2.2 Procedimiento Metodológico para el Desarrollo de la Investigación
2.3.4 Comprobación de la Idea a Defender
La presente información recopilada; por medio de las encuestas realizadas a los Abogados de Libre Ejercicio de la Cuidad de Ambato, me ha permitido comprobar a través de los diferentes criterios, en el ámbito del derecho que el ciberacoso escolar y los derechos contenidos en la Constitución de la República del Ecuador en favor de las niñas, niños y adolescentes se ven amenazados por el uso exacerbado e inadecuado de redes sociales y nuevas tecnologías utilizadas por sus pares escolares, es necesario la creación de mejores condiciones para el análisis y perfeccionamiento de la norma jurídica sobre este problema social.
Conclusiones del capítulo
• A través de la encuesta aplicada a los abogados de libre ejercicio se ha logrado evidenciar con mayor claridad, cual es el grado de conocimiento que los mismos poseen sobre el ciberacoso escolar, denotando de esta forma su existencia en el Ecuador.
• La diversidad de criterio aportados en la encuesta también enfatizan, las circunstancias y el medio por el cual procede el ciberacoso escolar, obtenido como resultados que los medios tecnológicos y el uso exacerbado de los mismos es el ambiente propicio, para que se genere este tipo de conductas que atentan contra los derechos de las niñas niños y adolescentes.
• Además se ha logrado destacar que al no existir una normativa que sancione , el acoso escolar , es necesario que la legislación Ecuatoriana regule este tipo de conductas que atentan contra la integridad de las niñas niños y adolescentes garantizando sus derecho Constitucionales, que la ley así lo ampara.
CAPÍTULO III MARCO PROPOSITIVO
DOCUMENTO DE ANÁLISIS CRÍTICO JURÍDICO QUE EVIDENCIE CÓMO LOS DERECHOS CONTENIDOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR EN FAVOR DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES SE VEN AMENAZADOS POR EL USO EXACERBADO E INADECUADO DE REDES SOCIALES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS UTILIZADAS POR SUS PARES ESCOLARES.
3.1 INTRODUCCIÓN
El ciberacoso escolar o cyberbullying como una variación del acoso, constituye una conducta que tiene como característica principal el uso de las redes sociales y medios tecnológicos denominados TIC, a través de esta plataforma virtual el usurario puede mantener una comunicación e interacción con varias personas a nivel local, nacional y extranjero , cabe indicar, que las personas que acceden a medios tecnológicos no tiene una edad determinada , y las restricciones que establecen las redes sociales no son mayormente rigurosas en cuanto a la difusión de contenido.
Por tal motivo, se puede destacar que tanto las niñas niños y adolescentes hacen uso de las redes sociales y mantienen interacciones con otros usuarios, existiendo un uso exacerbado de las redes sociales, donde la población más vulnerable, las niñas niños y adolescentes se ven expuestos; a una plataforma tecnológica gigantesca y bástate desconocida ya que los mismos no tienen el debido criterio y manejo en cuanto a la información que allí proporciona.
La Constitución de la República del Ecuador, envestida por el poder soberado del pueblo Ecuatoriano, plasma en su normativa los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria; “…destacando que recibirán atención prioritaria y especializada en el ámbito público y privado”. Así lo garantiza la Constitución, que incluye dentro de denominado grupo; a las niñas niños y adolescentes. En concordancia el Código de la Niñez y Adolescencia también detalla cada uno de los derechos que como titulares la ley los garantiza.
Por ello, la justificación de mi investigación se enfatiza en el ciberacoso escolar y la importancia de valorar y determinar las características de esta conducta que se ha generado por uso redes sociales, en pro de garantizar protección y prevención en cuanto a la posible vulneración que pueda existir a la integridad de las niñas, niños y adolescentes y al ejercicio de sus derechos.
3.1.1 DESARROLLO
El desarrollo de la sociedad implica un crecimiento, demográfico, social, económico y político, pero también es preciso destacar la existencia y desarrollo tecnológico que se contrarresta en todos los aspectos de la vida del ser humano.
En consecuencia es preciso recalcar que las acciones ejercidas a través de las redes sociales, si son encaminadas al perjuicio y menoscabo de una persona, en contra de su integridad conllevara a una vulneración de sus derechos.
El acoso escolar también denominado cyberbullying o ciberacoso es una de las conductas que se destaca dentro de los delitos informáticos, para mejor comprensión en la investigación se ha logado determinar que el ciberacoso se encuentra dentro de la clasificación de los crímenes sociales (Miro, 2012).
Además es preciso destacar que mencionada conducta, se da entre iguales es decir la víctima y agresor son menores de edad, se ejecuta por medios electrónicos a través de las redes sociales; hostigamiento, intimidación, amenazas que infligen en la victima un daño psicológico. (Moreno, 2012) .Debo manifestar además que en la plataforma virtual la sociabilización con los usuarios, crea relaciones de amistad netamente virtuales en consecuencia el agresor puede conocer a su víctima en un tiempo espació real físico, pero existe otra posibilidad de que el agresor ejerza su conducta lesiva solo por redes sociales sin tener contacto físico con su víctima.
