• No se han encontrado resultados

Bloque 1, baja competitividad

CLAVE MUNICIPIO MORENA PT PES SUMA % ENCABEZA GÉNERO

106 TLATLAYA 0.13% 0.00% 0.00% 0.13% MORENA M

42 IXTAPAN DEL ORO 0.05% 0.22% 0.00% 0.27% MORENA H

80 SOYANIQUILPAN DE JUAREZ 0.00% 0.61% 0.00% 0.61% PT M

103 TIMILPAN 0.75% 0.00% 0.00% 0.75% MORENA M

123 LUVIANOS 0.33% 0.38% 0.07% 0.78% PES M

81 SULTEPEC 0.77% 0.00% 0.13% 0.90% MORENA M

33 DONATO GUERRA 0.75% 0.31% 0.00% 1.06% PES H

46 JILOTEPEC 0.79% 0.84% 0.00% 1.63% PES H

87 TEMASCALTEPEC 0.87% 0.81% 0.00% 1.68% MORENA H

8 AMATEPEC 1.40% 0.37% 0.00% 1.77% PES H

115 VILLA VICTORIA 0.80% 0.53% 0.47% 1.79% MORENA M

112 VILLA DE ALLENDE 0.64% 0.98% 0.32% 1.94% MORENA H

114 VILLA GUERRERO 1.66% 0.00% 0.35% 2.01% MORENA H

98 TEXCALTITLAN 2.17% 0.00% 0.00% 2.17% PES M

72 POLOTITLAN 2.19% 0.00% 0.00% 2.19% MORENA M

120 ZUMPAHUACAN 0.71% 1.73% 0.22% 2.65% PT H

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 37 de 46

53 MALINALCO 1.55% 0.85% 0.42% 2.82% PT M

4 ALMOLOYA DE ALQUISIRAS 0.44% 2.54% 0.00% 2.98% MORENA H

27 CHAPA DE MOTA 2.42% 1.06% 0.00% 3.48% PES H

124 SAN JOSE DEL RINCON 1.44% 1.52% 0.84% 3.80% MORENA M

1 ACAMBAY DE RUIZ C. 2.18% 1.93% 0.00% 4.11% MORENA M

108 TONATICO 3.00% 1.26% 0.00% 4.26% MORENA M

17 AYAPANGO 2.07% 1.62% 0.71% 4.40% PT M

83 TEJUPILCO 2.72% 1.38% 0.53% 4.63% MORENA H

78 SAN SIMON DE GUERRERO 4.66% 0.00% 0.00% 4.66% MORENA H

44 XALATLACO 2.79% 2.10% 0.00% 4.89% PT H

54 MELCHOR OCAMPO 4.29% 0.80% 0.00% 5.10% MORENA M

36 HUEHUETOCA 2.12% 0.73% 2.39% 5.24% MORENA M 65 EL ORO 4.79% 0.76% 0.00% 5.55% MORENA H 47 JILOTZINGO 3.74% 1.93% 0.00% 5.66% MORENA M 51 JUCHITEPEC 5.93% 0.00% 0.00% 5.93% PES H 57 MORELOS 0.91% 0.78% 4.41% 6.11% PT H 35 ECATZINGO 1.27% 5.92% 0.00% 7.19% PES M 85 TEMASCALAPA 2.10% 5.15% 0.00% 7.25% MORENA H 96 TEPOTZOTLAN 4.64% 0.79% 1.88% 7.31% MORENA M 64 OCUILAN 6.30% 1.41% 0.00% 7.71% MORENA H 97 TEQUIXQUIAC 6.98% 0.91% 0.00% 7.89% MORENA H

