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YPF SOCIEDAD ANONIMA Y SOCIEDADES CONTROLADAS NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS

4. CAPITAL SOCIAL

Al 31 de diciembre del 2012, el capital suscripto es de 3.933 y está representado por 393.312.793 acciones ordinarias, escriturales, divididas en cuatro clases de acciones (A, B, C y D) de valor nominal $ 10 con derecho a un voto por acción que se encuentra totalmente suscripto, integrado y autorizado a la oferta pública.

Al 31 de diciembre de 2012, se encuentran emitidas 3.764 acciones Clase A de YPF. Mientras existan acciones Clase A, se requerirá ineludiblemente del Estado Nacional Argentino el voto afirmativo para: 1) fusiones, 2) adquisición de más del 50% de las acciones de la Sociedad en caso de cambio de control accionario consentido u hostil, 3) transferencia total de los derechos de exploración y explotación, 4) disolución voluntaria de la Sociedad o 5) cambio de domicilio social y/o fiscal de la Sociedad fuera de la República Argentina. En los casos 3) y 4) se requerirá, además, la previa aprobación del Congreso de la Nación Argentina.

Hasta la promulgación de la Ley N° 26.741 descripta a continuación, Repsol, S.A. (“Repsol”) tenía una participación directa e indirecta de aproximadamente 57,43%, mientras que Petersen Energía S.A. (“PESA”) y sus sociedades afiliadas ejercían influencia significativa mediante una tenencia del 25,46% del capital de la Sociedad.

El Decreto N° 530/12 del Poder Ejecutivo Nacional (el “Decreto”), estableció la intervención temporaria de la Sociedad por un período de 30 días (el cual fue posteriormente extendido hasta la fecha de la Asamblea de Accionistas del 4 de junio de 2012 por el Decreto N° 732/12), con el objetivo de asegurar la continuidad del negocio, la preservación de los activos y el capital de la Sociedad, la provisión de combustibles y la satisfacción de las necesidades del país, garantizando el cumplimiento de los objetivos del proyecto legislativo encarado por el Poder Ejecutivo. Adicionalmente, el Decreto suspendió las atribuciones del Directorio, y consecuentemente el Comité de Auditoría, las cuales fueron asumidas por el interventor designado por el Poder Ejecutivo Nacional (el “Interventor”).

La Ley N° 26.741, promulgada el 4 de mayo de 2012, modificó la estructura accionaria de la Sociedad. La mencionada Ley declaró de interés público y sujeto a expropiación a las acciones clase D de la Sociedad en poder de Repsol, sus sociedades controladas o controlantes, que representan el 51% del capital social de la Sociedad. A su vez, declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones. Las acciones sujetas a expropiación serán distribuidas de la siguiente manera: 51% para el Gobierno Nacional y 49% para determinadas Provincias Argentinas.

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Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11- MARZO - 2013

GUSTAVO ADOLFO MAZZONI Por Comisión Fiscalizadora

Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 104 - Fº 241

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 - MARZO - 2013

DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

GUILLERMO D. COHEN Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

El 7 de mayo de 2012, en virtud de la Resolución N° 16.808 de la CNV, se convocó a una Asamblea General Ordinaria y Especial de Accionistas de la Sociedad para el 4 de junio de 2012. La mencionada asamblea aprobó: (i) la remoción de los Directores por los accionistas Clase A y Clase D y de los miembros de la Comisión Fiscalizadora; (ii) la determinación del número de miembros titulares del Directorio de la Sociedad en 17 y de los miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora en 3; (iii) la elección de los Directores por la Clase A y D y de los miembros de la Comisión Fiscalizadora; y (iv) la determinación del plazo de su mandato.

Con fecha 4 de junio de 2012, la Asamblea General Ordinaria de Accionistas designó el nuevo Directorio de la Sociedad, quedando consecuentemente concluido el período de intervención de la Sociedad.

Con fecha 17 de julio del 2012 se celebró la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, la cual ha aprobado los Estados Contables de YPF correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011, y adicionalmente aprobó lo siguiente respecto a distribución de utilidades del ejercicio finalizado el 31 de diciembre del 2011: (i) desafectar el saldo no utilizado de la cuenta Reserva para Futuros Dividendos de 1.057 y trasladarlo a Resultados acumulados, resultando el monto total de Resultados acumulados, juntamente con las utilidades del ejercicio, de 6.353; (ii) reservar la cantidad de 299 al efecto de cumplir con la restricción a la distribución de resultados impuesta por las normas de la Comisión Nacional de Valores con respecto a los resultados diferidos negativos, la cual será afectada conforme lo establecen las normas contables; (iii) destinar la suma de 5.751 a constituir una reserva para inversiones en los términos del artículo 70, párrafo tercero de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales y sus modificaciones, y (iv) destinar la suma de 303, a una reserva para el pago de dividendos, facultando al Directorio a determinar la oportunidad para su distribución en un plazo que no podrá exceder el del cierre del presente ejercicio. Con fecha 6 de noviembre de 2012 el Directorio de la Sociedad decidió el pago de un dividendo de $0,77 por acción, el cual fue puesto a disposición de los accionistas el 19 de noviembre de 2012.

En relación a la implementación de las NIIF antes mencionada, la Resolución General N° 576/2010 establece que las emisoras que, de acuerdo a lo establecido en las normas contables profesionales vigentes en Argentina, habían ejercido la opción de informar en nota a los estados contables el pasivo por impuesto diferido originado por la diferencia entre el valor contable de los bienes de uso ajustados por inflación y su correspondiente valor histórico utilizado para fines fiscales, debían efectuar el reconocimiento contable de dicho pasivo con contrapartida en resultados no asignados. La norma menciona que este reconocimiento podía efectuarse en cualquier cierre de período intermedio o anual hasta la fecha de transición a las NIIF, inclusive. Asimismo, la resolución antes mencionada establece que, por única vez, la Asamblea de Accionistas que considere los estados contables del ejercicio en que sea reconocido el pasivo por impuesto diferido podrá reimputar el monto del débito a resultados no asignados con contrapartida en rubros integrantes del capital que no estén representados por acciones (Capital social) o con contrapartida en cuentas de ganancias reservadas, no estableciendo un orden predeterminado para esta imputación. YPF reconoció contablemente en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2010 el pasivo por impuesto diferido originado por la diferencia entre el valor contable de los bienes de uso ajustados por inflación y su correspondiente valor histórico utilizado para fines fiscales, incluyendo los efectos del cambio de criterio contable en forma retroactiva.

La Asamblea general ordinaria de accionistas de fecha 26 de abril de 2011, dispuso la absorción contra la cuenta “Ajuste del capital”, del efecto correspondiente a la registración del pasivo diferido mencionado, el cual fuera registrado según lo mencionado en los párrafos precedentes, por un importe de 1.180. Asimismo, como consecuencia de la referida absorción, dicha Asamblea dispuso la desafectación de la Reserva Legal por 236 para adecuar su saldo a los requerimientos legales.

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GUSTAVO ADOLFO MAZZONI Por Comisión Fiscalizadora

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GUILLERMO D. COHEN Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73