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CAPÍTULO III DESARROLLO DE LA PROPUESTA

3.7. Conclusiones parciales del capítulo III

 A pesar de todo lo expresado, existen avances importantes de coordinación y cooperación entre ambos sistemas, en algunos casos por impulso personal de algunos magistrados y en otros casos debido a reformas normativas que han incorporado sobre la justicia indígena como por ejemplo en el Código Orgánico de la Función Judicial, quien ya ha regulado que delitos no pueden avocar conocimiento.

 Dentro del ordenamiento jurídico el Estado se ve comprometido a promover procesos de cambios que brinden dinamismo a la justicia indígena y la justicia ordinaria de manera que proporcionen a los jueces de la justicia ordinaria y a las

autoridades de la justicia indígena, herramientas jurídicas, que permitan realizar sui trabajo con mayor efectividad sin dejar en la impunidad algunos delitos, prestando la mayor agilidad y legitimidad para mejor resolver y emitir una sentencia.

 La implementación de la resolución de coordinación y cooperación entre justicia indígena y justicia ordinaria, referente al delito de lesiones, va a permitir que coordinen la realización de la prueba pericial como lo es el examen médico legal, en las víctimas de estos delitos, y se lograra determinar el tiempo de incapacidad, para observar si es delito o contravención.

CONCLUSIONES GENERALES

 La justicia indígena en el Ecuador, a pesar de que ha sido reconocida por más de ciento setenta y ocho años contados a partir de la formación del Estado ecuatoriano con la primera Constitución hasta la del año de 1998, ha mantenido su permanencia en el tiempo resolviendo conflictos mediante el uso de sus costumbres, su cosmovisión, tratando y restableciendo la armonía la paz que es base de una coexistencia pacífica, dentro de una comunidad.

 De lo investigado y de la encuesta realizada se ha llegado a concluir que la mayor parte de la población muestra que requiere de una resolución en donde se regule la coordinación y cooperación de la justicia indígena y ordinaria, en los delitos de lesiones, la cual evitará se siga trasgrediendo derechos constitucionales y dejando en la impunidad delitos donde las víctimas son las única afectadas.

 Como se ha visto a lo largo de toda la investigación, la justicia indígena es esencialmente conciliadora; se presenta así tanto en los textos legales como en los documentos emanados de los propios dirigentes que aplican la justicia indígena. Sin embargo, los análisis efectuados demuestran que en delitos de lesiones, no pueden determinar si es delito o contravención y el tiempo de incapacidad, sin la evaluación de un perito médico legal, en tal sentido resulta necesaria la coordinación de los dos sistemas.

 El ejercicio de la facultades jurisdiccionales que la constitución de la República del Ecuador, reconoce a las autoridades de la comunidades indígenas, hace procedente la tutela en el caso del actor si se trata de un delito de lesiones, ya que además de implicar una violación a su derecho al debido proceso se trata de un caso en que el actor no dispone de otro medio de defensa judicial y quienes tomaran la decisión definitiva será la comunidad reunida en pleno.

 De la encuesta realizada se concluye que existe un porcentaje elevado de personas que no se encuentran de acuerdo con la justicia indígena, los cuales manifiestan que no debe existir la justicia indígena, pero ya que existe es menester que se implemente una resolución donde se regule la coordinación y cooperación entre los dos sistemas, para evitar que se queden la impunidad algunos delitos por falta de coordinación y cooperación.

 Luego de la aprobación de la Constitución vigente desde el año 2008, el panorama de la justicia indígena aún no ha variado para que se pueda afirmar que la misma tenga una práctica coordinada, pública y notoria, además debido a la ausencia de los mecanismos que posibilitan su ejercicio. Ante este escenario el presente trabajo de investigación propone una resolución de coordinación y cooperación entre la justicia indígena y ordinaria, para evitar se deje delitos de lesiones en la impunidad.

RECOMENDACIONES

 La población indígena pasará, sin duda a plasmarse en la historia del Ecuador, de quienes han destacado con su lucha, ha sido y será por causas justas y nobles; destacando la capacidad de administrar justicia, pues sus autoridades no cuenta con una preparación académica es por ello que se debe buscar desarrollar mecanismos de coordinación y cooperación entre los dos sistemas de justicia.

