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Concepto de nombre propio

3. E L NOMBRE PROPIO Y SU HISTORIA

3.3. Concepto de nombre en las gramáticas

3.3.2. Concepto de nombre propio

El nombre propio ha sido estudiado en ciencias y disciplinas muy diversas (antropología, etnología, lingüística, etc.). Aunque parezca extraño, es la lingüística la que ha estudiado el nombre propio de forma superficial, pues lo trata de forma tangencial como un fenómeno más o menos anecdótico relacionado con la tipología del sustantivo (Bajo Pérez 2002: 20). También Fernández Leborans (1999: 79) señala, “lo cierto es que los nombres propios constituyen una categoría no exclusivamente lingüística; su carácter marginal deriva de la dificultad que supone su delimitación mediante las relaciones intrínsecas entre los signos que constituyen el sistema de una lengua: es una clase de palabras desprovista de contenido léxico codificado, de modo que su valor ha de ser establecido en relación con factores extralingüísticos”. Uno de los primeros inconvenientes que plantea el nombre propio es el de poder establecer una definición aceptable del mismo; en el mundo occidental durante más de 2000 años los lingüistas, filósofos y lógicos intentaron delimitar la clase de los llamados “nombres propios”. García Gallarín (1999: 9) asegura que “ni los filósofos ni los lingüistas han escatimado esfuerzos para lograr una definición satisfactoria del nombre propio; los análisis de aquellos han sido el punto de partida de muchos de éstos, que no han dejado de ensayar definiciones en esta década y han centrado su investigación en cuestiones de

referencia y en la construcción morfológica y sintáctica de esta categoría gramatical”22.

El DRAE (2001: 1587) define el nombre propio de la siguiente manera: “el que se da a

persona o cosa determinada para distinguirla de las demás de su especie o clase”, y sigue, “un mismo nombre propio puede aplicarse a varias o muchas personas o cosas diferentes; pero siempre designa una determinada, y no denota, como el apelativo, que entre todas las que con él se designen haya identidad o semejanza en virtud de la cual se les dé una misma denominación”. Esta definición revela algunas de las características que presenta el nombre propio. En primer lugar, el nombre propio distingue personas, es

20 El paso de nombre propio a nombre común, en muchas ocasiones, se debe al uso metonímico,

es decir, designar a un autor por su obra, un nombre de lugar por un producto, etc. La falta de conocimiento de algunos datos pueden llevar a confusiones, sin embargo es el propio contexto el que nos permite resolver las dudas

21 Esto nos permite observar que aunque existen diferencias entre nombre propio y común,

encontramos ocasiones en las que uno de ellos ocupa el terreno del otro y viceversa.

22 Muchos lingüistas han centrado su atención en aspectos de referencia y en la construcción

decir, diferencia a una persona de las demás. Por tanto, el nombre propio tiene un uso referencial porque identifica a un particular, lo que no impide que un mismo nombre propio pueda designar distintas personas. Por ejemplo: Juan es un nombre propio que se le puede aplicar a distintos referentes, sin embargo estos no establecen una clase como sí sucedería con el nombre común. El hecho de que los nombres propios se puedan aplicar a una pluralidad de objetos no significa que el nombre propio tenga desde un punto de vista semántico plural; como ya señaló Coseriu (1973: 281) “hay que subrayar que esa pluralidad es tal desde el punto de vista de los objetos, y no desde el punto de vista de la designación: en cuanto nombrada por un nombre propio la pluralidad se vuelve un “individuo…”. Además los nombres propios son signos lingüísticos cuyo valor semántico es el de la identificación, lo que impide que el nombre propio tenga relaciones de sinonimia, antonimia, etc.

