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Este estudio se desarrolló de acuerdo con el protocolo y con las normas de Buena Práctica Clínica, tal como se describe en:

Normas Tripartitas Armonizadas de la ICH para Buena Práctica clínica 1996. Directiva 91/507/EECC: Normas sobre Buena Práctica Clínica para ensayos con productos médicos en la Comunidad Europea. Declaración de Helsinki referente a la investigación médica en seres humanos (“Recomenda- ciones para los médicos que participan en investigación biomédica con seres humanos”). Una copia de la Declaración de Helsinki se encuentra en el anexo 5 y puede accederse a ella a través de la página web de la Organización Médica Mundial http://www.wma.net/e/policy/b3.htm. El estudio fue evaluado y aceptado por el Comité Ético de Investigación de la Fundació Unio Catalana d’Hospitals código CEIC 17/05; el Comité Ético de Investigación Clínica del Hospital Clinic de Barcelona Reg. HCB/2018/0034; y por el Comité de Investigación con medicamentos del Institut d’Investigació Sanitària Pere Virgili código CEIC 058/2017.

Documentación relativa a los procedimientos de monitorización del estudio Documentación de la base de datos del estudio y base de datos definitiva Documentación de la gestión de datos y solicitudes de aclaraciones Análisis estadístico

Informe final

Certificado de auditorías

Procedimientos normalizados de trabajo aplicados en el estudio Financiación del estudio y pagos

Correspondencia

4. Confidencialidad de los datos

Los datos personales recogidos y almacenados con motivo del presente estudio fueron tratados conforme a los especificado en la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre de 1999. Protec- ción de Datos de Carácter Personal y la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación médica. Los pacientes fueron informados de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), así como del nombre del responsable del fichero y la dirección en la que pueden ejercer tales derechos, según la información incluida en la hoja de información al paciente. El investigador aseguró el derecho a la intimidad de los pacientes y protegió su identidad frente a terceras partes no autorizadas. El monitor del estudio tuvo acceso a la identidad y datos del paciente en relación con los procedimientos de monitorización del estudio.

El investigador mantuvo actualizada una lista de identificación de pacientes con la correspon- dencia entre el nombre, el número de historia clínica y el número o código de identificación del paciente para el ensayo clínico. Se conservó junto con los formularios de consentimiento informado de los pacientes en un archivo único. El código de cada paciente está compuesto por 3 letras que son la abreviatura del hospital de origen y el número de caso según el orden de ingreso en el estudio. Al final del estudio una copia de dicha lista en la que se ocultaron los nombres de los pacientes se incluyó en el archivo maestro de los pacientes.

Las autoridades sanitarias que puedan requerirlo, con finalidades reguladoras relacionadas con el estudio, pueden también tener acceso a los datos de los pacientes.

Todos los participantes es este proyecto de investigación se comprometieron expresamente a no divulgar la identidad de los enfermos tratados y a respetar las reglas de confidencialidad referente a los datos e información a los que tienen acceso al participar en el ensayo.

de los datos procedentes de los CRD, de modo que se creo una réplica exacta de la información contenida en los mismos.

Se realizó un plan de gestión de datos antes del inicio de la definición de la base de datos que se detalló en el proceso de grabación y los controles de errores y consistencia que se realizarán sobre los datos grabados. Se generó un diccionario de variables en el que se detalló las corres- pondencias entre los datos contenidos en el CRD y las variables de la base de datos, así como las codificaciones empleadas y el significado de los valores grabados.

En caso de inconsistencias o errores en los datos, se generó una solicitud de aclaración destinada a los investigadores para su verificación o corrección que se trataron de manera equivalente a los CRD. El acceso a la base de datos fue restringido al gestor de datos (entrada, diseño y depuración de datos) y al personal encargado de la transcripción de datos (entrada de datos).

Previamente a la declaración de base de datos definitiva se realizó una comprobación de la con- sistencia de los valores de los criterios de inclusión / no inclusión, de las evaluaciones clínicas, de los resultados de exploraciones complementarias, de las fechas de visita, del cumplimiento de la dieta y tratamiento recibido, de la información sobre abandonos y de la evaluación de eficacia. Se declaró una base de datos definitiva que se registró con firma y fecha. Se conservarán dos copias protegidas contra escritura de la misma y se generaron listados en papel de las variables contenidas en la base de datos para su archivo. La base de datos definitiva se destinó al análisis estadístico.

3. Mantenimiento de registro y archivo

Todos los documentos relacionados con el ensayo clínico están guardados en un archivo central a cargo de la Dirección de docencia, recerca i Innovación del Consorci Sanitari del Garraf. La conservación segura e integra se asegurará por el tiempo requerido según la legislación vigente y a disposición de la autoridad que lo solicite. Los documentos establecidos son:

Protocolo de trabajo

Modelos de todas las intervenciones empleadas de hoja de información y formulario de con- sentimiento informado.

Dictamen de comité de ética Convenios interhospitalarios

Curriculum vitae de todo el personal participante en el estudio Lista de asignación aleatoria

En caso de transmisión de los datos del estudio a terceros o a otros países, el promotor garantiza- rá un nivel de protección de la confidencialidad equivalente al que otorga la normativa española.

FINANCIACIÓN Y SEGUROS

1. Financiación

Este estudio recibió la beca para la investigación otorgadas por la Societat Catalana de Cirurgia en la convocatoria del año 2017.

2. Seguro

Las intervenciones aplicadas a los pacientes durante su participación en el estudio no se previe- ron con un riesgo superior al que correspondería a su atención en la práctica clínica habitual por lo que fue solicitada la exoneración de contratación de seguro para el presente ensayo clínico.

VII. RESULTADOS

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