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AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS Y OTRA AUTORIDAD

In document TCA/2aS/43/09 ADMINISTRATIVO (página 38-47)

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- La parte actora C. EMIGDIO VILLAFRANCO CARREÓN probó el ejercicio de su acción de nulidad en contra de las autoridades demandadas CC. ENCARGADO DE DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE MERCADOS Y LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS; e INSPECTOR DE LA DIRECCIÓN DE MERCADOS Y LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS, lo anterior en términos de los razonado en el considerando tercero de la presente resolución. TERCERO. Se decreta la NULIDAD LISA Y LLANA del oficio número 002, emitido dentro del expediente DMLDFT/010/2010, emitido por el Encargado de Despacho de la Dirección de Mercados y Licencias de Funcionamiento del Municipio de Temixco, Morelos. CUARTO. Se condena a las autoridades demandadas para que en el improrrogable término de DIEZ DÍAS contados contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, concedan a la parte actora en el presente juicio de nulidad la licencia de funcionamiento con giro de tortillería, para el establecimiento del negocio comercial ubicado en la Calle Miguel Hidalgo número 26 de la Colonia Rubén Jaramillo, Municipio de Temixco, Morelos; y, para que dentro del mismo termino concedido, del cumplimiento dado a la presente sentencia informe a la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de morelos, apercibíendoseles para el caso de incumplimiento, de la imposicion de las medidas de apremio que se estimen conducentes, conforme a lo dispuesto por los artículos 124 y 125 de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Morelos.

TCA/2aS/73/10

JOSÉ ALBERTO ALARCÓN TRUJILLO

VS AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

ADSCRITO A LA VISITADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MORELOS

Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO. La parte actora JOSÉ ALBERTO ALARCÓN TRUJILLO, probó parcialmente el ejercicio de su acción de nulidad, por lo que se decreta la NULIDAD LISA Y LLANA de la cedula de notificación personal fecha once de enero de dos mil diez, en la que se hace del conocimiento del actor el contenido de la resolución definitiva dictada en el procedimientos de responsabilidad administrativa QA/SC/057/08-12. TERCERO. No procedio la acción de nulidad intentada por la parte actora JOSÉ ALBERTO ALARCÓN TRUJILLO, en contra de la resolución de fecha treinta de julio de dos mil diez, por lo tanto, se confirma la resolución impugnada, lo anteior, en terminos de lo razonado en el considerando quinto de la presente sentencia definitiva.

TCA/2aS/107/09

ENRIQUE MALPICA PEREZ

VS PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H.

AYUNTAMIENTO DE TLALTIZAPAN, MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta el sobreseimiento del presente juicio al haberse actualizado la causal contenida en la fracción I del artículo 76 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, según lo expresado en el considerando SEGUNDO de la presente resolución.

EXPEDIENTE

TCA/2aS/154/09

BALDEOLIVAR RIVERA GON´ZALEZ VS

SECRETARIA DE PROTECCIÓN Y AUXILIO CIUDADANO DE CUERNAVACA, MORELOS Y OTRA

AUTORIDAD

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta el sobreseimiento del presente juicio promovido por el ciudadano BALDEOLIVAR RIVERA GONZÁLEZ, en contra del SECRETARIO DE PROTECCIÓN Y AUXILIO CIUDADANO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, por haberse actualizado la causal de improcedencia contenida en la fracción XIV del articulo 74 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, en relación con el ordinal 52 fracción II de la propia Ley, en términos de lo razonado en el considerando SEGUNDO de la presente resolución. TERCERO. La parte actora no acreditó la procedencia de su acción; en los terminos precisados en el considerando último de la presente resolución.

TCA/2aS/154/09

ELISANDRA GUADALUPE MUÑOZ

HERNÁNDEZ VS SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA

DEL ESTADO DE MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- La parte actora C. ELISANDRA GUADALUPE MUÑOZ HERNÁNDEZ, no probó el ejercicio de su acción ni pretensiones en contra de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS; CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS; DIRECCIÓN DE CONTROL DE CONFIANZA Y ASUNTOS INTERNOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS Y DIRECTOR DE CONFIANZA Y ASUNTOS INTERNOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS, lo anterior en terminos de lo razonado en el considerando quinto de la presente resolución.

