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Como se explicó en el Prefacio, esta «conferencia» no fue realmente leída en Washington.

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de los predicados disposicionales en térm inos veri- tativo-funcionales.13 Pero, en cierto sentido, debería haber sido evidente desde hace m ucho tiem po que hablar de poderes en la filosofía «moderna» era problem ático, ya que tal lenguaje es algo que de­ pende de la filosofía medieval, no algo que perte­ nezca de pleno derecho a la nueva imagen. El cora­ zón de la nueva im agen es la nueva concepción del m undo «externo», la concepción del m undo exter­ no como si estuviera gobernado por leyes estrictas de una forma que nos es fam iliar desde el trabajo de Newton y sus sucesores. Es esta concepción la que motiva la división de propiedades en prim arias y se­ cundarias, o en propiedades intrínsecas de las cosas externas y potencias para afectar a la m ente del ob­ servador. Un m undo gobernado por un sistem a de ecuaciones diferenciales es una cosa; un m undo medieval (o aristotélico) gobernado por formas sus­ tanciales que se m anifiestan a sí m ism as como

«tendencias» más que como leyes sin excepciones es algo distinto. La im agen cartesiana es confusa. Exhibe am bas formas de explicación, el fisicalismo m oderno y el «tendencialismo» medieval, en una coexistencia infeliz. La nueva im agen de la n atu ra­ leza -el m undo m áquina- no debe tener sitio para las «tendencias» clásicas.

En la conferencia anterior, se argum entó esto 13. En lógica, se dice que una cierta forma de conectar enunciados es veritativo-funcional si el valor de verdad del enunciado resultante puede ser determinado dados sólo los va­ lores de verdad de sus componentes. Todos los condicionales contrafácticos tienen antecedentes falsos y, normalmente, tam­ bién consecuentes falsos; pero algunos de ellos son verdaderos y algunos falsos. En consecuencia, el contrafáctico no es una función-de-verdad de sus partes.

EL REALISMO Y LA RAZONABILIDAD

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con la ayuda del ejem plo del predicado de color «rojo». Algo es rojo si m uestra cierta tendencia -la tendencia a producir ciertas «impresiones senso­ riales» (de acuerdo a la h isto ria de los siglos xvn y xvm), o cierto «estado cerebral» (una alternativa a la historia dualista que se rem onta al menos has­ ta Diderot, si no hasta Hobbes)-, o (en una historia que es muy simple, pero, al menos, evita el proble­ ma m ente-cuerpo) si tiene la tendencia a absorber selectivamente y reflejar ciertas longitudes de onda de luz. Pero, ¿qué significa «tener la tendencia»? Las tendencias, como dije en la conferencia de ayer, no ejemplifican las operaciones de las leyes estric­ tas (en el sentido moderno de «ley estricta»); son co­ sas poco sólidas que se m anifiestan a sí m ism as «bajo condiciones normales». Para analizar el len­ guaje disposicional necesitam os un análisis de la expresión «bajo condiciones normales», o algo si­ milar, y, de hecho, los intentos de producir una teo­ ría hechos po r autores contem poráneos14 involu­ cran nociones tales como la «similitud» de un m un­ do posible en su totalidad con otro m undo en su totalidad -nociones que intentan expresar, o al me­ nos sustituir, la deseada noción de un estado de co­ sas «norm al»-. Sin embargo, las nociones actual­ mente más de m oda -la noción de «similitud» de m undos posibles- sólo ilustran la distancia del len­ guaje contrafáctico (y disposicional) de la im agen del m undo de la física: lo ilustran introduciendo un primitivo metafísico que resulta como un dolor de muelas.

Otros filósofos se conform an con introducir los 14. David Lewis, Counterfactuals, Cambridge, Ma: Harvard University Press, 1973.

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predicados disposicionales uno a uno, según se ne­ cesiten, sin ningún intento de analizar o explicar el lenguaje disposicional en general. En ocasiones, esto se puede justificar (desde un punto de vista «objetivista») m ostrando que el predicado así intro­ ducido es de la mism a extensión que un predicado no disposicional (quizás uno estructural). Pero m u­ chas nociones disposicionales -es decir, «rojo», «ve­ nenoso», «inclinado a decir da si el lingüista dicega- vagai y ambos están viendo un conejo»- no son, casi seguro, de la mism a extensión que predicados defi­ nibles en el lenguaje de la física fundam ental.

Algunos otros filósofos han sugerido que los pre­ dicados disposicionales no son, en general, el tipo de predicados para los cuales uno debería esperar que existieran condiciones necesarias y suficientes. Quizás una palabra como «venenoso» esté sólo p a r­ cialm ente definida; quizás cuando encontram os una sustancia nueva que los seres hum anos son ca­ paces de ingerir, inhalar o tocar, extendemos la no­ ción de ser venenoso justam ente de la m ism a forma como extendem os nuestras otras nociones (inclu­ yendo la noción de lo que es «normal») en las cir­ cunstancias dadas.15 Otros filósofos han sugerido que las afirmaciones disposicionales como «X es ve­ nenoso» en absoluto predican una propiedad; son m aneras en las cuales realizam os el acto de habla de permitir una inferencia. Como expresa J. L. Mac- kie en sus últim os trabajos, tales afirm aciones pue­ den ser defendibles bajo condiciones apropiadas

15. Esta idea estaba implícita en el tratamiento de Carnap