CAPÍTULO III. LOS DIALOGOS DE PAZ CON LAS FUERZAS ARMADAS
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Webgrafía
consultado el 26 de septiembre de 2007.
i “La Justicia transicional hace referencia a aquellos procesos transicionales mediante los cuales se llevan a
cabo transformaciones radicales de un orden social y político determinado, que enfrentan la necesidad de equilibrar las exigencias contrapuestas de paz y justicia. De hecho, por un lado, los procesos de JTr se caracterizan por implicar en la mayoría de los casos—en especial cuando se trata de transiciones de la guerra a la paz—negociaciones políticas entre los diferentes actores, tendientes a lograr acuerdos lo suficientemente satisfactorios para todas las partes como para que éstas decidan aceptar la transición” SAFFON, María Paula. UPRIMMY, Rodrigo. Op.cit. Pág. 4.
ii “La Justicia transicional hace referencia a aquellos procesos transicionales mediante los cuales se llevan a
cabo transformaciones radicales de un orden social y político determinado, que enfrentan la necesidad de equilibrar las exigencias contrapuestas de paz y justicia. De hecho, por un lado, los procesos de JTr se caracterizan por implicar en la mayoría de los casos—en especial cuando se trata de transiciones de la guerra a la paz—negociaciones políticas entre los diferentes actores, tendientes a lograr acuerdos lo suficientemente satisfactorios para todas las partes como para que éstas decidan aceptar la transición” SAFFON, María Paula. UPRIMMY, Rodrigo. Op.cit. Pág. 4
iii Es importante aclarar que la ONU ha creado el Grupo de Expertos para el estudio y análisis de estos
principios, básicamente
iv Sobre el particular: ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS. Informe de la reunión del grupo de experto
sobre justicia restaurativa a la Comisión de prevención del delito en su 11° período de sesiones, Viena 16 al 25 de abril de 2002. Cfr. E/CN.15/2002/5/Add.1
v Así lo estableció la Corte Constitucional en sentencia C-979 de 2005.
vi Los Principios fundamentales de justicia para las víctimas del delito y los abusos de poder, establecen
que los delincuentes o los terceros responsables de su conducta “resarcirán equitativamente cuando proceda, a las víctimas, sus familiares o la persona a su cargo, mediante la devolución de los bienes o el pago por los daños o pérdidas sufridos, el reembolso de los gatos realizados como consecuencia de la victimización, la prestación de servicios y la restitución de derechos.
Octubre 14 de 2015 Doctores
Alex Fermín Restrepo Martínez Universidad Libre Seccional Pereira
Con la presente me permito informarles que al proyecto titulado “POSIBLES RETOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Y EL GOBIERNO EN LA APLICACIÓN AL
PROCESO DE PAZ Y EL "ACUERDO GENERAL PARA LA TERMINACIÓN
DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y
DURADERA".” se le realizó corrección de texto, que comprende la revisión de
redacción, ortografía y estilo, aplicando las normas APA según la 6th Ed., en su Contenido, Pie de Páginas, y Bibliografía.
Agradezco de antemano la atención prestada y su confianza depositada