1. MARCO TEÓRICO
1.1.5 NORMAS LEGALES Y PROCEDIMIENTOS CONTABLES
1.1.5.1 Normas internacionales de información Financiera
1.1.5.1.3 Clasificación y presentación de cada norma
Las normas internaciones de información financiera comprenden:
TABLA N°: 4 LISTADO DE NIIF´S VIGENTES
Normas Internacionales de Información Financiera
1 NIIF 1 Adopción por primera vez de las NIIF´S 2 NIIF 2 Pagos basados en acciones
3 NIIF 3 Combinaciones de Negocios 4 NIIF 4 Contratos de seguro
5 NIIF 5 Activos no corrientes disponibles para la venta 6 NIIF 6 Exploración y evaluación de recursos minerales 7 NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar 8 NIIF 8 Segmentos de operación
9 NIIF 9 Instrumentos financieros 10 NIIF 10 Estados financieros consolidados 11 NIIF 11 Acuerdos conjuntos
12 NIIF 12 Información a revelar sobre participaciones en otras entidades 13 NIIF 13 Medición del valor razonable
TABLA N°: 5 LISTADO DE NIC´S VIGENTES
Normas Internacionales de Contabilidad
1 NIC 1 Presentación de estados financieros 2 NIC 2 Inventarios
3 NIC 7 Estado de flujos de efectivo
4 NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores 5 NIC 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa 6 NIC 11 Contratos de construcción
7 NIC 12 Impuesto a las ganancias 8 NIC 16 Propiedades planta y equipo 9 NIC 17 Arrendamientos
10 NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias 11 NIC 19 Beneficios a los empleados
12 NIC 20 Contabilización de las subvenciones del gobierno
13 NIC 21 Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera 14 NIC 23 Costos de prestamos
15 NIC 24 Información a revelar sobre partes relacionadas
16 NIC 26 Contabilización e información financiera sobre planes por retiro 17 NIC 27 Estados financieros separados
18 NIC 28 Inversiones en asociadas y negocios conjuntos 19 NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias 20 NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación
21 NIC 33 Ganancias por acción
22 NIC 34 Información financiera intermedia 23 NIC 36 Deterioro del valor de los activos
24 NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes 25 NIC 38 Activos intangibles
26 NIC 39 Instrumentos financieros 27 NIC 40 Propiedades de Inversión 28 NIC 41 Agricultura
A continuación se presenta la descripción de las normas contable de mayor relevancia y uso en el Ecuador:
NIC 1 Presentación de estados financieros
1.1.5.1.3.1
NIC 1.1 El objetivo de esta norma es establecer la base para presentación de estados financieros con el fin de asegurar la comparabilidad de los mismos entre la misma empresa y empresa diferentes.
NIC 1.2 Se deberá aplicar a la presentación de todos los estados financieros elaborados y presentados de acuerdo a NIIF´S
NIC .25 Salvo por el estado de flujos de efectivo la empresa debe preparar los estados financieros sobre la base contable de acumulación o devengo
NIC 1.53 La presentación del estado de situación financiera debe distinguir entre activos corrientes y no corriente así como pasivos corrientes y no corrientes.
NIC 1.36 Una entidad presentara un juego completo de estados financieros al menos anualmente.
NIC 1.56 Cuando una entidad presente en el estado de situación financiera los activos o pasivos por impuestos diferidos estos no deberán ser clasificados como corrientes.
NIC 8 Políticas contables cambios en las estimaciones contables y errores
1.1.5.1.3.2
NIC 8.5 Las políticas contables son principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos adoptados por una entidad para preparar y presentar los estados financieros.
Elección de políticas contables
NIC 8.7 Una políticas contable debe determinarse aplicando una de las NIIF´S en este especificada en una transacción, si no existe la entidad debe elegir una que información relevante y fiable.
Cambio de políticas
NIC 8.14 Se debe modificar una política contable si ello es requerido por una de las NIIF´S o se esa modificación producirá una presentación más fiable y relevante en los estados financieros.
NIC 8.34 el tratamiento de una estimación contable es diferente a la de un cambio de políticas o a la corrección de un error.
Correcciones de errores
NIC 8.42 Para tratar los errores materiales se debe reformular los periodos anteriores que se presentan y el saldo de apertura de las reservas del primer ejercicio que se presentan en los estados financieros. Se expresa toda la información comparativa.
