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LA INFORMACIÓN NUTRIMENTAL EN EL EXTRANJERO.

2.3 Comisión del CODEX Alimentarius (CCA).

Las normas a este respecto por parte de los Estados miembros y Asociados a la FAO y la OMS, solo son de carácter voluntario, de hecho en general solo son un medio de orientación, representan las directrices generales a las cuales se apegan las diversas normas específicas de los Estados, sin embargo debido a tal carácter no es posible más que mencionar que los puntos más sobresalientes que de alguna manera reflejan los objetivos generales de la normatividad, acerca de la información nutrimental, son los siguientes:

o Proporcionar información al consumidor acerca del producto en

cuestión y de sus propiedades nutrimentales.

o Facilitar al consumidor la adquisición de información, sobre lo que consume.

o Estimular la salud pública.

o Ofrecer la oportunidad de anexar información complementaria.

o Asegurar que el consumidor no sea blanco de información falsa,

engañosa, errónea o carente de significado.

o Velar por que no se realicen declaraciones de propiedades

nutrimentales por ningún medio, sin un etiquetado nutrimental. En general los preceptos antes mencionados por la normatividad de México, con la excepción de que en el caso de “velar por que no se realicen declaraciones de propiedades nutrimentales por ningún medio sin un etiquetado nutrimental”, en nuestro país no existe una normatividad que determine esta circunstancia, así podemos ver anuncios publicitarios con mensajes y propaganda de propiedades nutricionales de un alimento y sin

embargo esas mismas declaraciones no se realizan en el etiquetado nutrimental de un alimento preenvasado para consumo humano o no contiene dicho etiquetado.

2.4 Japón.

En este país oriental las normas específicas en materia de información nutrimental, no difieren de manera significativa con las normas propias de nuestro país, tanto para el etiquetado general como para el etiquetado nutrimental de los alimentos preenvasados para consumo humano.

Además en Japón al igual que en México no se presenta comúnmente a la publicidad e información nutrimental como una extensión del etiquetado como en el caso de la Unión Europea, pero cabe señalar que lo que presenta dicho país como acto sobresaliente de su normatividad, es la aparición de las normas de carácter voluntario conocidas como normas “JAS”32.

De acuerdo con la “Ley sobre normalización de productos agrícolas y forestales; y la Racionalización de las etiquetas de calidad” se conoce como: “Ley de Normas Agrícolas Japonesas” (JAS). Esta ley establece las reglas de etiquetado y calidad para colocar el “sello JAS”. Motivo por el cual los consumidores Japoneses, cada vez más, exigen este tipo de sellos o prefieren los productos con tales distintivos, lo cual representa un reto para los exportadores de alimentos preenvasados para consumo humano.

32

El mercado japonés, un compendio de información para el exportador potencial, JETRO, México,

Uno de los objetivos o puntos clave para la adquisición del “sello JAS”, es el cumplimiento de diversos rubros y el de mayor valor o peso se le da al criterio de etiquetado de calidad, el cual se cumple en la medida en que la información proporcionada al consumidor sea de carácter veraz, sin inducción al error, sin engaño y clara, con apego a los formatos establecidos por la normatividad específica.

Fideos de refrigerio Salsa Worcester y similares

Alimentos Enlatados, Alimentos Embotellados (Excepto productos pecuarios enlatados o embotellados y alimentos listos para consumirse, enlatados o embotellados)

Jamón Prensado Hamburguesa

Erizo Marino Granulado Hongo Shiitake Deshidratado Salsa de Soya

Tomato Ketchup (Salsa de Jitomate) Mermeladas

Jamones (jamones deshuesado, asado, de espaldilla y de panza* solamente)

Embutidos (Bologna, Frankfurters y Wieners solamente) Bistec de Hamburguesa Refrigerado

Pasta de Erizo Marino Margarina

Fideos Instantáneos (con exclusión de los fideos de refrigerio)

Kori Tofu

Alimentos Proteínicos Vegetales (Estilo Cecina) Sopa Deshidratada de Jitomate Procesado (excluyendo Tomato Ketchup)

Vinagre Comestible Dulces

Helados

Alimentos en Bolsas para Calentar (Retort) Puré de Papas Deshidratado

Jamón Prensado Mixto Embutidos de Carne de Pescado Erizo Marino Mixto Aderezado con Salsa Alga Marina Wakame Deshidratada Aceites y Grasas Comestibles Refinados y Procesados

Macarrones

Proteína Vegetal Sazonada Proteína Vegetal

Alimentos Proteínicos Vegetales (polvo de pescado azucarado)

Karinto

Gyoza refrigerada (ravioles chinos)

Productos pecuarios enlatados o embotellados Alimentos listos para consumirse, enlatados o embotellados

Tsuyu para fideos, etc. Margarina preparada Unto

Sazonadores Aderezos

Jarabe de Glucosa Isomerizado, Mezclado con Azúcar Jarabe de Glucosa Isomerizado

Cerezas Conservadas en Azúcar Bebidas Carbonatadas

Alimentos Congelados Listos para Cocinarse

Jamones (excluyendo deshuesado, asado, de espaldilla y de pierna)

Embutidos (excluyendo Bologna, Frankfurters y Wieners) Tocino

Jamón de Carne de Pescado

Bonito Deshidratado en Rebanadas Finas y Similares Kamaboko (Pasta de pescado hervido)

Alga Marina Wakame Salada

Leche de Soya, Leche de Soya Preparada, Bebida de Leche de Soya

Fideos Deshidratados Productos Agrícolas Encurtidos

Manteca Vegetal

Fideos Somen Hechos a Mano Glucosa Cristalizada Glucosa Refinada

Bebidas de Frutas

Aceites y Grasas Comestibles

Aceites y Grasas Vegetales sin Procesar Aceites y Grasas Vegetales Industriales

Marca JAS Especialmente Designada

Figura, 3. Marcas JAS, para alimentos procesados33.

33 Ibid.

Dentro de un marco de percepción del mejoramiento de los sistemas de información nutrimental hacia los consumidores en los años siguientes a 1993 comenzaron verdaderas modificaciones y un intenso trabajo sobre las relaciones comerciales y tránsito de productos entre los Estados de América del Norte, América latina, Europa y Asia.

Sin embargo no todas las relaciones y modificaciones en la normatividad que rige a la información nutrimental fueron hechas necesariamente para mejorar la calidad de la información al consumidor; sino para defender posturas filosóficas, sean estas de carácter económico o bien de carácter ético, tal es el caso de la constante o aparente guerra en la forma del etiquetado; entre las naciones de Estados Unidos y Canadá contra las Naciones de la Unión Europea.

A pesar de dicha situación el efecto de proteccionismo por parte de los Estados hacia el consumidor, se cumple de una manera más o menos efectiva, debido a la manera en la cual analizan el tipo de información como parte de un todo y no como una situación de responsabilidad o competitividad aislada como en el caso de México.

CAPÍTULO III: