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CAPÍTULO III. MARCO PROPOSITIVO 3.1 Título 3.1.Título

CONCLUSIONES GENERALES

 El envejecimiento del ser humano implica, el visualizar a futuro que todos en algún momento formaremos parte de este grupo de atención prioritaria, por ello, el mantener activas a las personas mayores y conseguir que permanezcan autónomas e independientes el mayor tiempo posible, se torna imprescindible, desde una perspectiva preventiva y trasversal que se incorpore a todas las políticas relacionadas con las personas mayores.

 Los Tratados y Convenios Internacionales que son reconocidos por las constituciones de los distintos estados, protegen y reconocen el derecho de los adultos mayores y su protección, sin existir justificativo alguno para que estos derechos de carácter personal puedan ser vulnerados o no aplicados.

 Las políticas públicas permiten el cumplimiento de los objetivos de las autoridades de turno, así como de las leyes, siempre y cuando las mismas se generen en las entrañas de los grupos que las necesitan, es decir, si las políticas públicas se las elaboran socializando con los adultos mayores con problemas de movilidad, se tendrá un instrumento de ayuda y no una simple declaración de buenas intenciones.

 Es preciso el fortalecimiento del marco legal para los adultos mayores de modo que este le proporcione beneficios que le permitan mejorar su calidad de vida y potenciar su rol en la sociedad, creando instrumentos jurídicos versátiles como las políticas públicas que tenga como propósito operativizar la ejecución de las garantías de los derechos consagrados en la Constitución.

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RECOMENDACIONES

 La creación o formulación de sistemas como el propuesto SIAMPM, permite generar desde la línea base, el análisis necesario para poder tomar decisiones a corto, mediano y largo plazo en beneficio de los adultos mayores, resulta incongruente que hasta la presente fecha solo se cuente con estadísticas pero no con acciones concretas que beneficie a este sector de la población.

 Es necesario la aprobación de las políticas públicas y de mecanismos procesales que tenga como propósito operativizar la ejecución de las garantías de los derechos consagrados en la Constitución en beneficio de las personas adultas mayores, quienes con el paso de los años han perdido su protagonismo dentro de la sociedad, pero a la par, son seres humanos que al no contar con los medios para reivindicar sus derechos, necesitan de estos mecanismos jurídicos de igualdad y equidad.

 Se recomienda presentar al Directorio de Acción Social del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía, la Política Pública de Acción Social del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía (ACCIÓN SOCIAL) para la protección a los adultos mayores, la misma que tiene como objetivo crear mecanismos

 A la Universidad Regional Autónoma de los Andes promover la investigación en temas relacionados con los grupos de atención prioritaria consagrados en la Constitución, a fin de elaborar iniciativas normativas de interés social y general, con el objetivo de que los principios y derechos constitucionales se materialicen en la práctica y en el día a día de la administración pública.

 A los maestrantes de la Facultad de Jurisprudencia, investiguen la problemática social y presenten posibles soluciones constitucionales y legales, teniendo como principio y fin el garantizar al ser humano su derecho a una vida digna y a la atención prioritaria.

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ANEXOS.