CAPITULO I MARCO TEÓRICO
1.4. Conclusiones parciales del capítulo
Se considera que el derecho de alimentos nace de la relación paterno filial entre los padres con los hijos y como tal es una obligación de carácter ineludible en ningún caso.
Se determina que no solo los niños niñas y adolescentes son titulares de derechos sino que también los alimentarios poseen derechos que no pueden ser violados a consecuencia de una pensión alimenticia.
Se establece que es necesario descontar al alimentante el monto de pensión alimenticia cuando esté pagando un crédito de vivienda ocupada por alimentarios ya que el pago de dicho crédito beneficia exclusivamente al titular del derecho de alimentos.
CAPÍTULO II
MARCO METODOLÓGICO.
2.1. Caracterización de la inexistencia de descuento de pensión alimenticia al alimentante que pague crédito de vivienda ocupada por alimentarios.
La presente investigación se realizo en la ciudad de San Gabriel, cantón Montufar, provincia del Carchi en la cual se encuentra ubicado el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil del Carchi , como uno de los órganos de la Función Judicial que tiene dentro de sus funciones a través del Juez Quinto de lo Civil en la razón de las necesidades poblacionales el asumir la función de dar trámite desde el inicio hasta el final del procedimiento en materia de niñez y adolescencia específicamente en la fijación de pensión alimenticia como materia de nuestro estudio .
Es así que diremos que de la investigación realizada se ha logrado establecer que en nuestro ordenamiento jurídico actual no existe ningún tipo de descuento a la pensión alimenticia salvo la aportación que hace el alimentante al seguro social; tal es así que de conformidad con el Art 45 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional los jueces de la Segunda Sala de lo Laboral, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Pichincha solicitan el control de Constitucionalidad de la tabla de pensiones alimenticias mínimas esto en virtud de que la consideran inconstitucional pues no solo en ella no se realiza ningún tipo de descuento al fijar una pensión alimenticia sino que con ella se establece cuotas alimentarias iguales o superiores a la remuneración que percibe el alimentante; ante esto los jueces antes mencionados como Sala deciden realizar un descuento a la pensión fijada dado el caso de que el alimentante se encuentre pagando un crédito de vivienda y que esta esté siendo ocupada por los alimentarios; esto en razón de que no se puede fijar una pensión alimenticia de una remuneración que el alimentante no la percibe en su totalidad sino que el pago de ese crédito beneficia directamente a los alimentarios ya que si no se realiza este descuento se estaría violentando el derecho que tiene el alimentante a una vida digna como así lo establece el artículo 66 numeral 2 de la Constitución de la Republica del Ecuador
puesto que el alimentante no es solo sujeto de obligaciones sino también de derechos de allí nace la propuesta a ser presentada.
2.2. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación.
2.2.1. Modalidad de la Investigación. 2.2.1.1. Cualitativa
“Se denomina cualitativas a las investigaciones que usan herramientas de obtención y manejo de información que no parten de la necesidad de utilizar estadísticas o matemáticas para llegar a conclusiones” (León & Garrido, 2007.p.20). En la presente investigación se utilizó la modalidad cualitativa misma que permitió determinar la incidencia que tiene el problema, además de que se la utilizo en el transcurso del desarrollo del trabajo de grado, porque se va realizando una análisis de la información presentada la cual sirve de fundamento para la argumentación jurídica sobre el descuento de pensión alimenticia al alimentante que pague crédito de vivienda ocupada por alimentarios.
2.2.1.2. Cuantitativa
“Desde el punto de vista metodológico, se suele denominar cuantitativa a la investigación que, tiende a usar instrumentos de medición y comparación que proporcionan datos cuyo estudio requiere el uso de modelos matemáticos y de la estadística”. ” (León & Garrido, 2007.p.20). La modalidad cuantitativa se la utilizo para la interpretación numérica de los resultados de campo obtenidos a través de las encuestas, los cuales se ven contabilizados mediante el empleo de estadísticas; esto ayudara a plantear una propuesta acorde a la realidad de la población investigada. 2.2.2. Tipos de Investigación.
Según la modalidad paradigmática cuantitativa el diseño enfocado en la presente investigación es:
Diseño longitudinal: Este diseño ayuda a valorar los fenómenos y estudiar las tendencias existentes en relación a la violación al derecho a una vida digna establecido en la Constitución de la Republica del Ecuador en cuanto tiene que ver con la inexistencia de descuento de pensión alimenticia al alimentante que pague crédito de vivienda, ocupada por los alimentarios; por cuanto al realizar este tipo de descuento se respetara el derecho a una vida digna del cual es titular el alimentante. 2.2.2.2.Tipo de investigación por su alcance.
Para el tipo de investigación por su alcance se utiliza:
Investigación descriptiva. A través de este tipo de investigación se nos permite examinar las características del problema y como se manifiesta además de que nos servirá al elegir las fuentes para la realización del marco teórico al comparar diferentes conceptos teóricos relacionados con el problema.
Investigación Correlacional. Se la utiliza porque dentro de la presente investigación se relacionaran las variables dependiente e independiente con la finalidad de explicar el tema y plantear una solución más factible y concreta al problema evitando así la vulneración del derecho a una vida digna esto en beneficio de la sociedad y en especial de los alimentantes.
2.2.3. Métodos a emplear 2.2.3.1. Métodos empíricos
2.2.3.1.1. Recopilación de Información.
Este método consiste en la recopilación de datos con los que se efectuará la comprobación del problema y de esta manera poder dar origen a la solución del mismo. La aplicación de este método se realizara en base a la aplicación de técnicas
tales como la encuesta la misma que será realizada a personas mayores de 25 años de edad de la ciudad de San Gabriel.
2.2.3.1.2. Validación por los expertos.
Este método será utilizado al momento de que la argumentación jurídica sobre el descuento de pensión alimenticia al alimentante que pague crédito de vivienda ocupada por alimentarios este planteada y sea revisada y aprobada por los expertos en la materia y por los docentes de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”.
2.2.3.2. Métodos Teóricos.
2.2.3.2.1. Método analítico- sintético.
Este método permite el tránsito en el estudio de un fenómeno, del todo a las partes que lo componen. Con este método se hace posible verificar la realidad y la comprensión de todo el problema es decir que por medio de este método se organiza cronológicamente la información para el desarrollo de la investigación, tomando en cuenta principalmente en la formación del marco teórico y la propuesta; por otra parte el investigador se encargara de reunir toda la información referente al tema la cual será analizada minuciosamente para posteriormente sintetizar lo más primordial y que servirá de base para llegar a una conclusión lógica.
2.2.3.2.2. Método inductivo deductivo
En el método inductivo-deductivo se da la relación de lo general con lo particular, permite fundamentar los principales resultados del nivel teórico. Este método se lo utilizara en la realización del marco teórico al abordar dentro de los temas a investigar; el hecho de desarrollar un tema general que sirva de base inicial a la investigación para posteriormente ser desglosado en subtemas dentro de los cuales se llegara a un tema específico dentro de la investigación que con lleve a el problema propiamente investigado.
Este método se refiere a que el problema no se presenta de manera ocasional sino que es resultado del devenir y desarrollo del proceso que lo origina, motiva o da lugar a su existencia. El presente método será utilizado en el marco teórico, ya que se establecerá el origen, evolución y desarrollo del derecho de niñez y adolescencia así también el hecho de que en años anteriores el alimentante ha sido el único perjudicado al fijar una pensión alimenticia en base a una tabla en la cual se realiza cálculos de remuneraciones que no se perciben en su totalidad.
2.2.4. Técnicas a emplear.
Para la siguiente investigación se utilizo la técnica de la encuesta. 2.2.4.1. Encuesta.
Dentro de nuestra investigación la encuesta es una técnica permite una adecuada recolección de información valiosa y de vital importancia para la investigación realizada, misma que será aplicada a personas mayores de 25 años de edad residentes en la ciudad de San Gabriel, cantón Montufar, provincia del Carchi.
2.2.5. Instrumentos a Emplear.
Son herramientas para el apoyo para realizar un procedimiento reflexivo, sistemático, controlado y crítico que tiene por finalidad descubrir hechos fenómenos y leyes. Para la presente investigación se utilizará:
2.2.5.1. Cuestionario.
Lo entenderíamos como el conjunto de preguntas a ser respondidas dentro de una encuesta realizada, la aplicación del cuestionario la haremos a través de la formulación de preguntas cerradas apropiadas para obtener la información requerida que ayudara a la formación de la propuesta y con ello se dará solución al problema. 2.2.6. Población y Muestra
La población es el conjunto el universo en general en donde se pretende realizar la investigación. (León & Garrido, 2007.p.46). Para esta investigación la población será todos los habitantes de la ciudad de San Gabriel. La población elegida serán las personas de 25 años en adelante.