Esta categoría gramatical presenta una serie de propiedades. Algunos

gramáticos23 señalan que dichas propiedades no son definitorias de modo excluyente

pero permiten caracterizar gramaticalmente los nombres propios y verlos como una subcategoría gramatical. Algunas ya han sido comentadas anteriormente: designar e identificar referentes que son únicos y que no se prestan a una clasificación y que los nombres propios no tienen un significado léxico sino más bien referencial. Además de estas propiedades, otro de los aspectos que hay que estudiar es si el nombre propio tiene o no una flexión fija. Existen nombres de pila con marcas de género (Ramón / Ramona), la diferencia entre el género masculino y femenino la marca el morfema de género. En la actualidad también contamos con nombres de pila solo de varón y nombres de pila solo de mujer. Otra característica del nombre de pila es, según Coseriu (1973) la imposibilidad de llevar determinante cuando la función es referencial24. Si un nombre propio está acompañado de un artículo, lo que se está produciendo es la actualización de dicho nombre y el paso de nombre propio a nombre común. Por ejemplo: Luis es un quijote, en este ejemplo un nombre propio como Quijote precedido del artículo se convierte en nombre común porque pasa de designar un solo referente a nombrar una clase. El rechazo del nombre propio a la indeterminación está en relación, como veremos más adelante, con la incapacidad de recibir la información que le pueden aportar sustantivos apositivos específicos. Según López García (1985: 39), “este

23 Entre los gramáticos que comparten esta idea tenemos a García Gallarín y a Fernández

Leborans entre otros. Sus referencias bibliográficas se pueden consultar en la bibliografía del trabajo

24 Esto no impide que el nombre propio sea compatible con el artículo, el demostrativo y el

comportamiento sintáctico del nombre propio permite caracterizarlo mejor que la resistencia a la indeterminación”.

Por otro lado, y una vez que conocemos los distintos rasgos que caracterizan a

los nombres propios, son varios los lingüistas del siglo XX que ofrecen opiniones sobre

esta clase gramatical. Bally (1932) proponía también una distinción dentro del nombre propio. Nombres propios de habla serían los que funcionan como tal por ejemplo El Chico; nombres propios de la lengua serían los que se refieren a un solo objeto y siempre al mismo como por ejemplo Anibal, Napoleón, etc. y nombres propios intermedios son los que están unidos a una situación determinada por ejemplo Pedro. Gardiner (1951) diferenciaba entre nombre propio puro que es el nombre que identifica a una sola persona, por ejemplo, Reyes Católicos; nombre propio común que es el que reciben los grupos como Los Pérez y nombre propio impuro nombre que pueden tener muchas personas por ejemplo Carlos. Gardiner y Bally proponen una visión muy similar sobre el nombre propio.

Coseriu (1973: 268), por el contrario, centra su estudio en comprobar si los nombres propios tienen plural o no. Para él, plurales como Juanes o Marías hacen referencia a un grupo de personas. En este caso, Juan hace referencia a un grupo de objetos que por separado son nombrados igual. Aquí Juan está nombrando a un individuo que se llama Juan, pero no es un Juan determinado. En este caso, Juan es visto como una palabra y no como una palabra significante. Existen otros nombres que tienen marca de plural y que no hacen referencia a un conjunto de objetos, sino más bien mencionan una totalidad que se ha visto como unidad, por tanto, aunque tienen marca de plural, están nombrando a un referente único. Por ejemplo: Canarias es un nombre propio que aparece en plural y designa a las islas que constituyen un archipiélago. Esto es similar a lo que ocurre con los apellidos, por ejemplo un apellido como Pérez designa a una familia y también a cada uno de los miembros por separado. Son nombres individuales de una familia y parte del nombre que tiene cada uno de los miembros, ya que una persona no es nombrada sólo con el apellido salvo en circunstancias determinadas. Por ejemplo Juan Sánchez, en este caso el apellido forma parte del nombre, pues Sánchez no funciona como un nombre independiente como cuando designa a una familia. Si en un caso concreto una persona es llamada Sánchez, este apellido hace referencia a un individuo determinado y no a una clase. Cuando uno de estos apellidos aparece precedido de un artículo (Los Sánchez) el nombre funciona como un nombre común que designa una clase. En el momento en que un nombre

propio aparece determinado pasa a ser un nombre genérico, es decir, se convierte en otra palabra. De todo esto se puede concluir que apellidos como García y nombres individuales que denominan a un conjunto como Canarias se aplican siempre a un

conjunto25. La conclusión a la que llega Coseriu es que el nombre propio es multívoco,

porque tiene muchos referentes. Sin embargo es monovalente porque no puede formar clases. Carlos es un nombre que se puede aplicar a distintas personas, cada una de estas queda individualizada con el nombre propio; pueden ser idénticas pero pertenecen a momentos lingüísticos distintos.

