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6. RESULTADOS, ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN

6.1 Contexto de la operación del modelo de atención en Salud en el Hospital Centro Oriente

6.1.2 Aspectos normativos del modelo de atención

Es necesario partir del contexto de la normatividad que lleva a la generación de modelos de prestación de servicios de salud, la cual está regida bajo la ley 100 de 1993 por el cual se crea el sistema de seguridad social integral, se organiza, rigen, determina su dirección, organización y funcionamiento, sus normas administrativas, financieras y de control y las obligaciones que se derivan de su aplicación con la conformación del régimen contributivo y subsidiado, así como la ley 1122 de 2007 que tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los

usuarios y hacer reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud.

Es así como existe una fragmentación y segmentación de los servicios de salud teniendo en cuenta su prestación, en el cual los usuarios están segmentados en el régimen contributivo, subsidiado y no afiliados, de la misma forma existe una fragmentación con las diferentes EAPB (Empresas Administradoras de Planes de Beneficio), en el cual la población se encuentra en diferentes proporciones en cada una de ellas, lo cual genera que no se pueda brindar una atención integral desde las intervenciones en salud Pública.

La ley 1438 del 19 de enero de 2011 en su artículo 12 plantea que el modelo de atención del

SGSSS se sustentará en la atención primaria en salud. La Ley 1438 define que “la atención

primaria en salud estará constituida por tres componentes integrados e interdependientes: los servicios de salud, la acción intersectorial/transectorial por la salud y la participación social

estrategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada desde la salud pública y reitera la importancia de la implementación de servicios de salud de manera integral. De igual forma, el artículo 13° de la Ley plantea los principios para la implementación de la atención primaria en el sistema general de seguridad social, entre los cuales están:

“universalidad, interculturalidad, igualdad y enfoque diferencial, atención integral e integrada,

acción intersectorial por la salud, participación social comunitaria y ciudadanía decisoria y paritaria, calidad sostenibilidad, eficiencia, transparencia, progresividad e irreversibilidad”. (p. 7).

Así mismo en el artículo 22 comenta sobre la portabilidad nacional, en la cual todas las EPS deberán garantizar el acceso a los servicios de salud en el territorio Nacional a través de acuerdos con prestadores de servicios de salud y entidades promotoras de salud. Las Entidades

Promotoras de Salud podrán ofrecer los planes de beneficios en los dos regímenes, preservando los atributos de continuidad, longitudinalidad, integralidad, y adscripción individual y familiar a los equipos básicos de salud y redes integradas de servicios. Aun cuando en esta misma ley se habla de las redes integradas de salud, este trabajo no hace referencia sino al primer nivel de atención.

Teniendo en cuenta esta normatividad bajo la cual está organizado el nivel Nacional y distrital, durante la administración de Bogotá Humanael modelo de atención se centra en la implementación de un sistema de salud basado en la Atención primaria en Salud, denominado programa Territorios Saludables, Salud Para el Buen Vivir, con el fin de implementar y consolidar un modelo de atención integral humanizado, participativo e incluyente que permita afectar positivamente los determinantes de la calidad de vida y salud de la población del Distrito Capital; donde se garantice el acceso en condiciones universales, equidad, calidad y calidez a los

servicios de salud. De otra parte el modelo de atención actual en el Distrito Capital busca

integrar los diferentes paquetes de servicios en salud para las poblaciones, en especial el del Plan de Intervenciones Colectivas (PIC) y Atenciones contenidas en el Plan Obligatorio en Salud (POS). Esta forma de accionar se encuentra establecida en las características de atención que debe tener el programa de territorios saludables en la WIKIPIC3 contiene las generalidades del programa, en el cual se busca que las respuestas ante las necesidades identificadas estén dadas de acuerdo a lo encontrado proponiendo una articulación de las acciones y recursos sectoriales y locales (salud, educación, bienestar social, cultura, entre otros) desde un enfoque de derechos para enfrentar los determinantes del deterioro de la calidad de vida, el modelo de atención planteado por el Hospital Centro Oriente y el contexto político y normativo en el cual se desenvuelve donde se encuentra la ley 1438 de 2011.

Partiendo de este contexto el Hospital Centro Oriente a través del Modelo de atención integral busca esa integridad a través de los diferentes equipos de respuesta inicial con las acciones del Plan de intervenciones colectivas, así como con los equipos de respuesta complementaria y los equipos de respuesta diferencial que son los que se ubican en las sedes asistenciales de esta forma se evidencia que existen conceptos que enmarcan la importancia de tener integralidad en la atención, es así cómo se determinaron las características que atribuyeron a fortalecer un modelo en el cual convergen diferentes situaciones que conllevan a la formación y el alcance del modelo de atención que plantea el hospital Centro Oriente.

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El WIKIPIC es un sitio web en el que se puede consultar los lineamiento del plan de intervenciones colectivas construidos por la dirección de salud pública de la Secretaría Distrital de Salud.

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