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La Consulta Previa, Libre e Informada es un derecho de los pueblos indígenas. Según la norma general y reglamentaria, el ejercicio de este derecho establece la relación entre: los sujetos Consultados y las instituciones que organizan y administran la Consulta. En el siguiente cuadro se describen las referencias precisas de estos actores de la Consulta Previa en el caso de la comunidad San Pablo del Isiboro.

Cuadro Nº 1 Datos generales de la Comunidad

Grupo étnico predominante Yuracaré

Idioma Yuracaré

Organización a la que está afiliada Subcentral TIPNIS

Fecha y hora de inicio 05 de octubre de 2012, 16:00

Fecha y hora de finalización 05 de octubre de 2012, 20:30

Mecanismo de participación de la comunidad Cabildo Comunal

Lugar de la Consulta Estancia “Macho Muerto”

Número de personas/familias que participaron de la Consulta Varones: 57 Mujeres: 61 Total: 118

Brigadistas del Órgano Ejecutivo Jhony Flores (Indígenas)

Enrique Maldonado Parada (Indígenas). Lucio Flores Núñez (Facilitador Indígena) Edwin Flores Roca (Facilitador indígena). Jacob Laura Mamani (MOPSV). Tomás Arrázola (Encargado de Logística) Kalinca García (Brigadista)

Brigada de observación y acompañamiento del SIFDE-TSE/OEP Alex Mauricio Rivera

Juan Manuel Jiménez Céspedes

Corregidor de la Comunidad Edwin Flores Roca

Fecha de notificación del Órgano Ejecutivo a la Comunidad 14 de junio de 2012

1. Etapa preparatoria a la Consulta en la Comunidad San Pablo del Isiboro

La Ley Nº 222 establece una etapa preparatoria de la Consulta Previa en la que los titulares de este derecho y los representantes del Estado coordinan la elaboración del Protocolo y cronograma de la realización del proceso.

En la Comunidad San Pablo del Isiboro, la elaboración del Protocolo de la Consulta Previa así como el cronograma fueron coordinados con el Corregidor. Según el Corregidor de la comunidad, la notificación para el inicio de la etapa de desarrollo de la Consulta, fue a través de una comunicación oficial de fecha 3 de octubre 2012. En la notificación señala que se adjuntó documentación referida a la Consulta.

2. Etapa de desarrollo de la Consulta en la Comunidad San Pablo del Isiboro

El día 5 de octubre de 2012, a tempranas horas del día, el Corregidor de la comunidad y las autoridades de la misma, convocaron a sus miembros de forma verbal y a toque de campana y de tambor para la instalación de la Consulta.

La Asamblea, fue inaugurada por el Corregidor de la comunidad al promediar las 16:00 horas, dando la bienvenida a los miembros de las brigadas del Órgano Ejecutivo y del Órgano Electoral, de la misma forma, el Corregidor, Edwin Flores Roca, invitó a los comunarios y comunarias a permanecer en la Asamblea hasta que ésta concluya por la importancia de la misma.

Las personas que a continuación se mencionan fueron las encargadas de llevar adelante la Asamblea en la comunidad San Pablo del Isiboro:

Cuadro Nº 2 Funciones y encargados(as) de la Asamblea

Actividad Personas designadas:

Dirección de la Asamblea Edwin Flores Roca - Corregidor de la Comunidad

Moderación de las discusiones Jacob Laura Mamani - Moderador

Redacción de acta Kalinca García

Posteriormente, los asistentes a la asamblea, aprobaron un orden del día que fue propuesto por los miem- bros de la brigada del Órgano Ejecutivo, el cual se transcribe en el siguiente cuadro:

Cuadro Nº 3 Orden del día de la asamblea 1. Visión de desarrollo

2. Intangibilidad 3. Salvaguardas

4. Sistemas y medios de transporte

Las brigadas del Órgano Ejecutivo y del SIFDE-TSE/OEP se presentaron explicando el alcance de su participación. La brigada del Órgano Ejecutivo realizó una explicación sobre las herramientas e instrumentos metodológicos a ser implementados con el objeto de cumplir los objetivos de la Consulta, haciendo énfasis en el contenido y el derecho a la Consulta como parte del derecho de los pueblos indígenas.

2.1. Aspectos deliberados en el desarrollo de la Consulta

Recapitulando, explicaron información en varios temas preparados para la ocasión, entre ellos leyes y nor- mas como los alcances de la Ley Nº 180, de la Ley Nº 222, luego el Reglamento, las salvaguardas, la intangibi- lidad, planes de manejo, planes de gestión, construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos y el desarrollo integral del territorio.

Cuadro Nº 4. Resultados Intangibilidad del Territorio

Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure - TIPNIS

Construcción de la carretera Villa

Tunari-San Ignacio de Moxos Medidas de salvaguarda Medidas destinadas a la prohibición y desalojo de asentamientos ilegales

La comunidad acordó, de manera unánime, levantar el carácter de intangibilidad del TIPNIS mediante la anulación de la Ley Nº 180. Esta decisión fue tomada por la comuni- dadspués de la explicación brindada por los miembros de la brigada del Órgano Ejecutivo. También manifes- taron que la Ley Nº 180 posterga su desarrollo.

Después de la explicación de la pro- puesta de una carretera ecológica por parte de la brigada del Órgano Ejecuti- vo, la comunidad aprobó la propuesta de la construcción de la carretera San Ignacio de Moxos-Villa Tunari, además la comunidad remarcó la imperiosa necesidad de contar con caminos vecinales y vehículos de transporte.

Los miembros de la comunidad exteriorizaron como medidas de salvaguarda el establecimiento de la línea demarcatoria, puestos de control militar, instaurar guardaparques de la comunidad y el fortalecimiento del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP).

La comunidad propuso la puesta en vigencia de leyes que sancionen a los avasalladores, es decir, 30 años de reclusión para los asentamientos ilegales.

3. Suscripción del acta

La Asamblea comunal en San Pablo del Isiboro finalizó con la lectura y firma del Acta, por parte de las autoridades, los comunarios, el Corregidor Erland Flores Roca y representantes del Órgano Ejecutivo, como constancia del desarrollo de la Consulta y los acuerdos a los que se llegó, así mismo se firmó los papelógrafos en los que se apuntó los temas tratados y sus acuerdos tal como se puede observar en las fotografías, audio y vídeos adjuntadas al presente informe.

La Consulta en la comunidad San Pablo del Isiboro culminó a las 20:30 en la noche del 5 de octubre de 2012.