Bloque 2, media competitividad

CLAVE MUNICIPIO MORENA PT PES SUMA % ENCABEZA GÉNERO

75 SAN FELIPE DEL PROGRESO 3.47% 2.88% 1.60% 7.95% MORENA H

3 ACULCO 5.53% 2.55% 0.00% 8.08% MORENA M 38 HUIXQUILUCAN 5.31% 0.81% 3.01% 9.13% MORENA M 102 TIANGUISTENCO 3.67% 3.15% 2.81% 9.63% PT H 52 LERMA 5.12% 2.87% 2.15% 10.15% MORENA H 40 IXTAPALUCA 6.17% 1.01% 3.10% 10.28% PES M 49 JOCOTITLAN 4.30% 4.54% 2.08% 10.91% MORENA M 60 NEZAHUALCOYOTL 7.86% 0.98% 3.09% 11.92% MORENA M 95 TEPETLIXPA 11.92% 0.36% 0.00% 12.27% MORENA M 37 HUEYPOXTLA 2.31% 0.50% 9.79% 12.60% MORENA H 109 TULTEPEC 8.35% 1.25% 3.28% 12.88% MORENA M

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 38 de 46

68 OTZOLOTEPEC 8.32% 3.14% 1.51% 12.97% PT M

88 TEMOAYA 5.86% 5.76% 1.82% 13.44% PT M

45 JALTENCO 3.73% 1.88% 8.09% 13.70% PES H

61 NICOLAS ROMERO 9.03% 1.36% 3.45% 13.84% MORENA H

77 SAN MATEO ATENCO 7.32% 4.02% 2.52% 13.86% MORENA M

15 ATLAUTLA 6.56% 1.17% 6.40% 14.12% PES M 121 ZUMPANGO 7.53% 3.87% 3.61% 15.01% MORENA H 107 TOLUCA 6.13% 4.34% 4.66% 15.14% MORENA H 2 ACOLMAN 6.74% 3.25% 5.20% 15.19% PES H 93 TEOTIHUACAN 3.78% 3.84% 7.76% 15.37% MORENA H 19 CAPULHUAC 5.33% 6.27% 4.73% 16.33% PES M 118 ZACUALPAN 13.55% 2.80% 0.00% 16.35% MORENA H 92 TEOLOYUCAN 8.82% 7.61% 0.00% 16.43% MORENA M 119 ZINACANTEPEC 4.19% 8.95% 3.29% 16.44% PES H 22 COCOTITLAN 3.56% 8.83% 4.10% 16.49% PES M 26 CHALCO 8.10% 1.31% 7.52% 16.92% PES H 10 APAXCO 0.88% 0.72% 15.36% 16.96% MORENA M 58 NAUCALPAN DE JUAREZ 11.41% 1.41% 4.66% 17.48% PT M