 Sería importante que esta propuesta llegue a las autoridades competentes en este caso al pleno del Consejo de la Judicatura, para que le den vialidad y mediante resolución creen una normativa expresa de cómo debería coordinar y cooperar la justicia ordinaria con la justicia indígena, con la finalidad de que no se viole derechos humanos, o no queden en la impunidad delitos que generan conmoción social; que se genere por ciertos ciudadanos.

 Sería importante que exista una coordinación entre ambas justicias, para que la fiscalía de asuntos indígenas tenga claro su rol, y sea un ente de apoyo a la investigación y esclarecimientos de los delitos cometidos dentro de las comunidades indígenas, puesto que deberían coordinar directamente con los cabildos que avocan conocimiento y aplican este tipo de justicia.

 Una vez determinada la coordinación y cooperación entre ambas justicias en el caso de resolver lesiones en las comunidades indígenas, debería ser obligatoria la práctica de las pericias, para lo cual al existir en las ciudades con mayor aglomeración de habitantes indígenas Fiscalías de Asuntos Indígenas, deben implementar la realización de diligencias para poder cumplir con estas pericias, con el único fin de que la sanción sea acorde al cometimiento de la infracción.

 Por el alto índice de desconocimiento de la justicia indígena es urgente y necesaria que se norme la coordinación y cooperación entre los dos sistemas de justicia, específicamente en los delitos donde se necesita la práctica de una pericia para determinar el daño, delitos que aún tiene competencia la justicia indígena para resolver.

 En el caso de implementar la presente resolución el Consejo de la Judicatura deberá socializar, mediante campañas informativos para que la ciudadanía tenga pleno conocimiento de la existencia de la justicia indígena y el alcance que tiene como administradora de justicia de acuerdo a su cosmovisión a su jurisdicción y competencia.

BIBLIOGRAFÍA

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CUERPOS LEGALES

Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Constitución de la República del Ecuador.

Código Orgánico de la Función Judicial. Código Orgánico Integral Penal.

Anexo 1 perfil de proyecto de investigación.

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PERFIL DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN

DEL TITULO DE ABOGADO (A) DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.

TEMA: LA INADECUADA COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN DE LA

JUSTICIA INDÍGENA Y ORDINARIA EN MATERIA PENAL, GENERA LA

IMPUNIDAD DE CIERTOS DELITOS POR FALTA DE PRUEBA PERICIAL.

AUTORA (A) BERMEO OTAVALO IRMA JACQUELINE.

TUTOR (A) DR. BENAVIDES BENALCÁZAR MERCK MILKO.

IBARRA – ECUADOR

2016

2.- DESARROLLO

Antecedentes de la investigación

En lo profundo de la historia la justicia indígena da nacimiento con el derecho

consuetudinario mismo que ha sido estudiado por muchos años por la antropología

jurídica sobre todo por los juristas que a lo largo de sus experiencias encuentran ajustes

y frecuentemente coincidencia con las autoridades indígenas. Para la Organización de

las naciones Unidas (ONU) tienen culturas y cosmovisiones distintas y únicas, y sus

necesidades actuales y aspiraciones pueden diferir de aquellas de la población

dominante.

Conocido ante la sociedad como justicia indígena, se está hablando de prácticas de las

costumbres de cada comuna, comunidad, pueblo o nacionalidad indígena, quienes

eligen a sus autoridades lo cuales deben ser disciplinados en diversos ámbitos, porque la

responsabilidad que se les atribuye van relacionadas con actividades tales como:

relaciones sociales y todo tipo de conflictos que se desarrollan dentro de la comunidad

por la cual fueron elegidos y deberán responder con responsabilidad.

Desde épocas antiguas los pueblos y nacionalidades indígenas han venido ejerciendo

sus tradiciones que se fundamenta en su derecho consuetudinario, así se puede decir que

la administración de justicia es parte de este derecho por tener sus propios preceptos,

objetivos, principios y características, sin que la justicia ordinaria intervenga en sus

costumbres para administrar justicia ordinaria con la justicia indígena.

A finales del xx se hace presente un liderazgo indígena especialmente en Bolivia,

México y Ecuador quienes con entusiasmo defienden a nivel de sus naciones así como

también de manera externa para lograr el reconocimiento de sus costumbres y derechos.

