2.1.- DEFINICIÓN DE TERMINOS
CDI.- Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. DGPIB.- Dirección general de infraestructura básica de la CDI. DECDI.- Delegación Estatal de la CDI.
PIBAI.- Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas
DEPENDENCIA EJECUTORA.- Es la dependencia designada por el gobierno del Estado y es la máxima
autoridad referente al proyecto, dirección y ejecución de la (s) obra(s).
RESIDENTE DE OBRA.- Servidor público designado por la dependencia ejecutora quien fungirá como su
representante ante el contratista y quien será responsable directo de la ejecución de los trabajos.
CONTRATISTA.- Persona física o moral que elaborará la obra pública.
SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN.- Personal de la contratista responsable de la ejecución de la
obra.
COORDINADOR DE SUPERVISIÓN.- Servidor Público designado por escrito por la COMISIÓN, quién
fungirá como su representante ante la (supervisión gerencial) y será el responsable directo de la verificación de la prestación de los servicios, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por el SUPERVISOR.
SUPERVISIÓN TECNICA GERENCIAL DE OBRA- Persona física o moral que celebra contrato por la
prestación de los servicios de obra pública
JEFE DE SUPERVISIÓN.- Personal designado por la supervisión técnica gerencial de obra.
La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas es la autoridad máxima en todo lo referente a la supervisión técnica gerencial de la(s) obra(s).
La supervisión técnica gerencial de obra, deberá participar desde los procesos de licitación y contratación hasta la entrega recepción de las obras
La supervisión técnica gerencial de obra. se considera como una extensión de la CDI en cuanto a su relación de trabajo; por lo tanto, debe identificarse plenamente con sus políticas y metas, y ser corresponsable en la consecución del objetivo común: Optimizar la calidad, costo, tiempo de ejecución y seguridad de la (s) obra (s).
Que el plazo para la ejecución de los servicios que se prestan será de 220 días naturales aproximadamente. El servicio de supervisión contempla la, INFORMACIÓN, VERIFICACIÓN DE CALIDAD, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA (S) OBRA (S) conforme las especificaciones particulares de cada proyecto. Durante la ejecución de las obras, la supervisión técnica gerencial de obra. deberá tener siempre una actitud ejecutiva de carácter preventivo más que correctivo, validando los trabajos ejecutados para continuar con la siguiente etapa del proceso constructivo, en caso de no cumplir con la calidad y/o especificaciones requeridas, deberá
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BASES
rechazarlos, notificando a la contratista y a la Ejecutora su sustitución, corrección o modificación, hasta que cumplan con las especificaciones marcadas en el proyecto.
Si durante el proceso constructivo se detectara algún imprevisto para continuar con la ejecución de la (s) obra (s), la supervisión técnica gerencial de obra. la contratista deberán plantear una solución alternativa, siempre y cuando no signifique un cambio sustancial en el proyecto, altere el presupuesto, el programa de ejecución o afecte su seguridad. Para ello, deberá solicitar a través de la (s) dependencia (s) ejecutora (s) a la dependencia federal normativa correspondiente su opinión y en todo caso la validación de dicha modificación. Previo informe a la CDI (DGPIB-DECDI)
Se ejecutará el número de pruebas de laboratorio, su frecuencia y calidad de las mismas, las especiales, cuando sea el caso, así como los equipos a utilizar.
La supervisión técnica gerencial de obra. , deberá integrar la documentación generada por la contratista, así como las verificaciones que realice, para que esté en posibilidades de conciliar lo conducente, manteniendo informada en todo momento, a la CDI (Delegación en el Estado (DECDI) y a la Dirección General del Programa de Infraestructura Básica (DGPIB)) sobre el particular.
La supervisión técnica gerencial de obra durante su intervención en la (s) obra (s) se apegará a los turnos de trabajo que programe la empresa contratista.
La documentación que presente la supervisión técnica gerencial de obra será el resultado de los trabajos realizados en campo y gabinete.
La supervisión técnica gerencial de obra mantendrá actualizados los datos necesarios en un sistema de cómputo, que permita de manera oportuna y confiable conocer el grado de avance físico y financiero por concepto de obra en cualquier momento.
