DESPACHO Y LEGISLACION
A.L.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro 7541-G-2012.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 1 8
VISTO la presentación efectuada en autos por Otto José GUTWEIN, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposibili- dad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;
Que las circunstancias del caso encuadran en los al- cances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3ºD), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 50%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abo- nado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Otto José GUTWEIN, con domicilio en José Mar- ía Moreno 774 (frente), de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 510.844.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.L.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
Ref.: Expte. Nro 2902-T-2009.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 1 9
VISTO la presentación efectuada en autos por Susana María Luisa ECKE, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otor- gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Susana María Luisa ECKE, con domicilio en Martín y Omar Nº 165 – Piso 6º Depto. “C”, de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 124.001.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.L.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
Ref.: Expte. Nro 4833-F-1989.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 0
VISTO la presentación efectuada en autos por Nélida Olga FRANCO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigen- tes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Gene- rales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otor- gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Nélida Olga FRANCO, con domicilio en Barrio San Isidro, Escalera 94, piso 3º, Depto. C, de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 613.399.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Ref. Expte. Nro. 9538-R-2014.-
SANISIDRO, 13 de octubre de 2015.
DECRETO NUMERO:
3021
VISTO la presentación efectuada en autos por el Sr. Antonia Rolón Caceres, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe imposi-
bilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales, en un 50%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que a la fe- cha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, al Sr. Antonia Rolón Caceres, con domicilio en San Lorenzo N° 1370 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 372.959.-
ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref. Expte. Nro. 560-P-2012.-
SANISIDRO, 13 de octubre de 2015.
DECRETO NUMERO:
3022
VISTO la presentación efectuada en autos por el Sr. Juan Carlos Perez, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe imposi-
bilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales, en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, al Sr. Juan Carlos Perez, con domicilio en Pueyrredon N° 2840, Piso 6, Dpto A, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 412.246.-
ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.F.
Ref. Expte. Nro. 1115-L-2003.-
SANISIDRO, 13 de octubre de 2015.
DECRETO NUMERO:
3023
VISTO la presentación efectuada en autos por el Sr. Carmen Teresa Bosarich (Usufructuaria), solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpie- za y Servicios Generales; y
Considerando:
QUE habiéndose comprobado que existe imposi-
bilidad del/la solicitante de cumplir con el pago antes citado, procede acceder a lo solicitado; QUE las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales, en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, al Sr. Carmen Teresa Bosarich (Usufructuaria), con domicilio en Pueyrredón N° 131 de la Ciudad de Martínez jurisdicción de este Partido, Cta. Cte Nº 350.506.-
ARTICULO 2º.- Dese conocimiento del presente acto administrativo a la Subdirección de ************* Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro 15785-C-1995.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 4
VISTO la presentación efectuada en autos por Julia Ángela CANTOLLA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otor- gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Julia Ángela CANTOLLA, con domicilio en Avellaneda 3350, de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 780.366.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Ref.: Expte. Nro 11086-M-2015.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 5
VISTO la presentación efectuada en autos por Bea- triz Dolores MOLINA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, res- pecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposibili- dad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicitado;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 50%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 50%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abo- nado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Beatriz Dolores MOLINA, con domicilio en José María Moreno Nº 496 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 510.784.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.L.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro 5150-C-2012.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 6
VISTO la presentación efectuada en autos por Emilio Marcos CAMPAGNA (Usufructuario), solicitando su inclusión dentro de los alcan- ces de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otor- gamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Emilio Marcos CAMPAGNA (Usufructuario), con domicilio en San Lorenzo Nº 1053, Planta Baja, Depto. 2 (fondo) de la ciudad de Martínez, ju- risdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 362.319.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Ref.: Expte. Nro 3868-B-2012.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 7
VISTO la presentación efectuada en autos por Luis Pablo BENEITEZ, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigen- tes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Gene- rales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Luis Pablo BENEITEZ, con domicilio en Catamarca 2570, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente Nro. 441.668.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