GRAFICO N°: 17 CONTABILIZACIÓN NIC 8
Elaborado por: MORA, Juan Carlos
NIC 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa
1.1.5.1.3.3
NIC 10.2 Esta norma es aplicable en la contabilización y revelación de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa.
Hechos posteriores que implican ajustes
Resoluciones de litigios
Descubrimientos de fraudes o errores
Información sobre deterioro de activos
Hechos posteriores que no implican ajustes
Variación de tasas tributarias
Plan con el fin de interrumpir las operaciones
Destrucción por incendio
Aprobación de dividendos hacia los accionistas
CAMBIO DE CRITERIO CONTABLE
CORRECCIONES DE ERRORES
CAMBIO DE ESTIMACIONES
FORMA RETROSPECTIVA
FORMA RETROSPECTIVA
FORMA PROSPECTIVA APLICACIÓN CONTABLES NIC 38
NIC 18 Ingresos ordinarios
1.1.5.1.3.4
La NIC 18 incluye el tratamiento aplicable a los ingresos procedente de venta de bienes, prestación de servicios, intereses y dividendos.
NIC 18.9 La valoración de los ingresos debe hacerse utilizando el valor razonable de la contrapartida derivada de los mismos.
NIC 18.11 Se requiere que se realice un descuento cuando se difiera el cobro ya que el valor razonable de la contrapartida será menor que la cantidad pendiente de cobro. La diferencia se reconocerá como intereses.
NIC 18.14 Se reconocerá en ingreso procedente a la venta de bienes todos y cada una de las siguientes condiciones:
La entidad ha transferido al comprador los riesgos y beneficios
La entidad no pueda influir en la gestión de los bienes vendidos
El importe de los ingresos pueda cuantificarse
El probable que se reciba los beneficios económicos de la transacción
Los costos de la transacción puedan ser cuantificados.
NIC 18.18 Cuando exista incertidumbre sobre el grado de cobrabilidad de un saldo ya incurridos entre los ingresos, el valor incobrable deberá reconocerse como un gasto en
lugar de ajustar al importe de ingresos inicialmente reconocidos.
NIC 2 Inventarios
1.1.5.1.3.5
NIC 2.2 Esta norma es aplicable a todos los inventarios excepto a obras en curso, instrumentos financieros y activos biológicos.
NIC 2.10 El costo de los inventarios incluye todos los costos derivados de la compra, transformación y otros costos.
NIC 2.16 Están excluidos dentro del costos de los inventarios los gastos por almacenamiento posteriores a la terminación del producto.
NIC 2.11 El costo de adquisición incluye:
Precio de compra
Aranceles y otros impuestos no recuperables
Transporte
Menos descuentos y rebajas
NIC 2.12 El costo de transformación incluye Manos de obra, materiales y costos indirectos de fabricación.
NIC 2IN 13 Esta norma no permite el uso del método LIFO para la valoración y medición de inventarios.
NIC 16 Propiedad, planta y equipo
1.1.5.1.3.6
NIC 16.5 Esta norma aparte de su aplicación regular también deberá aplicarse a los elementos de que estén construyéndose para utilizarlos como propiedades de inversión el en futuro.
NIC 16.7 Las propiedades planta y equipos deberán ser reconocidos como activos solo si:
Es probable obtener beneficios económicos
El costo puede ser medido con fiabilidad
NIC 16.44 Puede ser apropiado asignar el costo de un activo a partes significativas con distintas vidas útiles.
NIC 16.22 El costo de un activo construido por la entidad se determina con los mismos principios de un activo adquirido.
Una entidad puede elegir valuar las propiedades planta y quipo usando el modelo del costo o el modelo de revaluación.
NIC 16.30 Modelo del costo.-costo de adquisición menos la depreciación acumulada y el
importe acumulado de cualquier perdida por deterioro de valor.
NIC 16 31-36 Modelo de revaluación.- Valor razonable menos la depreciación acumulada
y menos pérdidas acumuladas por deterioro.
NI 16.39-40 Los incrementos de la revaluación se acreditan en el patrimonio y se denominan superávit por revaluación.
NIC 16.43-59 La depreciación de un elemento de propiedades planta y equipos se la debe realizar cuando esté disponible para su uso y continuara depreciándose se hasta su baja en cuentas.