En el Ecuador la Constitución de 1998 fue la primera en reconocer la justicia indígena

pues decía que en esos pueblos ejercerán funciones de justicia, aplicando normas y

procedimientos propios para la solución de conflictos internos de conformidad con su

costumbre y su derecho consuetudinario, siempre que no sea contrario a la Constitución

y las Leyes. (Pérez Guartambel, 2010, p.255).

Pero en ese entonces la justicia indígena se limitaba a encontrar arreglos de pequeña

magnitud como linderos, hurtos pequeños o conflictos familiares solucionables dentro

de lo que podría llamarse ámbito civil por cuanto se llegaba a cuerdos que no iban en

contra de derechos consagrados en la Constitución de la República, tampoco tenían

jurisdicción y competencia para aplicar sus procedimientos propios en todos los

ámbitos.

Los límites están dados por el derecho a la vida y las garantías consagradas en la

Constitución de la República. Se practica la justicia indígena en los ámbitos personal,

material y dentro de la jurisdicción aplicando a todos los conflictos jurídicos que se

producen dentro de la comunidad haciendo cumplir los principios fundamentales: ama

Killa, ama llulla, ama shua así como también los valores y el respeto dando un paso; a

una vigilancia de un pluralismo jurídico “quien adquiere una notoria relevancia más

aun considerando la premisa teleológica que el objetivo final de cualquier norma debe

ser la tutela de los derechos independientemente de cual sea su fuente normativa”

(Masapanta, 2015, p. 10); generando un compromiso estatal quien es el encargado de

garantizar y velar los derechos.

En el cantón Cayambe la justicia indígena tiene mayor reincidencia en su aplicación y

solicitud de declinación de competencias por tener en su gran parte población indígena

quienes aún mantienen sus tradiciones y costumbres al igual que su aplicación del

derecho consuetudinario sin existir una coordinación con la justicia ordinaria, para

resolver conflictos que se suscitan dentro de una comunidad.

Situación problemática

La justicia indígena esta creada para la aplicación de justicia mediante sus costumbres

haciendo uso de la Justicia consuetudinaria, es decir su ritos de purificación y

sancionando de esta manera el delito que se le atribuye al procesado, sin imponerle una

pena de privación de su libertad, sino más bien una pena no privativa de la libertad,

dando a entender que se sanciona a la moral del procesado imponiendo un castigo de

manera pública de acuerdo a las costumbres y procedimientos que adopte la

comunidad.

Conocido es para todos y en especial para los profesionales que se encuentran inmersos

en el campo del derecho que en la justicia indígena no existe un ordenamiento escrito,

es decir plasmado en una ley que tipifique y sancione, sino está basado únicamente en el

derecho consuetudinario de cada comunidad indígena, cuya práctica es primitiva, y a

esto se suma la falta de coordinación con la justicia ordinaria ya que al no estar escrita

permite la impunidad de ciertos delitos; como por ejemplo, si Juan cometió un delito y

logro huir de la comunidad será repudiado por la comunidad, pero no constará en el

sistema judicial como prófugo de la justicia, quedando de esta manera en la impunidad

el delito cometido, tomando en cuenta que esta justica carece de prueba pericial.

En la actualidad es muy común observar en las Fiscalías donde la población es

mayoritariamente indígena tal como sucede en el cantón Cayambe, observar de como

los delitos quedan en la impunidad, debido a que una persona de etnia indígena que

vive en una comunidad y ha cometido un delito, el cual para que se investigue y sea

juzgado necesita que previo a ello se haga una investigación reuniendo elementos de

cargo y descargo, pero mas no se da por que el presidente de la comunidad realiza un

pedido de declinación de competencia para que sea juzgado de acuerdo a sus

costumbres y tradiciones, de esta manera dando el nacimiento de problemas en este

ámbito aun no resueltos que tienen que ver con la falta de coordinación y cooperación

entre la justicia indígena y la justicia ordinaria. Pues no están provistos de una ley o

resolución que prescriba la coordinación de sus actuaciones ya que al encontrarse dentro

de un mismo estado no se debe actuar ajeno a la justicia ordinaria puesto que no cuentan

con mecanismos y procedimientos escritos.

Problema científico

¿La inadecuada coordinación y cooperación entre las justicias indígena y ordinaria en

materia penal, genera impunidad de ciertos delitos por falta de prueba pericial

practicada por expertos?

Objeto de investigación y campo de acción

El objeto de investigación en el presente trabajo de estudio es la coordinación entre

justicia indígena y ordinaria, en referencia a la impunidad de ciertos delitos por falta de

prueba pericial practicada por expertos.