La supervisión técnica gerencial de obra verificará de que las obras, se ejecuten de acuerdo con los proyectos y especificaciones generales y particulares de la(s) dependencia(s) federal(es) normativa(s), con la calidad requerida, dentro de los conceptos del presupuesto y plazos establecidos en sus respectivos contratos, así como de que se cumpla con todos los ordenamientos legales y se establezcan los sistemas de seguridad en cada una de la (s) obra (s), se realicen las acciones de mitigación al impacto ambiental, se documenten oportunamente las diferentes etapas de las obras y se aplique correctamente la distribución de los recursos, estableciendo una comunicación ordenada y permanente entre las diferentes instancias involucradas, con el fin de alcanzar los objetivos señalados en las Reglas de Operación del Programa.
3.- SEGUIMIENTO A LOS PROCESOS DE LICITACIÓN PARA ADJUDICACIÓN DE LAS OBRAS.
3.1.- La supervisión técnica gerencial de obra realizará el seguimiento al proceso de adjudicación de las obras, realizando las siguientes funciones:
3.2.- Verificar que el catalogo de conceptos de cada una de las obras autorizadas, sea el que se licite, así como la descripción de la obra sea la indicada en el anexo I del acuerdo de coordinación, independientemente de la modalidad adoptada para la adjudicación y que, contenga las consideraciones tratadas en la junta de aclaraciones
3.3.- Asistir a los actos de la licitación (junta de aclaraciones, acto de presentación y apertura de propuestas y fallo).
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BASES
3.4.- Verificar que la documentación que se vaya generando durante cada una de las etapas del proceso de adjudicación, tenga la congruencia respectiva entre sí, recabando copia de las mismas para la integración del expediente que entregará a la DECDI.
4.- REVISIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO Y EXPEDIENTE TÉCNICO
4.1 El proyecto ejecutivo completamente terminado y validado por la dependencia normativa federal que corresponda, incluirá los planos de construcción, especificaciones generales y particulares, normas, catálogos de conceptos con volúmenes y precios unitarios que forman parte integral de las bases de licitación para la contratación de la ejecución de la (s) obra (s). La supervisión técnica gerencial de obra recibirá copia de la dependencia ejecutora, de acuerdo a los alcances de su contrato y será responsable de revisarlo, concentrar volúmenes de obra, detectar oportunamente errores, omisiones o inconsistencias. 4.2- La supervisión técnica gerencial de obra debe mantener el registro de planos y especificaciones, cuidando de que en los documentos modificados queden anotados tales hechos, la fecha de modificación y la firma y nombre de la autoridad que autoriza; paralelamente, ajustará el cuadro de costo de obra, las cantidades de obra por ejecutar y los programas, si esto es necesario.
4.3- La supervisión técnica gerencial de obra realizará una comparación técnica y objetiva de los recursos humanos, materiales y equipos propuestos por la contratista seleccionada, contra los volúmenes de catálogos y programas requeridos para cumplir con el proyecto ejecutivo de la (s) obra (s) y así determinar la factibilidad de su cumplimiento.
5.- CONTRATO, PRESUPUESTO DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS
5.1- La DECDI entregará a la supervisión técnica gerencial de obra copia de la oferta presentada para la adjudicación del contrato de la (s) obra (s) en cuestión, en la que se asiente el presupuesto de la (s) obra (s) y los precios unitarios pactados. La supervisión técnica gerencial de obra será responsable de analizar y evaluar permanentemente el presupuesto de la (s) obra (s), vigilando que el monto autorizado cubra la ejecución de la misma, informado en su momento a la DECDIcualquier incremento que sufran la (s) obra (s) y el motivo que lo generó, y en su momento la DECDI informará a la DGPIB.
6.- PROGRAMA DE OBRA
6.1 El programa detallado por concepto y ubicación de la (s) obra (s) lo propondrá la contratista adjudicataria a la Residencia de obra, y la supervisión técnica gerencial de obra lo recibirá y verificará que sea factible y aceptable desde el punto de vista de su realización física, que tome en cuenta la relación entre las diversas partes de la (s) obra (s), sea congruente con los recursos asignados y cumpla con lo pactado en el contrato. En caso necesario solicitará a la ejecutora las modificaciones necesarias con el presupuesto correspondiente. Dándole seguimiento para informar a la contratista, a la (s) dependencia (s) ejecutora (s) y a la DECDIde las desviaciones detectadas, proponiendo las acciones necesarias para ajustar la (s) obra (s) a los tiempos y montos pactados.
6.2- De la misma manera recibirá los programas detallados de mano de obra, materiales y de maquinaria y equipo registrando por semana el número y disponibilidad de los mismos, así como sus rendimientos, informará a la DECDIde las desviaciones que se registren.
6.3- Para su consulta rápida elaborará y mantendrá actualizados los informes de obra correspondientes a los avances físicos y a los avances financieros.
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