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 811/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 65981-SG-2011.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual el Sr.,
TAMBOSCO NICOLINO, con DNI Nº 11.578.376, tramita la Baja a partir del 30/09/2011, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 52.388, bajo el Rubro: VENTA DE ROPA NUEVA Y ACCESORIOS, ubicado en BUENOS AIRES Nº 23 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 71 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 72 existe Orden de Inspección Nº 055061 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro VENTA DE ROPA NUEVA Y ACCESORIOS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 52.388 de propiedad del Sr. TAMBOSCO NICOLINO, con DNI Nº 11.578.376, ubicado en BUENOS AIRES Nº 23, de esta ciudad, con fecha 30/09/2011, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar.
Campo
SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 812/16
SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 80790-SG-2015.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., BECKER
LASTRA VICTORIA, con DNI Nº 14.303.810, tramita la Baja a partir del 20/11/2015, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 85.192, bajo el Rubro: VENTA DE ROPA NUEVA - ACCESORIOS - REGALERIA - MARROQUINERIA, ubicado en BALCARCE Nº 175, ESQ BELGRANO, LOCAL 3 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 42 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 43 existe Orden de Inspección Nº 055163 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del negocio que funcionaba bajo el rubro VENTA DE ROPA NUEVA - ACCESORIOS - REGALERIA - MARROUINERIA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 85.192 de propiedad de la Sra. BECKER LASTRA VICTORIA, con DNI Nº 14.303.810, ubicado en BALCARCE Nº 175, ESQ BELGRANO, LOCAL 3, de esta ciudad, con fecha 20/11/2015, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente
Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, PUBLICAR EN EL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL y archivar. Campo *-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-* SALTA, 28 de Setiembre de 2016 RESOLUCIÓN Nº 813/16 SECRETARÍA DE GOBIERNO SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 51232-SG-2015.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual el Sr., PAPA
MICHAEL GUSTAVO FEDERICO, con DNI Nº 29.334.334, tramita la Baja a partir del 20/07/2015, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 70.937, bajo el Rubro: ESCUELA DE PELUQUERIA, ubicado en MITRE Nº 318 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 43 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde
consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 44 existe Orden de Inspección Nº 055061 al Local Comercial
en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose
cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-