1. Por disposición constitucional, el Estado se encuentra obligado a garantizar la intangibilidad de los derechos reconocidos a los trabajadores entendiendo dentro de ellos a los comerciantes informales y/o ambulantes de nuestra Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, para que sus derechos que constan en el texto constitucional no sean disminuidos o desconocido; y de manera obligatoria adoptar medidas adecuadas para ampliar y mejorar estos derechos, evitando menoscabarlos en el cumplimiento de aquellos derechos.
La Constitución tiene una extensa lista de derechos (desde el articulo 12 al artículo 82) que abarcan varias generaciones, que garantiza normativamente o en forma primaria, en el lenguaje de FERRAJOLI, tal como o prescribe el artículo 84 de la C.R: “La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de adecuarse formal y materialmente, las leyes y demás
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normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los actos del poder público atenderán contra los derechos que reconoce la Constitución”(Luigi FERRAJOLI. Derechos y garantías. La Ley del más débil. TROTTA, Madrid, 2.001, Capitulo 2.)
Este es el enunciado normativo más expresivo que diseña el Estado del Ecuador como garantista, pues, reconoce que existe un derecho sobre el derecho, tanto formal como material, que lo constituyen los derechos fundamentales y que son expresión jurídica de los valores centrales de la persona.
Todos estos derechos fundamentales tienen una identidad esencial que se encuentra en su reconocimiento constitucional, sus titulares son todas las personas, comunidades, pueblos nacionalidades y colectivos y, como tales, gozan de estos derechos que por otra parte son garantizados en la Constitución de la República del Ecuador, y en los instrumentos internacionales (Artículo 10 C.R). Se enuncia en la norma la universalidad de los derechos fundamentales, la misma que abarca a todas las personas que se encuentra bajo la vinculación de esa Constitución, lo que nos permite la identificación dogmática de los mismos, pues, forman parte del propio lenguaje jurídico-positivo entendiendo por dogmática ese saber al servicio, tan solo, de la construcción e interpretación de un concreto Ordenamiento Jurídico.(Perfecto ANDRES IBAÑEZ. Corrupción y Estado de Derechos. TROTTA, Madrid, 1.996, pág. 10)
2. La Constitucional de la República, textualmente manifiesta lo siguiente: Art. 33 establece claramente que el trabajo es un derecho y un deber social, que obliga a los ciudadanos a laborar en forma positiva para bien de la sociedad a fin de cumplir el Buen Vivir.
En conclusión, todos los derechos constitucionales son fundamentales y todos se rigen por el principio de su eficacia directa, entendida como la precedencia lógica
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de la vinculación del derecho, al desarrollo del mismo a cargo del legislador. No se trata, la eficacia directa, de una aplicación ajena al orden de la legalidad imperante y necesaria. Lo que se afirma es que el derecho fundamental es básicamente un derecho constitucional que, por serlo, vincula directamente a todos, sin necesidad de mediación de Legislación ordinaria alguna, desde el momento mismo de la vigencia del principio o norma. Ese es el valor de la Constitución como norma y eso es lo que prescribe el Artículo 426 “Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución”
Que, duda puede caber que todos los derechos constitucionales enunciados sujetan, someten o vinculan a todos, apenas entran en vigor, la Constitución expresa su voluntad que los derechos sean tomados como situaciones jurídicas creadas directamente por ella misma y como normas deber ser de eficacia y aplicación inmediata.
3. “El Derecho del Trabajo es autónomo porque su materia está perfectamente delimitada en la realidad social, sus instituciones y normas han brotado para regular esa realidad y obedeciendo a causas que le son específicas, tiene factores de desarrollo propio y sus fundamentos doctrinales son diferentes a los de las otras ramas del derecho ”Guillermo Cabanellas.
La Constitución de la República del Ecuador ha evolucionado, superando a la de 1.998 en los ámbitos del catálogo de derechos y garantías; los mecanismos de democracia participativa o el régimen de desarrollo, entre otros aspectos. Se han ampliado, como ninguna otra Constitución del mundo, los derechos sociales, que tienen como objetivos el cumplimiento y la exigibilidad del catálogo de derechos, el nuevo texto constitucional tiene el más elevado número de derechos y más concretamente de derechos sociales de todo el constitucionalismo comparado.
La Constitución es la Ley de mayor jerarquía y fundamental, principalísima por su contenido e importancia jurídica, en la vida y desarrollo de la sociedad ecuatoriana.