TCA/2aS/67/10

AARON ESTEBAN DE LA CRUZ

OCAMPO VS H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL

DE JOJUTLA, MORELOS

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por la fracción XVII del artículo 74 en relación con lo previsto por la fracción II del 52 de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Morelos, se decreta el sobreseimiento del juicio, respecto de las autoridades demandadas H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO PROCURADOR, REGIDOR

DE HACIENDAy PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO, Y

DESARROLLOAGROPECUARIO, REGIDOR DE TURISMO Y ASUNTOS DE LA JUVENTUD, REGIDOR DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES, ASUNTOS INDIGENAS Y COLONIAS Y POBLADOS, REGIDOR DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS, Y BIENESTAR SOCIAL, REGIDOR DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y ASUNTOS MIGRATORIOS, REGIDOR DE DESARROLLO ECONÓMICO, PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL, REGIDOR DE EDUCACIÓN, CULTURA Y RECREACIÓN, COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS, REGIDORA DE EQUIDAD DE GENERO Y DERECHOS HUMANOS, REGIDOR DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y PROTECCION AL PATRIMONIO CULTURAL Y TESORERA MUNICIPAL todas las autoridades pertenecientes al H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE JOJUTLA, MORELOS; en términos de lo razonado en el considerando segundo de la presente resolución. TERCERO.- La parte actora ciudadano AARON ESTEBAN DE LA CRUZ OCAMPO, probó el ejercicio de su acción, y parcialmente la procedencia de sus pretenciones en

EXPEDIENTE

contra de las autoridades demandadas DIRECCIÓN DE LICENCIAS Y REGLAMENTOS Y DEL INSPECTOR FISCAL DE LICENCIAS Y REGLAMENTOS, ambos DEL MUNICIPIO DE JOJUTLA, MORELOS. Lo anterior, en terminos de los razonamientos vertidos en el considerando quinto de la presente resolución. CUARTO.- Se decreta la NULIDAD LISA Y LLANA del acta de inspección número 0811, emitida por la Dirección de Licencias y Reglamentos del H. Ayuntamiento Consitucional de Jojutla, Morelos, de fecha siete de junio de dos mil diez, así como de la multa administrativa contrenida en la misma. Lo anterior, en los terminos razonados en la parte final del considerando quinto de la presente resolución.

TCA/2aS/117/09 Cumplimiento

AARON GONZÁLEZ VÁSQUEZ VS

PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA,

MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta el sobreseimiento del presente juicio promovido por AARON GONZÁLEZ VASQUEZ, en contra de Presidente Municipal y Tesorera Municipal ambos del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, por haberse actualizado la causal de improcedencia contenida en la fracción XIV del artículo 74 de la Ley de Justicia Administrativa del EStado de MOrelos, en terminos de lo razonado en el considerando II del presente fallo. TERCERO.- El actor AARÓN GONZÁLEZ VÁSQUEZ, probó el ejercicio de su acción; la autoridad demandada Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, no probó sus defensas. CUARTO.- Se decreta la NULIDAD LISA Y LLANA de la resolución impugnada de fecha veintiseis de junio de dos mil nueve, en términos de lo razonado en el considerando V del presente fallo.

TCA/2aS/143/09

JOSÉ CARMEN PACHECO LÓPEZ VS

TESORERO DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 76 de la Ley de Justicia Administrativa para el EStado de Morelos, se decreta el sobreseimiento del presente juicio respecto del primer acto impugnado, por haberse actualizado plenamente la causal de improcedencia prevista por la fracción XIV del artículo 74 de la Ley de Justicia Administrativa del EStado de Morelos, en los terminos de los argumentos vertidos en el considerando II de la presente resolucion. TERCERO.- La parte actora C. JOSÉ CARMEN PACHECO LÓPEZ, no probó la procedencia de su acción ni pretenciones en contra del TESORERO DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS; lo anterior, en terminos de lo relatado en el considerando cuarto de la presente resolución.

TCA/2aS/53/10

JUAN CARLOS RODRIGUEZ PERALTA VS DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS

DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta la NULIDAD del oficio número OM/DRH/0017/2010, de fecha catorce de abril del dos mil diez, suscrito por el Director de Recursos HUmanos del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, que contiene el acto impugnado para los efectos ordenados en el considerando último del presente fallo. TERCERO.- En consecuencia, se concede a la autoridad demandada

EXPEDIENTE

Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, un termino improrrogable de DIEZ DÍAS, contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, debiendo informar del acatamiento del presente fallo a la Segunda Sala de este Tribunal dentro del mismo plazo, apercibíendola de que en caso de no hacerlo se procederá de conformidad a lo establecido por los artículos 48 y 124 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