111 VALLE DE BRAVO 5.41% 11.33% 0.81% 17.55% MORENA M

13 ATIZAPAN DE ZARAGOZA 9.91% 1.61% 6.29% 17.81% PES M

24 CUAUTITLAN 8.24% 5.00% 4.59% 17.83% MORENA H

71 LA PAZ 11.12% 3.64% 3.27% 18.03% PT M

105 TLALNEPANTLA DE BAZ 11.18% 1.84% 5.65% 18.67% MORENA H

69 OZUMBA 13.36% 1.29% 4.20% 18.85% PES H

63 OCOYOACAC 4.61% 7.45% 7.15% 19.21% PES M

39 ISIDRO FABELA 5.85% 12.36% 1.36% 19.57% PT M

Bloque 3, alta competitividad

CLAVE MUNICIPIO MORENA PT PES SUMA % ENCABEZA GÉNERO

23 COYOTEPEC 3.99% 6.95% 8.96% 19.90% PT H

55 METEPEC 6.74% 8.95% 4.27% 19.96% PT M

25 CUAUTITLAN IZCALLI 11.58% 2.03% 6.52% 20.13% PT H

70 PAPALOTLA 3.48% 12.18% 4.50% 20.16% MORENA H

20 COACALCO DE BERRIOZABAL 12.01% 1.41% 6.74% 20.16% PES H

79 SANTO TOMAS 0.82% 20.58% 0.00% 21.41% MORENA M

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 39 de 46

6 ALMOLOYA DEL RIO 2.45% 4.34% 15.73% 22.52% MORENA M

110 TULTITLAN 12.69% 3.71% 6.23% 22.64% MORENA M

76 SAN MARTIN DE LAS PIRAMIDES 22.04% 1.58% 0.00% 23.62% PES M

89 TENANCINGO 14.12% 7.95% 1.97% 24.04% PES H

32 CHIMALHUACAN 17.52% 2.26% 4.54% 24.31% MORENA H

21 COATEPEC HARINAS 8.34% 17.94% 0.00% 26.28% PT H

91 TENANGO DEL VALLE 2.37% 22.23% 1.69% 26.28% PT H

16 AXAPUSCO 2.34% 23.00% 0.94% 26.28% PT H

122 VALLE DE CHALCO S. 22.27% 0.96% 3.69% 26.91% MORENA H

74 SAN ANTONIO LA ISLA 7.76% 17.69% 1.81% 27.27% PT H

94 TEPETLAOXTOC 21.30% 4.52% 1.82% 27.64% MORENA M 101 TEZOYUCA 10.19% 19.31% 0.00% 29.51% PES M 18 CALIMAYA 3.79% 24.91% 1.05% 29.75% PT H 99 TEXCALYACAC 2.38% 3.96% 24.69% 31.03% PES M 14 ATLACOMULCO 4.15% 24.46% 2.82% 31.43% PT H 50 JOQUICINGO 27.59% 0.85% 4.42% 32.85% MORENA H

90 TENANGO DEL AIRE 2.08% 18.23% 13.11% 33.41% PES H

84 TEMAMATLA 2.04% 21.07% 10.54% 33.65% PES M 30 CHICOLOAPAN 18.25% 0.81% 15.92% 34.98% MORENA M 104 TLALMANALCO 4.95% 8.16% 23.53% 36.64% PES M 9 AMECAMECA 4.92% 1.04% 31.27% 37.22% PES H 28 CHAPULTEPEC 1.82% 35.79% 0.00% 37.61% PT M 7 AMANALCO 0.69% 38.25% 0.00% 38.94% PT M 12 ATIZAPAN 18.84% 20.16% 0.00% 39.01% MORENA H 66 OTUMBA 0.69% 37.86% 0.74% 39.29% PES M 48 JIQUIPILCO 13.26% 25.16% 1.01% 39.43% MORENA H 73 RAYON 0.47% 39.25% 0.00% 39.72% PT H 31 CHICONCUAC 20.27% 13.72% 6.61% 40.60% MORENA M 56 MEXICALTZINGO 18.44% 15.81% 9.90% 44.15% PT H 100 TEXCOCO 45.99% 0.90% 1.71% 48.60% MORENA M 125 TONANITLA 9.08% 24.01% 17.56% 50.65% PT M

Mediante oficio REPMORENA/105/2018 del tres de abril de dos mil dieciocho, el Representante Propietario de MORENA, licenciado Ricardo Moreno Bastida, solicitó al Consejero Presidente, Lic. Pedro Zamudio Godínez, una reunión de trabajo con los integrantes del

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 40 de 46

Consejo General, a verificarse el día cuatro del mismo mes y año, a las dieciocho horas, en la Sala de Comisiones del IEEM, con el propósito de revisar lo relativo a la conformación de los bloques de competitividad, así como los criterios de paridad que presentó la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” para el registro de sus candidaturas.

En consecuencia, la sesión de trabajo antes referida se realizó el cuatro de abril, a las dieciocho horas, en el lugar precisado, en la que estuvieron presentes las Consejeras y Consejeros electorales integrantes del Consejo General, la Directora de Partidos Políticos y el Representante Propietario de MORENA, licenciado Ricardo Moreno Bastida, con el propósito de verificar la información sobre la conformación de los bloques de competitividad de la Coalición Parcial previamente enunciada, conforme al procedimiento descrito en la Consideración III. Motivación, del Acuerdo IEEM/CG/31/2018.