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En consecuencia, de la Constitución se originan las demás normas jurídicas: las leyes orgánicas, las normas regionales y ordenanzas distritales; los derechos y reglamentos, las ordenanzas, los acuerdos y las resoluciones.
5 Recomendaciones.
Del presente informe jurídico se finiquita y desprenden las siguientes recomendaciones en base a los resultados positivos para la culminación del trabajo de titulación obtenidos en la Presente Investigación sobre el “El Comercio Informal en la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas que Beneficie a la Sociedad Cumpliendo las Expectativas del Buen Vivir”
1. El comercio informal debe ser considerado en nuestra Ciudad como circunstancia mejorable a largo plazo para aquellas familias y personas que son grupos económicamente vulnerables que no cuentan con el apoyo del Estado, corresponde y es obligación primordial del gobierno dar apoyo a la municipalidad y autoridades competentes, la solución a este problema social que afecta a la Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, crear un mercado municipal no significa una solución sino una alternativa mejorable, un mercado municipal que albergue a la mayoría de comerciantes y/o ambulantes informales que transitoriamente ocupan las calles, avenidas y lugares públicos a falta de lugares propicios para la compraventa de sus productos hacia la sociedad, debido a este problema social que afecta a la sociedad ha aumentado la delincuencia, hay que considerar como un razonamiento lógico la necesidad de mejorar la calidad de vida de los comerciantes informales, lo que sin duda conllevaría a alcanzar el mayor logro contemplados en la Constitución de la República del Ecuador, que es el Buen Vivir.
2. Fortalecer el conocimiento hacia los comerciantes y/o ambulantes informales de sus derechos constitucionales, a fin de que se sientan protegidas por las autoridades y la ley; y, que se otorgue una mejor normativa acorde a sus necesidades para efectivizar el Buen Vivir,
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considerando que todos los derechos y más aún las obligaciones en la Constitución de la República del Ecuador, son obligatorias y no sean consideradas como leguleyadas políticas ni menos como simples discursos sino más bien al reclamar estos derechos sean más prácticos y ágiles en su accionar por parte de las autoridades municipales y locales. Tomar conciencia sobre las causas y efectos que se presentan en la no existencia del respeto de los comerciantes y/o ambulantes informales y sobre todo la vulneración de derechos, los mismos que deben respetuosamente por mando constitucional asumir con responsabilidad, ética y garantía.
3. Contar con una base de datos e información necesaria que permite conocer índices, estadísticas que nos sirve para establecer qué medidas se pueden tomar en el momento oportuno ya que el rol del municipalismo no es demostrar poder sino demostrar servicio por cuanto ese poder proviene del pueblo devolver calidad y servicio conscientes en brindar servicio al pueblo a la sociedad, gobernar en servicio de la sociedad, atravez de trabajo y obras en beneficio de los más necesitados, es crear comunidades sanas, educadas, informadas y seguras, capaces de invertir, producir, competir y exportar con un gobierno autónomo que genere confianza, gaste poco y devuelva mucho.
6 Bibliografía.
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2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR, (1988), Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito – Ecuador.
3. CÓDIGO CIVIL, (2008), Corporación de Estudios y Publicaciones, RO. 46, 24 DE Junio del 2005.
4. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, (2012), Corporación de Estudios y Publicaciones, RO 58, 12 Julio del 2012.
5. CÓDIGO TRIBUTARIO, (2011), Corporación de Estudios y Publicaciones, RO. 38, 14 de Julio 2005.
6. CÓDIGO ORGÁNICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito – Ecuador.
7. CABANELLAS DE TORRES (2003), Guillermo Diccionario Jurídico Elemental, Buenos Aires – Argentina.
8. CABANELLAS DE TORRES (2013), Guillermo Diccionario Jurídico Elemental, Quito – Ecuador.
9. ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEGA, (2000), Tomo I, Ed. Drisskill, Buenos Aires.
10. LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE TRANSITO, (2012), Corporación de estudios y publicaciones, Legislación Conexa, Concordancia – Jurisprudencia, Quito – Ecuador.
11. REGLAMENTO A LA LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL, (2012). Registro Oficial Suplemento 731,. Estado – Vigente.
NET GRAFÍA
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3. www.colectivodeabogados.org …….. DESC Servicios públicos. 4. www.corteconstitucional.gov.com/RELATORIA/2011/C.089-11.