2.2.6.2. Muestra
“La muestra es la parte especifica la misma que representara a la población para la obtención de la información” (León & Garrido, 2007.p.47). Debido a que la población supera las 100 personas se procede al cálculo de la muestra aplicando la siguiente fórmula.
CIUDAD DE SAN GABRIEL GRUPOS POR
EDAD
GÉNERO
Hombre Mujer Total
De 25 a 29 años 465 626 1.091 De 30 a 34 años 516 501 1017 De 35 a 39 años 419 515 934 De 40 a 44 años 450 473 923 De 45 a 49 años 366 389 755 De 50 a 54 años 304 333 637 De 55 a 59 años 228 268 496 De 60 a 64 años 211 251 462 De 65 a 69 años 172 198 370 De 70 en adelante 411 402 814
Fuente: Censo Poblacional 2010.
N = 7499 99
2.3. Tabulación de resultados de la encuesta.
1.- ¿Cuanto conoce usted del derecho constitucional de una vida digna?
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay 19% 68% 13% Mucho Poco Nada Grafico 1 N = tamaño de la población e = margen de error e = 10% e = 0,1
El 68% de la población objeto de esta investigación conoce solamente un poco de lo que implica el derecho constitucional de una vida digna dando como resultado que la mayoría de la población no está correctamente informada además de que desconoce que todos ciudadanos de nuestro estado somos los titulares del derecho a una vida digna el cual implica la satisfacción de necesidades tales como alimentación, vivienda, vestido salud etc. las cuales deben ser satisfechas en su conjunto.
2.- ¿Considera usted que en los procesos de alimentos se le está violentando el derecho a una vida digna al alimentante?
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay
De los resultados obtenidos en la presente investigación se pone en evidencia que una gran parte de la población materia de estudio considera que en los procesos de alimentos actuales se está violentando el derecho a una vida digna que tiene el alimentante pues las respuestas obtenidas nacen de la experiencia personal, de familiares o conocidos de las personas encuestadas quienes consideran que en la mayor parte de casos es al alimentante a quien se vulneran derechos tales como el derecho a una vida digna garantizado en el art 66 numeral 2 de nuestra actual Constitución .
3.- ¿Considera usted que la responsabilidad de los padres y madres de proporcionarles todo lo necesario para la subsistencia de sus hijos debe ser compartida en iguales proporciones?
70% 30%
Si No Gráfico 2
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay
El 55% de la población objeto de investigación se encuentra parcialmente de acuerdo con que la responsabilidad de los padres y madres de proporcionarles todo lo necesario para la subsistencia de sus hijos debe ser compartida en iguales proporciones. Esto en virtud del principio de corresponsabilidad de los padres puesto que no es deber de un solo progenitor el aportar lo necesario para la subsistencia de su hijo sino es deber de ambos progenitores.
4.- ¿Está usted de acuerdo que para fijar una pensión alimenticia se lo haga mediante una tabla de pensiones?
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay 27% 55% 18% Estoy de acuerdo Parcialmente deacuerdo No estoy de acuerdo Gráfico 3 84% 16% Si No Gráfico 4
Los resultados obtenidos en este cuadro estadístico, demuestran que gran parte de la población está de acuerdo que para fijar una pensión alimenticia se utilice la tabla de pensiones alimenticias; pero cabe mencionar que dicha tabla debe solventarse en datos reales y debería ser más flexible estableciendo descuentos para los alimentantes y no solo el aporte al seguro social, pues este instrumento debe proteger derechos de niños niñas y adolescentes sin vulnerar derechos al alimentante.
5.- ¿Considera usted que es justo que al alimentante se le calcule una pensión alimenticia mayor a los ingresos que percibe?
Fuente: Investigación de Campo Autora: Evelyn Usuay
Los resultados obtenidos ponen claramente en evidencia que la totalidad de la población investigada, considera que no es justo que al alimentante se le imponga el pago de una pensión alimenticia calculada de una remuneración que no percibe en su totalidad, puesto que si analizamos detenidamente no toda la población percibe realmente la remuneración sobre la cual se calcula la pensión alimenticia y como tal no es idóneo imponer el pago de una pensión de alimentos obtenida de un monto ficticio.
6.- ¿Piensa usted que es necesario que el juez tome muy en cuenta la capacidad económica del alimentante antes de fijar una pensión alimenticia?
