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En el apartado introductorio del presente trabajo de fin de grado se fijaron una serie de objetivos perseguidos mediante la elaboración del mismo. Con ánimo de ser consistentes, procederemos a extraer las conclusiones en línea a los objetivos fijados de acuerdo con los aprendizajes conseguidos.

El primer objetivo fijado trataba en conocer el modelo de economía colaborativa y ofrecer un concepto amplio y sólido, abarcando las diferentes actividades económicas de la misma. Si bien fuimos conscientes de la problemática a la hora de tratar de definir la economía exhaustiva debido a la multitud de términos con los que la sociedad se dirige hacia ella, entre otros, consumo colaborativo, economía de acceso o “gig economy”.

Hemos sido capaces de ir examinando cada uno de los términos en base a un contraste doctrinal sobre la materia hasta llegar al término de economía colaborativa o “sharing economy” que, a nuestro juicio, es el más adecuado para dirigirnos a esta nueva economía. La principal razón de la elección de este término fue situarnos en concordancia con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como con la Comisión de la Unión Europea.

De cualquier manera, podemos extraer una serie de caracteres que debe comprender cualquier definición. La economía colaborativa permite optimizar el uso de recursos, fomentar el ahorro y reducir el impacto ambiental negativo, mediante acciones de colaboración humanas, tanto físicas como intelectuales, siendo necesarios tanto el necesario uso de internet como la interconexión en red de personas.

Del mismo modo, hemos seguido la aceptada clasificación doctrinal establecida por Botsman y Rogers en el año 2010 de las actividades económicas de la economía colaborativa: consumo colaborativo, producción colaborativa, aprendizaje colaborativo y finanzas colaborativas. A pesar de ello, hemos considerado oportuno añadir la gobernanza colaborativa que da entrada a nuevos mecanismos de gobierno de forma horizontal y participativa tanto en ciudades como en empresas.

El segundo objetivo trataba de identificar las causas del reciente desarrollo de la economía colaborativa, podemos identificar las siguientes: una nueva forma de consumo más sostenible basada en una tendencia a colaborar, una creciente conciencia medioambiental, el uso de las nuevas tecnologías de información, así como el desarrollo de una sociedad en red a través del uso de internet.

Del mismo modo, la crisis económica de principios de la actual década ha favorecido el desarrollo de la economía colaborativa. La escasez de liquidez y de préstamo ha conllevado a la instauración del “trueque colaborativo” pero también ha forzado a los emprendedores a reinventarse y encontrar alternativas basadas en la colaboración entre usuarios.

El tercer objetivo pretendía valorar los impactos de la economía colaborativa en la sociedad. Por una parte, se ha presentado a un análisis del impacto en la economía de la Unión Europea y de España. Para ello, se ha hecho uso de estudios de consultorías que medían el beneficio y el valor total de las transacciones realizadas mediante este modelo. Por otra parte, hemos visto como mediante el uso de las plataformas digitales de este tipo de iniciativas se está cambiando el modo en que las personas interaccionan unas con otras, pero también la forma en que compran y venden, o, mejor dicho, intercambian, bienes y servicios.

Todo esto ha producido un cambio en la estructura clásica del mercado laboral hacia una nueva forma más liberalizada basada en un trabajo más flexible, en el que cada individuo es dueño de la organización de su propio tiempo.

Además, hemos visto otros impactos de la economía colaborativa en nuestra sociedad como la transformación de nuestros entornos y pasajes urbanos, que conlleva a una nueva tendencia de convertir a las ciudades en ciudades colaborativas tomando como ejemplo la ciudad de Seúl, referencia en esta práctica.

Europea en el año 2016 compartió una comunicación llamada “Una Agenda Europea para la economía colaborativa” en la que distinguía tres agentes: usuarios, prestadores de servicios tanto particulares como profesionales e intermediarios que hacen referencia a aquellos sujetos que, mediante una plataforma, ponen en común a los otros agentes.

En la citada comunicación, la Comisión reconoce que es necesaria una regulación clara y específica de la materia, que permita el desarrollo de la economía colaborativa evitando poner excesivos límites siempre que respeten las empresas existentes en los diferentes mercados.

Sin embargo, a pesar de no haber una regulación concreta de la economía colaborativa, como defiende Alfonso Sánchez (2016) eso no evita que la problemática pueda ser reconducida a la aplicación de diferentes normas desarrolladas por los Estados miembros en transposición de las Directivas comunitarias.

La segunda parte del trabajo expone un modelo de economía colaborativa a través del caso Uber, con la intención de introducir un enfoque más práctico al presente trabajo. Los objetivos fijados respondían a conocer un modelo de negocio concreto mediante los servicios de transporte colaborativo y en concreto, a través de la aplicación de Uber; analizar los costes sociales y beneficios de dicha aplicación y, en último lugar, presentar la problemática actual en nuestro país debida a la penetración de Uber en el sector del taxi.

En primer lugar, hemos estudiado la modalidad del transporte colaborativo o “ride- sharing services” que ha dejado obsoleta la clásica clasificación de modalidades de transporte en público y privado. Las dos razones que se atribuyen al surgimiento del transporte colaborativo se relacionan con la excesiva regulación de la industria del taxi y la obsoleta tecnología de sus servicios.

Mediante estos servicios de transporte, una persona a través de su aplicación de su “Smartphone” puede pedir que otra persona le lleve en su vehículo particular a otro destino a cambio de una tarifa. Para ello, la aplicación utiliza los servicios de localización del teléfono móvil.

En segundo lugar, se ha procedido a desarrollar la historia de Uber de forma breve y su rápida internacionalización, así como su modelo de negocio clásico con UberPOP y la gran variedad de servicios que ofrece tras haber diversificado su negocio ante las amenazas de nuevos competidores en el mercado.

Por otra parte, se han valorado los costes sociales y los beneficios de Uber. Comenzando con los beneficios, hemos encontrado grandes ventajas como la reducción de muchos costes de transacción y la asimetría en la información. De tal modo, los costes de búsqueda han quedado prácticamente erradicados. Además, Uber ha dado empleo a un gran número de conductores, incluso a aquellos que probablemente no podrán haber ejercido como taxistas por diferentes razones.

A pesar de los beneficios reconocidos a Uber, son numerosos los costes que ha repercutido en la sociedad. Desde la irrupción en un mercado sin cumplir con los requisitos exigidos como su efecto negativo en los estándares salariales de los taxistas.

Pero también otra serie de desventajas que van desde la seguridad del servicio, la invasión de la privacidad debido al manejo de información privada hasta una posible discriminación de conductores y pasajeros o su clara aspiración a convertirse en un monopolio.

Finalmente, se ha presentado la situación de Uber en nuestro país, tema que ha despertado bastante interés en los medios. Tras la aportación de la cronología procesal de la llamada “Guerra del taxi” en los Tribunales, hemos llegado a la reciente pronunciación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha obligado a los conductores que operen a través de Uber a cumplir con los requisitos de nuestro país, es decir, que cuenten con una licencia VTC.

El TJUE ha considerado que Uber debe ser considerado un servicio de transporte porque su servicio no se limita a poner en contacto a usuarios y conductores, sino que crea al mismo tiempo una verdadera oferta de servicios de transporte

En definitiva, Uber tendrá que operar únicamente con este tipo de licencias en nuestro país, como ya llevaba haciendo desde el año 2016 con UberX al igual que su competidor en la península Cabify. A pesar de ello, la solución todavía sigue sin resolverse y se esperan una nueva oleada de concesiones de licencias VTC por parte del poder judicial, que hará imposible que el Ejecutivo pueda hacer algo al respecto.

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