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6. Declaración Americana de los Derechos Humanos, Pacto de San José de
Costa Rica. (22 de 12 de 2011).
http://es.scribd.com/doc/24578193/Convencion-Americana-sobre- Derechos-Humanos-Pacto-de-San-Jose-78. Obtenido de
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8. Declaración Universal de Derechos Humanos. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Paris. Derechos Humanos. (22 de 12 de 2011). 9. http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/america/DADH/1948- DADH.htm#a1.Obtenido de 10. http://www.derechoshumanos.net/normativa/normas/america/DADH/1948- 11. DADH.htm#a1.http://www.monografias.com/trabajos95/el-comercio- informal/el-comercio-informal.shtml 12. http://repositorio.ute.edu.ec/bitstream/123456789/11252/1/38179_1.pdf 13. http://servidor-opsu.tach.ula.ve/alum/pd_7/econo_f/froeco/inf.html 14. http://www.hoy.com.ec/tag/3880/comercio-informal/ 15. http://www.historiasiglo20.org/HE/5f.htm 16. http://es.wikipedia.org/wiki/Descubrimiento_de_Am%C3%America
ANEXO Nº 2: Encuestas Realizadas.
1. Sabía Ud, que la Constitución de la República del Ecuador en actual vigencia, garantiza plenamente el acceso al empleo en igualdad de condiciones?
Si ( ) No ( )
2. Sabe Ud, que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, garantiza el derecho al trabajo y a la protección contra el desempleo? Si ()
No ()
3. Considera Ud, debido al incremento en la población un problema social el comercio informal en la ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas? Si ( )
No ( )
4. Cree Ud, que al ser solucionado en nuestra Ciudad la falta de lugares comerciales se pueda beneficiar a la sociedad y se cumpla las expectativas del Buen Vivir que contempla nuestra Legislación?
Si ( ) No ( )
5. Cree Ud, la necesidad de examinar este tema con mayor profundidad a fin de comprender lo que requiere nuestra Ciudad?
Si ( ) No ( )
6. Sabe Ud, la importancia que requiere nuestra Ciudad en la implementación de un mercado municipal, que cubra las necesidades de los comerciantes informales?
Si ( ) No ( )
7. Cree Ud, que en nuestra Ciudad, faltan lugares accesibles que brinden seguridad y comodidad, al momento de adquirir productos de primera necesidad lo cual perjudica a toda la sociedad?
Si ( ) No ( )
8. Cree Ud, que los comerciantes informales de nuestra provincia, deberían ser reubicados, para mejorar su calidad de servicio y brindar seguridad a toda la sociedad?
Si ( ) No ( )
9. Considera Ud, que la falta de lugar comerciales en nuestra Ciudad sin seguridad eleva los índices de delincuencia?
Si ( ) No ( )
10. Cree Ud, que al ser reubicados al comercio informal, se recuperaría el ornato y patrimonio de nuestra Ciudad?
Si ( ) No ( )
ANEXO Nº 4: Entrevista Realizada.
Entrevistado/a:
……….. 1.- ¿Qué puesto ocupa en la Ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas? ……… ……….
2.- ¿Qué tiempo de servicio tiene en dicho cargo?
……… ……….
3.- ¿Qué título posee?
……… ………...
4.- ¿Considera usted que el Buen Vivir es respetar los derechos y garantías que constan en la Constitución de la República del Ecuador?
……… ……… ……… ……… ……….. ... 5.- ¿Cree indispensable fomentar la organización de comerciantes informales en los mercados, plazas, parques y avenidas de Santo Domingo de los Tsáchilas? ……… ……… ……… ……… ……….. ... 6.- ¿En relación al puesto que ocupa que atribución le es encomendada en servicio de Santo Domingo de los Tsáchilas y cumple en favor de los comerciantes informales?
……… ……… ……… ……… ……….. ... 7.- ¿En el tiempo de servicio a Santo Domingo de los Tsáchilas, ha conocido casos en contra de comerciantes informales?
……… ……… ……… ……… ……….. ... 8.- ¿Considera necesario a fin de cumplir las expectativas del Buen Vivir inmersas en la Constitución de la República del Ecuador, se priorice a los comerciantes informales a fin de organizar el comercio informal en nuestra Ciudad?
……… ……… ……… ……… ……….. ... 9.- ¿Considera usted al no existir organización en Santo Domingo de los Tsáchilas, hacia los comerciantes informales se ha incrementado los índices de delincuencia? ……… ……… ……… ……… ……….. ...
10.- ¿Considera Ud, que las autoridades municipales al no existir ningún control en Santo Domingo de los Tsáchilas, han descuidado el incremento de comerciantes informales? ……… ……… ……… ……… ……….. ...
ANEXO Nº 5: Fotografías.