Planear, organizar, dirigir, controlar y normar los servicios de salud e higiene de la ganadería, mediante la facilitación de servicios zoosanitarios, la realización de estudios y la aplicación de tecnologías, así como de las acciones encaminadas a vigilar, prevenir, controlar y/o erradicar en su caso, las enfermedades que afecten a la población ganadera, con el fin de apoyar el mejoramiento de la producción, la comercialización y el desarrollo de la productividad nacional.
Funciones
• Promover, fomentar, organizar, vigilar, coordinar y evaluar las actividades en materia de
salud animal, incluidas las relacionadas con: análisis de riesgo, rastreabilidad y bienestar animal, en coordinación con las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Gobiernos Estatales y Municipales, así como de la iniciativa privada.
• Normar, coordinar y supervisar la operación del Sistema Nacional de Vigilancia
Epidemiológica y del Dispositivo Nacional de Emergencia de Salud Animal, así como organizar el Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal.
• Proponer anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas y de emergencia en materia
zoosanitaria, así como vigilar y certificar su cumplimiento y mantener actualizado y en operación el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Zoosanitaria.
• Determinar las políticas y lineamientos en materia de diagnóstico, constatación y referencia
en salud animal, para su aplicación por parte de las entidades públicas y privadas, en el ámbito nacional.
• Determinar, fomentar, coordinar y vigilar la operación de la infraestructura zoosanitaria.
• Atender las denuncias ciudadanas que se presenten en materia de salud animal.
• Celebrar acuerdos interinstitucionales, así como bases de coordinación, convenios y acuerdos
con dependencias y entidades de la administración pública federal, gobiernos estatales y municipales y con particulares, así como centros de educación media y superior e institutos de investigación, en materia de salud animal.
• Determinar y orientar la normatividad para que los organismos coadyuvantes y auxiliares, impacten favorablemente en la salud animal.
• Determinar y dictar normas y lineamientos para la importación y exportación de animales,
sus productos y subproductos, así como de productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios, para uso en animales o consumo por estos.
• Dictar las restricciones a animales, sus productos y subproductos importados, en caso de
sospecha de riesgo zoosanitario para el país.
• Participar en la formulación del Programa Presupuesto Anual de la Dirección General,
vigilando su correcta y oportuna ejecución una vez que sea aprobado; intervenir en los procesos de contratación, capacitación, promoción, sanción o remoción del personal a su cargo; y vigilar que el proceso de adquisición de bienes y servicios en que participe, así como la administración de sus almacenes e inventarios se realicen de conformidad con las normas y lineamientos establecidos para tal efecto.
La Dirección de General de Salud Animal cuenta con 1 Especialista Agropecuario “A”, 12 Especialistas Agropecuarios “B” y 4 Especialistas Agropecuarios “C”, quienes contribuyen de manera general al cumplimiento de las funciones que se enuncian a continuación:
• Vigilar y, en su caso, aplicar la normatividad establecida, mediante el proceso de vigilancia
epidemiológica a nivel nacional para diagnosticar la presencia de posibles enfermedades exóticas que afectan a la ganadería nacional.
• Supervisar las actividades de planeación y evaluación, a través de la integración de los
procesos y proyectos para corregir oportunamente posibles desviaciones en cuanto a la consecución de metas físicas y financieras.
• Dirigir y coordinar la integración y análisis de la información epidemiológica internacional, a
través del acopio de las diferentes fuentes de información, con el fin de mantener actualizadas las bases de datos de la Dirección General, para los reconocimientos internacionales y la autorización de las importaciones de animales, productos y subproductos, así como de productos químicos, biológicos, farmacéuticos y alimentos para uso en animales.
• Supervisar y evaluar los programas de trabajo de las campañas zoosanitarias que opera la
Dirección General en todo el país, a través del Programa de Alianza para el Campo, con el fin de que se cumplan y no se desvíen recursos a acciones no programadas.
Secretario Particular
Objetivo
Apoyar el desarrollo de las actividades del Director General, mediante el manejo oportuno y eficiente de la información y correspondencia inherente a la unidad administrativa, para alcanzar la coordinación adecuada entre las áreas técnicas que la integran, así como el logro de objetivos y metas institucionales.
Funciones
• Apoyar al Director General de Salud Animal en la gestión y control de la agenda de trabajo.
• Apoyar y coordinar las reuniones, acuerdos y giras de trabajo del Director General de Salud
Animal.
• Coordinar la integración de informes y reportes que involucre la información generada por las
áreas que integran la Dirección General de Salud Animal.
• Revisar y atender la correspondencia dirigida al Director General de Salud Animal y, en su
caso, turnarla a las áreas competentes de la misma para su atención.
• Revisar y analizar la correspondencia para firma del Director General de Salud Animal, así
como organizar su despacho y distribución.
• Comunicar de manera oportuna y eficaz los acuerdos e instrucciones del Director General, a
las áreas que la conforman, verificando su observancia y cumplimiento.
• Coordinar las resoluciones de los asuntos turnados a la Dirección General por las instancias
superiores, a través de cualquier vía de comunicación.
• Dar seguimiento a la atención de los asuntos turnados y planteados a la Dirección General de
Salud Animal hasta su conclusión.
• Coordinar la organización de los archivos de la oficina del Director General, relacionados con
documentos, oficios, faxes y medios magnéticos, así como la respuesta correspondiente a cada solicitud de los usuarios de la Dirección General.