El campo de acción en el presente trabajo de investigación es el la falta de coordinación

entre justicia indígena y ordinaria porque se violentan derechos constitucionales.

Este trabajo se lo realizará en el cantón Cayambe, provincia de Pichincha, en el periodo

comprendido de enero a diciembre de 2016.

La línea de investigación del presente trabajo es “Retos, perspectivas y

perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador”: El ordenamiento jurídico

ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales.

Objetivo general

Realizar un anteproyecto de resolución del Consejo de la Judicatura que regule sobre la

coordinación y cooperación entre las justicias indígena y ordinaria en materia penal,

para evitar la impunidad de ciertos delitos por falta de prueba pericial practicada por

expertos.

Objetivos específicos.

Analizar jurídicamente sobre la coordinación y cooperación entre justicia

ordinaria y justicia indígena en base a doctrinas, jurisprudencias, convenios

internacionales derechos humanos, la Constitución de la República del Ecuador

y la ley.

Diagnosticar el grado de conocimiento de los involucrados en el problema

planteado en la presente investigación, en base a un trabajo de campo.

Implementar un anteproyecto de resolución del Consejo de la Judicatura que

regule la coordinación y cooperación entre las justicias indígena y ordinaria en

materia penal.

Validar al presente trabajo de investigación, en base a criterios de expertos.

Idea a defender

Con la realización de una resolución del Consejo de la Judicatura que regule la

coordinación y cooperación entre justicias indígena y ordinaria en materia penal, se

evitara la impunidad de ciertos delitos por falta de prueba pericial practicada por

expertos.

 Variables de la investigación

Variable independiente

La coordinación y cooperación entre las justicias indígena y ordinaria en materia penal.

Variable dependiente

Se evitará la impunidad de ciertos delitos en materia penal por falta de prueba pericial

practicada por expertos.

Métodos, técnicas e instrumentos

Métodos

Método Inductivo – Deductivo.- Este método permite obtener conceptos, definiciones

para llegar a las conclusiones generales a partir de premisas particulares. Se trata del

método científico más usual, en el que se puede redactar lo más fundamental de este

tema de desarrollo. Que nos permite desarrollar la información de lo más general a lo

específico y viceversa en las partes que sean necesarias.

Analítico- Sintético.- Mediante el análisis sobre los diferentes puntos de variables que

van a desprender de esta investigación que es sobre la falta de coordinación entre

justicia indígena y ordinaria, así como la síntesis de los fenómenos que se van

desarrollando con la investigación.

Histórico – Lógico.- Este vincula el conocimiento de la evolución social para poder, de

esta manera aplicar el desarrollo normativo que ha sufrido a través de la historia la

legislación Ecuatoriana así podemos establecer la trayectoria concreta de la teoría, su

conocimiento a los diferentes periodos de la historia.

Técnicas

Encuesta.- La encuesta es una de las técnicas más utilizado en la investigación que

permite obtener amplia información de fuentes primarias. Pero de distintas perspectivas

para tener un panorama más completo de la investigación.

Instrumentos

Cuestionario.- El cuestionario es un instrumento básico de la observación en la

encuesta y en la entrevista. En el cuestionario se formula una serie de preguntas que

permiten medir una o más variables. Posibilita observar los hechos a través de la

valoración que hace de la investigación el encuestado o entrevistado, limitándose a las

valoraciones subjetivas de este.

Esquema de contenidos

La prueba pericial en la justicia penal indígena.

Definición de prueba pericial

Concepto de informe pericial.

Importancia y necesidad de la práctica de la prueba pericial.

El técnico como testigo y perito.

Imparcialidad de la pericia.

¿Son los peritajes ficción persuasiva?

La justicia indígena en las legislaciones jurídicas.

Definición del derecho indígena.

La justicia indígena en los instrumentos nacionales e internacionales.

Principios de la Justicia Indígena.

La justicia penal indígena

Procedimiento en la administración de justicia en la Justicia Indígena

El derecho indígena y la justicia ordinaria

Fundamentos políticos y sus tipologías.

La jurisdicción especial indígena.

¿Es posible enjuiciar a personas que viven fuera de los territorios?

Relación entre los sistemas de derecho indígena y el sistema de derecho ordinario.