A.L.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. Nro 950-K-1998 Cuerpo 2.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 8
VISTO la presentación efectuada en autos por Adelina Fermina TOTERA, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3 D), por lo que procede el otorgamiento del beneficio solicitado en autos, en un 100%, año/s 2015;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTICULO 1°.- EXIMESE del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios ************** Generales en un 100%, año/s 2015, a excepción de las cuotas que se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a Adelina Fermina TOTERA, con domicilio en Juramento 2072 de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Parti- do, Cuenta Corriente Nro. 543.314.-
ARTICULO 2°.- Dése conocimiento del presente acto administrativo al Departamento de ************** Tasas inmobiliarias.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Ref.: Expte. Nro. 5094-J-2005. Alc. Nro. 3
SAN ISIDRO, 13 de octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 2 9
VISTO lo actuado en el presente expediente, y; Considerando:
QUE mediante el Decreto 780/2011 del 18 de abril de 2011, se aprobaron las liquidaciones correspondientes a varias cuadras de la obra de tendido de red cloacal de la zona delimitada por el Ramal Acceso Tigre, la Autopista Panamericana, el Camino Real Morón-San Fernando, la calle Patagonia y la calle Ramón Falcón, sector denominado “La Horqueta”;
QUE la referida obra se tramita por el régimen de la Ordenanza General 165/73 de Obras Públicas Municipales con sus modificatorias establecidas por la Ordenanza 8004/2004 de este Municipio, siendo declarada de utilidad pública y pago obligatorio por Decreto 2815/2009 del 20 de Diciembre de 2009, en expediente 5094-J-2004 Alcance 3;
QUE en los Certificados de Deuda de las liquidaciones aprobadas por el aludido Decreto 780/2011, se consigna erróneamente como fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el 8 de junio de 2010 cuando en realidad debió decir 8 de junio de 2011;
QUE a fs. 1994/1995 la Sra. Stella Maris Pergolesi, Presidenta de la empresa Fencar SA durante el proceso de obra y actual tenedora titular de los derechos de los certificados de obra, solicita se subsane dicho error toda vez que la situación le causa enormes perjuicios ante los reclamos hacia los vecinos frentistas afectados por la obra y que aún no han cancelado la deuda;
QUE en consecuencia, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que regularice la situación descripta;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º: Déjase aclarado que a las liquidaciones presentadas por la ************** empresa Fencar SA, correspondientes a diversas cuadras de la
Ref.: Expte. Nro. 5094-J-2005. Alc. Nro. 3
/////
zona delimitada por el Ramal Acceso Tigre, la Autopista Panamericana, el Camino Real Morón-San Fernando, la calle Patagonia y la calle Ramón Falcón, sector denominado “La Horqueta”; aprobadas por Decreto 780/2011 del 18 de abril de 2011 y sus respectivos certificados de deudas, le corresponde la publicación efectuada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires del día 8 de junio de 2011.-
ARTICULO 2º: Regístrese, Notifíquese y Publíquese.
DESPACHO Y LEGISLACION
DM
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
Ref.: Expte. Nº 16372-C-2013
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015
DECRETO NUMERO:
3030
VISTO el Decreto Nº 762/2015 por el cual se
prorrogó para el corriente año la tarea de inventario general, por parte de agentes municipa- les; y
Considerando:
QUE resulta necesario producir un ajuste en las retribuciones por tal tarea siguiendo los lineamientos establecidos respecto a la actualización de los sueldos municipales;
QUE dada la complejidad de la labor a realizar y
en atención a que en el horario habitual el personal se encuentra afectado a sus tareas, es ne- cesario modificar el decreto antes mencionado, siempre con la modalidad de “Bonificación por Productividad”, conforme el artículo 12º bis de la Ordenanza Nº 8804, y una remunera- ción de acuerdo al siguiente detalle:
A) Agente inventariador: $ 1,51.- por unidad B) Agente supervisador: $ 0,60.- por unidad C) Agente organizador: $ 0,16.- por unidad
Dicha remuneración no podrá superar el monto mensual por agente de $ 1.900.-;
QUE en virtud de la conformidad brindada por la
Secretaría General de Gobierno y Administración, procede el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1°.- MODIFICASE el artículo 2º del Decreto Nº 762/2015, por el cual se auto- rizo al personal de la Contaduría General a realizar las tareas mencionadas en el citado de- creto, quedando redactadas de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- Las tareas mencionadas en el artículo anterior, se llevarán a cabo por ************** personal de la Contaduría General, con la modalidad de “Bonificación por Productividad”, y una remuneración, de acuerdo al siguiente detalle:
A) Agente inventariador: $ 1,51.- por unidad B) Agente supervisador: $ 0,60.- por unidad
Ref.: Expte. Nº 16372-C-2013
//….
C) Agente organizador: $ 0,16.- por unidad
Dicha remuneración no podrá superar el monto mensual por agente de $ 1.900.-
ARTICULO 3°.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones ************** del Decreto Nro. 762/2015.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Notifíquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
Cac
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
Ref.: Expte. Nro. 5525-C-2012.-
SAN ISIDRO, 13 de Octubre de 2015.-
DECRETO NUMERO:
3 0 3 1
VISTO la presentación efectuada en autos por Mario Cesar CURTI, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas vigentes, respecto de la exención del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y
Considerando:
Que habiéndose comprobado que existe imposi- bilidad del solicitante de cumplir con el pago antes citado, corresponde acceder a lo solicita- do;
Que las circunstancias del caso encuadran en los alcances de la Ordenanza Fiscal vigente, artículo 58º, inciso 3D), por lo que procede el otor-