Los estimados de la vida útil y del valor residual, así como el método de depreciación se medirán al menos anualmente.
GRAFICO N°: 18 PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO
.
Elaborado por: MORA, Juan Carlos (2015)
NIC 38 Activos Intangibles
1.1.5.1.3.7
NIC 38.8 Un activo intangible se define como un activo identificable de carácter no monetario y sin apariencia física del cual la entidad espera obtener en el futuro beneficios económicos.
NIC 38.24 La valoración inicial de un activo debe hacerse por su costo de adquisición o producción.
NIC 38.43 Los gastos de investigación y desarrollo posteriores a la adquisición se contabilizan como:
Gastos si son de investigación
Gastos si no cumplen los requisitos de reconocimiento de los gastos de desarrollo
CARACTERÍSTICAS MEDICIÓN INICIAL
MEDICIÓN POSTERIOR EROGACIONES POSTERIORES COSTO O VALOR RAZONABLE SE CAPITALIZAN SI GENERAN BENEFICIOS CONTROL- BENEFICIOS ECONÓMICOS COSTO O VALOR REVALUADO
NIC 38.57 Para capitalizar los gastos de desarrollo la entidad debe demostrar todos los siguientes aspectos:
Técnicamente es probable completar la producción de un activo
Tiene la intención de desarrollarse plenamente el activo
El activo va generar beneficios económicos en el futuro
Dispone de recursos suficientes para completar el desarrollo
Una entidad puede elegir un activo intangible usando el modelo del costo o el modelo de revaluación.
NIC 38.74 Modelo del costo.-costo de adquisición menos la depreciación acumulada y el
importe acumulado de cualquier perdida por deterioro de valor.
NIC 38.75 Modelo de revaluación.- Valor razonable menos la depreciación acumulada y
menos pérdidas acumuladas por deterioro.
NIC 38.97 La entidad estará obligada a comenzar la depreciación de un activo intangible cuando esté disponible para su uso, y continuara depreciándose hasta que este dado de baja en cuentas.
NIC 38.107 Los activos intangibles con una vida indefinida no se amortizaran.
NIC 36 Deterioro del valor de los activos
1.1.5.1.3.8
NIC 36.1 El objetico de esta norma es establecer los procedimientos que una entidad aplicara para asegurarse que sus activos estén contabilizados por un importe que no sea superior al recuperable.
NIC 36.2 Esta norma únicamente abarca los bienes de uso, activos intangibles, e inversiones.
La NIC 36 requiere que la plusvalía y otros intangibles de vida indefinida sean probados por deterioro al menos anualmente, o con mayor frecuencia se presenta un indicador.
NIC 36.59 el importe en libros de un activo se reducirá hasta que alcance su importe recuperable, y solo si, este importe recuperable es inferior al valor libros esa reducción es una perdida por deterioro de valor.
NIC 36.60 La perdida por deterioro de valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo, al menos que el activo se haga revaluado previamente.
NIC 36.61 Una perdida por deterioro del valor de una activo revaluado se reconocerá como un cargo a la cuenta superávit por revaluación, si existe alguna diferencia deberá ser registrada como un gasto.
NIC 12 Impuestos diferidos
1.1.5.1.3.9
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias, el cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de las diferencia entre la base imponible fiscal y contable.
NIC 12.5 El impuesto corriente se define como la cantidad a pagar o recuperar del impuesto sobre las sociedades generada por el beneficio o la perdida futura.
NIC 1.56 Los impuestos diferidos no se deben clasificar como activos o pasivos corrientes, deben ser clasificados como no corrientes.
NIC 12.12 Si la cantidad ya pagada de impuestos excede de la cantidad a pagar dicho valor debe ser reconocido como un activo.
NIC 12.77 El gasto por impuesto a las ganancias relacionado con el resultado de actividades ordinarias deberá presentarse en el estado de resultados integral.
NIC 12.71 Una entidad puede compensar activos y pasivos por impuestos diferidos solo si tiene reconocido legalmente el derecho de compensar y si pertenecen a la misma autoridad
NIIF 9 Instrumentos financieros
1.1.5.1.3.10
El objetivo de esta NIIF es establecer los principios para la información financiera sobre activos financieros y pasivos financieros de forma que presente información útil y relevante para los usuarios de los estados financieros.