A efecto de contextualizar, la revisión de los bloques de competitividad se llevó a cabo, a partir de la información presentada por la mencionada Coalición, considerando que presentó información correspondiente a 119 municipios.

Durante la reunión de trabajo, se le concedió el uso de la voz al representante propietario de MORENA, Ricardo Moreno Bastida, quien manifestó que la regulación de las coaliciones corresponde al orden federal, por ello la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”, presentó la información considerando la votación de los tres partidos políticos en cada municipio, y con base en tales datos se integraron los bloques de competitividad que se presentaron, cumpliendo de la manera más integral con el principio de que en los tres bloques haya proporcionalidad.

Para revisar la información, la sesión de trabajo tuvo un receso la cual reanudó a las dieciocho horas del cinco de abril de dos mil dieciocho. Ahora bien, en la reunión de trabajo, entre otra información, se identificaron los bloques en los que la Coalición de mérito tiene menor competitividad y, luego de ser analizados, se constató que cumplen con los criterios requeridos, por lo que se precisó que, en dichos conjuntos, al momento de que se reciban las solicitudes de registro de las

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 41 de 46

candidaturas se habrá de verificar que el número de personas de un mismo sexo que encabecen fórmulas o planillas de candidatas/candidatos sea congruente con lo que señala el artículo 28 del Reglamento de Candidaturas, que señala: “El Instituto verificará que en los tres bloques haya proporcionalidad en la asignación de candidaturas para ambos géneros y que el bloque de menor competitividad no se asigne de manera exclusiva a un solo género”. Las Consejeras y Consejeros Electorales manifestaron que la información objeto de la reunión sería contrastada con las solicitudes de registro de candidaturas, por lo que, si la cantidad de demarcaciones en las que se participe se reduce, los bloques se ajustarán en proporción para volver a revisar la congruencia de las nuevas demarcaciones.

Ahora bien, los artículos 12, párrafo quinto, de la Constitución Local; 9°, párrafo segundo, 248, párrafo quinto, del CEEM, y 23, del Reglamento de Candidaturas, establece que los partidos políticos promoverán la igualdad de oportunidades y la paridad de género en la vida política del Estado, a través de postulaciones a cargos de elección popular en los Ayuntamientos, y deberán observar en los términos del propio CEEM, que la postulación de candidaturas sea de un cincuenta por ciento de cada género.

Asimismo, en caso de que los partidos políticos convengan alguna forma de participación conjunta, de las previstas en la ley, deberán precisar la manera en que darán cumplimiento a esos criterios en los convenios respectivos.

De la misma forma, el artículo 278 del Reglamento de Elecciones, prevé que las coaliciones deberán observar las mismas reglas de paridad de género que los partidos políticos, aun cuando se trate de coaliciones parciales o flexibles, en cuyo caso, las candidaturas que registren individualmente como partido, no serán acumulables a las de la coalición para cumplir con el principio de paridad.

De acuerdo a lo presentado para el registro se tiene el siguiente cuadro:

BLOQUE HOMBRES MUJERES TOTAL

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 42 de 46

MEDIO 17 21 38

ALTO 21 17 38

TOTAL 58 56 114

Con estos datos, se verificó que el bloque de menor competitividad no se asignara de manera exclusiva a un solo género, además de que se cumpliera con los criterios de oportunidad respecto a las posibilidades reales de participación.

Con base en los criterios antes expresados, se aprecia que, de la revisión de las solicitudes de registro de las candidaturas, se verificó que no solamente se cumpliera con criterios de cantidad o porcentaje, sino también con el de igualdad de oportunidades respecto a las posibilidades reales de participación, toda vez que el principio de paridad de género en sus dos dimensiones (vertical y horizontal) está encaminado a materializar la igualdad entre hombres y mujeres en la postulación de candidaturas, con la finalidad de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos político electorales de las mujeres, en tal virtud, se estima que con ello, se da cumplimiento al principio de paridad de género.