0%
100%
Si No Gráfico 5
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay
En el presente cuadro estadístico se pone en manifiesto que gran parte de la población investigada como es 92% está de acuerdo que el juez dentro de sus atribuciones debe de tomar muy en cuenta la capacidad económica del alimentante antes de fijar una pensión alimenticia, esto en razón de que es deber del juez el valorar la capacidad económica del alimentante como un requisito indispensable en los procesos de alimentos para que así no se imponga una pensión de alimentos por demás excesiva.
7.- ¿Considera usted que se debe realizar un descuento de pensión alimenticia al alimentante que directamente proporcione lo necesario para satisfacer necesidades tales como alimentación, vivienda, educación, de su hijo?
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay 92% 8% 0% Estoy de acuerdo Parcialmente de acuerdo No estoy de acuerdo Gráfico 6 84% 16% Si No Gráfico 7
En el presente cuadro ilustrativo se demuestra que el 84% de la población investigada considera que se debe realizar un descuento de pensión alimenticia dadose el caso de que el alimentante voluntariamente, proporcione lo necesario para satisfacer necesidades más indispensables como lo es la vivienda, educación, alimentación esto en razón de que si el alimentante proporciona una vivienda dotada de servicios básicos, además de que realiza un aporte económico directo para la satisfacción de las necesidades mencionadas es justo que se le haga un descuento al fijar una pensión de alimentos.
8.- ¿Considera usted que la vivienda es un elemento indispensable para tener un buen vivir?
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay
El 98% de la población investigada considera que la vivienda es un elemento por demás indispensable para tener un buen vivir , de allí pues nace la concepción de que la vivienda no es solo elemento que nos protege del clima y de agentes externos, sino también sirve de base para consolidar un hogar una familia tal es así que tanto nuestra Constitución , el plan nacional del buen vivir así también la Declaración Universal de Derechos Humanos consideran a la vivienda como un derecho humano de primera importancia e indispensable para la subsistencia.
9.- ¿Considera usted que un niño niña o adolescente tendría un mejor desarrollo integral en una vivienda propia o arrendada?
98% 2%
Si No Gráfico 8
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay
En el presente grafico ilustrativo es evidente que la totalidad de la población materia de la investigación considera que para que un niño niña o adolescente tenga un mejor desarrollo integral lo hará a través de una vivienda propia ya que al ser la vivienda uno de los elementos indispensables para el desarrollo físico y emocional de una persona es innegable que este desarrollo se lo hará en una vivienda propia dotada de servicios básicos.
10.- ¿Está usted de acuerdo con que se realice un descuento de pensión alimenticia al alimentante que pague crédito de vivienda y que está este siendo ocupada por los alimentarios?
Fuente: Investigación de Campo
Autora: Evelyn Usuay
Vivienda propia Vivienda arrendada Gráfico 9 89% 11% Si No Gráfico 10
En este grafico se evidencia claramente que el 89% de la población investigada es decir la mayoría absoluta considera que si se debe realizar un descuento de pensión alimenticia al alimentante que pague crédito de vivienda y que está este siendo ocupada por los alimentarios; esto en razón de que el alimentario se vería beneficiado ya que estaría habitando en una vivienda propia, dotada de servicios básicos la cual ha sido otorgada por el alimentante y como tal es justo que se le realice este tipo de descuento al alimentante ya que estaría cumpliendo con otorgar una de las necesidades más básicas en beneficio del derechohabiente como lo es la vivienda y ante ello merece que se le haga un descuento de la pensión alimenticia a ser fijada por el juez.
2.4. Conclusiones parciales del capítulo.
Se determina que los jueces que tienen a su cargo la materia de niñez y adolescencia, como parte de sus facultades otorgadas por la Constitución y el Código de la Niñez y Adolescencia , tienen como deber el aplicar la ley no solo a favor de un grupo especifico sino que se debe buscar un justo equilibrio entre derechos tanto del alimentante como del alimentario al momento de fijar una pensión alimenticia ya que por el hecho de reconocer el goce efectivo de un derecho del alimentario no se puede vulnerar el derecho de la otra parte
Se establece que los distintos métodos, técnicas e instrumentos utilizados por el investigador son de vital importancia dentro de la investigación pues a través de ellos lograremos identificar claramente al problema investigado, así como establecer la solución más factible para la solución del problema planteado a través del cumplimiento de los objetivos propuestos.
Se determina que el procedimiento realizado para la recolección de información ha sido de gran importancia ya que de los resultados obtenidos se ha llegado a conocer diferentes puntos de vista originados en torno al problema propuesto y como tal sirven de base en la propuesta planteada por el investigador.