NIIF 9-3.1.1. Una entidad reconocerá un activo financiero o un pasivo financiero en sus estados de situación financiera solo cuando se convierta en parte de las cláusulas contractuales del instrumento.
NIIF 9-3.2.3Una entidad dará de baja en cuantas un activo financiero solo cuando:
Expiren los derechos contractuales
Se transfiera el activo financiero siempre y cuando se transfieran todos los riesgos
NIIF 9-3.3.1 Una entidad eliminara de su estado de situación financiera un activo financiero solo cuando la obligación del contrato haya sido cancelada o expirado.
NIIF 9-4.1.1 Una entidad clasificara un activo financiero según se midan posteriormente al coto amortizado o a valor razonable.
NIIF 9-4.2.1 Una entidad clasificara todos los pasivos financieros al costo amortizado utilizando el metido de interés efectivo.
NIIF 9-5.1.1 En el reconocimiento inicial una entidad medirá un activo o pasivo financiero a su valor razonable.
NIIF9-5.7.1 Una ganancia o pérdida de un activo o pasivo financiero se reconocerá en el resultado del periodo.
NIC 37 Provisiones, activos y pasivos contingentes
1.1.5.1.3.11
El objetivo de esta norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el reconocimiento y medición de las provisiones, pasivos y activos contingentes.
NIC 37.14 Debe reconocerse una provisión cuando se den las siguientes condiciones:
Una entidad tiene una obligación presente como resultado de hechos pasados
Es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos económicos.
Puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.
NIC 37.36 Es importe registrado como provisión debe ser el mejor estimado del gasto necesario para cancelar la obligación a la fecha del balance.
NIC 37.59 Las provisiones se deben recalcular cada año y ser ajustadas a una nueva estimación.
NIC 39.59 En el caso de que ya no sea probable la salida de recursos se deberá revertir la provisión.
GRAFICO N°: 19 REGISTRO DE UNA PROVISIÓN (NIC 37)
¿ C U A N D O R E G I S T R O U N P A S I V O ? LA OBLIGACIÓN PRESENTE ES EL RESULTADO DE UNA HECHO OBLIGANTE EXISTE UNA PROBABLE SALIDA DE DINERO SE PUEDE ESTIMAR EN FORMA CONFIABLE SE REALIZA LA ESTIMACIÓN Y SE REGISTRA LA OBLIGACIÓN
1.1.5.2 Aspectos legales en el ámbito laboral
Art. 97 Participación de trabajadores en las utilidades de la empresa.-El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el 15% de las utilidades liquidas distribuidas de la siguiente manera:
10% se divida para los trabajadores de la empresa
5% restante será entregado a los trabajadores en proporción a sus cargas familiares.
Art. 105 Plazo para el pago de utilidades.-El pago que corresponde a los trabajadores por concepto de utilidades se pagara a más tardar el quince de abril de cada año en la región costa.
Art. 111 Derecho a la décima tercera remuneración.- Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen hasta el veinticuatro de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubiera percibido durante el año.
Art. 113 Derecho a la décima cuarta remuneración.- Los trabajadores recibirán una bonificación anual equivalente a una remuneración básica mínima unificada que será pagada hasta el quince de marzo en la región costa e insular.
Art. 47 De la jornada máxima.- La jornada normal de trabajo será de ocho horas diarias de manera que no exceda las cuarenta horas semanales.
Art. 55 Remuneración por horas suplementarias y extraordinarias.-Por convenio entre las dos partes la jornada máxima de trabajo podrá exceder el límite normal de horas siempre y cuando se tome en cuenta lo siguiente:
Las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en el día ni de doce en la
semana.
Si tuviera lugar durante el día y hasta las 24H00, el empleador pagara la
cincuenta por ciento de recargo. Si dichas horas estuvieran comprendidas entre las 24H00 y las 06H00 el trabajador tendrá derecho a un cinto por ciento de recargo.
El trabajo que se ejecute los días sábados domingos y feriados deberán ser pagados
con el cinto porciento de recargo.
Art. 69 Vacaciones anuales.- Todo trabajador tendrá derecho de gozar anualmente de un periodo ininterrumpido de quince días de descanso.
Art. 71 Liquidación para pago de vacaciones.-la liquidación para pago de vacaciones se hará computando la veinticuatroava parte percibida por el trabajador durante el año completo de trabajo