1.2 Breve bosquejo de la ética del discurso
47 Cfr Ibid, p 97 ss.
no existe otro procedimiento para despejar la incógnita sino reiterar los procesos interactivos... Pero si lo que ha quedado problematizado son las pretensiones de verdad o de corrección, ambos interlocutores se ven obligados a pasar al discurso argumentativo, si es que desean proceder racionalmente48.
Estas son, pues, las ya conocidas pretensiones de validez del habla. Cabe
señalar que el Hecho de que hablante y oyente realicen actos del habla, significa que implícitamente se están reconociendo mutuamente como personas, como
í •
seres capaces de realizar acciones comunicativas y de defender sus posiciones a través de un diálogo; dicho de otro modo, hablante y oyente se reconocen como
|
interlocutores válidos cuando inician un proceso de argumentación en el que sólo
tiene sentido introducirse siempre y cuando se esté interesado en averiguar si
alguna proposición es verdadera, o si alguna norma es válida. De allí emanará el I
nuevo imperativo categórico que corresponde al nosotros argumentamos:
¡
“De igual modo que el científico peirciano tenía que someterse a una norma moral fundamental, formulada como un imperativo categórico, y que le impelía a! reconocer a los restantes miembros de la comunidad científica como interlocutores dotados de los mismos derechos, porque, en caso contrario,!el interés objetivo de la ciencia no podría satisfacerse, la ética de la argumentación describe una norma moral fundamental. Quien pretende argumentar con sentido tiene que haber aceptado ya siempre la siguiente
j
norma, bajo la forma de imperativo categórico: que todos los miembros de la comunidad se reconozcan recíprocamente como interlocutores con los mismos ¿erechos y que se obliguen, por tanto, a exponer sus propios argumentos, a escuchar los ajenos, y a cumplir normas básicas en la lógica de la argumentación, como es la exclusión de la mentira. Rechazar ésta
4 8
norma fundamental supone desvirtuar el sentido de la argumentación, sea teórica o práctica”49.
Apel considera que este nuevo imperativo categórico alcanza a toda acción
¡
con sentido en|la medida en que se puedan verbalizar -esto para contestar a i
Habermas y su ¡tesis de la acción comunicativa, puesto que incluso esta acción
debe ser capaz de “traducirse” o verbalizarse, desde la perspectiva de Apel-. También este irhperativo categórico incluye virtualmente a todo hombre, ya que
todo aquél que posea competencia comunicativa se convierte en un interlocutor
virtual. Esta tedría consensual de lo verdadero y de lo correcto necesita de la
!
participación dé todos los afectados -efectivos o virtuales-, y, por ende, acepta i
todas las argumentaciones -también, efectivas o virtuales-.
El negarse al diálogo respondería más a los intereses individuales de los !
participantes, qúe no del interés objetivo de la propia argumentación, puesto que en ésta se sacrifican los intereses particulares con el fin de llegar a acuerdos argumentativos: “Se exige, pues, una disponibilidad a justificar necesidades personales como exigencias interpersonales, en la que vemos una analogía con el «S elfsu rre nd er» requerido por Peirce, por cuanto la « su bjetivida d», propia de la imposición | egoísta de intereses, debe sacrificarse en aras de la «transubjetividad» de la defensa argumentativa de intereses”50.
!
Desde la ética apeliana, según se ha venido esbozando hasta este punto,
surge una nueva definición de persona: “Este es el nuevo ser autónomo: el que
tiene capacidad para defender con razones sus propuestas. Y no sólo tiene capacidad, sinoj también derecho, porque excluirle, negarle el reconocimiento, supone renunciár a los intereses objetivos del diálogo”51. Esto es, todos los seres
Ibid.p. 107 !
Apel, K.O., La transformación de la filosofía..., p. 402-403 Cortina, A., Razón comunicativa..., p. 108
capaces de comunicación lingüística deben ser considerados como personas, y la ¡
persona debe ser tratada como un fin en sí misma, y no sólo como medio, según
i
la clásica formulación kantiana.
Por todo lo anterior, se puede catalogar a la ética del discurso con las
I
siguientes características: formal -o procedimental-, deontológica, universalista y
cognitivista. Lal ética del discurso de Apel y Habermas es procedimental o
i
formalista puesto que no es una reflexión sobre la vida buena concreta, sino una
reflexión moral ^trascendental- sobre las condiciones de posibilidad de dicha vida, que deben ser establecidas por consenso, para luego traducirse en instituciones después de un debate público en donde todas las voces puedan ser escuchadas.
i
Ética procedimental, porque no busca los contenidos de las normas morales y/o I
jurídicas, sino procedimientos para declararlas válidas.
Es también una ética deontológica en la medida en que se ocupa de la
i
vertiente normativa del fenómeno moral, pero no es un deontologismo meramente formal, al modo
emanan del
del deber ser kantiano, sino que considera las consecuencias que
acuerdo entre los sujetos, esto es, un deontologismo
i
consecuencialista. Evidentemente, en este consecuencialismo se “cuela” algún |
elemento teleológico, si bien es cierto que los elementos preponderantes en la
ética del discurso son más deontológicos que teleológicos, puesto que
corresponde mas a ío exigióle que al campo de la decisión moral o elección de la
vida buena, quejes variable en cada ser humano.
Esta ética del discurso es a su vez universalista puesto que señala
determinadas acciones como especialmente valiosas, pero que no son una forma determinada de| vida que defina bienes concretos u horizontes determinados de felicidad, sino que esta universalidad hace alusión a una actitud, un modo universalizable de entender dialógicamente la realidad, apuntando de esta manera
a cierta afirmación humana de la justicia y la solidaridad, nociones que son i
indispensables én todo lugar y en todo tiempo.
Por último, la ética del discurso es cognoscitivista, puesto que, al igual que
Kant, afirma qué se pueden argumentar racionalmente sobre la corrección de las normas morales, y así como hay un discurso teórico a partir del cual se puedan
distinguir las proposiciones verdaderas de las falsas, así también existe un
i'
discurso práctico a partir del cual se pueda determinar la corrección o incorrección
de las normas. Esto rompe de lleno con el supuesto emotivismo de la moral que
actualmente impera en el panorama de la filosofía contemporánea.
i
¡
La ética del discurso de Apel, aquí brevemente presentada, es la base para introducirnos al pensamiento de Adela Cortina, además, sirve como la referencia inmediata para poder entender la crítica y la aportación que realiza la autora en este ámbito de la ética. Antes de realizar un examen detallado de las críticas de
i
Cortina al proyecto de la ética discursiva, es dable presentar la propuesta de la ¡
Ética mínima en clara consonancia con las principales ideas de la ética discursiva l
apeliana. ¡