La afectación a la víctima es inminente, en la red virtual confluyen distintas personas con diversos criterios, de diferentes edades e inclusive nacionalidades, además es preciso señalar, que el acoso físico que se proporciona una persona a diferencia del ciberacoso ejercido, por medios electrónicos tiene una gran connotación, al ser
partícipe de una red social pública hace propicio el ambiente para que terceros confluyan, se incite y se fomente este tipo de conductas que degeneran la sociedad. (Galenece, 2011) A demás, también recalco que el ciberacoso afecta la integridad personal que garantiza la Constitución de la República del Ecuador “La integridad física, psíquica, moral y sexual”38.
Como se ha logrado determinar en parágrafos anteriores el ciberacoso se establece entre pares escolares, afectando a la población más vulnerable como lo son las niñas, niños y adolescentes, el deber objetivo del Estado es el cuidado y protección de los sujetos de derechos que enmarca el Estado Constitucional; por lo tanto es importante tomar acciones para evitar este tipo de problemáticas que afectan a la sociedad.
En consecuencia el Estado, la familia y los educadores; se deben a una acción tripartita donde se pueda ejercer acciones de protección, educación, resguardo; a favor de las niñas niños y adolescentes, para evitar conductas como el acoso escolar.
El Estado como ente regulador, de control y orden social debe hacer efectiva la elaboración de políticas de prevención y concientización; tomado como actores principales a las niñas niños y adolescentes quienes se encaminan a una formación integral y efectiva para el pleno goce de sus derechos; como la denominación coloquial señala que las niñas niños y adolescentes son el futuro de la patria , es importante que ese futuro se encamine en mira de todas las conductas u acciones que puedan perjudicar su integridad.
De igual forma la familia núcleo fundamental de la sociedad, donde los progenitores de las niñas niños y adolescentes, desempeñan un rol esencial al guiar, educar, proteger y proporcionar todas las acciones que son necesarias para el pleno desarrollo de los menores; como se ha podido determinar en el presente estudio; existe gran influencia y uso de las redes sociales por parte de los niñas niños y adolescentes, por lo tanto los padres de familia deben tener conocimiento de que las redes sociales y su uso exacerbado puede ser perjudicial para la integridad de los menores, es de vital cuidado
38 Asamblea Constituyente del Ecuador. (2008). Constitución de la República de Ecuador. R.O: 449 -
que los padres ejerzan control y mantengan un diálogo constante sobre los peligros y se informen de las actividades que su hijos realicen en la red social.
En cuanto a los educadores; deben tener conocimiento sobre las TIC, e implementar a nivel educativo un plan de prevención que se ejerza de manera integral, a profesores y alumnado; promoviendo el buen uso de medios sociales virtuales, y toda información pertinente sobre el ciberacoso escolar.
Destaco, la acción tripartita de Estado, familia y educadores por que el trabajo de los tres en conjunto se encamina directamente a salvaguardar la integridad de las niñas niños y adolescentes, ya que antes de crear mecanismos para sancionar conductas punibles, es necesario evitar dichas acciones y que mejor que través de la implementación de acciones de prevención.
Conclusión
Por todo lo expuesto la concientización en el ser humano es fundamental para prevenir este tipo de conductas que en la actualidad por influencia de las redes sociales amenazan constantemente los derechos de las niñas niños y adolescentes debido a la falta de seguridad.
La Sociedad en sí, enraíza una serie de conflictos que vulneran derechos, el devenir de los tiempos ha incrementado la inseguridad, además que el uso de tecnologías ha facilitado la vida del ser humano pero, la misma se ha convertido en un arma de doble filo; debido al mal uso en contenido e información, puede llegar a perjudicar a los usuarios, por tanto, las niñas niños y adolescentes, que continuamente se ven expuestos a una sociedad más conectada tecnológicamente , es importante que se tomen medidas de control resguardo y seguridad para el buen uso de las redes sociales.
CONCLUSIONES
• Determino que ciberacoso escolar constituye una conducta que se ejerce por medios electrónicos, y afecta esencialmente a las niñas, niños y adolescentes, porque amenaza la integridad física psíquica y moral.
• En consecuencia de mencionada conducta se destaca que confluyen menores de edad tanto la víctima, como el victimario; debido al uso exacerbado de la redes sociales, la falta de control de los padre, la deficiente orientación de los educadores y la ausencia de la políticas gubernamentales y entidades a fines, genera un panorama desolador y perjudicial para las niñas niños y adolescentes.
• Enfatizo, que la Constitución de la República del Ecuador y leyes conexas que determina los derechos de las niños y adolescentes; deben ser efectivas y es necesario la creación de una norma que sancione el ciberacoso.
RECOMENDACIONES
• Que el Estado priorice la protección, educación y salud a las niñas niños y adolescentes; con el fin de garantizar sus derechos y su pleno desarrollo mediante planes gubernamentales que favorezcan la integridad del menor.
• A nivel educativo se impartan programas de uso y concientización sobre las TIC; para evitar el ciberacoso entre pares escolares.
• Las diferentes conductas y variaciones en delitos informáticos tanto en el ámbito social, político, económico; merecen un tratamiento jurídico, descripción y categorización, para la existencia de una normativa que sanciones las conductas punibles que afecten los bienes protegidos por el Estado.
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