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CAPÍTULO III PROPUESTA DE SOLUCIÓN AL PROBLEMA

3.6. Conclusiones parciales del capítulo

En la actualidad la ley vigente no considera la realización de una segunda prueba de ADN solo en casos que determine la ley, pero la investigación menciona que ha consideración de los abogados de libre ejercicio profesional si se pueden presentar inconsistencias en la realización del examen, siendo necesario clarificar el artículo 13 que trata acerca de la suficiencia en la prueba de ADN.

Los articulados presentados como propuesta deben ser sometidos a un análisis para incluir o excluir puntos no relevantes, en estos se enfatiza en la mejora de procedimientos, para mayor eficiencia en los laboratorios, los peritos y para determina la suficiencia de la prueba de ADN, incluyendo posibles errores que se pueden presentar en su realización.

CONCLUSIONES

La prueba de ADN se constituye en una de las pruebas más seguras al momento de probar diversos hechos nivel de seguridad ha hecho posible conocer cosas que antes no eran posibles, en la actualidad es utilizada para descubrir a los culpables de diversos hechos delictivos como homicidios, violaciones, asaltos , también es la prueba más certera para determinar la paternidad cuando una madre reclama por los derechos de su hijo a tener un nombre, un apellido, a los alimentos según se expresa en la Convención de los Derechos del Niño, la Constitución del Ecuador y el Código de la Niñez y Adolescencia.

Las encuestas revelan que la mayor parte de abogados consideran que pueden presentar inconsistencias en la prueba de ADN, a pesar de Constituirse en las más confiables se pueden cometer errores con el manejo de las muestras, con los datos obtenidos porque en base a los antecedentes el laboratorio que dedica a la realización de la misma tiene mucha carga diaria llegando a demorarse dos meses en la entrega de resultados.

Es necesario fortalecer la normativa vigente fundamentado en establecer adecuados procedimientos, los abogados encuestados consideran que debe reformarse el Código de la Niñez y Adolescencia para fortalecer los procedimientos y aspectos relevantes para la utilización de la prueba de ADN, añadiendo la posibilidad de una segunda prueba cuando haya circunstancia atenuantes haciendo factible la propuesta.

RECOMENDACIONES

Fortalecer en la normativa ecuatoriana el concepto de Prueba de ADN fundamentado en establecer procedimientos específicos que prevengan la duda razonable y asegurando mayor eficiencia, comprobando con veracidad los resultados con una adecuada constatación de los procesos aplicados en el desarrollo de la prueba de ADN que asegure que la decisión del juez sea basada en información fidedigna y libre de errores.

Evaluar en estudios específicos e investigaciones de campo los errores e inconsistencias que se pueden presentar en la realización de las pruebas de ADN, que ayuden a la elaboración de reglamentos específicos que acompañen a la Ley Reformatoria al Título V, Libro II Del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, que permitan que exista confianza y efectividad en los procesos aplicados por los laboratorios de la Fiscalía y los privados.

Analizar de manera exhaustiva la normativa vigente, considerando los posibles errores que se pueden cometer, considerando errar es humano y se requiere clarificar los resultados obtenidos acerca de la paternidad biológica porque es un derecho que le corresponde tanto al padre, a la madre, pero sobre todo al niño o niñas para conocer sus orígenes, su identidad que le de un nombre, apellido, una herencia biológica y una nacionalidad.

BIBLIOGRAFÍA

Barcia, S., Chávez, J., & Vargas, P. (2016). Valoración procesal penal de la prueba de ADN. Domino de las Ciencias. Obtenido de;

https://dominiodelasciencias.com/ojs/index.php/es/article/view/113/html

Código Civil. (2005). Registro Oficial Suplemento 46 de 24 de junio del 2005.

Código de la Niñez y Adolescencia Registro Oficial N° 737 del 03 de enero. (2003). Ley 100.

Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2017). Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la identidad. Obtenido de;

http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/Ninez_familia/Material/cuadri- identidad-ninas-ninos.pdf

Constitución de la República del Ecuador. (20 de Octubre de 2008). Registro Oficial 449. Obtenido de;

http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/constitucion_de_bolsillo.pdf

De la Fuente, C. (2018). https://www.icbf.gov.co/bienestar/protecci%C3%B3n/filiacion- pruebas-adn. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Obtenido de; https://www.icbf.gov.co/bienestar/protecci%C3%B3n/filiacion-pruebas-adn

Estudio Jurídico Figueroa & Morales . (2011). El examen de ADN de paternidad. Obtenido de http://www.abogadossanitarios.cl/?p=475

González, M. (2011). Reflexiones sobre el derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes en México. Boletín mexicano de derecho comparado, 44(130). Obtenido de; http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S0041-

86332011000100004&script=sci_arttext

Humanium. (2018). Derecho a una Identidad. Obtenido de https://www.humanium.org/es/derecho-identidad/

Ley Reformatoria al Código Civil . (2015). Registro Oficial 526 segundo Suplemento 19 de junio del 2015.

Ley Reformatoria al Título V, Libro II Del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. (2009). Registro Oficial No. 643 - Martes 28 de Julio de 2009 Suplemento.

Mejia, R. (2015). La filiación extramatrimonial post mortem. Revista Jurídica Científica SSIAS, 8(1).