TCA/2aS/56/10

ALFREDO GUTIERREZ GONZÁLEZ VS H. AYUNTAMIENTO DE PUENTE DE

IXTLA, MORELOS Y OTRA AUTORIDAD

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta el sobreseimiento del presente juicio promovido por el ciudadano ALFREDO GUTIERRÉZ GONZÁLEZ, en contra del H. AYUNTAMIENTO DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS, y al SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, TRÁNSITO Y ERUM MUNICIPAL DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS, por haberse actualizado la causal de improcedencia contenida en la fracción XIV del articulo 74 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, en términos de lo razonado en el considerando SEGUNDO del presente fallo. TERCERO. Se condena a las autoridades demandadas al pago al actor de la cantidad que resulte por concepto de los días laborados por el actor correspondientes del quince al veintinueve de marzo del dos mil diez; el pago proporcional de aguinaldo así como el proporcional de prima vacacional correspondientes al año dos mil diez, en los términos a que se hace alusión en el considerando TERCERO de la presente resolución. CUARTO.- Para dar cumplimiento a la prersente resolución, se concede a las autoridades demandadasun término improrrogable de DIEZ DÍAS, contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, debiendo informar del acatamiento del presente fallo a la Segunda Sala de este Tribunal dentro del mismo plazo, apercibíendolas que en caso de no hacerlo se procederá de conformidad a lo establecido por los artículos 48 y 125 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

TCA/2aS/83/10

FEDERACIÓN DEMOCRÁTICA DEL

TRANSPORTE DE MORELOS A.C. VS DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTES

DEL ESTADO DE MORELOS

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta la NULIDAD del acuerdo de fecha diez de junio del dos mil diez, emitido por la autoridad demandada, contenido en el oficio número SG/DGT/1675/VI/2010; para los efectos ordenados en el considerando último del presente fallo. TERCERO.- En consecuencia, se concede a la autoridad demandada, un termino improrrogable de DIEZ DÍAS, contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, debiendo informar del acatamiento del presente fallo a la Segunda Sala de este Tribunal dentro del mismo plazo, apercibíendola de que en caso de no hacerlo se procederá de conformidad a lo establecido por los artículos 48 y 124 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

EXPEDIENTE

VS PRESIDENTE MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE PUENTE DE IXTLA,

MORELOS

de su acción de nulidad y parcialmente sus pretensiones, en contra de las autoridades demandadas, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL; DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS y TESORERO MUNICIPAL, todos pertenecientes al H. AYUNTAMIENTO DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS; lo anterior en términos de los razonado en el considerando quinto de la presente resolución. TERCERO.- Se decreta la ILEGALIDAD del incumplimineto por parte de las autoridades demandadas al decreto número 129 publicado en el Periodico Oficial Tierra y Libertad número 4791 de fecha treinta y uno de marzo de dos mil diez, así como de su omisión para efectuar los pagos que por concepto de pensión por jubilación se debian reralizar al actor de manera retroactiva a la fecha en que fue separado de sus funciones. CUARTO.- Se condena a las autoridades demandadas para que en el improrrogable término de DIEZ DÍAS contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, realizen el pago retroactivo a favor de la parte actora en el presente juicio de nulidad, por concepto de pension por jubilación, de las cantidades que resulten del periodo comprendido a partir del día treinta y uno de octubre del dos mil nueve y hasta el cabal cumplimiento a la presente sentencia definitiva, conforme a los lineamientos vertidos en la parte final del considerando quinto de la presente resolución, y para que dentro del mismo termino concedido, del cumplimiento dado a la presente sentencia informe a la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del POder Judicial del EStado de Morelos, apercibiéndoseles para el caso de incumplimiento, de la imposicion de las medidas de apremio que se estimen conducentes, conforme a lo dispuesto por los artículos 124 y 125 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

TCA/2aS/92/10

HUMBERTO ORTIZ CANUTO VS H. AYUNTAMIENTO DE JOJUTLA,

MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- La parte actora, acreditó la procedencia de su acción en contra de la autoridad demandada, por lo que se declara la ilegalidad del acto impugnado consistente en el acta de infracción con número de folio 4623, y como consecuencia su NULIDAD. Lo anterior , en términos de lo razonado en el considerando último del presente fallo. TERCERO.- Consecuentemente la autoridad demandada deberá gestional lo procedente a efecto de que le sea devuelta la bicicleta que le fue retenida al actor mediante inventario con número de folio 0152 de fecha 19 de agosto del dos mil diez, sin que para ello deba el actor pagar cantidad alguna; contando para ello la autoridad demandada con un término improrrogable de DIEZ DÍAS contados a partir de que cause ejecutoria la presente sentencia, debiendo informar en identico plazo a la Segunda Sala de este Tribunal respecto del acatamiento dado al presente fallo, apercibida que, de no hacerlo se procederá de conformidad con

EXPEDIENTE

lo que disponen los artículos 48 y 125 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos. CUARTO.- Se levanta la suspensión concedida al actor.