Por otro lado, existen gramáticos como Fernández Leborans (1999: 77-131) que opinan que el nombre propio puede ser estudiado desde el punto de vista de la referencia. Afirma que todo nombre propio designa a un referente único, y la manera de hacerlo es lo que hace que se establezca una relación con los distintos deícticos que encontramos en la lengua porque estos también hacen referencia a algún sujeto. En este sentido, se podía establecer una relación entre nombre propio y deíctico; sin embargo, también encontramos diferencias porque el referente de un nombre propio es siempre estable, mientras que el de un deíctico como por ejemplo tú es más bien variable y depende del contexto. Fernández Leborans hace hincapié en el tema del significado del nombre propio. La referencia de un nombre propio está constituida por las distintas descripciones que se pueden añadir. Por ejemplo María, mujer de Juan, madre de Luis. Para ella, María tiene como significado las distintas descripciones que lo acompañan, sin embargo no hay que entenderlas como definiciones del nombre de pila María y tampoco influyen en el referente del nombre propio, pues este hace referencia a un objeto sin tener en cuenta los atributos que se le pueden aplicar después.

López García (1985: 37-54) señala algo diferente a lo que afirma Fernández Leborans. Para él, el nombre propio es una palabra que desempeña la misma función que la de una oración. Según este lingüista, el nombre propio es una entidad gramatical que no contrae concordancia genérica ni numérica con las cadenas circundantes de un mismo texto, es decir, el nombre propio no tiene ninguna relación de género ni de número con los demás elementos que aparecen en su mismo texto. Además señala que el nombre propio es “una categoría sintáctica que se define como inverso gramatical del modismo, esto es, una palabra articulada en forma de oración paradigmática de la lengua”. Un nombre propio, según López García, no necesita ninguna de las

25 La diferencia está en que los apellidos además de referirse a un conjunto también se refieren a

descripciones de las que hablaba Fernández Leborans. Para él, un nombre como Cervantes, por ejemplo, encierra ya todas las descripciones necesarias sin necesidad de

explicar nada26. En resumen según López García, el nombre propio es una palabra

articulada en forma de oración paradigmática de la lengua, además aconseja seguir la perspectiva sintáctica para abordar el nombre propio porque evitaría muchos de los problemas con los que se encuentran otros lingüistas.

Bajo Pérez (2002: 11) adopta también un punto de vista muy diferente, pues señala que el nombre propio no forma parte del núcleo original del léxico de una lengua. También señala que con cierta frecuencia, la primera documentación de una palabra se da funcionando como antropónimo o como topónimo. Para esto pone el ejemplo del adjetivo amargo, que antes de fijarse como adjetivo propiamente dicho, lo documentó

como apellido27 en Pedro Amargo28. Es importante señalar que muchos de los nombres

que ahora conocemos proceden de la influencia de la cultura romana, visigótica, etc., lo que demuestra que muchas palabras quedan fijadas de unas lenguas a otras.

Como conclusión, cabe señalar la importancia que ya tenía el nombre en la Antigüedad, tanto por la concepción peculiar del mismo, pues se consideraba que el nombre tenía significado, como por el lugar que ocupa dentro de las gramáticas, que lo comparan con el nombre común.

26 Desde mi punto de vista, creo que es cierto que un nombre propio como el mencionado puede

encerrar todas las descripciones, sin embargo, nada impide que se las pueda mencionar dentro de un enunciado.

27 No se puede hablar de apellido propiamente dicho porque en muchas ocasiones se desconoce

la época en la que se fija como tal.

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4.ASPECTOS GRÁFICOS, FONÉTICOS Y FONOLÓGICOS DE LOS NOMBRES DE PILA Y DE