Por lo tanto, se considera procedente registrar supletoriamente las planillas de candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos del Estado de México, para el periodo comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021, postuladas por la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”, en los municipios de Acambay, Acolman, Atizapán de Zaragoza, Calimaya, Capulhuac, Chiconcuac, Huehuetoca, Ixtapan del Oro, Jaltenco, Jilotzingo, Metepec, Mexicaltzingo, Morelos, Papalotla, Rayón, Santo Tomas de los Plátanos, Soyaniquilpan, Temamatla, Teoloyucán, Tequixquiac, Texcoco, Tezoyuca, Tlalmanalco, Tlatlaya, Tonatico, Valle de Chalco Solidaridad, Zumpango y Ocuilan, que se refieren en el anexo adjunto al presente Acuerdo, el cual forma parte del mismo.

Con la aclaración de que el registro otorgado a las candidatas y a los candidatos por el presente Acuerdo, quedará sujeto al resultado de los informes de fiscalización de los gastos de precampaña que al efecto apruebe el INE, de conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo 247, del CEEM.

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 43 de 46

Por lo que corresponde a los municipios de Aculco, Jocotitlán, Otzolotepec, Temoaya, Tenango del Valle y Timilpan, se advierte que derivado de la revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos de los integrantes de las planillas correspondientes a dichos municipios que realizó la DPP, en actualidad existen inconsistencias en cuanto al cumplimiento de los principios de alternancia, paridad vertical y horizontal, en tal virtud, no se garantiza la paridad de género en la postulación de las candidaturas en dichos municipios, incumpliéndose con lo exigido por los artículos 41, párrafo segundo, Base I, párrafo segundo, de la Constitución Federal; 12, párrafo quinto, de la Constitución Local; 9°, párrafo segundo, 248, párrafos segundo y quinto, del CEEM y 10, del Reglamento de Candidaturas.

Por lo tanto, se estima que en virtud de que es obligación de esta autoridad electoral, garantizar el derecho de la ciudadanía a tener acceso a un cargo de elección popular en igualdad de condiciones tanto a hombres como mujeres, es procedente otorgar a la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”, un plazo de doce horas improrrogables para subsanar las mismas, en el entendido de que en caso de no ser observado dicho requerimiento, este Consejo General estará a lo establecido en el artículo 249, del CEEM.

Por lo expuesto y fundado se:

A C U E R D A

PRIMERO. - Se registran supletoriamente las planillas de candidaturas a

integrantes de Ayuntamientos correspondientes a los municipios de Acambay, Acolman, Atizapán de Zaragoza, Calimaya, Capulhuac, Chiconcuac, Huehuetoca, Ixtapan del Oro, Jaltenco, Jilotzingo, Metepec, Mexicaltzingo, Morelos, Papalotla, Rayón, Santo Tomas de los Plátanos, Soyaniquilpan, Temamatla, Teoloyucán, Tequixquiac, Texcoco, Tezoyuca, Tlalmanalco, Tlatlaya, Tonatico, Valle de Chalco Solidaridad, Zumpango y Ocuilan del Estado de México, para el periodo comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2021, postuladas por la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” e integradas por las ciudadanas y los ciudadanos cuyos nombres se señalan en el anexo al presente Acuerdo, el cual forma parte del mismo.

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 44 de 46

SEGUNDO. - Por las consideraciones vertidas en el apartado de Motivación

del presente Acuerdo, se niega el registro de las planillas de candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos del Estado de México, correspondientes a los municipios de Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán Izcalli, Ixtapaluca, Lerma, El Oro, Ozumba, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San Martín de las Pirámides, Texcaltitlán, Texcalyacac, Villa de Allende, Zacualpan, Zumpahuacán y Luvianos, postuladas por la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”.