TCA/2aS/161/09

EDGAR HORACIO VARGAS

TORRESCANO

VS DIRECTOR DE PREVENCIÓN Y

RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORÍA MUNICPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA,

MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- La parte actora EDGAR HORACIO VARGAS TORRESCANO, probó el ejercicio de su acción de nulidad en contra de las autoridades demandadas en el juicio; lo anterior, en términos de los razonamientos vertidos a lo largo de los considerandos cuarto y quinto de la presente resolución. TERCERO.- Se decreta la NULIDAD de la resolución de fecha once de noviembre de dos mil nueve, emitida por el Director de Prevención y Responsabilidades de la Contraloría Municipal del H. Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, para el efecto de que emitan otra en su lugar, conforme a los lineamientos establecidos en la parte final del considerando quinto de la presente resolución,. CUARTO.- Cumplimiento que deberá realizar la autoridad demandada DIRECTOR DE PREVENCIÓN Y RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORIA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS, en el improrrogable termino de DIEZ DÍAS, contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, debiendo informar a su vez dentro del mismo término, del cumplimiento dado a la presente sentencia informar a la Segunda Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Morelos, apercibíendosele para el caso de incumplimiento a la presente resolución, de proceder en su contra mediante la imposicion de las medidas de apremio que se estimen consucentes, conforme a lo dispuesto por los artículos 124, 125 y demás relativos y aplicables dela Ley de Justicia Administrativa para el EStado de Morelos. QUINTO.- Se levanta la suspensión provisional concedida mediante auto de fecha nueve de diciembre de dos mil nueve.

TCA/2aS/134/09

JOSE LUIS ZAVALA FIGUEROA VS

GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 76 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, se decreta el sobreseimiento del presente juicio, por haberse actualizado plenamente las causales de improcedencia previstas por las fracciones XIV y XVII del artículo 74, en relación copn lo dispuesto por el artículo 52 fracción II de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, en los términos de los argumentos vertidos en el considerando II de la presente resolución. TERCERO. La parte actora C. JOSE LUIS ZAVALA FIGUEROA, probó parcialmente la procedencia de sus pretenciones consistentes en alguinaldo y vacaciones proporcionales al año dos mil nueve, en contra del GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS. CUARTO.- Se condena a la autoridad demandada GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, al pago de la cantidad a favor de la actora que resulte por concepto de aguinaldo proporcional del periodo que del dia primero de

EXPEDIENTE

enero al día cinco de agosto del año dos mil nueve, conforme con las consideraciones vertidas en la parte final del considerando segundo de la presente resolución. Cumplimiento que deberá realizar en el término improrrogable de DIEZ DÍAS, contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución e informar dentro del mismo término, de su cumplimiento a la Segunda Sala de este Tribunal, apercibíendoles que en caso de no hacerlo se procederá en su contra conforme a lo establecido en los artículos 124 y 125 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

TCA/2aS/77/10

IGNACIO CRUZ ORTIZ

VS H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL

CONSTITUCIONAL DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Se decreta el sobreseimiento del presente juicio promovido por el ciudadano IGNACIO CRUZ ORTIZ, en contra del H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE PUENTE DE IXTLA, MORELOS DE CUERNAVACA, MORELOS, por haberse actualizado la causal de improcedencia contenida en la fracción XIV del articulo 74 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, en términos de lo razonado en el considerando II del presente fallo. TERCERO. El actor no acreditó la procedencia de su acción al no haber demostrado la existencia del acto impugnado; por su parte la autoridad demandada acredito sus excepciones hechas valer. CUARTO.- Se condena a la autoridad demandada a realizar al actor el pago proporcional de la prima vacacional correspondiente al periodo comprendido del primero de enero al diecinueve de marzo del dos mil diez; mismo que para ser calculado se deberá tomar como base el salario quincenal que percibia el actor, a razón de $3,712.97 (TRES MIL SETECIENTOS DOCE PESOS 97/100 M.N.). Lo anterior, en terminos del considerando III de la presente resolución. QUINTO.- Para dar cumplimiento a la presente resolución, se concede a la autoridad demandada un término improrrogable de DIEZ DÍAS, contados a partir de que cause ejecutoria la presente resolución, debiendo informar del acatamiento del presente fallo a la Segunda Sala de este Tribunal dentro del mismo plazo, apercibíendola de que en caso de no hacerlo se procederá de conformidad a lo establecido por los artículos 48 y 124 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos.

TCA/2aS/128/09

SERGIO FLORES RÍOS VS SECRETARIO DE DESARROLLO

URBANO Y OBRAS PÚBLICAS DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS Y OTRAS AUTORIDADES

ADMINISTRATIVO

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 fracción II, 74

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