Mojica, L. (2003). La prueba técnica ADN en los procesos sobre filiación. Estudios Socio- Jurídicos, 5(1). Obtenido de;

http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124- 05792003000100008

Mojica, L. (2003). La prueba técnica ADN en los procesos sobre filiación. Estudios Socio- Jurídicos, 5(1). Obtenido de;

http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124- 05792003000100008

Molineros, D. (2017). ¿Cómo se realiza una prueba de ADN para comprobar la paternidad? Obtenido de https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/sociedad/4/como- se-realiza-una-prueba-de-adn-para-paternidad

Morlachetti, A. (2014). La Convención sobre los Derechos del Niño y la protección de la infancia en la normativa internacional de derechos humanos. En R. d. Superior, Manual: Derechos Humanos de los Grupos Vulnerables. Barcelona.

Quesada, M. C. (2005). La prueba del ADN en los procesos de filiación. Anuario de Derecho Civil (2). Obtenido de;

https://www.boe.es/publicaciones/anuarios_derecho/articulo.php?id=ANU-C-2005- 20049300594

Ribes, M., Fernández, L., Clavijo, R., Pérez, T., Robledo, T., & Ponce, L. (2006). Educadores de Menores de la Diputación Foral de Bizkaia. Temaria Específico (Primera ed., Vol. 1). Editorial Mad S.L.

Salinas, G. H. (2018). Presunción negativa de paternidad (prueba de ADN). Obtenido de https://sites.google.com/site/megalexec/articulos---ensayos/derecho-de-la-

Sipán, M. J. (2017). El Derecho a la identidad y la contestación de la paternidad. Revista del Instituto de la Familia , 1(6). Obtenido de;

http://revistas.unife.edu.pe/index.php/personayfamilia/article/view/477

UNICEF. (2004). Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y de la Niña 1989. Asunción, Paraguay: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

UNICEF. (2018). Derecho a la Identidad. Obtenido de;

https://www.unicef.org/argentina/spanish/children_11139.html

Vazquez & Apraiz y Asociados. (2015). Demanda de reclamación de paternidad. Tu Abogado Defensor. Obtenido de

ANEXOS

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DERECHO

CUESTIONARIO DE ENCUESTA A ABOGADOS DE LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

1. ¿Considera usted que la prueba de ADN es eficaz para la determinación de la paternidad?

Si

No

2. ¿Considera usted que debe tener validez jurídica el testimonio de la madre para la determinación de la paternidad?

Si

No

3. ¿Ha tenido casos en los cuales la madre alega la paternidad a pesar de que la prueba de ADN arroja que no hay relación consanguínea?

Si

4. ¿Considera usted que pueden presentarse errores al momento de realizarse la prueba de ADN para la determinación de la paternidad?

Si

No

5. ¿En la actualidad hay un alto índice de impugnación de paternidad en el cantón Pastaza?

Si

No

6. ¿Considera usted que debería obligarse a la madre a presentarse con el menor de edad a realizarse la prueba de ADN, en el caso impugnación de paternidad?

Si

No

7. En base a su experiencia profesional ¿Qué motiva a una madre a plantear una demanda de paternidad?

Derecho a la identidad de los niños, niñas y adolescentes

Ocasionar daño al supuesto padre

Contar con recursos económicos para la subsistencia

Reconocimiento de la paternidad

8. De las demandas por reconocimiento de la paternidad que usted conoce, ¿Cuántas aproximadamente con la prueba de ADN han logrado la comprobación y confirmación de la paternidad?

El 50% de las demandas

Entre el 60% al 80% de las demandas

Más del 90% de las demandas.

9. De las demandas por reconocimiento de la paternidad que usted conoce, ¿Cuántas aproximadamente con la prueba de ADN han logrado desmentir la paternidad alegada por la madre?

Entre el 10% al 20% de las demandas

Entre el 30% de las demandas

Más del 40% de las demandas

10. ¿Considera usted que se pueden presentar inconsistencias en la Prueba de ADN que ocasione que el resultado no determine la paternidad?

 Si

 No

11. ¿Considera usted que la realización de la Prueba de ADN garantiza el derecho a la identidad de los niños, niña y adolescentes?

 Si

12. ¿Al presentarse inconsistencias en la Prueba de ADN considera usted que se está vulnerando el derecho a la identidad de los niños, niñas y adolescentes?

 Si

 No

13. ¿Qué posibles inconsistencias considera usted que pueden presentarse en la realización de la prueba de ADN?

Mal manejo de las muestras

Confusión entre las muestras

Laboratorios no idóneos para la realización de pruebas de ADN

Exceso de pruebas de ADN en laboratorio de genética de la Fiscalía General del Estado.

Gran carga de análisis que se realiza diariamente

14. ¿Considera que se vulnera el derecho al conocimiento de su origen y de su relación parental cuando la madre se niega a la realización de la Prueba de ADN?

Si

No

15. ¿Considera usted que en Ecuador debería establecer procedimientos legales específicos en el Código de la Niñez y la Adolescencia para la realización de la Prueba de ADN para la prevención de errores en la determinación de la paternidad?

Si

16. ¿Considera usted que el Código de la Niñez y Adolescencia debe actualizarse y modificarse para incluir la realización de una segunda prueba de ADN en el caso de que la madre alegue error en la determinación de la paternidad?

Si

No

GRACIAS POR SU ATENCIÓN No

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