1. CAPÍTULO I FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
3.5 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS FINALES DE LA VALIDACIÓN REALIZADA POR EXPERTOS EN
3.5.6 Conclusiones Parciales del Capítulo III
- Una vez expuesta la propuesta en la presente investigación se pudo establecer los elementos de anteproyecto de ley Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, acerca de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
- Los especialistas o expertos en derecho de materia penal dieron sus puntos de vista validando de una manera positiva la solución planteada en el presente tema de investigación.
- La propuesta es viable ya que se basa en norma clara tomando en cuenta la Constitución de la República del Ecuador, de esta manera aporta de manera positiva al sistema penal, pues busca de manera específica corregir aquellos errores que por la falta de norma y redacción que lastimosamente vulneran los principios de proporcionalidad e igualdad.
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CONCLUSIONES GENERALES
- A través del desarrollo de la presente investigación, dentro del marco teórico se ha podido fundamentar teórica, jurídica y doctrinariamente los elementos que constituyen el desarrollo del tema planteado respecto a sus antecedentes como evolución y significado de los principios de proporcionalidad e igualdad, hasta su actualidad ecuatoriana.
- En lo referente a la parte metodológica, se ha podido evidenciar a través de los diferentes métodos, técnicas e instrumentos de investigación, mismas que han permitido obtener datos relevantes para la información que el tema planteado tanto en su problema y su solución, han sido analizados, discutidos y finalmente se ha determinado que la problemática planteada y su solución cuya propuesta es la reforma al artículo 275 del COIP, es viable para su desarrollo.
- En la parte propositiva o solución al problema planteado se ha elaborado detenidamente el proyecto de reforma al Artículo 275, mismo que permitirá evitar la vulneración a los principios de proporcionalidad e igualdad, se manifiesta que para el desarrollo del mismo se tomó en cuenta la validación a través de expertos, así como también los conocimientos y experiencia de la población usada mismos que fueron Jueces, Fiscales y Abogados de la Defensoría Publica especializados y conocedores en materia penal.
- De la investigación desarrollada, con la finalidad de evitar inconvenientes en la aplicación de norma referente al ingreso de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización como objetos prohibidos, es necesario la reforma al Artículo 275 del COIP, en la que se exprese necesariamente la sanción a aplicarse en caso de ingreso de sustancias estupefacientes y psicótropicas tomando en cuenta la tabla de cantidades establecida para el efecto en el artículo 275 ibídem.
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- Se recomienda que el personal administrativo de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” extensión Tulcán, tomen en cuenta el proyecto de investigación planteado, para que a su vez sea tomado en cuenta por el poder legislativo y una vez explicado sea planteado como proyecto de reforma en el cuerpo legal vigente establecido para el efecto.
- Se recomienda además que, el presente proyecto de investigación sea tomado en cuenta y a su vez sea usado como material explicativo y de análisis para los estudiantes de UNIANDES, así como a nivel nacional en cuanto se refiere a materia de derecho penal.
- Se recomienda si es del caso, que se pueda continuar como proyecto de UNIANDES y que a través de sus estudiantes pueden ampliar y explicar de mejor manera su cometido y sea socializado a docentes de la Institución.
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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
TRABAJO DE TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Preguntas para encuestas a Jueces de la Función Judicial del Carchi, Fiscales de la Provincia del Carchi y Abogados en materia penal de la Defensoría Pública de la ciudad de Tulcán.
TEMA: LA SANCIÓN DEL ARTÍCULO 275 DEL COIP, RESPECTO A SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACIÓN COMO ARTÍCULOS PROHIBIDOS Y LA VIOLACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD E IGUALDAD. INSTRUCCIONES: Lea y marque con una X en casillero que corresponda la respuesta que considere correcta:(S: SI), (N: NO)
1. ¿Conoce usted si existe normativa jurídica que regule el ingreso de artículos a los centros de privación de la libertad?
SI ( ) NO ( )
2. ¿- La normativa jurídica que regula el ingreso de artículos prohibidos a los centros de privación de la libertad es clara o precisa?
SI ( ) NO ( )
3. ¿Conoce usted si está penado por el Código Orgánico Integral Penal el
ingreso de bebidas alcohólicas, sustancias catalogadas y sujetas a fiscalización a los centros de privación de la libertad?
SI ( ) NO ( )
4. ¿Considera usted que el artículo 275 del COIP mismo que regula el ingreso de sustancias estupefacientes a los centros de privación de la libertad de personas en conflictos con la ley vulnera los principios de proporcionalidad e igualdad?
SI ( ) NO ( )
5. ¿Cómo profesional del derecho considera que, si una persona es detectada ingresando algún tipo de sustancia estupefaciente o
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psicotrópica a los centros de privación de la libertad, debe ser sancionada aplicando la pena establecida en el Articulo 220 del COIP tomando en cuenta la tabla de cantidades?
SI ( ) NO ( )
6. ¿Considera pertinente que se reforme el artículo 275 del Código Orgánico Integral Penal, en cuanto a establecer un segundo inciso en el que se sancione con una pena diferente el ingreso de sustancias estupefacientes y psicotrópicas a los centros de privación de libertad y sea esta acción sancionada con pena privativa de libertad, aplicando la tabla de cantidades del art 220 ibídem?
SI ( ) NO ( )
7. ¿Con la elaboración de un ante proyecto de ley reformatoria al Art. 275 del Código Orgánico Integral Penal se garantizará la no vulneración a los principios de proporcionalidad e igualdad?