de un pago?
El marco legal vigente, descrito en la pregunta anterior, busca evitar situaciones como la descrita en esta pregunta, toda vez que los Policías, con su uniforme e insignias institucionales, solo pueden trabajar para la Policía Nacional del Perú, y no pueden por tanto contratar directamente con empresas o personas naturales privadas o públicas, pues eso distorsiona la función policial.
Sin perjuicio de lo anterior, resulta posible que, contraviniendo la normativa vigente y el marco creado para la prestación de servicios policiales extraordinarios, malos efectivos policiales presten u ordenen a subalternos prestar dichos servicios a cambio de un pago directo por parte de un solicitante privado, por lo que resulta necesario que las áreas pertinentes de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio del Interior realicen una permanente fiscalización de la prestación de servicios policiales y adopten las acciones administrativas disciplinarias y, de ser el caso, judiciales que resulten pertinentes en caso se detecte una infracción como la descrita en la pregunta.
Finalmente, debo mencionar que, según la información proporcionada por la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, entre los años 2016 y 2017 se han abierto a nivel nacional un total de 38 procesos administrativo disciplinarios contra personal policial por haber realizado servicios individualizados sin estar debidamente autorizados por el Comando Institucional y/o no existir previamente un Convenio interinstitucional para la prestación de dichos servicios con personal policial en situación de franco, permiso o vacaciones.
Pregunta 39. ¿Para que diga: ¿Cómo es cierto que usted tiene 2 asesoras las abogadas Susel Paredes y Rosario Sasieta, que no conocen nada sobre seguridad ciudadana y que se dedican a otras actividades? Incluso la segunda de las nombradas conduce un programa radial. Para que diga ¿Cómo pueden dedicarse parcialmente a una función que requiere una dedicación exclusiva a tiempo completo?
Primero quiero señalar que efectivamente, las dos personas mencionadas son mis asesoras, pero debo decir que tienen una amplia experiencia en diferentes aspectos vinculados a la seguridad ciudadana, son muy buenas profesionales y excelentes seres humanos.
En cuanto a Susel Paredes Piqué, es abogada hace veinticinco años, trabaja en el sector público desde el año 2011, y específicamente en seguridad ciudadana ha tenido experiencia como Subgerenta de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Participó tres años en el CODISEG (Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana) del Cercado de Lima.
Como Gerente de Fiscalización y Control Urbano de la misma comuna, continuó participando en el CODISEG. Clausuró, en la segunda intervención y de manera definitiva, el mercado mayorista de La Parada. Coordinó con la Policía Nacional del Perú operativos conjuntos, en especial con el grupo Terna, para la intervención de locales que cometían infracciones administrativas y delitos.
En el distrito de Los Olivos, ocupó el cargo de Gerenta de Fiscalización y Control Urbano, y realizó operativos conjuntos con la Policía Nacional del Perú para guardar el orden y el cumplimiento de la ley.
Sobre su labor en el Ministerio del Interior, se encuentra a cargo de la Estrategia Barrio Seguro en la provincia de Trujillo en los distritos de El Porvenir, La Esperanza, y Florencia Mora, y en el Cercado de Lima de Barrios Altos, este último en fase de preparación.
En cuanto a Rosario Sasieta, se le convoca para que aporte toda su experiencia en la implementación de políticas de prevención y lucha contra la violencia a la mujer en todas sus expresiones (feminicidio, violencia familar, entre otros), sensibilización y capacitación del personal policial en lo referente a la atención de denuncias relacionadas con la violencia contra las mujeres. Ella cumple con el perfil requerido en razón de contar con más de 30 años de experiencia profesional como abogada especialista en derecho de familia y autora de leyes vinculadas a estos temas.
Rosario Sasieta a la fecha ha desarrollado múltiples actividades de capacitación y sensibilización a 1,688 efectivos policiales en distintas sedes policiales, incluyendo a cadetes. Además ha dictado capacitaciones a mujeres de las juntas vecinales y personal policial de las comisarias que forman parte de la estrategia multisectorial para la prevención de delito de la estrategia Barrio Seguro, actividades que se llevaron a cabo en los distritos del Porvenir, Florencia de Mora y La Esperanza en Trujillo.
Asimismo, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, Rosario Sasieta ha participado en forma directa en la evaluación e identificación de aquellas Comisarias, en las que se puedan implementar los Centros de Emergencia Mujer, en función a la lista de 50 comisarías priorizadas por el Ministerio de la Mujer, las mismas que fueron evaluadas de acuerdo a los siguientes criterios:
Altos índices de violencia familiar Espacios disponibles
Compromiso y sensibilización por parte del personal policial.
Finalmente, respecto a la pregunta sobre cómo es que puede dedicarse parcialmente a una función que requiere una dedicación exclusiva a tiempo completo, debo señalar que la señora Sacieta está obligada como asesora del Despacho a cumplir un horario y las labores que se le encomiendan. En ese sentido, ella cumple ambas cosas, tanto en las instalaciones del Ministerio como fuera de él, cuando tiene que realizar las capacitaciones y charlas que se le encargan o cuando coordina la estrategia de Centros de la Mujer.
Lo que la abogada Sacieta haga luego de su horario de trabajo, es un asunto privado. De hecho, el programa radial que ella conduce, se emite a partir de las 9 de la noche, fuera de su horario de trabajo, y no existe en su contrato impedimento legal para ello.