TERCERO.- Derivado de que se detectaron inconsistencias en cuanto al

cumplimiento de los principios de alternancia, paridad vertical y horizontal en la postulación de las planillas de candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México por la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”, en los municipios de Aculco, Jocotitlán, Otzolotepec, Temoaya, Tenango del Valle y Timilpan; en consecuencia, se le otorga un plazo de doce horas improrrogables para subsanar las mismas, en el entendido de que, en caso de no ser observado dicho requerimiento, este Consejo General estará a lo establecido en el artículo 249, del CEEM.

CUARTO. - Hasta en tanto transcurra el plazo otorgado o en su caso, se dé

cumplimiento al requerimiento realizado por el Punto Tercero, en su momento este Consejo General resolverá lo conducente respecto del registro de las demás planillas postuladas.

QUINTO. - Hágase del conocimiento de las representaciones de los partidos políticos ante el Consejo General que integran la Coalición “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”, la aprobación del presente instrumento, para los efectos a que haya lugar.

SEXTO. - Hágase del conocimiento de la DPP la aprobación del presente Acuerdo, a fin de que inscriba las candidaturas aprobadas por el Punto Primero en el libro correspondiente.

SÉPTIMO. - Hágase del conocimiento de la DO la emisión del presente

instrumento, para que tome las medidas pertinentes e informe a los Consejos Municipales del IEEM en de surte efectos la

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 45 de 46

aprobación del mismo, para los efectos que deriven en el ámbito de sus atribuciones.

OCTAVO. - El registro otorgado a las candidatas y a los candidatos por el

presente Acuerdo, quedará sujeto al resultado de los informes de fiscalización de los gastos de precampaña que al efecto apruebe el INE, de conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo 247, del CEEM.

NOVENO. - Se autoriza a la SE para que, de ser el caso, previa acreditación

fehaciente y legal de la identidad de la candidata o candidato o integrante del Ayuntamiento electo, cuyo registro o constancia se solicite corregir, realice las rectificaciones ortográficas en los nombres que sean procedentes.

DÉCIMO. - Hágase del conocimiento de la Dirección de Administración y

de la UTF, la aprobación del presente Acuerdo para los efectos conducentes.

DÉCIMO

PRIMERO - Remítase el presente Acuerdo a las Unidades Técnicas de

Vinculación con los OPL y de Fiscalización, así como a la Junta Local Ejecutiva en el Estado de México, todas del INE, para los efectos conducentes.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. - El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación

por el Consejo General.

SEGUNDO. - Publíquese el presente Acuerdo y su anexo en el Periódico

Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, “Gaceta del Gobierno”, así como en la página electrónica del IEEM.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos, el Consejero Presidente y las Consejeras y los Consejeros Electorales del Consejo General, Licenciado Pedro Zamudio Godínez, Doctora María Guadalupe González Jordan, Maestro Saúl Mandujano Rubio, Maestro Miguel Ángel García Hernández, Maestro Francisco Bello Corona, Maestra Laura Daniella Durán Ceja y Licenciada Sandra López Bringas, en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado

Elaboró: Lic. Mario Rojas Rodríguez Lic. Francisco Ruiz Estévez

ACUERDO N.° IEEM/CG/105/2018

Por el que se resuelve supletoriamente respecto de la solicitud de registro de las Planillas de Candidaturas a integrantes de Ayuntamientos del Estado de México, para el Periodo Constitucional 2019-2021, presentada por la Coalición Parcial denominada “JUNTOS HAREMOS HISTORIA” integrada por los Partidos MORENA, del Trabajo y

Encuentro Social. Página 46 de 46

de México, el veintidós de abril de dos mil dieciocho, durante el desarrollo de la Octava Sesión Extraordinaria iniciada el veinte del mismo mes y año, firmándose para constancia legal, conforme a lo dispuesto por los artículos 191, fracción X y 196, fracción XXX, del CEEM y 7°, fracción XIV, del Reglamento de Sesiones del Consejo General.

"TÚ HACES LA MEJOR ELECCIÓN"

A T E N T A M E N T E

Documento similar